Elsacodelcoco

#309 me alegro mucho, porque tengo una duda y me gustaría resolverla.

Hola,@Ripio. Aparentemente las normas dicen:

"Los votos negativos son para ocultar o mostrar tu disconformidad con comentarios insultantes, difamatorios, racistas, de divulgación de bulos, información errónea o spam. No votes negativo sólo por el hecho de que no coincide con tu opinión si ésta está bien argumentada y es razonable."

En hilos como este, ¿qué medidas tomáis para garantizar que los usuarios cumplen esa norma?

The_Tramp

#311 Spoiler: no se toman medidas

Ripio

#311 Te sugiero escribir a la misma web, que sin duda te va a informar mucho mejor que yo.

Elsacodelcoco

#316 hombre, me imagino que siendo administrador tendrás cierta idea y sabrás decirme alguna medida que apliquéis para impedir que la gente vote negativo por motivos ideológicos.

¿Me puedes poner algún ejemplo? ¿Aunque sea uno solo?

Elsacodelcoco

#305 espera, ¿este tío con el que has estado discutiendo es administrador de la web?

The_Tramp

#308 Si, ese es el nivel.

Elsacodelcoco

#309 me alegro mucho, porque tengo una duda y me gustaría resolverla.

Hola,@Ripio. Aparentemente las normas dicen:

"Los votos negativos son para ocultar o mostrar tu disconformidad con comentarios insultantes, difamatorios, racistas, de divulgación de bulos, información errónea o spam. No votes negativo sólo por el hecho de que no coincide con tu opinión si ésta está bien argumentada y es razonable."

En hilos como este, ¿qué medidas tomáis para garantizar que los usuarios cumplen esa norma?

The_Tramp

#311 Spoiler: no se toman medidas

Ripio

#311 Te sugiero escribir a la misma web, que sin duda te va a informar mucho mejor que yo.

Elsacodelcoco

#316 hombre, me imagino que siendo administrador tendrás cierta idea y sabrás decirme alguna medida que apliquéis para impedir que la gente vote negativo por motivos ideológicos.

¿Me puedes poner algún ejemplo? ¿Aunque sea uno solo?

Elsacodelcoco

#277 "Vale, la verdad aplastante es una denuncia que se demostró falsa y no se persiguió."

No. La verdad aplastante es que la mayoría de las absoluciones que estudió el CGPJ tenían indicios parecidos de falsedad (usando tus palabras "se demostraron falsas") y que ninguna de ellas se persiguió.

¿Ves alguna diferencia importante entre lo uno y lo otro?

Elsacodelcoco

#258 me parece bien tu argumento, pero siguiendo la misma lógica:

- Un hombre acusado de maltrato es DISTINTO de un culpable; pero MUY DISTINTO.

- El 20% de los acusados son culpables; o sea, CULPABLES.

¿Estás de acuerdo con estos dos puntos, teniendo en cuenta que se ciñen a las cifras oficiales igual que te ceñías tú?

Y

#276 Correcto, un hombre "acusado" por un juez de maltrato (después de un juicio donde muchas pruebas que se aportan son consideradas no válidas aunque sean ciertas....) .

Entonces: Denuncias falsas 0,01% vs Hombres condenados por el juez 20%

O sea, hay 1 denuncia falsa por cada 2000 condenas a asesinos/maltratadores machistas.

Poco a poco, relee si quieres, tómate tu tiempo.

Elsacodelcoco

#338 dices:

"Entonces: Denuncias falsas 0,01% vs Hombres condenados por el juez 20%"

Veo que para contar las denuncias falsas te ciñes ciegamente a los datos oficiales. El problema es que, oficialmente, un hombre solo es culpable si lo dice una sentencia.

Por tanto la cosa es más bien así:

"Denuncias falsas 0,01% vs hombres culpables 20%"

Oficialmente las cifras son esas. ¿Te ciñes a ellas? ¿Las das por buenas?

Y

#358 Son las que son, por lo que por cada denuncia falsa hay 2000 maltratadores o asesinos machistas.

¿Lo entiendes? ¿Entiendes cuál es el problema? (una pista: el machismo que asesina y maltrata a mujeres)
Si no lo ves...

Elsacodelcoco

#365 efectivamente, las cifras oficiales son las que son:

1. Solo son falsas el 0,01% de las denuncias.

2. Pero al mismo tiempo solo son culpables el 20% de los denunciados.

Te estoy preguntando si esas cifras oficiales te parecen correctas, y si te ciñes a ellas.

