Considerando que la noción de fundamentalismo surgió en los Estados Unidos en la década de 1920 y hacía referencia principalmente al cristianismo; que un rasgo característico de dicho fundamentalismo era la sumisión extrema a los dogmas de fe,que se interpretaban de manera literal y prevalecían por encima de las leyes del Estado de Derecho y los derechos de los ciudadanos...
Algunos puntos muy criticados por el Vaticano, que se sintió ofendido por ésa Resolución Europea.
1.Reafirma que el respeto,la promoción y la protección de los derechos humanos constituyen el acervo de la Unión Europea y son una de las piedras angulares de la cooperación europea,así como de las relaciones entre la Unión Europea y sus Estados miembros y otros países;los derechos de la mujer consignados en los Tratados y convenios internacionales no pueden verse limitados ni contravenirse bajo pretexto de interpretaciones religiosas,tradiciones culturales,costumbres o legislaciones;
2.Considera que ningún sistema político ni ningún movimiento religioso pueden estar por encima del
respeto de los derechos humanos fundamentales y las libertades democráticas y que las convicciones polí-
ticas o la confesión religiosa no deben ser utilizadas como elementos de identidad de los ciudadanos;
3.Considera que,dentro de la UE,la defensa de los derechos de la mujeres implica la imposibilidad de aplicar normativas o tradiciones opuestas o no compatibles;que no se admitirá que bajo pretexto de creencias religiosas,prácticas culturales o consuetudinarias,se violen los derechos humanos;que no serán de aplicación en la UE las normas que legalicen la desigualdad entre hombres y mujeres.Expresa su convicción de que no existe una democracia real sin el respeto de los derechos de las mujeres,incluido
el derecho a la autodeterminación y a la igualdad entre hombres y mujeres;
4.Rechaza la utilización de la política como medio para limitar las libertades y los derechos de las mujeres o como instrumento de cualquier tipo de discriminación;condena a los dirigentes de organizaciones religiosas y de movimientos políticos extremistas que fomentan la discriminación racial,la xenofobia, el fanatismo y la exclusión de las mujeres de las posiciones dirigentes en la jerarquía política y religiosa;
12.Insta a la Comisión a que disponga mecanismos de información sobre atentados,violaciones y discriminaciones fundamentalistas;
20.Condena a los líderes religiosos que utilizan las creencias con el fin de excluir a la mujer o predican su inferioridad con respecto a los hombres;
29.Considera la separación de la Iglesia y el Estado como la forma más aceptable de gobierno en una sociedad democrática;pide a los Estados miembros que adopten una postura neutral ante los diversos dogmas religiosos,que conserven su carácter laico,con una separación total entre las competencias de la Iglesia y del Estado,y que eliminen cualquier tipo de obstáculo jurídico y práctico para el ejercicio de los deberes religiosos y el uso de símbolos religiosos,siempre que las normas religiosas sean compatibles con las legislaciones nacionales,el Estado de derecho y los convenios internacionales;
30.Desea el reconocimiento de la libertad de culto como derecho fundamental y rechaza todos los fundamentalismos religiosos por considerarlos contrarios a la dignidad humana;insta especialmente a las tres religiones monoteístas que son parte integrante de la cultura europea,el cristianismo,el judaísmo y el islamismo,a que rechacen el fundamentalismo y la discriminación contra las mujeres;
31.Pide a todos los creyentes de cualquier credo que promuevan la igualdad de derechos para la mujer, incluyendo el derecho a tener control sobre su propio cuerpo,y el derecho a decidir cuándo tener una familia propia,estilo de vida y relaciones personales;pide a los Estados miembros que adopten una legislación contra cualquier práctica que ponga en peligro la integridad física y psíquica y la salud de las mujeres,como la ablación del clítoris;
Respecto de las violaciones de mujeres y otras perversiones de religiosos profesionales, de varias religiones:
Universidad Autónoma del Estado de México. Acercamiento estadístico a los sacerdocios y el abuso sexual.
"En España, un estudio respaldado metodológicamente por J. Manuel Cornejo, Jefe del Departamento de Investigación de la Facultad de Psicología de Barcelona, arrojó como resultado que 33% de sacerdotes ha cometido algún tipo de abuso sexual a menores." Fake. Noticia de una secta que figura como estudio serio en una universidad mexicana
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Algunos puntos muy criticados por el Vaticano, que se sintió ofendido por ésa Resolución Europea.
