La Agencia Española de Protección de Datos multó a una empresa por enviar sin autoricación del receptor un correo electrónico comercial, en base al artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Me pregunto cuanto dinero de esos 1000€ habrá visto el verdadero perjudicado de este tipo de prácticas...
se que no soy el unico que lo recibe, y no se por que es, hasta en mails de servidores privados...
por suerte gmail los reconoce bién como spam.
A Yahoo se le cuelan unos cuantos y a hotmail... hotmail funciona a la inversa, los emails normales a la carpeta spam, los otros todos a la bandeja de entrada XDD.
La multa esta debería ser con todos los spammers a ver si se terminaba esta plaga de una vez.
Las multas no son para indemnizar a los afectados, sino para castigar a los culpables y actuar como medida disuasoria para los futuros culpables.
Si quieres indemnizaciones no debes usar la agencia de protección de datos sino denunciar al culpable usando el sistema judicial pidiendo compensación por daños y perjuicios.
Así nos van las cosas...
es broma, lo siento, no he podido resistirme
Espero que siente precedente y se empieze a considerar el e-mail un mecanismo de comunicación más y esté regulada la publicidad en él.
De poco sirve todo ésto sí el spam es extranjero.
1. En el asunto debe especificar que se trata de publicidad.
2. Debe llevar claramente los datos de quien realiza el envío.
3. Debe proveer de un mecanismo para solicitar que no se envíen más mensajes (y lógicamente cumplir con el pedido).
Y lo que es peor aún, existen muchísimos vacíos legales que convierten a esta reforma en un paraíso para los empresarios "spammeros"... linda protección al consumidor.
Eso si, los trabajadores del organismo han podido cubrir objetivos más facilmente y cobrar más (por ejemplo si fuera Hacienda, que no es el caso).
Vamos: poner a la zorra a cuidar las ovejas.