Hace 12 años | Por medidordepH a politica.elpais.com
Publicado hace 12 años por medidordepH a politica.elpais.com

Un inspector de la UDEF, la unidad contra el blanqueo de capitales de la Policía, ha corroborado esta mañana que Garzón les ordenó “prevenir el derecho de defensa” de los implicados en la trama Gürtel y que esa debía ser la “cláusula” por la que debían seguirse las instrucciones del magistrado de la Audiencia Nacional.

Comentarios

D

#2 parece ser que las cosas a Garzón le van según de donde leamos las noticias, esta qyue te adjunto el enlace no supone una buena noticia para él.



http://www.elmundo.es/elmundo/2012/01/18/espana/1326893138.html

comunerodecastilla

#4 #5 Sin ser El País santo de mi devoción, me gustaría resaltar que precisamente el diario El Mundo no es precisamente respetuoso con las sentencias judiciales, por lo que me inclino a que la de el primero sea un poquito mas veraz.

PD Creo que ya saben por donde van los tiros, pero por si acaso ahi va una pista: 11M roll

S

#4 madre mía, cuánta basura. Hasta a los inmundos de El Mundo les ha dado vergüenza contar así la historia y lo han sacado de portada y han quitado los enlaces desde la misma... un poco más y hablan de la Orquesta Mondragón y del 11M.

Pero no, el hecho es que lo han sacado y lo que pone El Mundo ahora respecto a ese funcionario es que dijo "El funcionario, que compareció a propuesta de la defensa, manifestó que tanto Garzón como las fiscales Segura y Concepción Sabadell -adscritas por la Fiscalía Anticorrupción al 'caso Gürtel'- estaban "obsesionados con el derecho de defensa". "El juez me decía: '¡Hay que quitar todo lo del derecho de defensa, hay que quitarlo antes de enviar las diligencias al Tribunal Superior de Madrid!'".

el_verdor

#4 http://www.elmundo.es/elmundo/2012/01/18/espana/1326911154.html

Esto cambia por momentos: "Un funcionario de Garzón dice que fue la fiscal la que expurgó las escuchas"

Al final más de una querría haberse callado.(Al menos en este caso)

D

#8 Realmente llama la atención si.
Que el redactor de la noticia (que pones en #4) plasme su opinión tal cual sin citar ninguna fuente ni detalle que haga ver de donde la saca es para que la llame...

angelitoMagno

#2 Tienes razón. Si fuéramos una país serio, estas supuestas escuchas ilícitas realizadas por un juez no deberían ni investigarse ...

D

#16 Si fueramos un país serio no habría escuchas entre abogados y clientes. Pero esto es banana beach.

perico_de_los_palotes

#73 Si fuéramos un pais serio, el PPSOE habrían dejado de existir hace mucho tiempo por financiación irregular.

Que es, en definitiva, de lo que se trata. Dedo, luna, etc.

D

#13 si fuéramos un país serio, los jueces y fiscales se centrarían en investigar, espiar y condenar a los elementos subversivos antipatriotas, y no molestarían a los empresarios y políticos mientras hacen sus negocios

#23 si hay dudas al interpretar no existe delito de prevaricación. Por esa regla de tres todos los jueces estarían en la carcel, pq las leyes se interpretan y reinterpretan y se genera jurisprudencia q invalida interpretaciones, y luego la jurisprudencia reinterpreta, invalidado lo q decía años atrás...
Para q haya prevaricacion la sentencia debe ser ilegal sin lugar a dudas, debe ser muy claro y evidente. Por ese motivo no hay apenas condenas por prevaricación, solo los casos de Liaño y Garzón (uno caía mal al PP y otro al PSOE)

j

#24 Aquello de "no puede haber dudas razonables de su culpabilidad" o algo así, ¿no? Yo, sinceramente, confió en la cordura de los jueces. Espero, por el bien de nuestro país, que le absuelvan y no porque Garzón sea superguay sino porque lo contrario es dar alas a los auténticos criminales.

