Aristogato

Hoy he leído en el diario una magnífica noticia. Una familia de Montcada ha dado con la fórmula para saltarse a la torera las injustas órdenes de desahucio, cada vez más frecuentes. Últimamente, como que la policía se encontraba con fuerte oposición vecinal para ejecutarlas, hasta el punto de no haber logrado acabar ninguna, habían comenzado a acudir a las ejecuciones con fuerzas antidisturbios. Esto hacía imposible que la oposición vecinal frustrara el proceso.

Pues bien, ayer, al ir a ejecutar una de estas ordenes de desahucio, la policía se encuentra con la oposición vecinal habitual; intervienen los antidisturbios y aseguran un perímetro para que los agentes judiciales puedan actuar; la familia coge las cuatro cosas más importantes que tenían en casa, mientras que el vecindario no para de gritar consignas contra los bancos, la policía y la justicia; el cerrajero, que ha venido a instancias de la policía, cambia el pomo de la puerta. Los agentes judiciales, finalmente, levantan acta de desahucio, y la familia, en medio de la más profunda tristeza, se encuentra en la calle. La policía empieza a retirarse y se dan las más sentidas muestras de solidaridad entre los vecinos, muchos de los cuales piensan que tal vez ellos serán los siguientes.

Una vez las cosas se calman, todos se van yendo: cerrajero, agentes judiciales, antidisturbios, policías, vecinos… A las dos todos comiendo en su casa. Menos la familia desahuciada que se va a comer a casa de una tía. ¡Se acabó!

¿Acabado? No os lo penséis. Después del carajillo, el pater familia, que continúa considerando que aquella todavía es su casa, recoge a su mujer y a los niños y se va para allá. Entra por el sencillo procedimiento de dar una patada a la puerta y, como es un manitas, vuelve a cambiar el pomo y pone uno nuevo que había tenido la precaución de comprar de buena mañana. ¡Volvemos otra vez!

No sé si este proceder se lo recomendó una abogado; si es así: chapeau por el abogado. Y si se les ocurrió a ellos mismos, todavía más chapeau. El lío jurídico que han organizado es de campanillas, porque no se les puede volver a desahuciar. El desahucio ya se practicó y el expediente judicial se tiene que dar por terminado. Ahora ya no son unos propietarios que no pagan las cuotas de su hipoteca, ahora son unos simples okupas. Y si el propietario los quiere echar, tendrá que comenzar un nuevo y diferente procedimiento judicial.

Estoy seguro que el banco (o caja) ya debe tener una legión de picapleitos estudiando qué pueden hacer para vaciar la vivienda. ¿Se ha inscrito en el registro de la propiedad la adjudicación del piso es subasta pública? Si no es así no se puede acreditar la propiedad y, por tanto, tampoco presentar denuncia. ¿Quién tiene poderes suficientes dentro del banco para presentar una denuncia de estas características? Venga: empecemos a leer poderes a ver quien puede hacerlo. ¿Iniciamos un proceso civil o uno penal? ¿Cuál será más rápido? ¿Qué oposiciones podrían presentar los ocupantes? ¿Cuánto tiempo puede durar el procedimiento?

Magnífico. Genial. ¡Un golpe maestro!. Tal vez de lo que se trata hoy día, es aprovechar todas las grietas del sistema para crear el caos. Como ya sabían los griegos, sólo del caos puede surgir un orden nuevo, un cosmos. Y, “voto al demonio” (expresión catalana), estoy seguro que lo necesitamos.

Aristogato

Aunque muchas cosas se entienden, ahi va la traducción completa:

Hoy he leído en el diario una magnífica noticia. Una familia de Montcada ha dado con la fórmula para saltarse a la torera las injustas órdenes de desahucio, cada vez más frecuentes. Últimamente, como que la policía se encontraba con fuerte oposición vecinal para ejecutarlas, hasta el punto de no haber logrado acabar ninguna, habían comenzado a acudir a las ejecuciones con fuerzas antidisturbios. Esto hacía imposible que la oposición vecinal frustrara el proceso.

