Hace 14 años | Por corso a filmica.com
Publicado hace 14 años por corso a filmica.com

El pasado 1 de Marzo, José Manuel Tourné, presidente de la Federación Antipiratería explicó por qué era necesaria la Ley Sinde. Decía que: "Aspiramos a poder cerrar una web en cuatro meses. Si alguien puede abrir una web en 24 horas y a nosotros cerrarla nos cuesta tres años, estamos perdidos". Sin embargo, hoy se ha conocido por la prensa que un juez ha cerrado varias webs en 4 meses. ¿Cómo justificar ahora la Ley Sinde si el juez ha cerrado las webs justo en el tiempo que reclamaba la Federación Antipiratería? Fácil

Comentarios

D

"[si] se ha tardado cuatro meses en cerrar las webs está claro que algo no funciona. Si para montar una web de descargas ilegales hacen falta 24 horas y para cerrarla cuatro meses, la batalla esa perdida".

Next stage: "si se ha tardado 24 horas en cerrar las webs está claro que algo no funciona. Las tendríamos que poder cerrar antes de que se abran".

pawer13

#3 Last stage: "Si se pueden montar webs ilegales es que algo no funciona. Si para montar una web no hace falta un certificado de buena conducta, la batalla está perdida."

pawer13

Te me has adelantado por un par de minutos, descarto mi envío

Volviendo al tema principal ¿cómo es que en general tenemos tan poca memoria? No me extraña que nos tomen por tontos, a veces me pregunto si es que lo somos...

D

Según he leído en El País -y suponiendo que esta vez digan la verdad, que ya es suponer- y si he entendido bien, el imputado no sólo es propietario de las webs de enlaces sino que además él o sus socios imputados eran también los que grababan las películas en el cine, con lo que la cosa cambia respecto a anteriores casos de webs de torrents.

Creo, y que me corrija David Bravo si me equivoco, que grabar a escondidas la película en un cine para luego subirla a un P2P es ilegal, al menos es comunicación pública. Si además el mismo tipo también tiene webs de torrents con publicidad donde enlaza las grabaciones que él mismo ha hecho, entonces también hay ánimo de lucro, así que se dan los dos requisitos necesarios para imputar un delito contra la propiedad intelectual.

Espero y supongo que próximamente sepamos más detalles.

Falc

#4, preguntas:
¿Grabar una película es comunicación pública?
¿Qué significa "subir a un P2P"?

¿Qué es "comunicación pública" según la LPI?

Ryouga_Ibiki

#4 compartir en p2p nunca es comunicación publica es intercambio de copias privadas.

Las webs de enlaces no realizan ninguna comunicación publica por tanto el animo de lucro de la web es irrelevante como han fallado todas las sentencias contra esas paginas.

antihoygan

Es que si los jueces dicen que las webs son legales, la batalla está perdida. lol lol lol