Hace 15 años | Por --99651-- a menudoescandalo.com
Publicado hace 15 años por --99651-- a menudoescandalo.com

Tras la reclamación de más de medio millar de estafados, Iñaki Uriarte Landa, Director de Asuntos Jurídicos de AECEM, remitió a los reclamantes una respuesta de Pixmania en la que los injuria llamándoles aprovechados y los difama con hechos que nunca han sucedido, dando a entender que la multinacional ha sido víctima de una organización que se dedica a aprovecharse de otras empresas. Además Photocom Diffusion S.L. niega tener relación con Pixmania pese a ser la única titular en España de tiendas físicas y Online, y facturar +10 de millones de €

Comentarios

m

Joer con los mafiosos.
Cuando les conviene mantienen los precios "porque el derecho comercial lo dispone así" y cuando les supone perder dinero por cumplir la ley,hacen lo que les da la gana-lo disponga el der. comercial o no).
-Anulan pedidos unilateralmente.
-No repetan los precios.
-Mienten descaradamente al cliente.

Despues la maniobra de distracción repecto a que son una empresa francesa ya me parece el colmo de estos sinverguenzas.
En España teneis sede social con lo que os regis por aquí.No corrais a escudaros en los gabachos.
Mereceis que os cierren el chiringuito para ciempre.

unexpectedkas

Asi se hace, que no cese la lucha.

Pixmania podria haber perdido solo el dinero de los discos duros multimedia... pero es posible que acabe pagando mucho mas por alguna que otra multa, sobretodo por el incumplimiento de la LOPD.

D

Las leyes a la respuesta en #2 se ha cortado al enviarlas. Aquí están:

Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico

TITULO I - CAPITULO II
2. Prestadores de servicios establecidos en España.

1. Esta Ley será de aplicación a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España y a los servicios prestados por ellos.
Se entenderá que un prestador de servicios está establecido en España cuando su residencia o domicilio social se encuentren en territorio español, siempre que éstos coincidan con el lugar en que esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección.
2. Asimismo, esta Ley será de aplicación a los servicios de la sociedad de la información que los prestadores residentes o domiciliados en otro Estado ofrezcan a través de un establecimiento permanente situado en España.
Se considerará que un prestador opera mediante un establecimiento permanente situado en territorio español cuando disponga en el mismo, de forma continuada o habitual, de instalaciones o lugares de trabajo, en los que realice toda o parte de su actividad.
3. A los efectos previstos en este artículo, se presumirá que el prestador de servicios está establecido en España cuando el prestador o alguna de sus sucursales se haya inscrito en el Registro Mercantil o en otro registro público español en el que fuera necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica.
La utilización de medios tecnológicos situados en España, para la prestación o el acceso al servicio, no servirá como criterio para determinar, por sí solo, el establecimiento en España del prestador.
4. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España estarán sujetos a las demás disposiciones del ordenamiento jurídico español que les sean de aplicación, en función de la actividad que desarrollen, con independencia de la utilización de medios electrónicos para su realización.

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Ley general para la defensa consumidores y usuarios

Artículo 8
1. La oferta, promoción y publicidad de los productos, actividades o servicios, se ajustarán a su naturaleza, características, condiciones, utilidad o finalidad, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones sobre publicidad y de acuerdo con el principio de conformidad con el contrato regulado en su legislación específica. Su contenido, las prestaciones propias de cada producto o servicio y las condiciones y garantías ofrecidas, serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, éstas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.
3. La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude. Las asociaciones de consumidores estarán legitimadas para iniciar e intervenir en los procedimientos legalmente habilitados para hacerlas cesar.

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Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Artículo 103. Ejecución y pago.
Salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido a más tardar en el plazo de 30 días a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor y usuario haya prestado su consentimiento para contratar.

Artículo 104. Falta de ejecución del contrato.
En caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar cuanto antes, y en cualquier caso en un plazo de 30 días como máximo, las sumas que haya abonado.

En el supuesto de que el empresario no realice este abono en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad.

Artículo 105. Sustitución del bien o servicio contratado.
De no hallarse disponible el bien o servicio contratado, cuando el consumidor y usuario hubiera sido informado expresamente de tal posibilidad, el empresario podrá suministrar sin aumento de precio un bien o servicio de características similares que tenga la misma o superior calidad.

En este caso, el consumidor y usuario podrá ejercer sus derechos de desistimiento y resolución en los mismos términos que si se tratara del bien o servicio inicialmente requerido, sin que le sean exigibles los costes directos de devolución.