D

#2 El tema es que esas escuchas, por lo visto y según la ley, sólo se pueden ordenar en casos de terrorismo y en algunos casos de narcotráfico.
Como el gurtel no era ni de lo uno ni de o otro, parece ser que vulneró el derecho a la defensa, con el agravante de que es juez, por eso este juicio.

D

#2 Buff yo también pienso como tú pero parece que todo depende de su criterio a la hora de que las escuchas "preservaran el derecho a la defensa" y de si llegaron a manos del fiscal por culpa suya si es que lo hicieron.

Si se ha equivocado en alguna de esas dos cosas me temo que lo tiene jodido.

D

#2 Que un juez rompa la confidencialidad abogado-defendido no es hacer las cosas bien... es hacer un país bananero, que es lo que parece que algunos queréis.

D

#69 A ver te pego mi comentario de otra noticia:
Mandó que se realizaran las escuchas debido a que aún estando los acusados en la carcel seguía el blanqueo de dinero y era debido a que los abogados eran parte de la trama.
¿Como investigarlos y detener el blanqueo de dinero? Atañendose a la ley que le permite hacer las escuchas (o así la interpretó, que es en el fondo lo que se va a juzgar): "el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria respalda las interceptaciones por orden de la autoridad judicial y no exclusivamente en los supuestos de terrorismo"
¿Pero son ilegales o no? Pues si se demuestra que no han sido utilizadas en la investigación en contra de los acusados no, ya que la autoridad judicial le autorizó y no le negó realizarlas en ningún momento.
Aunque cabe la posibilidad de que su interpretación de la ley fuera errónea directamente y las escuchas sean ilegales independientemente de su uso y de que le autorizaran...muy raro todo. La justicia dirá.

D

#72 Está muy claro que la ley se refiere a supuestos de terrorismo exclusivamente, por eso pone esa coletilla al final, si no estuviera restringido a sucesos de terrorismo esa coletilla final sería innecesaria totalmente puesto que podrían aplicarse estas escuchas a cualquier caso a discrecionalidad del juez, pero el artículo la incluye. E incluso para casos de terrorismo es una vergüenza de ley bananera.

z

#2 Yo sigo opinando que ésto es una cortina de humo, que han buscado la mínima irregularidad para inhabilitarlo. En realidad lo que no quieren es que investigue unos crímenes que ocurrieron hace 40 años, en una época de plena placidez.

D

#9 Es sólo que el que tiene que preservarlos es él, no el policia... se debió haber dejado ese día la toga en el tinte.

"... que el que decide que parte vulnera el derecho de defensa y lo que no, es él..."

A eso le llamo yo jugar a 2 barajas.

j

#17 Así leido yo lo entiendo más como una adición, es como decir:
"solo los bocadillos de tortilla y los de calamares serán permitidos en todos los establecimientos"
en vez de:
"solo los bocadillos de tortilla y calamares serán permitidos en todos los establecimientos"
En cualquier caso me parece muy ambigua aunque entiendo que si el fiscal y el segundo juez están de parte de la racionalidad Garzón debería ser absuelto. Aunque si, como dices, se interpreta como una obligación y no como una adición supongo que lo más lógico es que fuese declarado culpable... Vamos, que hasta que no haya sentencia me parece arriesgado decantarse por una u otra.

D

#23 #28 Y bueno, ahí está el debate. Pero yo lo tengo bastante claro, y si dice Y es Y, no O. Y creo que si pusieramos O en el artículo en vez de Y no tendría mucho sentido.

#22 Entiendes bien, Garzón era el Juez Instructor.

Gresteh

Yo estoy con #23 yo claramente entiendo que esa Y significa una O en ese contexto, de querer decir solo en casos de terrorismo y con orden judicial se omitiría esa Y para leerse: "salvo por orden de la autoridad judicial en los supuestos de terrorismo."

#32 Yo creo (sin ser de derecho, ni de letras) que no puede significar "O", ya que lo que está es enumerando las condiciones, es decir: "por orden de la autoridad judicial Y en los supuestos de terrorismo". Si esa "Y" significara una "O", quiere decir que en los supuestos de terrorismo la escucha es automáticamente aprobada...?, yo creo que no, que en todo caso necesita la orden de una autoridad judicial, por lo tanto, desde mi punto de vista, en este contexto solo puede significar "Y".

