Hace 14 años | Por blogal a noticias.lainformacion.com
Publicado hace 14 años por blogal a noticias.lainformacion.com

Tras dos años de negociación y agrias discusiones en el seno de la UE, ésta ha logrado un acuerdo sobre el ‘paquete de telecomunicaciones’, una amplia reforma del sector que negocia desde 2007. Entre otros aspectos, permitirá cortar el acceso a Internet sin autorización judicial a quien se baje música, películas u otros archivos protegidos por derechos de autor, sin necesidad de una autorización judicial previa.

Comentarios

DexterMorgan

http://www.elpais.com/articulo/tecnologia/Europa/permitira/cortar/acceso/Internet/orden/judicial/elpeputec/20091105elpeputec_5/Tes

Los eurodiputados habían frenado hasta ahora la aprobación de la reforma de las telecomunicaiones reclamando que la nueva normativa prohibiera expresamente el acceso a Internet sin orden judicial previa, algo que no aceptaban los Gobiernos de los 27. Pero en la fase final de las negociaciones, el Parlamento cedió en sus exigencias y aceptó que no se requiera autorización judicial previa para cortar el acceso a Internet.

A cambio, la Eurocámara y los Gobiernos pactaron un nuevo artículo de protección de los derechos de los internautas que no estaba previsto en la versión inicial de la legislación. En él se afirma que las restricciones al acceso a Internet "sólo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática". Tales medidas sólo podrán adoptarse "respetando el principio de presunción de inocencia y el derecho a la privacidad" y como resultado de un "procedimiento previo, justo e imparcial" que garantice "el derecho a ser escuchado" y "el derecho a una revisión judicial eficaz y en el momento oportuno". Es decir podrá cortarse la conexión sin permiso judicial, pero el internauta podrá acudir al juez. La Asociación de Internautas española, en un primer análisis, lo considera una "victoria parcial" de los ciudadanos.

El eurodiputado del PP Alejo Vidal-Quadras, que en su calidad de vicepresidente de la Eurocámara presidía la delegación negociadora, justificó el cambio de postura del Parlamento argumentando que los servicios jurídicos de las instituciones europeas habían dictaminado que la enmienda para prohibir el corte de Internet sin autorización judicial excedía las competencias de la UE y habría sido anulada por el Tribunal de Justicia de Luxembrgo.

"Nuestra estrategia ha sido intentar lograr el mayor número de garantías para los usuarios sin sobrepasar el marco legal comunitario establecido por los Tratados. Y creo que lo que hemos acordado con el Consejo es realmente un éxito por lo que se refiere a avances para los derechos de los usuarios", señaló Vidal-Quadras. "Se nos ha presionado mucho en este tema, pero si no fuera por el Parlamento, la cuestión de imponer límites a lo que los Gobierno y los operadores pueden hacer para restringir el acceso a Internet nunca se habrían discutido", resaltó.

Por su parte, la eurodiputada socialista Catherine Trautmann, que también formaba parte de la delegación negociadora, destacó que el Parlamento había preferido este compromiso antes que tumbar la reforma del sector de las telecomunicaciones por el desacuerdo sobre el corte de Internet. En este sentido, subrayó que los parlamentarios habían velado no sólo por los intereses de los internautas sino también de los trabajadores, porque a su juicio la falta de una regulación del sector se traduciría en "deslocalizaciones" de empresas de telecomunicaciones.

"La nueva disposición sobre la libertad en Internet representa una gran victoria para los derechos y las libertades de los ciudadanos europeos", dijo por su parte la comisaria responsable de Telecomunicaciones, Viviane Reding. "Las 'leyes de tres avisos', que permiten cortar el acceso a Internet sin un procedimiento previo justo e imparcial o sin una revisión judicial efectiva y oportuna no se convertirán en parte de la legislación europea", aseguró.

Findeton

Lo peor es que el Partido Pirata Sueco se ha posicionado a favor. En el Partido Pirata Español (PIRATA) estamos en contra de esto, evidentemente.

trigonauta

Nunca vi una encuesta tan brutal en lavozdegalicia.es: http://www.lavozdegalicia.es/participa/2009/11/05/01031257420181794854495.htm

Findeton

#58: "Por cierto, el Tratado de Lisboa se ha aprobado porque no contradice las constituciones nacionales. Mira lo que ha pasado en la República Checa. Eso de que está por encima de nuestra constitución es mentira. "

El Tratado de Lisboa pone el derecho comunitario por encima del nacional. Como ha dicho Aiarakoa en [1]:

El Tratado de Lisboa pone el derecho comunitario por encima del nacional. Hasta tal punto de que Vaclav Klaus exigio eximir a Chequia de la clausula del ECHR[2], ya que el Tratado de Lisboa hace que en caso de conflicto prime el derecho comunitario (ECHR: Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales) sobre el nacional. Este texto, el ECHR, que no contiene ni una sola de las salvaguardas de la Constitucion Española (no se secuestran publicaciones sin orden judicial previa, no se pinchan telefonos sin orden judicial previa, no se registran casas sin orden judicial previa o delito flagrante, etc). Si no hubiese sido asi, tratados como el Decreto Benes que llevan mas de 60 años en vigor (incluyendo los ultimos 4 años en los que Chequia ha estado en la UE) habrian quedado anulados. Por consiguiente, y como ya dijo hace 4 años en Ramon Rodriguez Arribas en su voto particular sobre el dictamen del TC sobre el Tratado de Niza, es de esperar que lo que temia Klaus para Chequia ocurra en toda la UE (salvo Reino Unido, Polonia y Chequia).

En otras palabras, el último que quedaba por firmar el Tratado de Lisboa, Klaus, ha irmado porque exigió eximir a Chequia de lo que el derecho comunitario le exigiria al aprobar el Tratado de Lisboa, ya que el derecho comunitario por encima del nacional. Así que el otro día salió en titulares que se aprobó el tratado, pero lo que no salió era la confirmación de que pone el derecho comunitario por encima del nacional.

