¿Puede Hacienda destruir el Estado de Derecho? El 23 de Diciembre de 2015 el Ministerio de Hacienda español publicaba su primera lista de Morosos. El número 1 de esa lista era un completo desconocido, Agapito García. Ésta es su historia... la de todo un país.
#2:
Un amigo está metido en una lío de estos con Hacienda: ha cobrado facturas de servicios prestados a entidades públicas, facturas de las que ha descontado el IRPF, así que ese impuesto está en manos de esas entidades, que deben declararlo/pagarlo a Hacienda.
Este año, SÓLO este año, después de AÑOS de prestar esos servicios a esas mismas entidades, con la misma facturación, sin problemas con Hacienda, le reclaman ese IRPF, pese a presentar las facturas con él descontado, pero resulta que esas entidades públicas no han pagado el IRPF de ese ejercicio (no lo han hecho NUNCA a tiempo), y alguien tiene que pagar…
Le va a tocar, ya me lo ha dicho, ir por vía judicial, y ganará, pero habiéndose dejado una pasta por el camino, amén del tiempo y de los disgustos.
Un amigo está metido en una lío de estos con Hacienda: ha cobrado facturas de servicios prestados a entidades públicas, facturas de las que ha descontado el IRPF, así que ese impuesto está en manos de esas entidades, que deben declararlo/pagarlo a Hacienda.
Este año, SÓLO este año, después de AÑOS de prestar esos servicios a esas mismas entidades, con la misma facturación, sin problemas con Hacienda, le reclaman ese IRPF, pese a presentar las facturas con él descontado, pero resulta que esas entidades públicas no han pagado el IRPF de ese ejercicio (no lo han hecho NUNCA a tiempo), y alguien tiene que pagar…
Le va a tocar, ya me lo ha dicho, ir por vía judicial, y ganará, pero habiéndose dejado una pasta por el camino, amén del tiempo y de los disgustos.
#2 Sin dudar de lo que dices, los requerimientos sobre retenciones de IRPF de autónomos profesionales son muy fáciles de ganar sin necesidad de ir a juicio siempre que se demuestre que se ha cobrado la factura.
Los problemas empiezan cuando no se cobran las facturas (dado que la obligación de retener nace con el pago no procede reclamar retenciones de facturas impagadas) o bien cuando el autonomo ha emitido facturas con retención erróneamente cuando no le corresponde por la actividad a la que se dedica.
#4 Pues deben haber cambiado el criterio, porque, según me explica, las facturas y las circunstancias son las mismas que en los últimos 8 años, en las que no ha tenido problemas en ese aspecto. De repente, lo que antes le valía, ahora ya no le vale, donde antes no le ponían problemas, ahora se los ponen, así que no sé…
Por cierto, al ser entidades públicas, la facturación está hecha por FacE, es Hacienda la que tiene el control de las facturas recibidas y pagadas, así que la información la tienen, de que esas facturas se han pagado y se ha hecho con ese impuesto ya descontado.
Conozco a un señor que es la persona física que más adeuda a la Hacienda Foral de Álava, más millón y medio de euros. Pero este señor carece de trabajo, de bienes de todo tipo, nunca ha tenido coche, e incluso carece de ropa en condiciones. Es un "error" monumental de la inspección, que como ha quedado firme administrativamente, ha condenado a una persona pobre de necesidad a encabezar la lista de morosos habiendo carecido de bienes y de ingresos apreciables, el asunto lleva muchos años. No sé si es una maldita broma, pero alguien debería corregir tamaño error. Por otro lado la Fiscalía de Álava pretendía incapacitarlo desde hace años por su supuesta salud mental, sólo que él acabó cambiándo su empadronamiento a otra provincia y el tema de abandonó.
Si el está enfermo, ¿la resolución de Hacienda también?
#3 Suena a que tu conocido fuera testaferro de un avispado empresaurio. Este le daría cuatro duros por llevarle un notario a firmar todo lo que le ponía por delante.
#8 Lamentablemente no era ni un testaferro. Es un absurdo total, eso sí elaborado siguiendo el procedimiento de inspección, que evidentemente no se correspondía con nada real.
Comentarios
Un amigo está metido en una lío de estos con Hacienda: ha cobrado facturas de servicios prestados a entidades públicas, facturas de las que ha descontado el IRPF, así que ese impuesto está en manos de esas entidades, que deben declararlo/pagarlo a Hacienda.
Este año, SÓLO este año, después de AÑOS de prestar esos servicios a esas mismas entidades, con la misma facturación, sin problemas con Hacienda, le reclaman ese IRPF, pese a presentar las facturas con él descontado, pero resulta que esas entidades públicas no han pagado el IRPF de ese ejercicio (no lo han hecho NUNCA a tiempo), y alguien tiene que pagar…
Le va a tocar, ya me lo ha dicho, ir por vía judicial, y ganará, pero habiéndose dejado una pasta por el camino, amén del tiempo y de los disgustos.
#2 Sin dudar de lo que dices, los requerimientos sobre retenciones de IRPF de autónomos profesionales son muy fáciles de ganar sin necesidad de ir a juicio siempre que se demuestre que se ha cobrado la factura.
Los problemas empiezan cuando no se cobran las facturas (dado que la obligación de retener nace con el pago no procede reclamar retenciones de facturas impagadas) o bien cuando el autonomo ha emitido facturas con retención erróneamente cuando no le corresponde por la actividad a la que se dedica.
#4 Pues deben haber cambiado el criterio, porque, según me explica, las facturas y las circunstancias son las mismas que en los últimos 8 años, en las que no ha tenido problemas en ese aspecto. De repente, lo que antes le valía, ahora ya no le vale, donde antes no le ponían problemas, ahora se los ponen, así que no sé…
Por cierto, al ser entidades públicas, la facturación está hecha por FacE, es Hacienda la que tiene el control de las facturas recibidas y pagadas, así que la información la tienen, de que esas facturas se han pagado y se ha hecho con ese impuesto ya descontado.
Conozco a un señor que es la persona física que más adeuda a la Hacienda Foral de Álava, más millón y medio de euros. Pero este señor carece de trabajo, de bienes de todo tipo, nunca ha tenido coche, e incluso carece de ropa en condiciones. Es un "error" monumental de la inspección, que como ha quedado firme administrativamente, ha condenado a una persona pobre de necesidad a encabezar la lista de morosos habiendo carecido de bienes y de ingresos apreciables, el asunto lleva muchos años. No sé si es una maldita broma, pero alguien debería corregir tamaño error. Por otro lado la Fiscalía de Álava pretendía incapacitarlo desde hace años por su supuesta salud mental, sólo que él acabó cambiándo su empadronamiento a otra provincia y el tema de abandonó.
Si el está enfermo, ¿la resolución de Hacienda también?
#3 Suena a que tu conocido fuera testaferro de un avispado empresaurio. Este le daría cuatro duros por llevarle un notario a firmar todo lo que le ponía por delante.
#5 Suena a que hablas por hablar sin tener ni idea.
#8 A eso venimos todos.
#8 Lamentablemente no era ni un testaferro. Es un absurdo total, eso sí elaborado siguiendo el procedimiento de inspección, que evidentemente no se correspondía con nada real.
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