Pues bien, ayer, al ir a ejecutar una de estas ordenes de desahucio, la policía se encuentra con la oposición vecinal habitual; intervienen los antidisturbios i aseguran un perímetro para que los agentes judiciales puedan actuar; la familia coge las cuatro cosas más importantes que tenían en casa, mientras que el vecindario no para de gritar consignas contra los bancos, la policía y la justicia; el cerrajero, que ha venido a instancias de la policía, cambia el pomo de la puerta. Los agentes judiciales, finalmente, levantan acta de desahucio, i la familia, en medio de la más profunda tristeza, se encuentra en la calle. La policía empieza a retirarse i se dan las más sentidas muestras de solidaridad entre los vecinos, muchos de los cuales piensan que tal vez ellos serán los siguientes.

Una vez las cosas se calman, todos se van yendo: cerrajero, agentes judiciales, antidisturbios, policías, vecinos… A las dos todos comiendo en su casa. Menos la familia desahuciada que se va a comer a casa de una tía. ¡Se acabó!

¿Acabado? No os lo penséis. Después del carajillo, el pater familia, que continúa considerando que aquella todavía es su casa, recoge a su mujer y a los niños y se va para allá. Entra por el sencillo procedimiento de dar una patada a la puerta y, como es un manitas, vuelve a cambiar el pomo y pone uno nuevo que había tenido la precaución de comprar de buena mañana. ¡Volvemos otra vez!

No sé si este proceder se lo recomendó una abogado; si es así: chapeau por el abogado. Y si se les ocurrió a ellos mismos, todavía más chapeau. El lío jurídico que han organizado es de campanillas, porque no se les puede volver a desahuciar. El desahucio ya se practicó y el expediente judicial se tiene que dar por terminado. Ahora ya no son unos propietarios que no pagan las cuotas de su hipoteca, ahora son unos simples ocupas. Y si el propietario lo quiere echar, tendrá que comenzar un nuevo y diferente procedimiento judicial.

Estoy seguro que el banco (o caja) ya debe tener una legión de picapleitos estudiando qué pueden hacer para vaciar la vivienda. ¿Se ha inscrito en el registro de la propiedad la adjudicación del piso es subasta pública? Si no es así no se puede acreditar la propiedad y, por tanto, tampoco presentar denuncia. ¿Quién tiene poderes suficientes dentro del banco para presentar una denuncia de estas características? Venga: empecemos a leer poderes a ver quien puede hacerlo. ¿Iniciamos un proceso civil o uno penal? ¿Cuál será más rápido? ¿Qué oposiciones podrían presentar los ocupantes? ¿Cuánto tiempo puede durar el procedimiento?

Magnífico. Genial. ¡Un golpe maestro!. Tal vez de lo que se trata hoy día, es aprovechar todas las grietas del sistema para crear el caos. Como ya sabían los griegos, sólo del caos puede surgir un orden nuevo, un cosmos. Y, “voto al demonio” (expresión catalana), estoy seguro que lo necesitamos.

Aristogato

Seguro que Rouco y algun que otro obispo tendrá más experiencia que nadie en tocar la zambomba.

Aristogato

#1 Y una vergüenza que al director del centro le salga gratis putear a una profesora diez años.

Aristogato

Pues corre a darle a papi un batido de somníferos, te lo llevas lejos de Libia y lo ingresas en un manicomio con altas medidas de seguridad.

Aristogato

¿Cómo se quita o descarta la noticia?
Gracias.

Aristogato

Perdón, esta duplicada y el verdadero autor no es Pérez Reverte.
Ya la quito.

Aristogato

La industria audiovisual estadounidense dictando la ley antidescargas a Sinde y ahora, otra vez mirándose en el espejo de Obama para limitar la velocidad en autopistas a la misma que ellos. Lo próximo es que pongan aqui también la pena capital.

