Hace 11 años | Por sole1276 a clarin.com
Publicado hace 11 años por sole1276 a clarin.com

Los jueces ratificaron así un fallo de primera instancia que había ordenado a la mujer “el pago de una cuota alimentaria mensual” para la que se utilizarán “los excedentes de la renta de su patrimonio, una vez cubiertas todas sus necesidades”.

Comentarios

anxosan

Tengo una imperiosa necesidad de huevos de Fabergé...

D

pobrecito el nene

onnabancho

Antes de los inevitables comentarios: la situación es más complicada.

De acuerdo al expediente de la causa, la anciana tiene como ingreso “los frutos de la explotación de un campo”. El inconveniente es que la mujer fue declarada “insana” y por lo tanto es representada por un “curador”, quien se opuso al pago de los alimentos argumentando que el hombre de 70 años a su vez tiene un hijo que reside en Estocolmo, Suecia, que podría hacer frente a la manutención de su padre.

D

a los 70 años ya debería pensar en ir labrándose un futuro por si mismo

vivir del hijo, por ejm

VG6

Vive de tus padres hasta que..... Hasta que se mueran.