Hace 14 años | Por Joselin00 a tuinteres.com
Publicado hace 14 años por Joselin00 a tuinteres.com

Según la normativa, aquellas compañías aéreas que cancelen un vuelo entre países de la UE están obligadas a indemnizar a los pasajeros del mismo con una cantidad que oscila entre los 250 y los 600 euros. Pero... ¿dónde tienen que reclamar los afectados si no llega la compensación pertinente? Pueden hacerlo tanto en el territorio de salida como en el de destino, según dictaminó ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).