El Tratado de Lisboa es una ignominia que abre potencialmente la puerta al espionaje de SITEL, al secuestro administrativo de webs de la LISI, etc. Un cordial saludo

[1] partido-pirata-sueco-favor-nueva-reforma-paquete-telecom/00020


[2] http://conventions.coe.int/treaty/en/Treaties/Html/005.htm

Falc

#7, sí, pero un proceso previo no es igual a un proceso judicial previo. Y entonces podría darse el caso de los famosos "órganos competentes" que casi nos cuelan aquí con nocturnidad y alevosía. Porque "órgano competente" puede ser cualquiera designado por el gobierno y entonces cabría la posibilidad de que se actuase según intereses y no según leyes que deberían proteger este tipo de cosas.

David_VG

¿He entendido algo mal o esta noticia dice lo contrario que: http://www.internautas.org/html/5799.html ?

(me refiero concretamente a lo que da a entender titular + entradilla)

¿El control judicial es previo o posterior?

e

Señores, a grandes males, grandes remedios...
A encriptar todas nuestras comunicaciones, a ver si tienen estos señores los arrestos suficientes como para empezar a pedir la desencriptación de las mismas...

angelitoMagno

#48 La modificación introducida no es permitir cortar sin permiso judicial previo, sino exigir un proceso administrativo para el corte de Internet.

#49 ¿Estás en contra de multar por conductas ilícitas?

D

#7 EN realidad, con el Tratado de Lisboa en vigor, es mas que cuestionable el peso de los ordenamientos juridicos nacionales frente a la ECHR y las directivas comunitarias. El magistrado Ramon Rodriguez-Arribas ya lo dijo en su voto particular contrario al general del Tribunal Constitucional.

En resumen, no lo han hecho (lo de exigir orden judicial previa) porque no han querido.

#8 Creo que ya no va a haber presidencia europea española: con el Tratado de la Ignomina firmada en Lisboa en vigor, breve escogeran un Presidente de la UE de forma permanente. Un cordial saludo

Falc

#15, no se habla de tribunal, sino de procedimientos. Un procedimiento que no sea judicial, aunque se diga que es justo, no tiene nada que ver, se puede encargar de ese proceso un órgano competente. Que precisamente se declara competente porque además de ser competente (perdón por la redundancia), se le presupone justo, la diferencia es que un órgano competente no tiene por qué ser un juez.

Y no he hablado de la SGAE, pero a mí todo esto me huele mucho al comité antipiratería ese que se ha formado hace no demasiado, y que dice representar a todas las partes sin representar a la sociedad o usuarios.

Lo divertido de esto es que podríamos volver a ver en 2010 el regreso de aquel bis que se intentó colar por aquí y que daba vía libre a los "órganos competentes". Ahora con la excusa de que sirve para ajustarnos a Europa.

c

#4 ¿Avala tu afirmación algún auto o sentencia judicial que haya podido sentar precedente y por eso lo dices así de taxativo?
¿Es tu opinión o que interpretas la legislación a tu manera?
¿Dejas al menos un margen para la duda, o los jueces pueden echar mano de la Ley de Propiedad Intelectual y sentenciar sin necesidad de interpretar lo legislado, que según el artículo tal..... el intercambio a través de redes p2p es ilegal?
¿No hay posibilidad de que pueda ser copia privada lo que se descarga?

Todo el estamento jurídico tiene dudas respecto al tema. ¿Tú lo tienes tan claro como para afirmar tajantemente que es ilegal?

Pues debes ser un pez gordo del tribunal supremo y estás a punto de dictar sentencia en el caso de las descargas de la red. Si no es así estás, de momento, haciendo el canelo al afirmar de forma prepotente, sin argumentos y sin base jurídica alguna, que las descargas son ilegales.

D

Si se declara ilegal (legal es, #4, puesto que existe un canon que compensa por estas prácticas sin respetar siquiera la presunción de 'inocencia') digo yo que tendrán que quitar el canon. No creo que le interese a la SGAE: las pelis españolas (por poner un ejemplo) ni se piratean. Si se quita el canon, sólo cobrarán lo que realmente recauden, uséase, muyyyyy poquito. Perderían dinero. Aunque a lo mejor son muy ingenuos y piensan que no, que el verdaddero problema del cine español son las descargas, y no ellos. Próximo capítulo: la música.

Falc

#36, el Partido Pirata español no está de acuerdo porque porque lo que se quiere es que en todo esto haya una resolución judicial previa, que lo diga un juez.

¿Por qué un juez? -> http://es.wikipedia.org/wiki/Separaci%C3%B3n_de_poderes

Findeton

#52: La manera para determinar que alguien está distribuyendo material pedófilo no es espiar a todos los ciudadanos, sino vigilar aquellas redes de pedófilos concretamente. Por ejemplo, si está distribuyendo ee material por una red P2P, la policía puede saber su IP sin tener que intervenir sus comunicaciones. Una vez sabe la IP, obtiene una orden judicial y ya puede ver qué otras cosas hace.

D

Señores, nos vemos en el anonimato (desgraciadamente...)

Ah, y ¡¡Viva la libertad!!

polvos.magicos

Nosotros les damos el poder y ellos nos putean, ¿hay algo más injusto?.

Nova6K0

#16 No digas chorradas, el canon es por la copia privada.

Tú no puedes decir en serio que te puedes bajar una película o un LP de internet y encima decir que eso es legal, pero os habéis vuelto bobos de repente o qué?

Yo he bajado cosas de internet desde siempre, pero hay que ser panoli para pensar que eso es legal.

Lo dice el código civil y la legislación internacional que no es legal, para que leches pensais que sirve el copyright?

Primero aprende algo de leyes y luego habla.

Mejor no te digo para que sirve el copyrifght en realidad...