Gresteh

#33 Esa es una interpretación, aunque a mi no me parece para nada acertada, creo que esa Y solo puede significar O ya que yo entiendo que no enumera condiciones sino enumera supuestos:

Supuesto nº 1: Autorización judicial.
Supuesto nº 2: Casos de Terrorismo.

#36 Pero en el supuesto n°2, quién autoriza?

Gresteh

#37 No sería necesario autorización.

#38 No he estudiado derecho y me has dejado con el culo torcío y las patas colgando... ¿en serio no hace falta autorización de ningún tipo?...

Gresteh

#39 Yo al menos eso es lo que entiendo, si es un caso de terrorismo tienes menos derechos que si es otro tipo de casos, en nuestras leyes hay muchisimos de ejemplos de eso, por ejemplo la longiutd de las penas de prision y otras muchas cosas. Aun así te digo que es lo que yo entiendo, de derecho no tengo ni idea, pero yo cuando leo eso entiendo que dice las razones por las que te pueden espiar la comunicación con los abogados, una sería si el juez lo dictamina y la otra si es un caso de terrorismo. Esa ley lo que entiendo que dice es que la policía no puede grabar esas conversaciones salvo que lo autorice un juez o que sea un caso de terrorismo.

D

#38 Eso no tiene ningún sentido. El secreto de las comunicaciones es un Derecho Fundamental recogido en la CE, contretamente en el art. 18.3 (c&p): Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

Lo pone bien claro: salvo resolución judicial.

No hay ninguna excepción tipo: salvo lo que que dictaminen las Leyes, como en otros apartados.

#42 Pásame un enlace o dime una ley donde diga eso de "presunción de veracidad" o deja de difundir leyendas urbanas.

D

#43 Gracias por tu aporte, ahora estoy requeteconvencido.

D

#45 Pues si que te convences pronto..joer, está poniendo una supuesta Ley (no pone cual) que habla de comunicaciones postales y no se que más.

D

#47 Bueno, si lees un poco más arriba verás que yo ya pensaba así lol pero me han dado más motivos.

Gresteh

#43 No entra en el secreto de comunicaciónes ya que no hay comunicación remota ya que la reunión se realiza en el interior de la prisión, la ley por la que están juzgando a Garzón se refiere a las reuniones de los reclusos con los abogados DENTRO de la prisión. Es una ley para impedir que la policia pueda grabar lo que dicen los reclusos a los abogados y yo entiendo que tiene 2 excepciones: 1º que un juez lo solicite y 2º que sea un caso de terrorismo.

D

#46 Pudiera ser que yo estuviera equivocado. Pero sigo pensando que las comunicaciones de un preso con su abogado están protegidas por ese artículo. Si yo tuviera razón, la Constitución no prevé ninguna excepción a la autorización judicial, sea el tipo de delincuencia que sea.

Gresteh

#50 Si fuese por teléfono o por correo si estaría protegida por ese artículo, pero una reunión en la que hablas con tu abogado no es una comunicación, es una reunión y además en este caso ocurre dentro de la prisión.

D

#46 #53 Pequeño extracto de la Sentencia 281/2006, de 9 de octubre del Tribunal Constitucional: las comunicaciones comprendidas en este derecho [se refiere al 18.3 que he mencionado en #43 ] han de ser aquellas indisolublemente unidas por naturaleza a la persona, a la propia condición humana; por tanto, la comunicación es a efectos constitucionales el proceso de transmisión de expresiones de sentido a través de cualquier conjunto de sonidos, señales o signos
http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=9077

