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En primer lugar, tengamos en cuenta que no es una expropiación al uso, y por eso no hay indenmización en sí. El tema lo tratamos hace un tiempo en

http://derechoenred.es/blog/dominios/red-es-y-la-expropiacion-de-dominios-nacionales

Dicho esto, el tema está en que crear un procedimiento de reasignación como éste me parece burdo, y que en algunos casos puede suponer una vulneración de los derechos del titular. El caso de SAREB por ejemplo me resulta más llamativo (y me escandaliza bastante más)

El caso de este dominio es otra cosa distinta, parece que por fechas y demás realmente se ha querido hacer un registro especulativo. No obstante, es algo que resulta muy difícil de probar en sede judicial, y si yo fuera el dueño a lo mejor recurriría.

Incluso los dominios .com son transferidos en el caso de registros especulativos y de mala fe cuando se trata de denominaciones muy conocidas y demás. En este caso no prevalece el simple principio de el que primero llega, se lo queda.

Tendría que saber más sobre el caso concreto para emitir una opinión final. Pero eso sí, de una manera u otra con lo que no estoy de acuerdo es con el procedimiento en sí, y en como un órgano al final se convierte en cierta forma en parte interesada...

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Bueno, vamos por partes. Lo que ha dicho Alejandro es "estrictamente cierto", en el sentido de que la Ley en sí contempla estrictamente el derecho de cita como una excepción poco más que vacía de contenido. Las sucesivas modificaciones que ha ido sufriendo no han arreglado este tema, y si se quiere invocar este "derecho a citar" que incluye la Ley de Propiedad Intelectual más vale que estemos ante un supuesto de docencia e investigación, dado que en caso contrario parece a primera vista que nos encontraremos fuera.

Dicho esto, ello no quiere decir tajantemente que usar una frase literaria en Internet deba suponer automáticamente una infracción, dado que supondría un absurdo en algunos casos. Yo soy de la opinión de que debemos integrar tanto la Ley como la intepretación de todo el ordenamiento que se viene haciendo, incluyendo la Sentencia del Supremo en que se menciona:

"la protección del derecho de autor y la excepcionalidad legal de sus límites no autorizan pretensiones abusivas en perjuicio no solo del demandado sino incluso de aquellos intereses del propio demandante que merezcan la consideración de “legítimos” y de una explotación de su obra que pueda considerarse “normal”"

Este derecho al uso inocuo del derecho ajeno (ius usus inocui) o fair use no aparece tan claramente como en otros ordenamientos, pero sí ha sido aplicado (en este caso se trató de un tema de enlaces y Google), y es posible que en determinados supuestos pueda proteger de toda actuación. Quiere decir ello que toda cita sea válida? Tampoco, con lo cual es muy muy complicado generalizar.

Lo que pasa es que sobre interpretaciones... pero desde luego no puedo coincidir con una interpretación tan estricta, si ese es el sentido que ha querido darle.

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#117 Su última frase es de auténtico abogado, al estilo del vídeo que adjunto en #113

“tenemos un entorno normativo similar al del resto de países, pero mientras otros buscan fórmulas para perseguir y castigar de forma personal al usuario, aquí solo se va detrás de los sitios web que facilitan la piratería, y eso no funciona”.


En fin, poco futuro le veo al niñato defendiendo el status quo internacionalista psicópata.

Andor

#117 #131 Lo que pasa es que, como ha visto #119 , a Alejandro se lo han comido con patatas en Écija, que viene a ser una combinación monstruosa de consultora informática/cárnica y despacho de abogados fetén de lujo (donde en realidad lo único que hacen es tenerle esclavo de sol a sol... bueno, como en muchos despachos)

D

#147 Esos son los que son capaces de joder a millones de personas para garantizarse la continuidad de su absurdo y manipulador oficio al servicio de la castuza. No hablo de los servidores de oficio que lo hacen gustosos, hablo de los parásitos que piensan que un turno de oficio no merece la pena ni por 2000€/mes porque no les da ni para gomina.

Si consiguen vencer, su propio análisis de la filosofía, por aburrimiento, acabará con ellos. Llevan al enemigo dentro. Por suerte éste chaval está a tiempo de espabilar y si me apuras, sus ejemplos a seguir también, pero para eso hay que levantar la cabeza, no agacharla.