Artículo 106. Pago mediante tarjeta.
1. Cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente utilizando el número de una tarjeta de pago, el consumidor y usuario titular de ella podrá exigir la inmediata anulación del cargo. En tal caso, las correspondientes anotaciones de adeudo y reabono en las cuentas del empresario y del consumidor y usuario titular de la tarjeta se efectuarán a la mayor brevedad.

2. Sin embargo, si la compra hubiese sido efectivamente realizada por el consumidor y usuario titular de la tarjeta y la exigencia de devolución no fuera consecuencia de haberse ejercido el derecho de desistimiento o de resolución, aquél quedará obligado frente al empresario al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha anulación.

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Argumentación jurídica extraída de una resolución del Jurado de la Publicidad (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial)
http://www.autocontrol.es/

"Son ya muchos los pronunciamientos del Jurado sobre la adecuación deontológica de cláusulas del tipo “salvo error tipográfico”. Se pueden encontrar a su vez resoluciones judiciales coincidentes en lo sustancial con lo dictaminado por el Jurado, como la dictada el 26 de noviembre de 1998 por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 deMadrid, que declaró ilícitas las expresiones "precios válidos salvo error tipográfico” así como “información válida salvo error tipográfico”. Con la utilización de esta clase de expresiones se produce un claro abuso de la buena fe de los consumidores. Primeramente,las consecuencias de la posible existencia de un error tipográfico han de ser soportadas por el anunciante, a cuya negligencia se deben, sin que quepa que éste las traslade al consumidor. Por otro lado, con la expresión cuestionada el oferente limita unilateralmente el alcance de la oferta que realiza, quedando facultado para desvincularse de la misma. Con la inclusión de la citada cláusula se está haciendo depender la obtención del producto en las condiciones anunciadas no de la intención de compra del consumidor, sino de la inexistencia de un error tipográfico, extremo que únicamente está en disposición de conocer, y por tanto de poder alegar, el anunciante, pero no el consumidor. Por lo tanto, la delimitación del alcance real de la oferta queda al arbitrio de la empresa responsable de la publicidad que, llegado elcaso, podría dejarla sin efecto, al completo, o en alguna de sus partes. Esta posibilidad constituye un claro abuso de la buena fe delos consumidores, contrariando lo dispuesto en la Norma 4 del Código de Conducta Publicitaria: “La publicidad no deberá constituir nunca un medio para abusar de la buena fe del consumidor”.

alexwing

Lo cierto Pixmania tiene buenos precios, yo les he comprado varias veces, pero tuve una experiencia mala pidiendo unas carcasas protectoras para mi mp3, me anularon el pedido después de muchísimo tiempo, y tuve que pelearme un poco para que me devolvieran el dinero, pero lo hicieron, creo que para comprar cosas comunes no hay mayor problema, pero para cosas muy especificas mejor irse a otro lado, un poco como lo que le pasa a MediaMarkt aunque estos para mi son peores.

HeavyBoy

Madre mía que tochazo. El artículo está muy bien, pero en el último párrafo... [...]o a los clientes *xq* a parte de ser [...] Todos somos humanos

D

Las condiciones de venta de Pixmania en la respuesta en #2 se ha cortado al enviarlas. Aquí están:

4. Precios
Los precios de venta indicados en el Portal se muestran en euros. El IVA está incluido en estos precios, pero no los gastos de envío. Los gastos de envío corren por cuenta del Usuario y se añadirán al total del importe de los productos seleccionados una vez realizado el pedido.
Como podrá observar, para la Unión Europea, los precios aparecen en euros así como en la moneda utilizada en el país de envío. Sólo mostramos las monedas utilizadas en cada país a modo de información, sin ningún valor contractual.
PIXmania no se hace responsable en caso de un posible error o de inexactitud en el sistema de conversión utilizado, ni de cualquier diferencia que pudiera intervenir entre el importe total estimado de su pedido en la moneda del país de expedición y el importe de facturación en euros.
Nos reservamos el derecho de modificar nuestros precios en cualquier momento. No obstante, nos comprometemos a aplicar las tarifas en vigor indicadas en el Portal en el momento de la realización de su pedido.

