El artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 reconoció en su redacción original un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos. Una disposición que entró en vigor en enero de 2016. Esta ley fue recurrida por discriminatoria y el tribunal europeo de justicia se opuso a que se negara a los hombres dicho complemento. A las pensionistas que lo solicitan se les concede automáticamente, en cambio a lo hombres se les deniega obligandoles a reclamarlo judicialmente y ganarlo en los tribunales.
Comentarios
Lo suyo sería denunciar por prevaricación a los funcionarios que lo deniegan.
No puede ser que sistemáticamente estén incumpliendo una resolución judicial y todas las veces haya que ir a que un juez los obligue.
Es que cumplir las sentencia de Europa es de pringaos, véase con la Administración publica y los interinos, que dice que a los tres eres fijos, pero TS no se entera...
Es un complemento creado para reducir la brecha salarial de género por el gobierno de M. Rajoy.