Hace 14 años | Por aitorbs_ a elcorreodigital.com
Publicado hace 14 años por aitorbs_ a elcorreodigital.com

La nueva ley reduce a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en el que el arrendador exige el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda

Comentarios

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El problema no está en el plazo que se presenta la demanda del desahucio, sino en el plazo que el juez resuelve.