¿Te lo parecen? ¿Te ciñes?

Y

#366 Veo que te cuesta entender, pero te lo voy a poner muy fácil:

1. Solo son falsas el 0,01% de las denuncias.

2. Solo son considerados culpables el 20% de los denunciados, el resto no superan la barrera judicial (en algunos casos la mujer muere antes de llegar a la primera cita del juzgado, en otros las pruebas se desetiman por cuestiones de forma aún siendo verdaderas, en otras las mujeres ni acuden al juicio porque siguen bajo el acoso y maltrato del machista, etc... mucho machista queda suelto....
Aún así, hay 2000 machistas condenados por cada denuncia falsa, imagina cuanto machista hay por una mujer que miente...
¿Qué parte no has entendido?

Elsacodelcoco

#367 vale, te voy a presentar los mismos datos de otra manera:

1. Solo son consideradas falsas el 0,01% de las denuncias, el resto no superan la barrera judicial (en algunos casos la denunciante no deja indicios evidentes de la falsedad, en otros el juez y el fiscal incumplen su obligación de investigar de oficio esos indicios, en otros el afectado denuncia pero el caso no queda contabilizado, etc.).

2. Solo son culpables el 20% de los denunciados

Hop, estoy haciendo lo mismo que tú. Ciñéndome ciegamente a la parte de los datos oficiales que me gusta, y matizando la que no.

¿Te parece razonable esta lectura que acabo de hacer y que, repito, es simétrica a la que has hecho tú?

Elsacodelcoco

#43 ¿entonces tu argumento ya no es que la culpa es de la empresa por pagarles extra en el sueldo base, sino que la culpa es de la empresa por ponerle al plus el nombre que no tocaba?

ElTioPaco

#46 el problema es de la empresa por no desglosar los salarios correctamente.

Desde un principio he dejado claro que todo esto se solucionaba aplicando el plus de nocturnidad, solo tienes que mirar mi primer post.

No es culpa de los empleados que el empleador sea subnormal, no lo ha sido nunca.

Elsacodelcoco

#44 La jueza ha cogido ese criterio porque ha querido, ya que un boletín así del ejecutivo no es ley.

No es cierto. La propia juez dice que ha seguido los criterios establecidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que ya he mencionado en el comentario anterior.

thorin

#45 ¿En qué parte del Real Decreto está ese listado de 5 puntos?

Elsacodelcoco

#39 al contrario; en toda la sentencia no habla ni una sola vez de equiparar sueldos, sino de equiparar retribuciones. La única vez que se menciona la palabra "sueldo" es aquí:

"Cada Estado miembro garantizará la aplicación del principio de igualdad de retribuciónentre trabajadores y
trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igualvalor. Se entiende por retribución, a tenor del
presente artículo, el salario o sueldo normal de base o mínimo, y cualesquiera otras gratificaciones satisfechas,
directa o indirectamente, en dinero o en especie, por el empresario al trabajador en razón de la relación de
trabajo. La igualdad de retribución, sin discriminación por razón de sexo, significa: (...) b) que la retribución
establecida para un trabajo remunerado por unidad de tiempo es igual para un mismo puesto de trabajo.


Ya ves que lo que se debe equiparar no es el sueldo base, sino las retribuciones; las cuales incluyen no solo el sueldo base, sino también los pluses.

Y de hecho, al revisar el convenio más reciente que hay disponible para esa empresa, resulta que el 95% de la diferencia salarial no está en el sueldo base sino en el plus de asistencia; el cual era mayor para los basureros que para las barrenderas porque ellos tenían que acudir al trabajo a cualquier hora del día o la noche que decidiera su jefe, y ellas no.

ElTioPaco

#42 sigo sin ver el concepto del plus de nocturnidad, y tengo mis dudas de que ese plus de asistencia tenga algo que ver con el de disponibilidad (que no se cobra por trabajar más horas sino porque te cambien el horario arbitrariamente con poco preaviso) ese plus de asistencia suena al típico Plus abstracto, que lógicamente gracias a su abstracción se puede pelear con facilidad.

Ya te digo que si ellos tuvieran disponibilidad y nocturnidad, ellas con horario fijo y diurno, podrían haber rascado entre 0 y nada.

Pero el juez tiene razón, no cobran nocturnidad y su trabajo no requiere que se haga por la noche, así que es como si lo hicieran por el día.

Ahora bien, ellos también podrían denunciar a la empresa por eso.