S

#62 La ley que regula este tipo de escuchas es confusa: dice que se pueden hacer “por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo”. Según la Fiscalía, esa “y” es ambigua porque se puede entender “en términos alternativos o acumulativos”. Sin embargo, decía antes, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del propio Tribunal Supremo –que cita la Fiscalía– es más clara: se pueden intervenir estas conversaciones para investigar cualquier delito, siempre que sea con una orden judicial que argumente la medida. Así lo hizo Garzón, que grabó a Correa a propuesta de la Policia y de la Fiscalía Anticorrupción para evitar que blanqueara su botín con sus abogados. Así lo entendió también el juez Antonio Pedreira, que ratificó esas grabaciones cuando heredó la Gürtel. Y así se ha hecho también en otros casos ajenos al terrorismo, como las conversaciones del asesino de Marta del Castillo con su abogado. El juez que ordenó esas escuchas no se llama Garzón y tampoco está imputado.

D

#64 No pierdas de vista a quién contesto:

En #43 Respondo a #38 que dice que algunos casos no es necesaria la autorización judicial.

En #62 Contesto a #46 y #53 Que vienen a decir que la comunicación de preso con abogado no es comunicación o no está amparado por el secreto de éstas.

Edito. Sé que la ley es confusa, mira #48 y #44

D

#50 Es que tienes razón, la CE protege las comunicaciones, y en especial... blablabla. Comunicaciones incluye hasta una charla en el ascensor, conversaciones presenciales, etc.

kenovi

#43 Ahí lo tienes:

http://es.wikipedia.org/wiki/Presunci%C3%B3n_de_veracidad

Si ese no te gusta, los tienes de todos los colores

D

#80 Ok. Una ley administrativa y con muchas variables. Me refería a la ley penal. De todas formas, gracias por el aporte.

V

#17 Sólo por polemizar, si se entiende esa Y como que los dos requisitos son necesarios la Y sobraría, bastaría decir con autorización judicial en los delitos de terrorismo. Al introducirse da a entender que es un caso contrario al anterior en el que no haría falta y por tanto haría las funciones de una O.

Vamos, casos como este que se discute el sentido de un frase por una Y o por una coma los hay a patadas en nuestro ordenamiento.

kaoD

#17 qué jodido.

Siempre he pensado que la ley se debería escribir con lógica booleana. O mejor, en pseudocódigo.

D

#17 Lo que yo no acabo de ver si separamos la Y entonces quienes son los que pueden autorizar las escuchas de terrorismo? Todo dios?
Dejaría de tener sentido incluir terrorismo porque solo bastaría que lo dijera un juez independientemente del tipo de investigación.
Hubiense quedado más claro en vez de Y poner EN

D

#44 Exacto. Hubiera despejado todas las dudas si en lugar de Y hubieran puesto EN. Es un ejemplo más de lo záfios que son legislando, y claro, luego los jueces rompiéndose las neuronas intentando descifrar qué coño ha querido poner el legislador.

ogrydc

#17 Yo pienso que la conversación grabada no era la del interno, sino la del abogado, que acaba siendo un delincuente mas de la trama.

T

#12 #10 Muy bueno y lo primero que leo aquí que en realidad sea referente al caso que se juzga y no pura demagogia.

Pero aqui en meneame da igual todo, porque como Garzon ha encarcelado a los malos es un gran juez.

La ley esta para todos senores y si no se puede escuchar conversaciones abogado-cliente, no se puede. Este senor no tiene porque saltarselo, él no tiene autoridad para hacerlo, más cuando el ha estado vinculado de siempre al PSOE y ahora juzga al PP, pero bueno esto ultimo se supone irrelevante.

Todo lo demás inventos para hacer parecer a este hombre algo que no es.

Se la metieron doblada con Felipe y por eso les enjuicio todo lo que pudo, tu afan de notoriedad no tiene fin y con este gobierno ha estado al servicio del PSOE-ElPais-GrupoPrisa.

D

Pues si esto ha pasado hoy y nos lo cuentan hoy, imagínate los libros de la Guerra Civil que desde la primera página ya se sabe de que pie cojea el autor. Además, no hace falta ni mentir, solo hace falta resaltar unas cosas y quitar importancia o omitirlas directamente a otras.