A Moss, andresRodriguez, angelitoMagno,... lo vuestro no es la lectura ni los tiempos verbales. Lo que se acaba de aprobar en el Parlamento Europeo fruto, de la presión de los Lobbys y la ignorancia de los Eurodiputados, es que no será obligatoria una orden judicial. Ya que habla de un procedimiento administrativo que podrá (condicional) ser revisado por un juez, pero no es obligatorio. Como si lo era hasta ahora.

Y algunos dejad de hacer demagogia barata, porque vosotros sí deberíais tener responsabilidad penal por comparar algo tan grave como la pornografía infantil y la pederastia con que algunos sigáis viviendo de la sopa boba. Es decir, el defender exclusivamente vuestro dinero, por encima de las libertades fundamentales.

Salu2

C

Hola,
esta semana harás la ola,
al pedir la baja de la tarifa plana de telefónica

¿Por qué no está esto en portada?

M

Esta noticia es amarillista a más no poder. Os recomiendo que os leais este artículo de Microsiervos:

http://www.microsiervos.com/archivo/internet/paquete-telecomunicaciones-buenas-noticias-desde-europa.html

PEPE.RG

muy bien viva la demopcracia europeista ¿y alos politicos que roban les van hacer devolver el dinero?

andresrguez

#2 El gobierno no lo va a cambiar

González-Sinde: "No habrá medidas punitivas para el ciudadano que se baja una película"
http://www.rtve.es/noticias/20091105/gonzalez-sinde-habra-medidas-punitivas-para-ciudadano-que-baja-una-pelicula/299389.shtml

k

Amarilla de libro. Se ha conseguido mucho con esta directiva (si finalmente se aprueba que no ha sido así).
Hasta el Partido Pirata Sueco está contento con la propuesta:http://christianengstrom.wordpress.com/2009/11/05/telecom-package-final-agreed-text/
¿El Partido Pirata Español no? ¿Porqué?
Estamos hablando que tendrás las mismas garantías que en un juicio frente a la desconexión: presunción de inocencia, derechos fundamentales, derecho a defensa efectiva...

angelitoMagno

#44 ¿Conoce el partido PIRATA el concepto de sanciones administrativas?
http://es.wikipedia.org/wiki/Sanci%C3%B3n_administrativa

¿Se va a declarar PIRATA en contra de las multas por aparcar en la zona azul sin ticket?

Findeton

#44: "¿Conoce el partido PIRATA el concepto de sanciones administrativas? "

¿Y cómo van a saber si nos estamos descargando contenido con copyright (lo cual es legal en España si son películas o música pero es ilegal si es software) sin espiar nuestras comunicaciones?

¿Conoces el concepto de no pinchar nuestras líneas telefónicas sin orden judicial? Eso es lo que permite esta ley. Nosotros tenemos una Constitución que prohibe pinchar nuestras líneas sin orden judicial pero otros países no, y, además, el Tratado de Lisboa, al estar por encima de nuestra Constitución, podría anular esa salvaguarda constitucional.

l

Como si fueran a resolver algo, como si tiran internet a bajo, con discos duros de 1,5Tb por menos de 100€ volver a intercambiar discos puede ser incluso beneficioso para los que se lucran con el intercambio de archivos con derechos de autor.

kumo

Vamos para atrás como los cangrejos. Las libertades y derechos civiles van quedando tapados por una ola de corrección política y corporativismo atroz.

En fin, pues habrá que hacer algo, no? Tanto en las urnas como a nivel de internautas (y no me refiero solo a quejarnos aquí).

F-16Viper

que cabrones

C

#3
De la misma opinión es Vidal-Quadras, para quien este asunto no pertenece al ‘paquete de telecomunicaciones’, pero abogó por que la Comisión Europea lance otra iniciativa “en el momento oportuno” sobre la neutralidad de la Red. El eurodiputado del Partido Pirata sueco Christian Engström, integrado en el grupo de los Verdes, consideraba que este asunto debería entrar en la discusión porque dejarlo fuera de la normativa supone, implícitamente, aceptarlo.

Como puedes ver, no todos los políticos están decididos a darnos por ...
Ya se sabia que no lo iban a hacer antes de las elecciones, hubieran perdido muchas mas votos y posiblemente el partido pirata hubiera tenido 3 o 4 escaños y no 2 como ahora...

Veremos lo que pasa cuando España coja la presidencia europea.

u

#20 Ilegal? enseñame esas leyes donde dices que es ilegal.

Tu cuando le dejas un CD a un colega y este se lo copia, ¿que es esto?, copia privada, para uso y disfrute del que se lo ha copiado, siempre y cuando tu colega no lo venda o saque un beneficio economico...no es ilegal, ya te cobran un canon por copia privada...pues ahora imaginate tener millones de amigos alrededor del mundo, donde os dejais los "cds".

Findeton

#58: Es un proceso judicial review, o sea, recurso contra la resolución judicial o administrativa previa (sólo faltaría eso, que no tuviesemos los ciudadanos derecho a recurrir algo ante los tribunales ). El Paquete Telecom en absoluto garantiza ni exige que las restricciones sean mediante resolución judicial previa.

En otras palabras, un órgano administrativo podrá decidir cortarte internet. En un procedimiento previo, sin jueces, podrás ser escuchado. Luego te podrán cortar internet. Y una vez te corten internet podrás acudir a los jueces para una resolución judicial POSTERIOR Y NO PREVIA.

shinjikari

Fácil: a ver si tienen cojones, asi de simple. A ver si son capaces de desencriptar, ver VPN's por la cara y evitar las tropecientas medidas en contra de este sinsentido que seguro que se van a tomar en la red.

A ver que pasa

D

Nada amigos, esta visto que nos la qieren meter hasta el fondo.

No me qiero imaginar al "organo competente" que nos meterian españa. Digo que no me lo quiero imaginar porque sabemos todos de sobra quien va a ser..... Algun amigo dela SGAE.

Os imaginais a Ramoncin y a Tedy(joder! que asco me dio siempre este nombre... el osito tedy) vestidos como el cobrador del frack, picando a vuestra puerta para daros la orden de que os van a cortar internet por descargar canciones de licencia "Creative Commons"? parece ironico, pero no me extrañaria que lo hiciesen....

