Tribunales de Florencia, Venecia, Trento y Ferrara han considerado contrario a la Constitución italiana el no consentir a las parejas homosexuales contraer matrimonio alegando que “el derecho de contraer matrimonio es un momento esencial de expresión de la dignidad humana, que debe ser garantizado a todos sin discriminación que derive del sexo o de las condiciones personales (como la orientación sexual), con la consiguiente obligación del Estado de intervenir en caso de impedimentos a su ejercicio.
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