Este post, sin ánimo de ser un artículo que ofrezca un análisis exhaustivo de la realidad de los registros de morosos como RAI, ASNEF,... pretende aclarar qué puntos, por ley y con carácter general, se tienen en cuenta por las empresas gestoras de los mismos para incluir a los futuros registrados, así como los que se deben dar para salir de ellos, ofreciendo además una carta modelo de baja en estos ficheros.
Comentarios
#0 Abogados y spammers.
#2 Si me proporcionas tú un sitio donde alojar esa información, hospédala y cambio el enlace.
#3 Si usaras correctamente meneame, no se consideraría spam y no necesitarías otro sitio donde alojar información
Los que trabajen en "El Cobrador del Frac" que se apresuren a machacar esta noticia.