Hace 15 años | Por banobarez a xakata.net
Publicado hace 15 años por banobarez a xakata.net

Seguramente conoces a alguien que opina que cuando tenga hijos no los va a llevar al colegio, sino que los va a educar en casa. No pienses que esta loco porque eso es ilegal, etc... Porque no hay que confundir educación obligatoria con escolarización obligatoria. En España, la Constitución garantiza lo primero, pero no obliga a lo segundo, por lo que los padres pueden asumir el reto de educar totalmente a sus hijos por su cuenta, con sus propios horarios, actividades y sistemas. Esta opción debe comunicarse al departamento de educación.....

llunika

#0, Glup, perdón me he equivocado, iba a votar irrelevante

b

no pasa nada; no creo que llegue a portada; jejeje:
un saludo:

b

Pues a mi me parece esclarecedor, #2

Katra

Vale, muy bien, y luego el título oficial de Graduado en ESO, quién se lo expide?

Por mucho que unos padres le puedan enseñar a sus hijos en casa, y por mucho y más que la educación que reciban sea infinitamente mejor que la que pudiera recibir en un colegio, la expedición de títulos corresponde siempre a la Administración.

Gry
D

#4, pueden presentarse a los exámenes y obtener el título oficial, eso no es ningún problema. El problema lo veo en que los niños educados por sus padres no aprenderán la parte social que conlleva la escolarización: convivir con otros, compartir experiencias, relacionarse con sus iguales.

Katra

#6 Claro, podrán presentarse a los exámenes para mayores de 18 años... pudiendo haber tenido el título a los 16.

En cualquier caso, si un menor no acude regularmente al colegio, un juez te puede explicar brévemente que uno de tus deberes como padre/madre, es el de escolarizar a tus hijos... y aunque es un tema que normalmente se resuelve en juicios de faltas, en como te encuentres con un juez de menores cabreao, te lo puede explicar por la vía penal.