D

#119 Lo de niñato y lo de relaccionar ese texto con un status quo psicópata es despectivo e injusto en potencia.

h

#33 No, no es que se pueda hacer en todos los casos, buscar en todos los códigos y demás. Tampoco quiero defender cómo ha actuado, sino que planteo cuál debe ser su punto de vista. Dado que la acción infractora está debidamente identificada, y el error es material al indicar el precepto, el órgano competente para la instrucción seguramente notificará todo ya corregido (pensemos que estamos únicamente ante una denuncia ahora mismo).

#22 Entiendo que el uso privativo del dominio público tenía una entidad que iba más allá de los supuestos mencionados, dado que por ellos no se puede sancionar. Lo mismo sucede en concentraciones debidamente notificadas, o que se entiendan amparadas por el derecho sin haberlo sido, donde se entiende que el uso de determinadas instalaciones forman parte del derecho fundamental y por tanto no requieren de licencia alguna por parte del Ayuntamiento. Lo que sucede es que de momento lo único que he visto es una foto de baja calidad del boletín de denuncia, así que todo lo demás que pueda hacer son cábalas.

Y ojo, que no quiero defender ninguna de las posturas. Cuando digo que puede ser que esté bien puesta, me refiero a que el objeto realmente puede ser razón para sancionar. Del resto, y sin conocer más a fondo el asunto, no hablo.

h

No mezclemos tampoco churras con merinas, que estamos hablando de una infracción fruto de un tema de ocupación de dominio público sin licencia para ello, no de nada de la DGT (o así debería ser, que anda que justificarse con esas normas...). Otro tema es que hayan puesto ese artículo, que habrá sido una ida de pinza del denunciante, pero imagino que durante el sancionador se corregirá

Dicho esto, es posible que la sanción esté bien puesta, pero el importe me parece injustificado para el "daño" que han producido, que es un tema muy distinto.

robespain

#19 ¿¿¿¿Que la sanción esta bien puesta???? ¿Me puedes explicar que reglamento puede explicar esta sanción?
¿Si suelto las bolsas del super en un semaforo para descansar, también me van a poner 3000€? ¿A los bagavundos que van con sus cosas tambien los multamos?
Si no tienes algun enlace al reglamento, no intentes explicar lo que no tiene explicación. Mucho van a tener que corregir esa sanción para que quede algo medio coherente.

PD: Eso no justifica esa sanción. esto eran las pertenencias personales de una ciudadano. Es como lo de las bolsas del super, o los enseres de los vagabundos. De todas formas positivo por intentar aclarar este sinsentido.

h

#33 No, no es que se pueda hacer en todos los casos, buscar en todos los códigos y demás. Tampoco quiero defender cómo ha actuado, sino que planteo cuál debe ser su punto de vista. Dado que la acción infractora está debidamente identificada, y el error es material al indicar el precepto, el órgano competente para la instrucción seguramente notificará todo ya corregido (pensemos que estamos únicamente ante una denuncia ahora mismo).

#22 Entiendo que el uso privativo del dominio público tenía una entidad que iba más allá de los supuestos mencionados, dado que por ellos no se puede sancionar. Lo mismo sucede en concentraciones debidamente notificadas, o que se entiendan amparadas por el derecho sin haberlo sido, donde se entiende que el uso de determinadas instalaciones forman parte del derecho fundamental y por tanto no requieren de licencia alguna por parte del Ayuntamiento. Lo que sucede es que de momento lo único que he visto es una foto de baja calidad del boletín de denuncia, así que todo lo demás que pueda hacer son cábalas.

Y ojo, que no quiero defender ninguna de las posturas. Cuando digo que puede ser que esté bien puesta, me refiero a que el objeto realmente puede ser razón para sancionar. Del resto, y sin conocer más a fondo el asunto, no hablo.

depptales

#22 Bagavundos? que varbaridad ¡¡ lol lol

hootie

#19 ¿Como? ¿Que está bien puesta? Es decir, le ponen una multa indicando unas infracciones y más adelante "se corregirá". ¿Esto es que, ya con tiempo, buscan en todos los códigos y demás a ver qué les pueden imputar?
¿Lo dices en serio?
Eso es una multa preventiva: yo te multo, te pongo 3000 euros y luego ya si eso, me busco el porqué te he multado.