D

Personalmente, El Mundo sería el último sitio donde me informaría sobre Garzón. Hacer información a cuchillo y en base a réditos personales nunca fue periodismo, por mucho que intente camuflarse como tal. Y en el caso de Garzón, se le ha puesto en la diana al más puro estilo etarra.

tul

Este juez se acostumbro ha pasarse las leyes por el forro cuando cerraba periodicos sin pruebas y como todo el mundo le aplaudia debio pensar que podria seguir asi pero claro al final topo con los de la casta que pasaron de aplaudirle y protegerle a tirarlo abajo y enjuiciarle.
Bonita patochada de sistema de justicia hay en este pais.

D

Yo creo que lo más significativo de la noticia es el párrafo este:

"Llamativamente, esa operación era por completo ajena a un supuesto delito de blanqueo de capitales que, según Garzón, fue el que justificó la intromisión en el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones entre los internos y sus defensores."

D

Bueno, voy a concluir, esta es mi interpretación jurídica.

La Constitución indica que las comunicaciones son secretas, y cita a título de ejemplo tres de ellas por su especial relevancia. Comunicación incluye cualquier tipo de comunicación: presencial o telecomunicación.

La Constitución introduce una salvedad: la autorización judicial.

La Ley General Penitenciaria, artículo 51, introduce un requisito extra cuando se trata de comunicaciones con los abogados en centros penitenciarios: casos de terrorismo. [Nótese que lo contrario sería inconstitucional: una mera Ley no puede suprimir la autorización judicial ordenada por la Constitución]. Además la letra "Y" apoya ese significado.

Por tanto, Garzón incumplió la Ley.

S

#60 Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del propio Tribunal Supremo –que cita la Fiscalía– es muy clara: se pueden intervenir estas conversaciones para investigar cualquier delito, siempre que sea con una orden judicial que argumente la medida.

D

#57 Sumario es la fase de instrucción. La vista oral se llama Plenario y es pública.

D

Si, yo es que confio enormemente en la palabra de un policia, como confio en la palabra de los que zumbaban a los indignados, o los que detuvieron a 2 del PP por una agresion a Jose Bono que nunca existio.


Apunto que estoy siendo sarcastico.

p

Es lo que le pasa a un juez cuando se atreve a meterse con los dineros del P.P.

Dikinson01

Cierto es que en este caso no cumplio la ley, pero por lo poco que he podido seguir el caso gracias a el se supo del blanqueo de capitales y se desenmascaro una parte importante de la trama.

No soy jurista ni se de esto, pero no debería primar el derecho colectivo al individual? Se que es muy delgada la linea entre derechos individuales(en este caso el derecho de los infractores a la pribacidad abogado-cliente) pero.. En este caso se ha vulnerado una ley por el delito de las otras partes.

Maldito derecho, garzon culpable y el resto de malversadores en la calle. OLE!

DexterMorgan

¿Garcón?

Black_Diamond

En qué quedamos... ¿Prevenir o preservar? Que no es lo mismo lol

D

Este juicio es algo así como si el zorro demandara al granjero por construir una valla ilegal para proteger a las gallinas, ¿no? El zorro actuará con la ley en la mano, pero manda narices...

D

Aunque la ley fuera clara y limitara las escuchas a casos de terrorismo la CE otorga al juez el derecho a intervenir cualquier tipo de comunicacion. Segun tengo entendido siempre se debe respetar una jerarquia y la CE logicamente prevalece ante una ley organica.

r

Y qué? Ya es inocente por algo a su favor?. Esperen que acabe el juicio y vamos a ver el resto de testimonio y pruebas.

parazetamol

a ver si lo entiendo bien, que doctores tiene menéame en todo:

Entiendo que si Garzón era el juez instructor del caso (no el que juzga si no el que instruye y prepara para que otro juzge) sus palabras tienen mucho sentido. Recordemos como funciona el sistema judicial en España, un juez hace de "fiscal" (siguiendo la iconografia yanki) y una vez hecho este papel otro juez, con todas las pruebas, juzga.