5. Disponibilidad
Debe tenerse en cuenta que los pedidos serán enviados dentro de los límites de stock disponibles.
Si uno de los artículos pedidos no estuviera en stock, nos comprometemos a enviarle un correo electrónico en un plazo de 15 días (a partir de la fecha en la que realizó el pedido) para comunicarle el plazo en que podremos enviarle su(s) producto(s).
Si alguno de los productos de su pedido no estuviera disponible, nos comprometemos a enviarle los productos disponibles y a regalarle los gastos de envío del resto de su compra. Le propondremos enviarle en sustitución del producto indisponible, un artículo de calidad y precio equivalente. En caso de rechazo, procederemos al reembolso del mencionado producto. Si desea devolver el producto según las condiciones previstas en el artículo 9 (plazo de retractación- satisfecho o reembolsado), los eventuales gastos correrán a cargo de PIXmania.

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Promoción en Pixmania: "100% Rebajas. Tiramos los precios por los suelos. Del 01/07/08 al 31/08/2008"

Gracias a esta estupenda promoción con tan adecuado nombre , ya no tienen ni la más minima justificación posible en su defensa. El error tipográfico (ahora informático) nunca fue legalmente válido, pero teniendo en cuenta que tiran los precios por los suelos ya no pueden ni argumentarlo. Tienen otros produtos siendo vendidos igualmente a un precio muy inferior al habitual.

Pregutas frecuentes YA contestadas por la propia Pixmania en su web
http://www.pixmania.com/es/es/faq.html

-P:"Ayer hice un pedido pero hoy, al entrar de nuevo en Pixmania, me he dado cuenta de que el precio ha variado ¿Puede Pixmania ofrecerme el precio que he visto hoy?"
-R:"No. Desafortunadamente, esto no es posible. Si los precios han cambiado tras haber efectuado un pedido, el precio que rige para usted es el que se le anunció al hace la compra. El derecho comercial lo dispone así."

-P:"Si veo en la página web de PIXMANIA un producto con disponibilidad "en stock", ¿está realmente en stock?"
-R:"¡Sí! Pixmania actualiza su página web todos los días. Sin embargo, existe la posibilidad de que el número de pedidos supere al número de productos existentes en stock." [Nota del Autor -> Y por ley en caso de error en el control de stock tienen que ofrecernos un producto similar o superior al ya comprado, nada de cancelar el pedido y devolver el dinero (salvo que el comprador así lo solicite previamente, claro)]

D

denigrante

D

#11 ¿Está redactado para llamar la atención? Evidentemente ¿Pero los hechos son tal cual y llaman la atención por si mismos? Sin ninguna duda, no se está inventando nada.

Ten en cuenta que la empresa española que gestiona la marca Pixmania y factura más de 10 millones de euros está poco menos que negando su propia existencia. ¿Donde hay que apuntarse para mover tanta pasta sin tener que asumir ninguna responsabilidad de las tiendas a tu nombre ni hacer nada?

Y las difamaciones e injurias son literales, y el tema tiene mucha miga pq ellos mismos amenazan a los clientes que los critican con denunciarles por difamar e injurar, censurando su libertad de expresión: “No hay más que ver la actitud de los reclamantes en los foros para comprender que se trata de una desagradable maniobra de organización de una competición para ver quien se aprovecha más y mejor (con evidente mala fe) de errores ajenos en el que se han visto perjudicados otros portales importantes de comercio electrónico.”

D

Carta enviada a los medios informando del caso:

Estimado periodista,

Me gustaría informarle de que desde el pasado día 16 de Julio de 2008 más de medio millar personas han reclamado a la empresa PHOTOCOM DIFFUSION S.L. responsable de la marca Pixmania en España y dedicada a la venta de productos electrónicos a través tanto de tiendas físicas como online (Pixmania.es), habiendose producido la mitad de reclamaciones en las 24 primeras horas. Se ha reclamado a Confianza Online que a su vez pasará la reclamación a Consumo (OMIC) si la mediación no es satisfactoria en 7 días. Además, dado que tanto Confianza Online como Consumo tramitan las reclamaciones de entidades no necesariamente afiliadas ni dispuestas a someterse a mediación o arbitraje, se ha organizado una demanda colectiva para poder exigir justicia en los tribunales y la denuncia a la Dirección General de Consumo para que abra un expediente sancionador a la empresa.

La reclamación se debe a que atraídos por la promoción de Pixmania llamada "Tiramos los precios por los suelos. Rebajas 100%" donde se vendían algunos artículos con precios hasta varias veces inferior al original, varios cientos de personas aprovecharon para comprar un "disco duro externo multimedia" por el precio de 18EUR más gastos de envío (variables según método). Todas estas personas compraron el disco sin ningún problema y el pedido fue confirmado y desde luego pagado en el momento. El problema es que al día siguiente Pixmania decidió BORRAR los pedidos sin mediar ningún tipo de comuncación. Sí, borrar, no cancelar ni avisar. Si no directamente borrar los pedidos YA COBRADOS y hacer como si nada hubiera pasado.