Aristogato

¡ OYGAN ! ¿aquí é andonde falla el interné?

Aristogato

#31 Volviendo a mi ejemplo de antes, ¿según tú es ilegal que preste un libro que he comprado legalmente o un DVD y que al que se lo presto a su vez lo preste a otro? Será poco ético que el segundo lo preste al tercero sin permiso del primero pero de ahi a ser ilegal...

La actividad ilegal la ejercen, en el tema que nos ocupa, las webs que difunden ese contenido pero el que lo visiona no hace nada ilegal. Es como si en un cine te ponen una copia ilegal. ¿Quien hace algo ilegal el cine que difunde una copia ilegal o tú que vas a ver la peli?

p

#34 La diferencia está en el tema de lucro cesante que comentabamos en #32 y #33. Prestar un libro entre diferentes personas hace que se dejen de vender quizá tantos libros como veces que has prestado. Pero en un objeto físico, ese número está más o menos limitado por sus características.
En el caso de digital, la copia es automática y masiva y el lucro cesante del autor puede llegar a ser, en un caso extremo, total. El autor puede llegar a no cobrar nada por un contenido que le ha llevado varios meses de trabajo y que han disfrutado miles de personas.

La ilegalidad está es quien pone los enlaces o el contenido, claro, que en los sistemas P2P es también quien lo ha descargado y de ahí viene el tema. En el supuesto de que tú sólo recibes un contenido y no lo distribuyes (si lo ves en seriesyonkis por ejemplo) no estás haciendo nada ilegal, pero la web sí. Y es a la web a la única que persigue la dichosa Ley.

Aristogato

El club Bildelberg, los grandes bancos, Obama y toda la industria audiovisual de EEUU son los titiriteros.

Aristogato

#13 que no te enteras, que es legal:

http://www.hoy.es/20071030/badajoz/piratas-gente-legal-20071030.html

Sólo es una sentencia de tantas en el mismo sentido. Que esto no es EEUU es España.

p

#29 Gracias por el ejemplo! Esto es justamente lo que critico. El periodista que ha escrito este artículo no tiene mucha idea y va y escribe que "los piratas son gente legal". Tú y yo lo leemos y pensamos, pues va a ser verdad que descargar cosas es legal y ese pudor que yo tenía de pequeño al grabar un casette (que hacía mucho menos daño) era infundado. El gran problema es confundir que el hecho de que no sea delito (y no te puedan meter en la carcel o poner una multa millonaria) con el hecho de sea legal. Es ilegal porque infringe la Ley de Propiedad Intelectual, ocasionando un ilícito civil, como si no pagas tu hipoteca, que no es un delito pero es un ilícito civil y te pueden demandar.

Aristogato

#31 Volviendo a mi ejemplo de antes, ¿según tú es ilegal que preste un libro que he comprado legalmente o un DVD y que al que se lo presto a su vez lo preste a otro? Será poco ético que el segundo lo preste al tercero sin permiso del primero pero de ahi a ser ilegal...

La actividad ilegal la ejercen, en el tema que nos ocupa, las webs que difunden ese contenido pero el que lo visiona no hace nada ilegal. Es como si en un cine te ponen una copia ilegal. ¿Quien hace algo ilegal el cine que difunde una copia ilegal o tú que vas a ver la peli?

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#34 La diferencia está en el tema de lucro cesante que comentabamos en #32 y #33. Prestar un libro entre diferentes personas hace que se dejen de vender quizá tantos libros como veces que has prestado. Pero en un objeto físico, ese número está más o menos limitado por sus características.
En el caso de digital, la copia es automática y masiva y el lucro cesante del autor puede llegar a ser, en un caso extremo, total. El autor puede llegar a no cobrar nada por un contenido que le ha llevado varios meses de trabajo y que han disfrutado miles de personas.