1.Reafirma que el respeto,la promoción y la protección de los derechos humanos constituyen el acervo de la Unión Europea y son una de las piedras angulares de la cooperación europea,así como de las relaciones entre la Unión Europea y sus Estados miembros y otros países;los derechos de la mujer consignados en los Tratados y convenios internacionales no pueden verse limitados ni contravenirse bajo pretexto de interpretaciones religiosas,tradiciones culturales,costumbres o legislaciones;
2.Considera que ningún sistema político ni ningún movimiento religioso pueden estar por encima del
respeto de los derechos humanos fundamentales y las libertades democráticas y que las convicciones polí-
ticas o la confesión religiosa no deben ser utilizadas como elementos de identidad de los ciudadanos;
3.Considera que,dentro de la UE,la defensa de los derechos de la mujeres implica la imposibilidad de aplicar normativas o tradiciones opuestas o no compatibles;que no se admitirá que bajo pretexto de creencias religiosas,prácticas culturales o consuetudinarias,se violen los derechos humanos;que no serán de aplicación en la UE las normas que legalicen la desigualdad entre hombres y mujeres.Expresa su convicción de que no existe una democracia real sin el respeto de los derechos de las mujeres,incluido
el derecho a la autodeterminación y a la igualdad entre hombres y mujeres;
4.Rechaza la utilización de la política como medio para limitar las libertades y los derechos de las mujeres o como instrumento de cualquier tipo de discriminación;condena a los dirigentes de organizaciones religiosas y de movimientos políticos extremistas que fomentan la discriminación racial,la xenofobia, el fanatismo y la exclusión de las mujeres de las posiciones dirigentes en la jerarquía política y religiosa;
12.Insta a la Comisión a que disponga mecanismos de información sobre atentados,violaciones y discriminaciones fundamentalistas;
20.Condena a los líderes religiosos que utilizan las creencias con el fin de excluir a la mujer o predican su inferioridad con respecto a los hombres;
29.Considera la separación de la Iglesia y el Estado como la forma más aceptable de gobierno en una sociedad democrática;pide a los Estados miembros que adopten una postura neutral ante los diversos dogmas religiosos,que conserven su carácter laico,con una separación total entre las competencias de la Iglesia y del Estado,y que eliminen cualquier tipo de obstáculo jurídico y práctico para el ejercicio de los deberes religiosos y el uso de símbolos religiosos,siempre que las normas religiosas sean compatibles con las legislaciones nacionales,el Estado de derecho y los convenios internacionales;
30.Desea el reconocimiento de la libertad de culto como derecho fundamental y rechaza todos los fundamentalismos religiosos por considerarlos contrarios a la dignidad humana;insta especialmente a las tres religiones monoteístas que son parte integrante de la cultura europea,el cristianismo,el judaísmo y el islamismo,a que rechacen el fundamentalismo y la discriminación contra las mujeres;
31.Pide a todos los creyentes de cualquier credo que promuevan la igualdad de derechos para la mujer, incluyendo el derecho a tener control sobre su propio cuerpo,y el derecho a decidir cuándo tener una familia propia,estilo de vida y relaciones personales;pide a los Estados miembros que adopten una legislación contra cualquier práctica que ponga en peligro la integridad física y psíquica y la salud de las mujeres,como la ablación del clítoris;
Respecto de las violaciones de mujeres y otras perversiones de religiosos profesionales, de varias religiones:
Universidad Autónoma del Estado de México. Acercamiento estadístico a los sacerdocios y el abuso sexual.
"En España, un estudio respaldado metodológicamente por J. Manuel Cornejo, Jefe del Departamento de Investigación de la Facultad de Psicología de Barcelona, arrojó como resultado que 33% de sacerdotes ha cometido algún tipo de abuso sexual a menores."
Fake. Noticia de una secta que figura como estudio serio en una universidad mexicana
Fake. Noticia de una secta que figura como estudio...
redalyc.uaemex.mxLa diplomacia que utilizó Juan Pablo II contra las mujeres
http://www.voltairenet.org/article125634.html
Fundamentalismo católico mata a millones de mujeres
http://librodenotas.com/article/3361/fundamentalismo-cat243lico-mata-a-millones-de-mujeres