Hace 3 años | Por jra a elmundo.es
Publicado hace 3 años por jra a elmundo.es

La Seguridad Social se opone a la Segunda Oportunidad para una farmacéutica jubilada por una deuda de 199 euros. Entre las razones que se exponen en favor de la farmacéutica figura que su situación de insolvencia "no se ha originado por una mala gestión de su farmacia, o por un sobreendeudamiento personal, sino que la misma ha sido generada por los reiterados impagos de la Generalitat a los boticarios valencianos en el año 2012".

Comentarios

M

No sé si hay algo que no se explica, porque me parece totalmente increíble e injusto

b

#2 Suena a que en la noticia faltan muchos datos, porque no tiene sentido con la información que dan.

CillitBang

#2 #3 "esta farmacéutica -que prefiere preservar su identidad" por si acaso...

marcamo

#3 Que faltan datos es evidente. Y que se mezclan datos (no se si intencionadamente o no) es también evidente.

Por una parte se dice que debe a Seguridad Social 199 euros. Si esto es cierto no hay problema en que los pague con una parte de su pensión y asunto solucionado.

Pero, por otra parte si citan, así como de pasada, una deuda de 1.3 millones que pueden ser con Hacienda, Bancos, farmacias que suministraban y... Seguridad Social.

Porque, muy posiblemente y sin más información, la deuda de 199 euros sea por ser autónoma y tenga pendiente el pago de la parte de los trabajadores (que sin duda tenía) y que también es su responsabilidad.

En definitiva, información insuficiente y posiblemente tergiversada, en busca de un titular.

j

#5 La deuda contraída se debe pagar a prorrata, es decir, que si la deuda total es de 199€ a la Seguridad Social y de 1,3M al resto, no puede pagar primero los 199€ y librarse. Por eso pide aplicar la ley de 2a oportunidad, para que se le condone la deuda y pueda volver a empezar.
Peeeero ... la deuda de la Seg Social es "imperdonable" y por esos 200€, esta persona no puede rehacer su vida y se ve enfrentada a afrontar una deuda de 1,3M con una pensión de 1140€. Más grave aún, situación de insolvencia generada por el retraso (o ausencia) de los pagos por parte de un ente público.

marcamo

#7 No, no es así como funcionan los Concursos de Acreedores. No es así como funciona el BEPI.

No hay prorrateo puesto que cada crédito dispone de una calificación diferente.

Que los créditos de Seg Social no se les puede aplicar el BEPI no impide que lo disfruten el resto de los créditos.

Por lo tanto, me reafirmo en: información insuficiente y posiblemente tergiversada, en busca de un titular.

marcamo

#9 Cierto, no tengo información suficiente.

No la tengo porque ignoro si esos 199 euros que debe a Seguridad Social corresponden a Cuota empresarial, cuota obrera, si incluyen recargos e intereses. O si son fruto de un acta de inspección de trabajo. O son fruto de una resposabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad en el trabajo. Quizás son, simplemente, la cuota mensual del régimen de autónomos.

Así que no puedo saber que importe de esos 199€ corresponde a crédito privilegiado, a ordinario o a subordinado.

Soy, sin ningún genero de duda, un ignorante en este aspecto.

CillitBang

"impagos de la Generalitat a los boticarios valencianos en el año 2012" Gobierno de los buenos gestores PP. No me creo que una farmacia quiebre, y por mas inri con una pensión de 1.141 euros, vamos que ha estado defraudando toda la vida.

j

#1 Las farmacias viven sobre todo de servir medicamentos financiados por el sistema público. Si estos no pagan a las farmacias, éstas aún tienen que saldar la deuda con las farmacéuticas que sirven los productos, por lo que tienen que pedir préstamos para cubrir esos costes, más los costes empresariales, de empleados, etc. Y no son ni una ni dos las farmacias que han desaparecido en la Com. Valenciana por estos impagos.

Más datos (del 2017): https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2017/07/25/597648a2e2704e536b8b457f.html