Hace 13 años | Por nuriabeuve a aciprensa.com
Publicado hace 13 años por nuriabeuve a aciprensa.com

Grupos y líderes feministas han logrado que las autoridades del Estado de Guanajuato reduzcan drásticamente las penas por “homicidio en razón de parentesco” y permitan que el asesinato de un recién nacido sea un delito considerado 'no grave'. Ahora se considera como delito no grave que una madre asesine a su hijo siempre y cuando lo haga en las primeras 24 horas tras el nacimiento.

Comentarios

eduardomo

Habia oido hablar de la depresión post-parto y que se podia considerar un atenuante, pero de ahí a declarar el infanticidio como delito no grave hay un abismo.

UlisesRey

Increíble.

D

Imposible creer lo que leo, si abortar la iglesia lo encuentra un asesinato al considerar que el feto una vez concebido es vida, que tiene que decir ahora ante semejante ley de asesinato puro y duro, ya que un recién nacido si que es una vida hecha y completa. Y considerarla un delito no grave es para coger a los jueces y pasarlos por el paredón.

n

Sinceramente, la noticia me parecía tan increíble que la he buscado en otro enlace... y es cierta.

D

#1, ¿dónde está ese otro enlace?

D

#19, incluso, como puede leerse aquí http://es.wikipedia.org/wiki/Infanticidio#Legislaci.C3.B3n en los códigos penales de países latinoamericanos se contempla la misma pena. Además, de #15 se sabe que las mujeres alegaron abortos espontáneos y, de hecho, una quedó en libertad al demostrarse esta circunstancia; otra de ellas se desmayó, tras parir en solitario, y por eso falleció el neonato. Igual que #1, no daré enlaces.

vicvic



Dicho esto.. ¡Vaya salvajada de ley !

D

#6 Es que es la ostia.... cuando debe ser el peor delito que hay, a su propio hijo que no se puede defender, un recién nacido completamente inocente.... menuda cabronada... era moler a palos desde los que hicieron la propuesta, al jurista, al juez, a los prelados, y hasta a los limpiadores del juzgado

D

Aborto retroactivo.

C

copy-paste:
"Éste no es un artículo en defensa del aborto. Es un artículo en contra de la insensatez jurídica a la que conducen los dogmas de fe.

Regreso al caso de Guanajuato. El aborto está penadísimo. Se considera homicidio de hijo, ni más ni menos, y cualquier mujer que interrumpa su embarazo y, por consiguiente, la gestación de un guanajuatense protegido por la Constitución y el Código Penal, debe ser castigada exactamente igual que una madre que asesine a sus hijos. Homicidio por parentesco, se llama el delito.
Lo raro del caso de la liberación de las siete mujeres es que, si bien el aborto sigue penado, por alguna extraña lógica, el homicidio por parentesco fue modificado en el Congreso local para reducir las penas.

Antes de esta semana, acuchillar al hermano, al hijo, a la prima o a cualquier familiar, implicaba encierros prácticamente de por vida: hasta 35 años le caían encima al asesino. Hoy, por fortuna, los asesinos de padres, madres, hermanos, primos o abuelos ya sólo perderán ocho años de libertad y con eso, ¡bravo!, las mujeres que habían abortado pueden salir.

A ver entonces. Interrumpir el embarazo no puede ser despenalizado porque la discusión moral es insostenible, lo que nos lleva, como sociedad, a encontrar caminos de salida alternativos: quitarle carga penal al asesinato. Bravo. Hace tiempo que no se veía una acción de Estado tan impecablemente idiota."

http://www.informador.com.mx/mexico/2010/231934/6/homicidio-por-parentesco.htm

ﻞαʋιҽɾαẞ

Yo tampoco me lo puedo creer :-Lo próximo será dejarlo en una simple multa.

polvos.magicos

Creo que tanto cartel de la droga en ese país no sienta nada bien, hasta ayer las mujeres que abortaban de modo natural eran encarceladas y ahora no es delito el asesinato de un niño nacido vivo, la verdad el mundo degenera a pasos agigantados.

D

No puede ser verdad. No puede ser verdad que asesinar a una persona, por pequeñita que sea, se considere un delito menos grave. No puede ser verdad.

Y, antes de que me recordéis mis otros comentarios, estoy hablando de esta noticia, con un crío ya nacido y berrando por ahí.

n

Algo podrido huele en ... cualquier lugar donde tan rápidamente se encuentran argumentos para justificar que matar niños de menos de 2 días tras su nacimiento sea "delito menor"

D

La legislación en el Estado español, por si sirve para arrojar un poco de luz en el tema:

En España, las leyes de Toro impusieron un triple requisito para que un hijo se tuviese por nacido: Que naciese vivo todo, que viviese 24 horas después de nacido y recibiese bautismo. El artículo 60 de la Ley del Matrimonio Civil de 1870 suprimió el requisito del bautismo y estableció dos solas condiciones para reputar legalmente nacida la persona: Que naciese con figura humana y que viviese 24 horas desprendida enteramente del seno materno. El Código Civil establece en su artículo 30 que "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno". De la lectura de este artículo se podría afirmar que el derecho español sigue la teoría de la viabilidad pero el artículo 29 establece que "... el concebido se tiene por nacido a todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazcan con las condiciones del artículo siguiente". La doctrina española mayoritaria entiende que de la compresión conjunta de ambos artículos el sistema español es ecléctico, puesto que mientras acoge la teoría de la viabilidad para determinar el inicio de la personalidad, el artículo 29 garantiza derechos al concebido pero no nacido.
Hay que tener en cuenta que en derecho español los fetos en el vientre materno se denominan nasciturus, y tienen una protección jurídica específica para el caso de que finalmente nazcan y tengan personalidad jurídica plena. De esta forma, un niño aún no nacido puede llegar a heredar los bienes de su padre, si este hubiese muerto durante su gestación. A efectos constitucionales sobre la protección del feto ante la posibilidad de prácticas abortivas, existe una sentencia del Tribunal Constitucional (STC 53/85) que declara al feto como bien jurídicamente protegido y exige su protección, a todos los efectos civiles (para la consideración como persona se remite a la legislación civil).