La ilegalidad está es quien pone los enlaces o el contenido, claro, que en los sistemas P2P es también quien lo ha descargado y de ahí viene el tema. En el supuesto de que tú sólo recibes un contenido y no lo distribuyes (si lo ves en seriesyonkis por ejemplo) no estás haciendo nada ilegal, pero la web sí. Y es a la web a la única que persigue la dichosa Ley.

Aristogato

#3 Muy sencillo: él dice que "las descargas sin consentimiento del autor no son legales. Nunca lo han sido". Y yo no dire lo contrario. Es más voy a decir que es perfectamente legal compartir copias mientras no haya ánimo de lucro que es como prestar un libro que te compras y lo prestas las veces que quieras y a quien quieras que para eso lo has comprado. Que la libre difusión de la cultura es algo que ningún gobierno va a conseguir frenar y menos el de este país inmiscuyéndose y suplantando al Poder Judicial cerrando webs a discreción.

D

#8 #7 #6 Gracias a los que opináis a favor y encontra, por animar el debate.

D

#11 Demonos prisa en debatir!! Que sigue la oligarquía empeñada en cerrar la noticia, dando votos negativos

ColaKO

#7 Precisamente dice eso, que es ilegal copiar aunque no haya ánimo de lucro, pero no es punible, es decir, castigable penalmente que no es lo mismo, además lo ejemplifica bastante bien con lo de la deuda.

Aristogato

#13 que no te enteras, que es legal:

http://www.hoy.es/20071030/badajoz/piratas-gente-legal-20071030.html

Sólo es una sentencia de tantas en el mismo sentido. Que esto no es EEUU es España.

p

#29 Gracias por el ejemplo! Esto es justamente lo que critico. El periodista que ha escrito este artículo no tiene mucha idea y va y escribe que "los piratas son gente legal". Tú y yo lo leemos y pensamos, pues va a ser verdad que descargar cosas es legal y ese pudor que yo tenía de pequeño al grabar un casette (que hacía mucho menos daño) era infundado. El gran problema es confundir que el hecho de que no sea delito (y no te puedan meter en la carcel o poner una multa millonaria) con el hecho de sea legal. Es ilegal porque infringe la Ley de Propiedad Intelectual, ocasionando un ilícito civil, como si no pagas tu hipoteca, que no es un delito pero es un ilícito civil y te pueden demandar.

Aristogato

#31 Volviendo a mi ejemplo de antes, ¿según tú es ilegal que preste un libro que he comprado legalmente o un DVD y que al que se lo presto a su vez lo preste a otro? Será poco ético que el segundo lo preste al tercero sin permiso del primero pero de ahi a ser ilegal...

La actividad ilegal la ejercen, en el tema que nos ocupa, las webs que difunden ese contenido pero el que lo visiona no hace nada ilegal. Es como si en un cine te ponen una copia ilegal. ¿Quien hace algo ilegal el cine que difunde una copia ilegal o tú que vas a ver la peli?

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#34 La diferencia está en el tema de lucro cesante que comentabamos en #32 y #33. Prestar un libro entre diferentes personas hace que se dejen de vender quizá tantos libros como veces que has prestado. Pero en un objeto físico, ese número está más o menos limitado por sus características.
En el caso de digital, la copia es automática y masiva y el lucro cesante del autor puede llegar a ser, en un caso extremo, total. El autor puede llegar a no cobrar nada por un contenido que le ha llevado varios meses de trabajo y que han disfrutado miles de personas.

La ilegalidad está es quien pone los enlaces o el contenido, claro, que en los sistemas P2P es también quien lo ha descargado y de ahí viene el tema. En el supuesto de que tú sólo recibes un contenido y no lo distribuyes (si lo ves en seriesyonkis por ejemplo) no estás haciendo nada ilegal, pero la web sí. Y es a la web a la única que persigue la dichosa Ley.