Eso ocasionó que el fatídico día 16, cientos de personas comentaran el problema y se unieran desde diversos foros de Internet para tratar de solucionar el mismo. Como el único número de atención al cliente era un 807 de tarificación adicional y de atención nefasta (esperas eternas con cortes inesperados) que sólo servía para desinformar ("no tenemos constancia de su pedido" o "debe haber un error"), los afectados decidieron unirse para reclamar en el momento y no dejarlo pasar ni un minuto. Tal organización ocasionó que a los pocos días Pixmania, mediante los servicios de un bufete de abogados español, se pusiera en contacto con el administrador del foro forocoches.com para amenazar con denunciar por "difamación, calumnias, injurias y amenazas" al autor de un hilo donde se recogían las leyes referentes a consumo incumplidas y organismos mediante los que reclamar, lo que facilitó a varios cientos de personas el poder hacerlo. Este tipo de amenazas de "litigio preventivo" son frecuentes en Estados Unidos, y buscan censurar la libertad de expresión y acción de las personas ante la posibilidad de tener que luchar en un tribunal contra los muy superiores recursos de una multinacional.

A día de hoy Pixmania se ha dignado a enviar varias comunicaciones automáticas a sus compradores. La primera era que se trataba de un error informático de las 00:00 a las 2:00 del día 16. Como había cientos de personas que había comprado fuera de ese horario decidieron cambiarlo por de las 00:00 del día 16 a las 8:00 del día 17 (claro que cuando enviaron el email el 17 quedaba a 24 horas vista, era mañana y no tenía sentido). En algún momento debieron darse cuenta de que se les había pasado por alto el detalle de todo ese dinero extra que tenían en sus cuentas proveniente de los "errores", así que decidieron empezar a mandar emails el día 17 diciendo que "atendido a su solicitud hemos decidido cancelar su pedido y devolverle el dinero...". Sólo que el día 16 esas mismas personas (varios cientos) ya habían hecho constar claramente en sus reclamaciones que bajo ningún concepto el contrato debía romperse unilateral mente y que no se buscaba la devolución del dinero, sino únicamente que se enviara el producto comprado. Esto ha provocado que además se denuncie el hecho a la Agencia de Protección de datos, por utilizar los datos personales para suplantar la identidad del cliente y tomar decisiones fraudulentas y que le perjudican en su nombre.

Ante la interminable cadena de negligencias e ilegalidades manifiestas cometidas por Pixmania y las más de 500 reclamaciones que ha recibido, nos gustaría contar con su colaboración en su espacio informativo, a ser posible con la participación de responsables de Confianza Online y Consumo, y de Pixmania, claro. Creo que es muy importante dar publicidad a este asunto para que todos los consumidores conozcan la utilidad de reclamar rápidamente en estos casos.

Pixmania es una marca de la empresa francesa Fotovista S.A.S. a su vez perteneciente al gigante multinacional DSG International, líder en su sector que se autopromociona como el Amazon europeo, y que aglutina a un grupo de marcas dedicadas principalmente a la venta de productos electrónicos. La empresa responsable de Pixmania España es Photocom Diffusion S.L., la cual factura más de diez millones de € en ventas de sus tiendas físicas y web www.pixmania.es

Fuentes:

[Editado por admin: no datos personales]

4. HILO QUE OCASIONA LA AMENAZA DE DENUNCIA DE PIXMANIA
(requiere registrarse y escribir un mensaje en el foro para poder leerlo)
http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=981292

Reciba un cordial saludo.

D

Contestación de Pixmania a la reclamación

Estimad@ reclamante:

Soy Iñaki Uriarte Landa Director de Asuntos Jurídicos de la Asociación Española de Comercio Electrónico y Marketing Relacional. Me pongo en contacto con usted con motivo de la reclamación que interpuso contra la empresa Pixmania a través de la Secretaria de Confianza Online desde donde me fue trasladada con objeto de intentar alcanzar un acuerdo de mediación.

