Hace 18 años | Por marioquartz a elpais.es
Publicado hace 18 años por marioquartz a elpais.es

Los abonados a Internet podrán reclamar una compensación cuando los operadores interrumpan el servicio. Esta indemnización consistirá en la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas. Este es uno de los artículos que ha aprobado el Consejo de Ministros y que modifica del Reglamento del Servicio Universal para reforzar la protección de los usuarios de telecomunicaciones.

Comentarios

Liamngls

Ahora solo falta que les obliguen a compensar con cierta celeridad, porque si no la mayoría de la gente no va a reclamar nada por los putos tiempos de espera, cuando te devuelvan el dinero de una cuota ya no te llegará ni para una barra de pan.

marioquartz

pues me parece que la mia es duple pero no estoy seguro cry

D

Casi seguro que la ley a la que se refiere el artículo es la ORDEN ITC/912/2006, de 29 de marzo, por la que se regulan las condiciones relativas a la calidad de servicio en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.

http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/05806

Ahí está especificado todo lo relativo a la prestación del servicio, y los mínimos de calidad que deben cumplir los proveedores.

kolme

Pues con ONO me voy a forrar lol

D

lo veo muy díficil de hacer

leitzaran

Las compensaciones van según el prorrateo del tiempo sin servicio sobre el tiempo de facturación, y según la ley sólo se compensarán si son superiores a un euro.

Es decir, si cada día te cortan 12 horas, cada corte no llega a un euro, por lo que no tienen que compensarte. O sea, que no sirve para nada.

D

Con Wanadoo pude comprobar que cumplieron. Tuve el servicio interrupido durante 10 días , puse una incidencia, y a partir del 2 día dejan de facturar.
No lo hicieron , por supuesto. Pero al poner una reclamación, al mes siguiente recibí un ingreso de la cuota integra , es decir, 30 días.
Son chapuzas hasta para eso. En fin, al menos eso que me llevé.