Faemino

¿Algun listado de programas para navegar anonimamente en la red?

r

Pues nada, cuando pongan la ley y me desconecten, que aprovechen y me den de baja.

Me gustaría ver como varía la penetración de Internet en España después de una medida como ésta.

marseo

FASCISTAS

D

#78 Nadie con nociones mínimas de derecho puede tener ninguna duda de que es ilegal. Lo deja bien claro la reforma de la LPI del 2006. Repito, hay que estar flipado para pensar que no estás infringiendo ninguna ley por bajarte una película que están estrenando en un cine en ese momento, o ser más bobo que el que asó la manteca.

Otra cosa es que no quieran perseguirlo, porque lo que no han hecho es procesar a internautas normales y corrientes por bajarse archivos con copyright, pero no lo han hecho porque no hay voluntad política de hacerlo.

D

#82 Lo que tú quieres decir es "de oficio", no "de facto". Y no, necesitan una autorización judicial. Y la policía son mandados que cumplen órdenes.

Un ilícito civil es no cumplir una norma civil por ejemplo un contrato civil, no tiene por qué tener consecuencias penales, pero vas a juicio.

Lo gracioso del tema es que de equivocado nada, pero hoy día usando google el que no está informado es porque no quiere.

D

#61 Estoy de acuerdo, faltaría más que no puediesemos ir a un juez a posteriori, menudo avance!
Esto me recuerda a que la "élite" quiere un Nuevo Orden Mundial, todo está encaminado...
http://www.bibliotecapleyades.net/sociopolitica/sociopol_globalelite17.htm

Mannu

#70, #78, #82 descargar una obra protegida ES ilegal.
#98 no encontrar no es lo mismo que directamente no haber buscado, te suena la Ley de Propiedad Intelectual ? Pues eso .. échala un ojo, que nunca viene mal.

Vamos a ver si consigo explicarlo; si consultáis la LPI os daréis cuenta de que para poder distribuir una obra protegida se necesita el consentimiento del autor siempre, salvo en ciertos supuestos que se recogen en los artículos 31 y 32, donde además se explica lo que es la copia privada, que por cierto está muy bien definida y no se presta a interpretación como pensáis algunos.

Entre todos los supuestos en los que no se precisa autorización del autor para distribuir una obra protegida, en ninguno figura el ponerla en redes P2P e Internet, regalarla en bares, etc .. como es lógico, por eso el hacerlo es ilegal.
Podéis dar las vueltas que queráis, pero descargarse contenido protegido, actualmente es ilegal, punto.

Por otro lado, por qué la Policía no actúa de facto como insinúa #82 ? Muy sencillo, porque para comprobar que yo estoy descargando contenido protegido tienen que vulnerar varios de mis derechos, o pensáis que os pueden interceptar los paquetes para ver si estáis utilizando redes P2P o entrar en vuestra casa asi tan alegremente ? Hace falta que lo autorice un juez, y sin indicios sólidos ningún juez va a autorizar que entre la Policía en vuestra casa.
No es lo mismo que te detengan por ir a toda pastilla en una vía pública, que en una pista que tengas en una finca privada de tu propiedad, me sigues ?

Sin embargo en tiendas de consolas, videoclubs, etc, etc, etc estamos viendo que la Policía interviene muchas veces, por qué ? Se llama "tener indicios", "sospecha fundada" o como lo queráis llamar.
Cuando se requisan copias de obras protegidas, y luego vemos que todo eso queda en una cortina de humo, es porque no ha habido ánimo de lucro en perjuicio de un tercero, pero eso no significa que si el propietario de esas copias no puede probar que se trata de copias privadas (y copia privada solo existe una, y no 200), pensáis que todo ese material se lo devuelven ? No, se destruye, por qué ? Oh, sorpresa; porque es ilegal.
La Policía no puede probar que el propietario ha obtenido todo eso desde medios de distribución no autorizados por el autor, perfecto, no se le denuncia porque no hay pruebas, pero el propietario no puede aportar los originales, licencia o autorización del autor para la copia, por lo tanto el material requisado no se devuelve.

Jod*r pues con nosotros lo mismo, por qué pensáis que estamos todos tan cagados con todo el lío de que en Europa nos pudiesen pinchar las comunicaciones ? Porque quedaría DEMOSTRADO que estamos bajando contenido protegido, lo cual es ilegal.
Si no fuese ilegal, nos la refanfinflaría que viesen que estamos bajando constantemente obras protegidas.

Mirad, podéis entenderlo o no entenderlo, ni va a pasar nada, ni la Policía os va a entrar en casa, ni váis a ir a prisión porque para que constituya delito tiene que existir ánimo de lucro en perjuicio de un tercero pero eso no cambia el hecho de que, descargarse contenido protegido de Internet, tal como nosotros lo entendemos (a través de canales no autorizados) es ilegal.
Toda esta historia en España está 100% legislada y las cosas están muy claras, lo que pasa es que siempre nos ha gustado llenarnos la boca diciendo que descargarse pelis no es ilegal, como si por decirlo estuviésemos sentando cátedra o legislando al respecto, cuando la realidad es que no queda ya nada por legislar porque todo esto ya está atado y bien atado desde hace unos años.

Y ahora, por impopulista, por decir las cosas tal como son, me podéis freir a negativos, si no tenéis más forma de razonar que esa.

u

#123 Lo estás enfocando al revés, lo primero que hay que mirar es cuáles son los derechos del autor, y después las excepciones a tales derechos, pero estás asumiendo que cualquier cosa que se haga con la obra sin permiso del autor es ilegal, salvo excepciones, cuando resulta que no es así.

Por más que insistas, el derecho de distribución se refiere exclusivamente a copias tangibles, lo dice la ley. Ni iTunes ni Rapidshare podrán violar jamás el derecho de distribución según la ley española, porque no distribuyen copias tangibles.