Le comunico que una vez examinada la documentación y habernos puesto en contacto con las empresas reclamadas, Fotovista SAS nos ha transmitido que Pixmania.com es un portal de comercio electrónico que titularidad de Fotovista, SAS., con sede en Paris, 43, Av. Grande Armée, por lo que la entidad Photocom Diffusion, SL ni es titular ni responsable de dicho portal. Que durante el día 15/7/2008 programaron en el sistema informático interno el cambio del precio del producto marca: DVICO, modelo: Disco duro externo mediaplayer TVIX HD M-5000U 320 GB USB 2.0 a 325€, que a las 00h00 del día 16/7/2008 siguiendo la pauta dada, el sistema informático publica el nuevo precio, que por un error de la aplicación informática, el precio programado de 325€ se visualizó en la página Web por 18€, que durante la mañana del 16/07/2008 se informa a los clientes del error no intencionado y se procede al reembolso de los pedidos ya pagados.

Asimismo manifiesta que el precio de adquisición de este producto para Fotovista, SAS. es de 222€ +IVA (al margen de costes indirectos como almacenamiento, gestión, costes de personal, etc.). Que es inconcebible, además de no estar legitimado, que una empresa pueda vender o liquidar un producto de estas características al precio irrisorio de 18€, máxime cuando se trata de un producto actual.

Que se trata de un error de fuerza mayor en el que la empresa no tenía la voluntad de incurrir, y por lo que Fotovista, SAS., como vendedora del producto, jamás tuvo la voluntad de vender dicho producto por el ridículo precio de 18€.

Que el producto fue publicado en Pixmania.com durante apenas unas horas la noche del 15 al 16 de julio del presente. Si el auténtico objetivo hubiera sido por ejemplo el de publicidad engañosa, hay que manifestar que en esas horas el tráfico de visitas es el más bajo del día, por lo que no tendría ningún sentido comercial publicar una oferta semejante por la escasa repercusión que cabría esperar en ese lapsus de tiempo.

Que en cuanto fue descubierto el error, el problema se subsanó de forma inmediata a primerísima hora del día 16 de julio.

Que no incurrieron en mala fe y en ningún momento hubo ánimo de perjudicar a nadie ni de sacar ningún provecho de esa situación, de la que no fueron conocedores hasta primeras horas de la mañana del 16, al revisar la página Web el personal de la compañía al reincorporarse al trabajo, por lo que no hay motivo alguno para imputarles ninguna responsabilidad por una publicación de una oferta por un error informático fuera de su control.

Que en cuanto se tuvo noticia del problema, su servicio de atención al cliente notificó personalmente a los clientes afectados el problema surgido y se les reembolsó de forma inmediata. Buscando siempre transparencia y el mejor servicio posible.

Que no hay más que ver la actitud de los reclamantes en los foros para comprender que se trata de una desagradable maniobra de organización de una competición para ver quien se aprovecha más y mejor (con evidente mala fe) de errores ajenos en el que se han visto perjudicados otros portales importantes de comercio electrónico.

Por favor, le ruego que nos manifieste si esta de acuerdo o no con las explicaciones y la solución ofrecida por la empresa, consistente en la devolución del importe de pedido, para en su caso dar traslado o no de la reclamación a las autoridades competentes desde la Secretaria de Confianza Online.

Reciba un cordial saludo.

[Editado por admin: no datos personales]

D

Réplica de los reclamantes a la contestación de Pixmania

Estimado Iñaki Uriarte Landa,

No puedo estar en mayor desacuerdo.

PHOTOCOM DIFFUSION S.L. (CIF B62284211) es la única empresa responsable de Pixmania España, tanto de sus tiendas físicas como de la tienda online Pixmania.es a través de la cual realicé mi compra. Legalmente no importa si PHOTOCOM DIFFUSION S.L. es filial directa o adjudicataria de la franquicia de otra empresa extranjera, ni como se administra internamente a efectos de gestión o comerciales, en tanto que PHOTOCOM DIFFUSION S.L. está legalmente constituida como empresa en España y tiene registradas a su nombre y administra las tiendas físicas y online de Pixmania España. Tanto el Registro Mercantil como el órgano gestor del Ministerio de Comercio para la adjudicación del dominio de la tienda online apuntan inequívocamente a PHOTOCOM DIFFUSION S.L como la única empresa responsable de las tiendas físicas y online de Pixmania España. PHOTOCOM DIFFUSION S.L está actuando con absoluta mala fe al tratar de desviar una reclamación directa a otra empresa que ni tan siquiera opera en España.

