Hace 1 mes | Por Pepepaco a naiz.eus
Publicado hace 1 mes por Pepepaco a naiz.eus

'Egin' llevó a su edición del 21 de marzo de 1995 una noticia devastadora para las familias de Joxi Zabala y Joxean Lasa. Los dos cuerpos que nadie identificó durante diez años en el depósito municipal de Alacant eran los de los dos refugiados que, tras cenar con unos amigos, desaparecieron para siempre un 16 de octubre de 1983, en Baiona Ttipia. Un escalofrío se extendió desde su localidad de origen, Tolosa, hasta el último rincón de Euskal Herria. Hoy es el aniversario de esa publicación

Comentarios

Macnamara

Terrorismo de estado impune

y

#1 Terrorismo de estado si, impune, no.

En abril de 2000 la Audiencia Nacional condenó por este crimen a Enrique Rodríguez Galindo, general de la Guardia Civil destinado en Intxaurrondo; Ángel Vaquero, teniente coronel del mismo cuartel; Julen Elgorriaga, gobernador civil de Guipúzcoa; Enrique Dorado y Felipe Bayo, agentes del instituto armado. En julio de 2001 el Tribunal Supremo aumentó estas condenas, por considerar como agravante su condición de funcionarios públicos, y en julio de 2002 el Tribunal Constitucional rechazó conceder el recurso de amparo a los condenados. El 2 de noviembre de 2010, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos avaló estas condenas.

En total se les asignaron 365 años de cárcel. Galindo y Elgorriaga salieron de prisión tras cumplir unos pocos años de cárcel (solamente cinco, en el caso del general Galindo), ya que ambos condenados fueron cambiados de régimen por motivos de salud, cumpliendo el resto de su condena bajo el régimen de libertad vigilada.1011 Por su parte, Ángel Vaquero, en el momento de los hechos capitán del Servicio de Información destinado en Intxaurrondo, continuó su condena en la prisión de Ocaña.


https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Lasa_y_Zabala

traviesvs_maximvs

#2 Es como para ir a casa a por la escopeta y llevarse a varios por delante. Si me enajeno yo viendo eso no quiero imaginar los que estaban ahi.

fofito

#6 Efectivamente. Y muchas gracias!!!

y

#6 Te agradecería que no me reenvíes comentarios de personas a las que tengo ignoradas.

Si no quiero cruzar comentarios con esa persona es una decisión mía para que vengas tu a saltártela.

Así que por favor no hagas de correveidile.

Pepepaco

#8 No es un comentario.
Es una parte relevante de tu envío que, por lo que sea, tú has decidido obviar, imagino que habrá sido un descuido, ¿no?

y

#9 Si quieres hablar conmigo hazlo. Pero me metas a esa persona por el medio. ¿Eres capaz de entender eso?

Por otra parte no es ningún olvido. Dime donde pone ahí que unos atracadores de bancos huidos son refugiados.

¿Los reconoció el gobierno francés como refugiados, alguien los reconoció como refugiados?

Ahora voy a atracar un banco y luego me voy a exiliar a Francia y ponerme en contacto con el comité de refugiados palestino. Y voila ya soy refugiado y no atracador de bancos.

Pepepaco

#10 No sabía que a los atracadores de bancos la ley española decía que se les podía asesinar impunemente después de torturarlos.
Disculpa que no tenga los suficientes conocimientos de Derecho.
¿Me puedes decir en que artículo del Código Penal pone eso? Es que lo he mirado y no lo encuentro.

y

#13 Te remito a mi comentario #3 que parece que se te ha "olvidado" leer roll

"Terrorismo de estado si, pero refugiados no."

Pepepaco

#14 Te remito a mi comentario #6 que se te ha "olvidado" leer: "En 1983 Lasa y Zabala se encontraban en el País Vasco francés, residiendo en la localidad de Bayona, en contacto con el denominado Comité de Refugiados. Mientras tramitaban sus peticiones de asilo político"
Estaban gestionando su estatus de refugiados cuando fueron secuestrados y asesinados

y

#15 Vaya, veo que vas cambiando de que los asesinaron (que es cierto y lo dije desde el principio) que era terrorismo de estado a refugiados que no eran. Que intentes colar que eres refugiado después de atracar un banco no te convierte en refugiado.

Pero vas cómo una peonza de un lado a otro con un argumento y con otro. Céntrate. Ye te he respondido tus 2 argumentos.

Te lo pongo mas facil:

Refugiado: Persona que, a consecuencia de guerras, revoluciones o persecuciones políticas, se ve obligada a buscar refugio fuera de su país.

Estos buscaron refugio fuera de su país porque habían atracado un banco.

Pepepaco

#16 Refugiado: Persona que, a consecuencia de guerras, revoluciones o persecuciones políticas, se ve obligada a buscar refugio fuera de su país.

"Estos buscaron refugio fuera de su país porque habían atracado un banco."

Y esto de que habían atracado un banco lo sabes por...

y

#17 Y esto de que habían atracado un banco lo sabes por...

¿Por que lo pone el enlace que te puse y que has referenciado varias veces? roll

Por no hablar de muchas otras fuentes.

PD: A mano armada y con tiroteo.

Pepepaco

#18 ¡Ah! Pues ya está. Si lo dice en la Wikipedia no hace falta que haya una sentencia judicial que lo acredite.
Disculpa, ya te he dicho que mis conocimientos de Derecho son limitados.
Yo pensaba que las sentencias las hacían los tribunales y no los editores de la Wikipedia. Tendré que estudiar más.

y

#19 Vaya ósea que te vale la wikipedia para decir que eran refugiados pero la misma wikipedia no te vale para decir que atracaron un banco .

lol lol lol lol lol lol

Magog

Elgorriaga salió de prisión después de estar un par de años (Entró en el 96, salió en el 97, luego entró en 2000 y salió en el 2001), por problemas de salud. Aún sigue vivo

y

Terrorismo de estado si, pero refugiados no.

"José Antonio Lasa Aróstegui y José Ignacio Zabala Artano, ambos de dieciocho años, pertenecían a la banda terrorista ETA, formando parte, junto con Íñigo Alonso Uranga y otra persona sin identificar, del comando denominado Gorki. En noviembre de ese año Íñigo Alonso fue detenido cuando, con sus compañeros de comando, acababa de realizar un atraco en una entidad bancaria, mientras que los demás, tras enfrentarse a tiros con los miembros de la Policía, lograban darse a la fuga. A raíz de estos hechos Lasa y Zabala huyeron de España."

https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Lasa_y_Zabala

Pepepaco

Ser o no ser refugiado es algo que puede ser opinable.
Decir que alguien es un atracador de bancos no es opinable. O hay una sentencia que lo dice o entonces esa afirmación es mentira. Toda persona tienen derecho a la presunción de inocencia hasta que haya una sentencia firme que dictamine que ha cometido un delito.
Al final va a resultar que sé más Derecho que tú.

P

Los gilipollas y asesinos del PSOE les dieron buenos argumentos a los de la serpiente para seguir justificando su vileza.