Lo que sí pueden violar tanto iTunes como Rapidshare es el derecho de "comunicación pública". Ahora haz tus deberes, mírate la definición de "comunicación pública" en la ley (ha quedado claro que no te habías mirado la definición de "distribución"), y después me dices si el p2p encaja en esa definición. Si no encaja, el p2p de pelis y canciones es legal.

Y a ver si a algunos os entra en la cabeza que la copia privada es legal. Lo digo porque vas y mencionas el bajarse algo de un ftp, lo cual es clarísimamente legal para el que descarga (lo mismo que grabar una peli de una cadena de tv). Luego puede ser que el dueño del ftp, o el de la cadena de tv, o iTunes, o Rapidshare, estén infringiendo la ley o no, dependiendo de otras circunstancias, pero bajarse algo por descarga directa es un caso clarísimo de copia privada. Difícilmente se puede decir que el que descarga haga una "comunicación pública" de la obra si no está subiendo ni un sólo bit de la misma.

El argumento de Toub es fortísimo. Si el legislador quería que el p2p fuera ilegal, ¿por qué no lo expresó claramente en la ley? Si no encaja con el tipo ilegal, entonces es legal. Así que mírate la definición de "comunicación pública" y después me cuentas.

David_VG

#26 pero un proceso administrativo lo hace el poder ejecutivo (la administración pública y a su mando el gobierno) y un proceso judicial el judicial.

Es decir, si es como dices: "Solo se puede cortar la conexión tras un proceso administrativo previo, en el que el usuario podrá reclamar" hablamos de la via administrativa, en la cual un juez pinta poco, salvo un recurso contencioso-administrativo.

p

#28: Se ha posicionado a favor porque aunque no le guste, que se apruebe es menos malo que si no se aprueba.

Es decir, la situación actual es: se puede cortar internet por el morro.
Si se aprueba, se puede cortar internet solamente tras un proceso. Aunque no les guste tampoco, es menos malo que la otra opción, que les gusta todavía menos, así que se posicionan a favor.

M

A los que hablan de que es ilegal la copia privada de obras con copyright me gustaría decirles que el problema de esta ley no es ese. El problema es que para comprobar qué te estás descargando han de violar el secreto de tus comunicaciones privadas y eso es ilegal.

Todos sabemos que robar es ilegal pero a que ninguno permitiríamos una cámara en el cuarto de baño que vigile por si robamos papel higiénico.

Falc

#50, ¿Dónde he dicho o insinuado eso?

Vamos a ver:
"consiste en una privación de derechos como consecuencia de una conducta ilícita del administrado"
"A través del Derecho penal, el Estado pretende el amparo de aquellos bienes jurídicos fundamentales para la convivencia social, mediante la amenaza y el castigo de las conductas que los lesionan."

angelitoMagno

#55 Bien, dime donde dice que se vayan a espiar las comunicaciones. Dime donde dice que se va a controlar la descarga de contenido con copyright. Porque precisamente la noticia dice lo contrario:
Por ello, la Eurocamara considera que la nueva formulación hará imposibles leyes 'antipiratería' como la francesa, porque da derecho a la Administracion a cortar el acceso a internet sin un “proceso previo justo” y la descarga ilícita de contenidos protegidos por derechos de autor no puede considerarse un asunto de “urgencia”.

#56 ¿Pero donde carajo dice que se vayan a espiar las conexiones? Es que no hacéis mas que inventaros cosas. Leed a vuestros compañeros suecos un poco, anda

Por cierto, el Tratado de Lisboa se ha aprobado porque no contradice las constituciones nacionales. Mira lo que ha pasado en la República Checa. Eso de que está por encima de nuestra constitución es mentira.

T

#108 Si que me leí la ley de propiedad intelectual y no pude concluir que sea ilegal, es una ley muy ambigua y abierta a interpretaciones. Por ejemplo ya que claramente el problema que ven las empresas que se lucran a costa de la cultura es que la gente comparte contenidos en internet los legisladores lo podrían haber incluido explícitamente en la ley y ya no habría ninguna ambigüedad, algo como "Es ilegal compartir obras culturales entre particulares". Entonces si que se podría decir, es ilegal y punto. Incluso se podría haber especificado un poco mas con algo como "Es ilegal compartir obras culturales entre particulares usando para ello redes telematicas". Pero yo no veo nada de eso en la ley.

En la ley pone que para distribuir una obra cultural se necesita el permiso del autor siempre, bien eso es correcto pero hay que ver también que se entiende por distribuir. Y para poder distribuir algo se necesita un soporte físico y en internet no hay tal soporte luego es imposible distribuir una obra cultural por internet.

Una cita de un juez de Barcelona en un auto:
"En primer lugar es preciso destacar que considero que en la actual Ley de Propiedad Intelectual no se prohíben, con carácter general, las redes P2P. Dicho de otro modo, los comportamientos y actividades que se desarrollan en estas redes no encuentran un acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la ley, en especial la reproducción, distribución y comunicación pública sin autorización. Por ello, la actividad desarrollada por el demandado difícilmente encuentra acomodo en los actos típicos de la Ley."
El auto completo: http://www.bufetalmeida.com/blog/532/las-redes-p2p-como-meras-redes-de-transmision-de-datos-entre-usuarios-de-internet-no-vulnera-en-principio-derecho-alguno-protegido-por-la-ley-de-propiedad-intelectual-se-deniegan-las-medidas-cautelares-solicitadas-por-sgae-contra-elrincondejesuscom.html

A mi no me daría igual que me intervengan las comunicaciones si las descargar fueran legales (como lo son), me parece que un derecho fundamental como el de la privacidad de las comunicaciones tiene mucho mas recorrido que solo servir para poder esconder las descargas, es un derecho fundamental y por tanto no me la refanfinfla en absoluto, me parece un tema de importancia capital, como digo un derecho fundamental.

