Hace 14 años | Por Repiqueteo a derecho.com
Publicado hace 14 años por Repiqueteo a derecho.com

Sexto: Los fines de la Fundación consisten en: «atender y cuidar a pobres vergonzantes y ancianos solitarios venidos a menos, que vivan solos o en condiciones precarias, con su familia o con personas a quienes también estorban, o en residencias que tienen deficientes condiciones de higiene y en donde, además les traten mal, atendiendo primero a las mujeres, y preferentemente a las que tuvieron una buena posición, con preferencia a las personas de la condición social que tuvo la extinta Excma. Sra. Marquesa de Balboa, que necesitan ayuda...

Comentarios

P

Esta Fundación es del modelo "Clasista 2.0"

P

¿Se puede considerar inconstitucional?

Constitución Española

Artículo 34.

1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la Ley.

2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22.

D

con total impunidad, además

dreierfahrer

ONG creada ad-hoc para dar pasta a una tia saqueando el dinero que el estado destina a ONG's...

Que los fusilen con mierda YA.

Repiqueteo

#4 Upps!! Duplicada. La autodescarto.

D

#5 Yo la dejaría, la otra noticia solo tiene el párrafo que tu has puesto en la entradilla aparte de que da lugar a la confusión ya que dice que son los Borbones los que crean la fundación.

Repiqueteo

#7 Ahora ya no puedo des-descartarla.