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Ahora es cuando el presidente de dicho partido dimite. Ah no, que esto es España, aquí no pasa nada...

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Para cuando quieran cumplir el otro 50% probablemente estaremos todos arruinados...

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Otro despiece de ABC de la noticia, este no lo había visto: "Comidas de 800 euros y gastos de 4.600 en fin de semana" http://www.abc.es/20120606/local-castilla-leon/abci-comidas-euros-gastos-semana-201206060815.html Lo peor es eso, que empiezan a parecernos normales estas cosas.

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Estamos pensando solo en España, pero en otros países existen diferentes sistemas electorales. En muchas partes por ejemplo de América Latina existen elecciones presidenciales en las que se elige directamente a una persona, y sistemas similares se emplean también para cargos regionales o locales con lo que posicionar perfectamente en Internet al líder a través de una buena página web y de una estrategia sólida y bien estructurada en las redes sociales, que sirva para implicar a sus seguidores y recoger sus ideas y sugerencias creando una conversación con ellos, es algo imprescindible, la gente no vota a quién no conoce (es posible que si conoce mucho a alguien tampoco lo vote lol) pero en principio es necesario que las personas sepan que hay un candidato y las propuestas e ideas que defiende y para ello la web es cada vez más una herramienta imprescindible.

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Desde España y con los datos que tenemos es imposible juzgar qué está pasando exactamente en Honduras, pero creo que sí que habría que tener en cuenta los artículos de la constitución que aprobaron en su momento los ciudadanos hondureños:

Const Honduras: ARTICULO 4.- (...) La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.

Const Honduras: ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Vicepresidente de la República El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez (10) años para el ejercicio de toda función pública.

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Desde España y con los datos que tenemos es imposible juzgar qué está pasando exactamente en Honduras, pero creo que sí que habría que tener en cuenta los artículos de la constitución que aprobaron en su momento los ciudadanos hondureños:

Const Honduras: ARTICULO 4.- (...) La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.

Const Honduras: ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Vicepresidente de la República El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez (10) años para el ejercicio de toda función pública.

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Fantástico reportaje, le devuelve a uno la fe en el Periodismo, con mayúsculas, el encontrar una pieza tan lograda y bien escrita, además sobre un hombre y un equipo de profesionales realmente admirables.