Yo no creo que las cosas estén muy claras sobre todo con el ultimo cambio este que le dieron a ley de propiedad intelectual, antes la definición de copia privada estaba clarísima ahora introdujeron en la definición la obligatoriedad de que el copista tiene que haber accedido a la copia de origen con la que hacer la copia de forma legal. Eso se puede interpretarse con que la copia debe de haberse comprado por el propio copista como sostienen los que ya sabemos o que simplemente dice lo dice y que basta con no haber robado la copia de un supermercado que entonces se habría obtenido de forma no legal.

Yo intento razonar

alehopio

El titular es un poco amarillista... pero hay que menear estas noticias para que la gente se entere de la verdad en los comentarios y no sea manipulada !!!
partido-pirata-sueco-favor-nueva-reforma-paquete-telecom/0006



Desde mi punto de vista es una ley mala, que parece buena porque podría ser peor.
partido-pirata-sueco-favor-nueva-reforma-paquete-telecom/0008

trigonauta

#96 Cuando puse el enlace, los resultados eran 99% - 1%, por eso me llamó la atención.

tocameroque

Que sin el concurso de un juez o una investigación criminal, puedan cortarte (o intervenir) las comunicaciones por internet y encima lo disfracen como que "van a incrementarse las seguridades y los antivirus"...o que se " va a poder pedir la baja en el día de operador".."o que favorecerá la competencia entre operadores..." Mandangas.
Imaginaros que al gobierno X le molesta un grupúsculo de internautas, no necesita nada más que ir y cortarles internet, acusándolos de tráfico de archivos con derechos protegidos...
A los gobiernos les gustaria que internet en lugar de ser un reflejo de la sociedad (con lo bueno y lo malo...ya existía copia de archivos antes de internet) fuera un todo institucional y corporativo, cerrado, adaptado a las empresas y los gobiernos y cerrado a los blogers, particulares....sólo bajo identificación y huella digital. Donde no se pudiese intercambiar nada, salvo mensajería y donde todo tuviera controlado sus fuentes y derechos...vamos como en China o en Cuba....

Scan

#20 No es ilegal. Informate un poco.

Findeton

#66: Puede que sea ilegal o no, que yo sepa eso no se ha decidido en ningún juicio por ahora. Desde luego delito no es.

Findeton

#77: Repito, #66 tiene parte de razón, sí. Pero da por sentado que descargarse una película es ilegal, cuando no hay sentencia que diga que es ilegal. Como he dicho en #70, se sabe que no es delito, pero no se sabe si es legal o ilegal.

Nova6K0

#55 "lo cual es legal en España si son películas o música pero es ilegal si es software"

¿En qué te basas para decir semejante chorrada? ¿Te has leído la ley de Propiedad Intelectual? El descargar películas o música constituye un ilícito civil cuando se trata de archivos protegidos por derechos de autor y su descarga no está autorizada.

Claro y eso se sabe por las numerosas sentencias civiles que hay en contra de las descargas...

Salu2

Findeton

#85: Debería de haber usado la palabra delito en vez de "legal" o "ilegal". Error mío, lo reconozco.

Findeton

#100: Pues no soy abogado, pero al parecer es lo que ocurre.

D

#77 "#66 Déjalo estar, los que me han votado negativo son niñatos. Si son felices votando negativo contra la realidad, pues que les sirva de desahogo. Ya madurarán ... a hostias porque el mundo real no es tan guay".

Pues la realidad te ha hecho un zas en toda la boca. Cuando una ley va en contra de la aplastante mayoría no hay forma de usarla sin descalabrar a la propia sociedad. Por eso no hay voluntad política para perseguir el intercambio, y por eso acumulas negativos.

Nova6K0

#107 Niñato, el meneame no es la realidad.

Acumulo negativos por fanáticos retrasados como tú mismo.

Es que aún no lo pillas, que yo ya pirateaba cuando seguramente tú no habías nacido, pero siempre he sido consciente de que es ilegal.

#125 Eso es una memez de argumento, ya que puedes usar el P2P para compartir archivos legales. No puedes prohibir las furgonetas porque se puedan transportar explosivos en ellas.

Vaya panda de fanáticos, de verdad es penoso.

Falso Menéame e internet es la realidad y no Los Mundos de Yupi donde estáis vosotros.

Decías que pirateabas, es decir que vendías lo que copiabas o descargabas ¿no?. Lo digo porque si no es eso no hay piratería ninguna.

Sobre la "memez" de ulises31 (+1) el mayor problema es que ni sabéis de donde sale la Copia Privada y que era una costumbre, con la que no se podía legislar en contra. Principalmente porque no se podía legislar en contra de millones de personas, que es lo que se pretende ahora, porque a algunos os va la fiesta de PM.

Salu2

D

#126 "Es que aún no lo pillas, que yo ya pirateaba cuando seguramente tú no habías nacido, pero siempre he sido consciente de que es ilegal".

Yo no tengo tan claro que sea ilegal, lo que tengo muy claro es que no es injusto. Hace un par de siglos la esclavitud era legal pero no era justa. Si tu problema es simplemente que lo consideras "ilegal" pues no es para tanto, continua bajando archivos y ya cambiaremos las leyes para que sea legal. La realidad es que todo el mundo tiene material bajo copyright saltando de un soporte a otro, incluso la gente que prácticamente no usa Internet.

k

"Se nos ha presionado mucho en este tema[...]" Esta vez por los 2 lados.

Airangel

Otro paso más cerca de la "nueva cultura feudal" de esta "nueva sociedad feudal". Por no hablar de "la trampa" de las sociedades de gestión de derechos, que quieren una ley que les permita gestionar los contenidos libres de derechos y los que tienen derechos como Creative Commons como si fueran contenidos protegidos por su gestión, cobrando una especie de "derecho de circulación" que les permita limitar el acceso a los mismos.

D

#66 Déjalo estar, los que me han votado negativo son niñatos.

Si son felices votando negativo contra la realidad, pues que les sirva de desahogo. Ya madurarán ... a hostias porque el mundo real no es tan guay.