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Pues yo personalmente no puedo analizar la verdadera viabilidad del recurso sin poder ver la sentencia completa y no únicamente los fragmentos que se han puesto (donde se habla de ciertos términos que da por hechos). Hay que ver la justificación y demás, pero es que la defensa se tiene que preparar bien.

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La Abadía del Crimen es un juego impresionante, se nota que quien lo programó tenía muy buena cabeza (tal vez por ese genio precisamente acabó como acabó el pobre... sigh).

Al final, lo que uno recuerda con más cariño, son estas máquinas antiguas, muchísimo más que no máquinas más actuales y potentes

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Llamar a esto trabajo logrado es un insulto para muchos de los trabajos que la gente pone en youtube...

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MUFACE se mantiene sobretodo para temas de educación y algún otro colectivo, como pueden ser aquellos que tenían este régimen años ha. Y para los que dicen "pues que se lo paguen ellos" es que lo hacen! Sencillamente en vez de contribuir a la SS contribuyen a MUFACE ni más ni menos, y si tienen algún problema a dónde van es a los servicios médicos de la mutua.

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Yo solo quería mencionar una cosa... no son precisamente todos los funcionarios los que tienen la opción de acogerse a MUFACE o a la SS. Yo soy funcionario y estoy en el régimen general y sin ninguna queja la verdad pero vaya, que me sorprende lo rápido que salta la gente a alegrarse de que reduzcan beneficios a los funcionarios sea lo que sea...

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Es una película basada en un libro. Papelucho es un niño que tiene mil aventuras... en su cabeza. Vamos, de esas películas que al final o es un sueño o es una ida de olla. En la wikipedia hay más información sobre los libros, y por lo que dicen, hay alguno que era bastante más bestia

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Pues exactamente lo mismo que los mil blogs que hablan de Superman parando a Lois Lane en caída libre... nada nuevo bajo el sol

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Yo acabo de entrar desde el trabajo con Firefox y me funciona perfectamente, eso sí, estoy con la versión 2.0.0.17 (que es la que está puesta y no puedo cambiar ).

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#13

No hace falta que alguien haya comprado los derechos para explotarlos en un país para que existan los derechos de autor sobre una obra. Lo que sucede es que si el autor está donde cristo pegó dos gritos y no hay ninguna empresa en el país que tenga algún derecho sobre ella, resulta complicado que llegue a suceder algo.

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El tema es que las Sentencias que se han mencionado fueron dictadas en condiciones muy diferentes a las mismas (basta con ver que aquellas en las que realmente se trata de delitos contra la propiedad intelectual, el ánimo de lucro va en relación con un establecimiento mercantil por dar un ejemplo). Por otro lado, me gusta lo de "contrario a la jurisprudencia del TS", dado que deben contar con sentencias diferentes a las de los demás...

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Es una situación que ya lleva un tiempo dándose. Incluso se llegó a una reclamación judicial a causa de los daños que la inflación producida por estas empresas está provocando, tal y como se puede leer

http://www.derechonntt.com/?p=66

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Lo que ha pasado realmente es que no se ha llegado a demostrar que utilizaban música CC, pareciendo probado que sí usaban música del repertorio de la SGAE. Lo que sucede es que el reportero la ha redactado tan mal, que cuesta llegar a entender de qué hablan. El titular? Alarmista como poco.

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En realidad, y tal y como se dice en la noticia original, ese "error" ya se ha solucionado y se ha distribuido la licencia a quienes tenían descargado el archivo.

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El final que mencionan es falso, y parece ser un derivado del "verdadero final de Doraemon", con Nobita despertándose y siendo todo un sueño.

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Algunas de las respuestas son incorrectas, lo que parece que muestra que no tiene bastante claro el concepto de copia privada y de comunicación pública.

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Hace ya un tiempo que se ha confirmado que la serie continuará, con 7 capítulos de momento para la segunda temporada, tal y como se puede leer en la web oficial. Por lo tanto, es una afirmación incorrecta y desinformada. Basta con leerse http://jerichowiki.cbs.com/?t=anon