La Unión Europea valida el sistema de compensar a los autores sin canones digitales (además la Comisión valida pago de las compensaciones por copia privada a través de los Presupuestos Generales del Estado) y se ratifica que un profesional (dentista, abogado, peluquero...) que difunde gratuitamente fonogramas en su consultorio privado no lleva a cabo una «comunicación al público» en el sentido del derecho de la unión. por tanto, tal difusión no da derecho a una remuneración de los productores de fonogramas.
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