K

#55 "lo cual es legal en España si son películas o música pero es ilegal si es software"

¿En qué te basas para decir semejante chorrada? ¿Te has leído la ley de Propiedad Intelectual? El descargar películas o música constituye un ilícito civil cuando se trata de archivos protegidos por derechos de autor y su descarga no está autorizada.

K

#86 Que haya pocas o muchas sentencias es irrelevante a la hora de que una conducta sea legal o no, si la LPI dice que descargar archivos protegidos sin autorización es ilegal no hay nada más que hablar.

K

#100 Cuando una conducta supone un ilícito civil la ley no te "castiga" con una pena privativa de libertad pero sí tienes que pagar una indemnización.

DidE

mierda mierda mierda! con todo el porno que me queda por bajar! piro al emule

t

#9 Si se obliga a que el organismo sea imparcial, justo, conforme a la ley y que respete la presunción de inocencia, la SGAE no puede ser. En realidad, se trata de decir "tribunal" con otras palabras, para que no choque con las Constituciones de según qué estados, porque si choca, al primer juicio se impugna la ley ante la UE y listos, anulada.

No sé muy bien qué implicará el Tratado de Lisboa, pero lo de que prime el derecho europeo sobre el estatal no es tan fácil. Al menos aquí, la Constitución hubo que modificarla al entrar en la UE para cederle parte de las "competencias", pero fue una cosa puntual y hay grandes partes de la Constitución que no admiten ninguna norma superior. En cualquier caso, cuando llegue veremos, pero ahora mismo prefiero un derecho mal protegido que no protegido en absoluto.

payola

#18 Tor es taaaaaaaaan lento...

Falc

#26, sí y el usuario puede reclamar por vía judicial, que es lo curioso, que sí lo mencionen para las reclamaciones (que por otra parte, solo faltaría que no puediera haber ese tipo de recursos).

Ahora digo yo, y si el estado va ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ¿que prevalecería? ¿la ley nacional?

l

El caso es que hecha la ley, hecha la trampa, ya veremos como acaba todo esto, porque yo actualmente no lo veo nada claro, depende de como lo interpreten aquí en España, porqué y quién decida desconectarte...

cyberdemon

Apretar el culo toca...

Falc

#46 ¿dónde ves tú el amarillismo exactamente?

Falc

#47, de tu enlace a la Wikipedia... "consiste en una privación de derechos como consecuencia de una conducta ilícita del administrado". Creo que habla por sí solo.

Falc

#52, goto #9

Precisamente para esos ejemplos que tú dices, debería haber un proceso judicial previo. Que sea un juez el que dicte, y no un "órgano competente" sin definir. Y bueno, más allá de cortar la conexión a esas personas, sería más importante que todo aquel que cometa un delito, pase por la justicia.

Sino acabaríamos viendo cómo los webmasters de páginas tipo Sharemula, podrían ver como les cortan internet sin haber pasado por un proceso judicial. Y ya sabemos como acabó ese caso finalmente, y muchos otros similares. O directamente veríamos como sin ninguna resolución judicial, podrían "pincharnos".

D

A mi se me ocurre que podrían volver a poner el diezmo pero para dárselo a la SGAE. Alomojó así ya se estaban tranquilos y pasaban de querer controlar todo y cobrar por todo y tal. Pero eso sí, que no pongan la prima nocte otra vez ¿os imagináis a teddy bautista o a ramoncín de cama en cama todas las noches? Buaaaaaaaaaj

M

Nos están empujando hacia un boicot masivo contra la industria cultural. Luego llorarán.

antihoygan

#108 Hola, te veo puesto en el tema.
Supongo que el párrafo de la LPI del que hablas es:
No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto...

Ahora sólo tengo una duda: ¿qué formas de acceder a las obras son legales o dejan de serlo?
Te agradecería la referencia al artículo o artículos de la LPI que lo dejen claro.

Muchas gracias.

antihoygan

#111 Has rectificado, pero no creas que no te he visto lol

Griton_de_Dolares

No hableis muy alto que por aqui hay un topo (que todos conocemos) amante de Sinde y del sindicato mafioso....

Mannu

#110 vuelve a leerte la LPI, mira las excepciones por las que puedes distribuir una obra protegida. Si tú desde tu casa, con cualquier programa de descargas, puedes acomodarte a alguno de esos supuestos; felicidades, es una actividad legal. Pero me temo que no puedes, verdad ?
Se puede distribuir una obra por los métodos autorizados por el autor, incluído Internet si el autor asi lo autoriza, como por ejemplo, La Excepción con su último trabajo, o los cientos de grupos que venden música en soportes como iTunes
El resto de métodos de distribución, si no están autorizados por el autor, son ilegales.

#111 me estás diciendo que, si tu te ganas la vida como escritor, y yo pongo en una web de descargas los PDF con tu último libro recién publicado, como no lo estoy distribuyendo en papel, no lo estoy distribuyendo ?
Claro, claro ..
Mira, te lo explico, como no se pueden pinchar las comunicaciones sin un juez de por medio, y de momento el que alguien sospeche que tu te bajas obras protegidas no es suficiente motivo como para hacerlo, no te puede pasar nada por ello.
Es por eso que en esa sentencia se dice que no se prohíben claramente las P2P, claro, porque por ejemplo yo estoy compartiendo distribuciones GNU/Linux a través de estas redes, es que usar una red P2P NO es ilegal, por supuesto que no y ya solo faltaría eso.
Es decir, no es ilegal tener un cuchillo en casa, pero si acuchillas al vecino estás cometiendo un delito.
Bajarte contenido protegido, por P2P, en web de descargas, por FTP, sea como sea, si ese canal no está autorizado por el autor, es ilegal, y podemos dar gracias de que no se pinchen las comunicaciones sin un juez de por medio, porque si no, podríamos recibir preciosas multas con sus preciosas pruebas de que nos estamos descargando contenido protegido, y además si es el caso de redes P2P, distribuyéndolo.