Las ofertas en promociones especiales suponen un gran mecanismo publicitario, estando legitimadas, siendo concebibles y cualquier cosa menos ridículas. Una empresa seria como El Corte Inglés.es ofreció hace un par de meses una promoción similar a la de "100% rebajas, Tiramos los precios por los suelos" de PHOTOCOM DIFFUSION S.L., en la cual vendía portátiles, videoconsolas, televisores, y demás productos actuales de última tecnología valorados entre 500 y 1500€ a un precio final para el comprador de 20 a 50€. PHOTOCOM DIFFUSION S.L. ha llevado a cabo una promoción claramente fraudulenta para atraer clientes con absoluta mala fe. Por lo tanto no es un argumento válido el de "precios irrisorios", "errores informáticos fuera de control" o "decisiones dentro de una empresa ajenas a su propia voluntad". Una empresa es responsable de sus ofertas y tiene que afrontar sus decisiones legalmente.

No existe ninguna mala fe por parte del comprador y, si personas de distintos foros de Internet han comprado y reclamado a PHOTOCOM DIFFUSION S.L., se debe a que ésta empresa se publicita en dichos foros, llegando con sus promociones a un gran número de personas que sencillamente se han limitado a realizar una compra online, o lo que es lo mismo, formalizar un contrato de compra venta entre ausentes, que de ningún modo puede ser rescindido unilateralmente como ha hecho ilegalmente PHOTOCOM DIFFUSION S.L. No existe ninguna conspiración como trata de hacer ver PHOTOCOM DIFFUSION S.L, sino más de medio millar de personas que reclaman que lo que les corresponde por ley tras las manifiestas ilegalidades sufridas. De hecho de no haber sido por dicha intervención humana intencionada, el sistema informático habría concluido la tramitación del envío sin ningún problema. Además, PHOTOCOM DIFFUSION S.L, a través de un bufete de abogados español, se ha puesto en contacto con al menos el adminstrador del foro forocoches.com para tratar de amedrentar, amenazando con denunciar por "difamación, calumnias, injurias y amenazas", a al menos un usuario de dicho foro que animaba al resto a reclamar sus derechos legalmente.

Es absolutamente falso que PHOTOCOM DIFFUSION S.L informara de ningún error o reembolsara el dinero inmediatamente. A día de hoy muchas personas siguen sin su dinero, y las que lo han obtenido ha sido después de semanas de espera tras la ruptura ilegal del contrato por parte de PHOTOCOM DIFFUSION S.L. No existe ningún error que justifique la intervención ilegal y conscientemente malintencionada de por parte de PHOTOCOM DIFFUSION S.L para borrar masivamente los pedidos de las compras reliazadas una vez confirmadas y pagadas. La única información inmediata de PHOTOCOM DIFFUSION S.L a los alarmados clientes que al constatar los hechos se pusieron en contacto con ella (y no al revés), fue la de constestar que los pedidos sencillamente no existían y que por lo tanto no iban a ser enviados al no haber sido realizados, pese a haber sido confirmados y pagados. Además, los clientes decidieron reclamar a Confianza Online que se entregara el producto comprado y que bajo ningún concepto se cancelara el contrato de compra-venta. Posteriormente PHOTOCOM DIFFUSION S.L envió comunicaciones en las que contestaba "tal y como nos ha solicitado procedemos a la cancelación de su pedido", lo cual está siendo denunciado a la Agencia de Protección de datos por utilizar los datos personales para suplantar la identidad del cliente y tomar decisiones fraudulentas y que le perjudican en su nombre.

Igualmente, es completamente falso que el anuncio estuviera disponible durante sólo dos horas. De hecho lo estuvo al menos durante dos días distintos (15 y 16 de Julio) en los cuales se realizaron compras mañana y noche. Además PHOTOCOM DIFFUSION S.L envió emails a los clientes donde comentaban distintos horarios, que fueron modificando con absoluta mala fe en diversas ocasiones para tratar de adaptarse a la innegable realidad cuando los clientes respondían que sus compras fueron efectuadas en los más dispares horarios. Es un hecho constatable tanto en las confirmaciones de las compras vía email por parte de PHOTOCOM DIFFUSION S.L, como en los registros de las distintas entidades a través de las cuales se efectuó el pago.

Solicito que ante la imposibilidad manifiesta de alcanzar un acuerdo, la reclamación contra PHOTOCOM DIFFUSION S.L. se remita al órgano que corresponda del Instituto Nacional de Consumo, realizando una reclamación conjunta formada todos los afectados (más de medio millar) y en la que me incluyo, con solicitud de apertura de expediente sancionador para PHOTOCOM DIFFUSION S.L.

