Hace 5 meses | Por Tarod a cadenaser.com
Publicado hace 5 meses por Tarod a cadenaser.com

Artúculo 4 de la ley: "En todo caso, se alzarán las citadas medidas cautelares incluso cuando tenga lugar el planteamiento de un recurso o una cuestión de inconstitucionalidad contra la presente ley o alguna de sus disposiciones". Este artículo es un cláusula para evitar la cuestión de inconstitucionalidad que se da por seguro que elevará el Tribunal Supremo antes de aplicar la ley de amnistía.

Comentarios

Ovlak

#1 El texto está publicado al completo, lo puedes saborear sin necesidad de que te huela a nada.

MAVERISCH

#1 Es ridículo. Es como si cometo un delito pero antes firmo un papel diciendo que nadie puede detenerme.

K

#1 la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte.

alfre2

#1 La intención la tienes explicada claramente en el segundo párrafo de la noticia: lo que se pretende es que la consideración de la ley como inconstitucional, de producirse, llegue directamente a las manos del Constitucional para su valoración, y que así no pudiera dilatarla cualquier juez antes que ellos por medio de cualquier argumento, por ejemplo, aludiendo que persigue dejar sin efecto la perezosa y dilatada labor (muy calmada siempre) del García Castellón de turno.

De esta manera, de resultar respaldada por el Constitucional lo que quedaría sin efecto sería la lentísima y dilatada causa de dicho juez.

E

#1 pues yo creo que esto es la excusa que necesitaba el Rey para no firmar la ley y que ésta no entre en vigor hasta que pase por el constitucional...
Además afectará muy negativamente a cualquier partido que la vote a favor...
Creo que la ambición desmedida de Sánchez y su gente han sido su tumba política...

o

#1 No se protege contra una inconstitucionalidad, sino contra la posibilidad de que el supremo tome una medida cautelar que suspenda la puesta en marcha de la misma. Los jueces están supeditados a las leyes, y si una ley dice que no se para, aunque esté recurrida, no pueden pararla. Si es inconstitucional o no ya se verá, si lo es en nada, en parte o en su totalidad, y el propio tribunal informará en qué lo es, pero mientras tanto va adelante.

tdgwho

Es decir, que intentan esquivar la justicia.

alfre2

#4 Diría que esa podría ser la vía correcta

TmeTo

Claramente este punto es inconstitucional, una ley que se salta la ley, así vamos, ya no les vuelvo a votar.

tdgwho

#12 Nunca hubo una amnistía fiscal.

Zapa

#15 Anda, que te pires a hacer negacionismo a otro lado:

https://letmegooglethat.com/?q=amnist%C3%ADa+fiscal+2012

tdgwho

#21 Se ve que google es dios.

a ver, te lo voy a poner mas fácil aún

https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2017_038/NOTA%20INFORMATIVA%20N%C2%BA%2038-2017.pdf

"EL TC, POR UNANIMIDAD, DECLARA INCONSTITUCIONAL LA LLAMADA “AMNISTÍA FISCAL”"

La llamada amnistía fiscal, lo que el populacho conoce como.

Si fuese una amnistía fiscal, no crees que usarían eso sin comillas?

Sin embargo, si dicen mas abajo "Esta norma permitió regularizar la situación tributaria de las personas físicas y
jurídicas que no habían declarado a la Hacienda Pública todos sus ingresos"

Fue una regularización fiscal, no una amnistía.

Ahora que? eh?

Zapa

#22 Pues te digo los mismo: que perdonó delitos fiscales, gente que debía pasta a raudales a todos los españoles.
Que quieres llamarle "regularización fiscal" porque no había una "denuncia penal" y lo que se quería era "rascar migajas" en lugar de hacer hincapié en el delito (no siendo que les tocara a ellos o a algún amiguete), me parece bien. A poner comillas y y a jugar con las palabras podemos participar todos.

Pero al igual que en la "amnistía fiscal", o "regularización fiscal", acabará pronunciándose el TC. Y si es anticonstitucional, pues nada: Puigdemont y el resto serán de nuevo denunciados y ya está. Y si Sánchez es presidente por el camino, sería tan maquiavélico que hasta el PP tendría que aplaudir la jugada.

tdgwho

#23

Perdonar es cosa de los indultos.

No tenéis claros los conceptos como para debatir.

Zapa

#24 Ah, hostia. Entonces... ¿La movida esta que se está montando por perdonar una serie de delitos... Por qué es? A ver si va a ser porque son catalanes o por otros motivos más espurios.
Por cierto, la condescendencia te la puedes guardar en el bolsillo. Es mala para debatir, te hace imbécil desde la primera palabra.

tdgwho

#25 Otros no necesitan ni emitir una palabra para serlo.

Eso es todo lo que tienes? no sabes los conceptos, te enfurruñas, y pasas a insultar a quien debate contigo.

Pensé que estaba hablando con un adulto.

Zapa

#26 No, he sido directo. Tu tampoco estabas debatiendo y estabas tratándome de manera condescendiente. Así que mejor acabamos con esto: tú me llamas imbécil veladamente, yo te lo digo directamente.

Y así, acabamos pronto, que ya es de noche. Los niños nos vamos a la cama, los viejos madrugais mucho.

tdgwho

#27 En tu cabeza suena espectacular eh?

Ahora resulta que decirte que no conoces dos conceptos es llamarte imbécil.

jajajaja

Reportado por insultos. Tu camino termina aqui.

D

Es como una partida de tahures del rol...
->yo saco el Caballero negro.
si, pero yo me defiendo de tu Daga con el pañuelo del Conde Rucún , que no se puede cortar con ningún elemento terrestre.
....

Atusateelpelo

Ummmmmm, suena bastante raro y pareciera un caballo de Troya que se hubiese metido en la ley para que sea declarada inconstitucional.

E

La ambición desmedida de Sánchez y su gente ha sido su tumba política...

asola33

Se va a cumplir poca cosa de lo firmado pero de momento disfrutemos el disgusto de Feijoo y cía.

xyria

Cuando la judicatura se pone digna, me entra la risa floja.

o

Bueno, si, la actuación (yo diría que impropia) del poder judicial. Pero decir que el poder legislativo "quiere" esquivar la justicia es lo mismo que decir que el poder legislativo está defendiendo su independencia frente al poder judicial. Para #.2 que me tiene ignorado.

Zapa

Noooo, por favor, indúltame.

Por cierto, pedante de los cojones:

Derogación retroactiva de la consideración de un acto como delito, que conlleva la anulación de la correspondiente pena

Juraría que suena perdón, pero yo que sabré.


P.d.- segundo insulto, vuelve a reportarme.

Zapa

Temblando me hallo.

Por cierto, pedante:
Derogación retroactiva de la consideración de un acto como delito, que conlleva la anulación de la correspondiente pena

Definición de amnistía. Por la RAE.

perdón

1. m. Acción de perdonar.

2. m. Remisión de la pena merecida, de la ofensa recibida o de alguna deuda u obligación pendiente.


EL CONCETO