D

#19 No es exactamente así. El Juez Instructor hace de Juez Instructor y la Fiscalía es la Fiscalía. El Juez Instructor instruye, esto es, dirige la investigación y es una autoridad judicial. Una vez acabada la instrucción, puede encontrar o no indicios de delito, por lo que se le comunica a los implicados y a la Fiscalía para que acuse. La función de la Fiscalía es acusar. La Fiscalía también tiene la posibilidad de solicitar al Juez Instructor que investigue hechos que considera sospechosos. El PSOE se propuso cambiar la Ley y permitir que la fase de instrucción la hiciese el Fiscal, prescindiendo del Juez Instructor. Por suerte, no se llevó a cabo la reforma porque se les agotó la legislatura. ¿Te imaginas? La misma Fiscalia te investigaría y te acusaría, y recordemos que la fiscalía es un órgano al servicio del Gobierno...
Sobre lo que dices que luego quien juzga es otro juez, así es. Se hace porque se supone que cuando uno investiga un hecho, si luego también juzgase, volveríamos a un sistema inquisitorial. Como con la Ley Sinde.

parazetamol

#22 Gracias por la aclaración. Siguiendo tus argumentos, entiendo que Garzón era el juez instructor, no? no juzgaba el caso para sentenciar. Entiendo que cuando dice que "el decidirá el tema de que es derecho a la defensa y que puede ser delito" lo dice como juez instructor. Lo digo por los comentarios de la gente, que creo que va despistada (y yo el que más, pero lo intento entender).

D

¿Pero no deberían darse estas órdenes por escrito o constar para que nadie pueda decir "diego" donde dijo "digo"? Si no es así me parece algo chapucero, una mala interpretación o una acusación siempre serán la palabra de unos contra otro u otros...

Dikinson01

Perdon por el asesinato "priVada" y demas, es el teclado del movil quese me van los dedos..

chris_prez

Es el grave problema de jugar a un juego con reglas abiertas, que la gente las interpreta y el que mejor lo haga se lleva el gato al agua.
Se puede o no confiar en la palabra de los CFSE, eso como prefiráis, pero entonces no los utilices, ni aunque te roben, maltraten, ninguneen, violen, agredan, maten y un largo etc... Ovejas negras las hay en todas partes por desgracia, y es algo que hay luchar contra ello, y mas en los CFSE, pero como el el 0% es una utopía, pues habrá que convivir y luchar por el menor porcentaje posible. Al igual que sabemos que siempre habrá ladrones, asesinos, etc...

kenovi

Pues si lo dice un policía que goza de presunción de veracidad, juicio concluido.

Insurrecto

Como no soy abogado y tampoco entiendo pregunto una cosita.

Al margen de que sea legal o no hacer ESTE tipo de escuchas,me gustaria saber si tambien es delito filtrarlas a la prensa como se ha hecho y todo el mundo sabe en este mismo periodico?...

Otra pregunta que sigue a la primera.

El caso de que sea delito filtrar las escuchas y los dialogos a la prensa,quien es el culpable de que se haya filtrado?. Haciendo logica si el juez Garzon las autorizo,tambien dio visto bueno a que se filtrara?,o no sabia lo que iba a hacerse con esas escuchas?...En segundo de los casos demostraria su falta de profesionalidad.

Recordemos que las filtraciones fueron al periodico El Pais.

D

#49 Aquí en el mnename se indignan por las filtraciones del caso campeón pero por estas y por la de camps nada de nada, simplemente es que los periodistas son muy profesionales. A estas alturas deberías saber como funciona esto

Insurrecto

#51 Llevo un porron de tiempo en meneame,se perfectamente como va esto.Simplemente me gustaria que un abogao que respondiera a mis preguntas con una clara direccion despierte a los borregos.

D

#49 Para que te situes un poco, así a "grosso modo": Hay dos fases en el enjuiciamiento, una fase de instrucción (que el juez que lo instruye puede declarar secreto o no) y una fase de "juicio oral", donde se enjuician los resultados de la instrucción. Esta última fase es pública, es más, puedes, como ciudadano, asistir a ella.

Insurrecto

#56 Pero...y el secreto de sumario famoso?