Reciba un cordial saludo.
Nombre:
DNI:

D

Datos legales y condiciones de venta de Pixmania España

Datos del Registro Mercantil

[Editado por admin: no datos personales]
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Condiciones generales de la propia PixMania:

4. Precios
Los precios de venta indicados en el Portal se muestran en euros. El IVA está incluido en estos precios, pero no los gastos de envío. Los gastos de envío corren por cuenta del Usuario y se añadirán al total del importe de los productos seleccionados una vez realizado el pedido.
Como podrá observar, para la Unión Europea, los precios aparecen en euros así como en la moneda utilizada en el país de envío. Sólo mostramos las monedas utilizadas en cada país a modo de información, sin ningún valor contractual.
PIXmania no se hace responsable en caso de un posible error o de inexactitud en el sistema de conversión utilizado, ni de cualquier diferencia que pudiera intervenir entre el importe total estimado de su pedido en la moneda del país de expedición y el importe de facturación en euros.
Nos reservamos el derecho de modificar nuestros precios en cualquier momento. No obstante, nos comprometemos a aplicar las tarifas en vigor indicadas en el Portal en el momento de la realización de su pedido.

5. Disponibilidad
Debe tenerse en cuenta que los pedidos serán enviados dentro de los límites de stock disponibles.
Si uno de los artículos pedidos no estuviera en stock, nos comprometemos a enviarle un correo electrónico en un plazo de 15 días (a partir de la fecha en la que realizó el pedido) para comunicarle el plazo en que podremos enviarle su(s) producto(s).
Si alguno de los productos de su pedido no estuviera disponible, nos comprometemos a enviarle los productos disponibles y a regalarle los gastos de envío del resto de su compra. Le propondremos enviarle en sustitución del producto indisponible, un artículo de calidad y precio equivalente. En caso de rechazo, procederemos al reembolso del mencionado producto. Si desea devolver el producto según las condiciones previstas en el artículo 9 (plazo de retractación- satisfecho o reembolsado), los eventuales gastos correrán a cargo de PIXmania.

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Promoción en Pixmania: "100% Rebajas. Tiramos los precios por los suelos. Del 01/07/08 al 31/08/2008"

Gracias a esta estupenda promoción con tan adecuado nombre , ya no tienen ni la más minima justificación posible en su defensa. El error tipográfico (ahora informático) nunca fue legalmente válido, pero teniendo en cuenta que tiran los precios por los suelos ya no pueden ni argumentarlo. Tienen otros produtos siendo vendidos igualmente a un precio muy inferior al habitual.

Pregutas frecuentes YA contestadas por la propia Pixmania en su web
http://www.pixmania.com/es/es/faq.html

-P:"Ayer hice un pedido pero hoy, al entrar de nuevo en Pixmania, me he dado cuenta de que el precio ha variado ¿Puede Pixmania ofrecerme el precio que he visto hoy?"
-R:"No. Desafortunadamente, esto no es posible. Si los precios han cambiado tras haber efectuado un pedido, el precio que rige para usted es el que se le anunció al hace la compra. El derecho comercial lo dispone así."

-P:"Si veo en la página web de PIXMANIA un producto con disponibilidad "en stock", ¿está realmente en stock?"
-R:"¡Sí! Pixmania actualiza su página web todos los días. Sin embargo, existe la posibilidad de que el número de pedidos supere al número de productos existentes en stock." [Nota del Autor -> Y por ley en caso de error en el control de stock tienen que ofrecernos un producto similar o superior al ya comprado, nada de cancelar el pedido y devolver el dinero (salvo que el comprador así lo solicite previamente, claro)]

D

Leyes que son de aplicación en este caso

Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico

TITULO I - CAPITULO II
2. Prestadores de servicios establecidos en España.

1. Esta Ley será de aplicación a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España y a los servicios prestados por ellos.
Se entenderá que un prestador de servicios está establecido en España cuando su residencia o domicilio social se encuentren en territorio español, siempre que éstos coincidan con el lugar en que esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección.
2. Asimismo, esta Ley será de aplicación a los servicios de la sociedad de la información que los prestadores residentes o domiciliados en otro Estado ofrezcan a través de un establecimiento permanente situado en España.
Se considerará que un prestador opera mediante un establecimiento permanente situado en territorio español cuando disponga en el mismo, de forma continuada o habitual, de instalaciones o lugares de trabajo, en los que realice toda o parte de su actividad.
3. A los efectos previstos en este artículo, se presumirá que el prestador de servicios está establecido en España cuando el prestador o alguna de sus sucursales se haya inscrito en el Registro Mercantil o en otro registro público español en el que fuera necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica.
La utilización de medios tecnológicos situados en España, para la prestación o el acceso al servicio, no servirá como criterio para determinar, por sí solo, el establecimiento en España del prestador.
4. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España estarán sujetos a las demás disposiciones del ordenamiento jurídico español que les sean de aplicación, en función de la actividad que desarrollen, con independencia de la utilización de medios electrónicos para su realización.

