Publicado hace 7 años por --541606-- a laboro-spain.blogspot.ie

Muchos trabajadores saben que una vez que se acaba el año natural no se puede solicitar ni el pago ni el disfrute de las vacaciones que no hayas gastado. El TS ya dijo que las vacaciones es un derecho que puede usarse o no usarse. En cambio, el derecho al cobro o compensación de las horas extras prescribe doce meses después de la fecha en que debieron cobrarse porque así lo dice el artículo 59 del
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Comentarios

TheIpodHuman

#0 Articulo de Laboro. ¡Meneo al canto!

Me encantan los ejemplos que ponen para explicar las cosas. Lo de Sheldon Cooper en el articulo de hoy me mato lol lol lol

D

#3 el titular habla de "Reclamar como horas extras el pago de las vacaciones no disfrutadas"

De ahí viene el artículo, de como poder reclamarlo cambiando legalmente el término legal a reclamar.

yoma

O estoy equivocado o tenía entendido que las vacaciones no se podían sustituir por pago en dinero.

"Las vacaciones deben ser disfrutadas necesaria y obligatoriamente, no siendo posible su compensación económica, únicamente cabría la compensación económica de vacaciones no disfrutadas en el supuesto que se haya producido el cese del trabajador antes de haber agotado el período vacacional completo, o en el caso de no haber llegado todavía la época de producirse dicho disfrute."

http://www.tuabogadodefensor.com/vacaciones-laborales/

kaiserapuknik

#1 si pero estamos hablando de dos conceptos distintos, por un lado el concepto vacaciones, el cual no se puede compensar económicamente y si no se disfrutan en el año natural se pierde el derecho a disfrutarlas, y por otro lado estamos hablado de reclamar horas extra que excedan de la jornada máxima, es decir, si tu has hecho 2000 horas en cómputo anual y tu convenio establece que son 1750 horas por ejemplo, ahí estarías haciendo 250 horas extras de más. Lo que tiene que quedar claro del concepto es que no reclamas los día de vacaciones, sino que reclamas horas extras que son diferentes

Un saludo

yoma

#2 El titular habla de pago de vacaciones no disfrutadas de años anteriores como horas extras. Si no se han disfrutado se han perdido esas vacaciones y no tiene sentido pedir el pago de una cosa a la que ya no tienes derecho.

kaiserapuknik

#3 No lo estás entendiendo, el truco no está en reclamar vacaciones, es más olvídate por un momento del término vacaciones, tu has hecho unas horas en computo anual, y esas horas exceden del límite anual marcado por el convenio, por lo tanto estás reclamando horas extras, ¿alguien ha dicho en algún momento vacaciones?, la respuesta es no.
Ahora bien, las empresas también tienen su truco particular, y es que las horas extras se pueden compensar dentro de los 4 meses siguientes al haberse realizado, en este caso se supone que el límite excederá en Diciembre, si el trabajador coge y reclama esas horas, la empresa le puede decir, vale, pues ahora vas a hacer menos horas durante los 4 meses siguientes hasta compensar el exceso.

TheIpodHuman

#6 ¿Y que problema hay con eso? A mi me dice mi empresa que durante el próximo mes que en vez de trabajar de 9:00 a 19.00 (si en Chile se trabajan 45 horas semanales) voy a trabajar solo hasta las 15.00 y voy a tener el resto de la tarde libre, ¿que quieres que te diga? ¡me parece genial! tiempo libre para hacer lo que me salga del ojete. Lo que tengo claro que no voy a regalarle a la empresa ni un minuto de mi tiempo, o me pagan las horas extras o me las compensan en tiempo libre, pero eso de trabajar gratis by the face ni cagando.

kaiserapuknik

#7 problema ninguno, simplemente que ya no te las pagan, sólo que te las compensan con descansos cuando a ellos les de la gana, eso de que salgas de trabajar a las 15:00 no te lo crees ni tú, la empresa lo cuadraría de tal forma que las pueda meter cuando menos afecte a la productividad, algún día te meterían horas para que salgas antes, otros días entrarías más tarde,etc, pero no te van a poner un horario fijo en el que vayas a salir todos los días antes para tener la tarde libre.

TheIpodHuman

#8 Solo era un ejemplo, tampoco te pongas así