Tal como ha quedado la cosa en Europa ahora; si tu te bajas un disco a la semana, alguna peli .. bueno, desde luego por el tráfico consumido nadie sospecharía nada.
Ahora, si estás todo el día descargando y sales a 2Gb diarios de tráfico, entonces ya hay una duda objetiva que podría invitar al operador a ver cómo estás consumiendo ese tráfico. Y es aquí donde tenemos el problema.
Porque a un operador, perder a un cliente que paga religiosamente y ocupa el 20% de la línea contratada, le fastidia bastante .., pero perder a otro que paga lo mismo que el primero pero ocupa un 80% de la línea, le deja sitio para meter a 4 de los primeros y ganar 3 veces más dinero.
En España tenemos el secreto en las comunicaciones y bueno, de momento nos da de lado todo esto, pero si ya se está hablando controlar las conversaciones de móvil, en cuanto se genere el debate social suficiente se enmendarán o saldrán nuevas leyes que permitan todo esto.

Asi que .. que no te importe tan poco que te pinchen la línea, que la cosa tiene visos de ponerse fea, fea, muy fea para nosotros los usuarios.

D

Voy a poner un pequeño texto de la wikipedia y que cada cual vea lo que quiera en él. El texto viene de http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_copia_privada

Sentencias judiciales, abogados especializados y asociaciones de consumidores afirman que descargarse archivos audiovisuales, aunque estén protegidos por copyright, es legal, amparándose en el derecho de copia privada y siempre que no haya ánimo de lucro.

Sin embargo, otra parte de la doctrina especializada en materia de propiedad intelectual no solo española, sino también europea (con una legislación parecida a la de España) afirma que la LPI no establece la existencia de un Derecho a la Copia Privada, sino que lo que establece es un límite al derecho exclusivo de los autores. De esta forma, y en base al artículo 31.2, la doctrina entendería que las copias realizadas a partir de redes P2P no podrían considerarse lícitas porque la ley prohíbe que de las mismas se haga una utilización colectiva, fin que se cumple cuando un usuario pone a disposición de millones de personas las copias que previamente se ha descargado de otro usuario (una colectividad de personas se benefician de la copia de un particular).

En este punto, la modificación de la LPI que ha introducido la Ley 23/2006 obliga ya a que las copias privadas sean realizadas a partir de obras a las que se haya accedido lícitamente, regulando al mismo tiempo el derecho de puesta a disposición que se recogía en la Directiva 2001/29/CE. De esta forma y según la nueva ley, subir un archivo a través de una red P2P constituiría un acto de puesta a disposición, mientras que descargarlo conllevaría una reproducción. Además, es importante distinguir el ilícito civil del penal; compartir una obra por una red P2P puede no constituir un delito según el artículo 270 del Código Penal por no reunir los elementos del tipo, lo que no quiere decir que no pueda ser considerado un ilícito civil, según lo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual.

Lo dicho, que quien quiera haga las consideraciones que crea oportunas con la palabra de Wikipedia.

D

Nos han vendido, para variar....¬¬

antihoygan

#123 Ya está. Me ha llevado un tiempo volver a leérmela, pero es que no es una lectura fácil.

Supongo que hablas de esto.
Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.

¿Pero qué pasa cuando no hay un soporte tangible?, como youtube por ejemplo.

(Te agradecería que me apuntaras a dónde debo leer la próxima vez, porque no estoy muy puesto en derecho, y la jerga legal se me hace muy difícil de entender.)

Muchas gracias.

Mannu

#125 tu oyes campanas y no sabes dónde. Ese podría ser básicamente el resúmen a tu comentario.
Y como obviamente no vamos a llegar a un acuerdo, porque te has cerrado en banda con los comentarios populistas, que es lo fácil en estos temas, sencillamente te apuntaré dos cosas:

1) Las páginas como Rapidshare distribuyen sin autorización del autor, de forma pública y no necesitan soporte tangible, un bit no se puede tocar, un tono musical no se puede guardar en una caja, y sin embargo se está distribuyendo una obra protegida.

2) TODAS las redes P2P DISTRIBUYEN obras protegidas, por definición. Punto a Punto, persona a persona, se están distribuyendo públicamente obras sin autorización y eso es ILEGAL.

A ver si eres tu el que tiene que hacer los deberes compi

#129 me estás diciendo que un libro en PDF no es una obra protegida, porque no está impreso en papel (soporte tangible), que una canción en MP3 no tiene derechos porque no está grabada en un CD ? Si eso es lo que entiendes, entonces no tengo nada que explicarte.

Yo ya he explicado lo que tenía que explicar en este meneo, no es una postura populista pero es ajustada a derecho, mi opinión también está perfectamente clara, y no por ello soy un angelito, yo también descargo, pero la cultura del "todo gratis" aunque tenga mil excusas, mil farragosas explicaciones de los que quieren disfrutar el trabajo de los demás sin pagar jamás una peseta, aunque sea lo populista y defender lo contrario pueda llevar a una quema de brujas .. sencillamente quería que quedase patente que hay ciertos comportamientos en todo esto, que son ILEGALES.
Que no delito, por suerte para todos.

antihoygan

#134 me estás diciendo que un libro en PDF no es una obra protegida, porque no está impreso en papel (soporte tangible), que una canción en MP3 no tiene derechos porque no está grabada en un CD ? Si eso es lo que entiendes, entonces no tengo nada que explicarte.

Yo no he dicho prácticamente nada, y mucho menos eso de que pueda existir una obra sin protección.

Lo que he hecho es copiar y pegar la definición de "copia privada" y "distribución" que hace la ley de propiedad intelectual.

Intuyo por tus palabras que lo de "soporte tangible" no quiere decir "soporte tangible". Pero entonces, ¿qué quiere decir?

D

EDIT

P

1111 Que putada ¡¡¡¡ . Ya no voy a poder bajarme canciones de Ramoncin

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