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Ley general para la defensa consumidores y usuarios

Artículo 8
1. La oferta, promoción y publicidad de los productos, actividades o servicios, se ajustarán a su naturaleza, características, condiciones, utilidad o finalidad, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones sobre publicidad y de acuerdo con el principio de conformidad con el contrato regulado en su legislación específica. Su contenido, las prestaciones propias de cada producto o servicio y las condiciones y garantías ofrecidas, serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, éstas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.
3. La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude. Las asociaciones de consumidores estarán legitimadas para iniciar e intervenir en los procedimientos legalmente habilitados para hacerlas cesar.

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Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Artículo 103. Ejecución y pago.
Salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido a más tardar en el plazo de 30 días a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor y usuario haya prestado su consentimiento para contratar.

Artículo 104. Falta de ejecución del contrato.
En caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar cuanto antes, y en cualquier caso en un plazo de 30 días como máximo, las sumas que haya abonado.

En el supuesto de que el empresario no realice este abono en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad.

Artículo 105. Sustitución del bien o servicio contratado.
De no hallarse disponible el bien o servicio contratado, cuando el consumidor y usuario hubiera sido informado expresamente de tal posibilidad, el empresario podrá suministrar sin aumento de precio un bien o servicio de características similares que tenga la misma o superior calidad.

En este caso, el consumidor y usuario podrá ejercer sus derechos de desistimiento y resolución en los mismos términos que si se tratara del bien o servicio inicialmente requerido, sin que le sean exigibles los costes directos de devolución.

Artículo 106. Pago mediante tarjeta.
1. Cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente utilizando el número de una tarjeta de pago, el consumidor y usuario titular de ella podrá exigir la inmediata anulación del cargo. En tal caso, las correspondientes anotaciones de adeudo y reabono en las cuentas del empresario y del consumidor y usuario titular de la tarjeta se efectuarán a la mayor brevedad.

2. Sin embargo, si la compra hubiese sido efectivamente realizada por el consumidor y usuario titular de la tarjeta y la exigencia de devolución no fuera consecuencia de haberse ejercido el derecho de desistimiento o de resolución, aquél quedará obligado frente al empresario al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha anulación.

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Argumentación jurídica extraída de una resolución del Jurado de la Publicidad (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial)
http://www.autocontrol.es/

"Son ya muchos los pronunciamientos del Jurado sobre la adecuación deontológica de cláusulas del tipo “salvo error tipográfico”. Se pueden encontrar a su vez resoluciones judiciales coincidentes en lo sustancial con lo dictaminado por el Jurado, como la dictada el 26 de noviembre de 1998 por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 deMadrid, que declaró ilícitas las expresiones "precios válidos salvo error tipográfico” así como “información válida salvo error tipográfico”. Con la utilización de esta clase de expresiones se produce un claro abuso de la buena fe de los consumidores. Primeramente,las consecuencias de la posible existencia de un error tipográfico han de ser soportadas por el anunciante, a cuya negligencia se deben, sin que quepa que éste las traslade al consumidor. Por otro lado, con la expresión cuestionada el oferente limita unilateralmente el alcance de la oferta que realiza, quedando facultado para desvincularse de la misma. Con la inclusión de la citada cláusula se está haciendo depender la obtención del producto en las condiciones anunciadas no de la intención de compra del consumidor, sino de la inexistencia de un error tipográfico, extremo que únicamente está en disposición de conocer, y por tanto de poder alegar, el anunciante, pero no el consumidor. Por lo tanto, la delimitación del alcance real de la oferta queda al arbitrio de la empresa responsable de la publicidad que, llegado elcaso, podría dejarla sin efecto, al completo, o en alguna de sus partes. Esta posibilidad constituye un claro abuso de la buena fe delos consumidores, contrariando lo dispuesto en la Norma 4 del Código de Conducta Publicitaria: “La publicidad no deberá constituir nunca un medio para abusar de la buena fe del consumidor”.

D

"...niega tener ninguna responsabilidad con sus tiendas Pixmania en España mientras sigue facturando por encima de los 10 millones de € anuales..."
Flipante. Incluso, quizás, saldrán ganando pues la revuelta le va a dar más renombre y luego la gente no va a recordar el incidente,.... si no se insiste y se insiste y se pelea.

D

bastante amarillista como cuentan la noticia... igualmente la meneo.