(..)

La personalidad jurídica tiene efectos dentro de la esfera del Derecho privado de la persona jurídica, y por ello se regula normalmente en el correspondiente Código civil. Sin embargo, el tratamiento de la persona en el Derecho penal es independiente.
Por ello, en España aunque hagan falta 24 horas para que una bebé sea considerado persona según el Código civil, el homicidio, para ser considerado como tal, no necesita que se cumplan esos requisitos, sino que basta con que el bebé haya nacido. Si no hubiese nacido, estaríamos ante un posible delito de aborto, pero nunca de homicidio.
Por lo tanto, podemos tener casos en los que una persona humana es persona desde el punto de vista penal pero no civil (nacido con sólo unas pocas horas de vida). Su homicidio o asesinato daría lugar a consecuencias penales, pero no civiles (por ejemplo, no habría herencia).

http://es.wikipedia.org/wiki/Persona_f%C3%ADsica

Lo de las primeras 24 horas desde el nacimiento es un tema recurrente y parece que este Estado mexicano se ha variado la interpretación pero no es nada nuevo.

D

Simplemente recordar que en #19 no he hecho ningún tipo de valoración personal sobre la noticia, me limito a dar información sobre lo de las 24 horas como requisito legal desde el nacimiento.

n

Lo que yo me pregunto es qué clase de feminismo puede haber impulsado ésto... no lo comprendo, de verdad

C

#16, #24
Ningún feminismo impulso esto, las feministas lo que hacían era defender a mujeres que tuvieron un aborto por causas espontaneas y que fueron injustamente acusadas de homicidio.

n

#28 No hay peor ciego que quien no quiere ver, está claro: pásate por cualquier sala de partos y mira a ver con que cuajo (y con qué método) asesinarías a los niños recien nacidos, y luego nos cuentas (o te cuentas a tí misma) que eso no es asesinato...

D

http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=30662

cuatro magistrados del tribunal "explicaron que las seis mujeres condenadas a tres décadas de prisión son culpables del delito de homicidio en razón de parentesco y no de aborto, porque sus hijos nacieron vivos, respiraron y sus madres los privaron de la vida".

"Sólo en el caso de Alma Yareli Salazar -presa tres años- no se le acreditó la autoría criminal. El magistrado Alfonso Fragoso Gutiérrez aseguró que en los seis casos se comprobó con dictámenes médicos ‘que el producto vivió y que hubo una acción de la madre que provocó la muerte’", agrega el diario.

Uno de los bebés "fue arrojado a una letrina para que falleciera y otros padecieron la obstrucción de las vías respiratorias para que fallecieran por asfixia mecánica".

Por su parte, la presidenta del Tribunal, Raquel Barajas Monjarás, rechazó cualquier posibilidad jurídica de reabrir los expedientes de las seis mujeres pero indicó que podría permitir el análisis de los mismos a las Naciones Unidas.

D

70 bombas nucleares a cada centro feminista de los que hicieron peticion y solucionado.

C

Las jóvenes denunciaron públicamente que el Ministerio Público las obligó a incriminarse y aceptar en las averiguaciones previas que ellas “escucharon que los productos lloraron” para culparlas por homicidio, cuando en realidad tuvieron abortos espontáneos en los últimos meses de su embarazo.

http://www.jornada.unam.mx/2010/09/08/index.php?section=estados&article=031n1est

Querían hacerme jurar que yo lo había matado: Susana
El delito: homicidio en razón de parentesco, acusada de matar a su hijo, pero ella dice que fue un aborto espontáneo.

http://www.milenio.com/node/527290

n

Suena tétrico: "esta noticia tiene negativos, aseguraté antes de menear". Qué estamos hablando de matar a niños recien nacidos... sí es de película de terror...

D

¿Que pasa fistéame? ¿Apoyas el asesinato vil de niños de pecho recién nacidos? Porque sería lo que me queda por oir.

vicvic

#5 He editado el comentario pero no me habia dado cuenta de que habias votado. Si quieres para compensar, votame negativo (si consideras ) este comentario.

En un principio habia pensado que la etiqueta aborto sobraba. Y si nos ceniños a la entradilla y titular asi es,pero si leemos la noticia el aborto es el contexto bajo el cual las personas que han promovido estsa iniactiva se han basado.

D

#8 Lo del aborto me la suda, yo ahí no me meto. Yo estoy hablando de reducir la pena por el asesinato de bebés nacidos vivos, y me parece tan mal como a tí. Que lo haga una madre con síndrome postparto, puede ser enajenación mental transitoria en algunos casos. Que alquien apruebe esta ley, está al nivel de que yo decida ponerme a rematar viejos o comatosos o eliminar negros o minusválidos (y no hablo de eutanasia, que eso se supone es voluntario), o esas estúpidas leyes de honor que en algunos países te permiten matar a tu mujer porque se le salio una teta del bikini. Asesinato institucionalizado puro y duro.

n

#8 No añaadí nada sobre el aborto en la entradilla porque creo que esta noticia es distinta, a mí me ha dejado sin paalbras, es, tal y como dice el comentario anterior, el asesinato institucionalizado puro y duro

C

#3, #5
Fueron abortos espontaneos, fetos prematuros; ninguna de las acusadas asesino a nadie.

D

Hijas de perra, merecían la horca. Asesinas.