Elsacodelcoco

#43 ¿entonces tu argumento ya no es que la culpa es de la empresa por pagarles extra en el sueldo base, sino que la culpa es de la empresa por ponerle al plus el nombre que no tocaba?

ElTioPaco

#46 el problema es de la empresa por no desglosar los salarios correctamente.

Desde un principio he dejado claro que todo esto se solucionaba aplicando el plus de nocturnidad, solo tienes que mirar mi primer post.

No es culpa de los empleados que el empleador sea subnormal, no lo ha sido nunca.

Elsacodelcoco

#38 en el comentario que citas no aclaras en qué me equivoco. Solo dices que el boletín de igualdad no es una ley, pero yo tampoco digo en ningún momento que lo sea. Lo que sí es una ley es el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, al que la propia jueza dice ceñirse.

Te repito la pregunta: ¿en qué me equivoco?

thorin

#41 Penúltima frase de mi comentario.

Elsacodelcoco

#44 La jueza ha cogido ese criterio porque ha querido, ya que un boletín así del ejecutivo no es ley.

No es cierto. La propia juez dice que ha seguido los criterios establecidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que ya he mencionado en el comentario anterior.

thorin

#45 ¿En qué parte del Real Decreto está ese listado de 5 puntos?

Elsacodelcoco

#25 "Es decir, que el tema no es si las mujeres cobran menos que los hombres"

El tema es exactamente ese, y de hecho la condena es por discriminación sexual. Cito de la sentencia:

"Declaramos que las empresas demandadas han incurrido en Vulneración del Derecho Fundamental a la no discriminación salarial por razón de sexo ( art. 14 CE) en relación al personal adscrito a la categoría profesional de "peón", igualmente declaramos la NULIDAD de tal categoría profesional debiendo extenderse al colectivo afectado las retribuciones fijadas para la categoría profesional de "peón polivalente"

Todo el fragmento que tú citas simplemente aclara que también hay que subirles el sueldo al puñado de hombres que trabajan de peón.

"Distintas categorías profesionales de un mismo convenio cobran distinto para el mismo trabajo."

Mentira. Ya has visto que sus funciones son diferentes (unos tienen que recoger basuras subidas en un camión, y las otras no) y su horario laboral también es distinto (unos tienen que estar disponibles a la hora del día o la noche que decida su jefe, y las otras no).

Por tanto no son el mismo trabajo, y tú lo sabes porque lo has leído.

Elsacodelcoco

#36 soy el tal Bou. ¿Tu argumento es que me equivoco porque técnicamente el Gobierno no es el legislador?

thorin

#37 No, mi argumento es el comentario 23.

Elsacodelcoco

#38 en el comentario que citas no aclaras en qué me equivoco. Solo dices que el boletín de igualdad no es una ley, pero yo tampoco digo en ningún momento que lo sea. Lo que sí es una ley es el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, al que la propia jueza dice ceñirse.

Te repito la pregunta: ¿en qué me equivoco?

thorin

#41 Penúltima frase de mi comentario.

Elsacodelcoco

#44 La jueza ha cogido ese criterio porque ha querido, ya que un boletín así del ejecutivo no es ley.

No es cierto. La propia juez dice que ha seguido los criterios establecidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que ya he mencionado en el comentario anterior.

thorin

#45 ¿En qué parte del Real Decreto está ese listado de 5 puntos?

Elsacodelcoco

#23 ¿tu argumento es que me equivoco porque técnicamente el Gobierno no es el legislador?

thorin

#35 No sé quién eres pero si te hace ilusión te puedo decir que te has equivocado.

Elsacodelcoco

#36 soy el tal Bou. ¿Tu argumento es que me equivoco porque técnicamente el Gobierno no es el legislador?

thorin

#37 No, mi argumento es el comentario 23.

Elsacodelcoco

#38 en el comentario que citas no aclaras en qué me equivoco. Solo dices que el boletín de igualdad no es una ley, pero yo tampoco digo en ningún momento que lo sea. Lo que sí es una ley es el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, al que la propia jueza dice ceñirse.

Te repito la pregunta: ¿en qué me equivoco?

thorin

#41 Penúltima frase de mi comentario.

Elsacodelcoco

#44 La jueza ha cogido ese criterio porque ha querido, ya que un boletín así del ejecutivo no es ley.

No es cierto. La propia juez dice que ha seguido los criterios establecidos en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que ya he mencionado en el comentario anterior.

Elsacodelcoco

#7 Supongo que quieres decir que la diferencia salarial estaba en el sueldo base, y no en un plus. ¿Cómo sabes que eso era así?

ElTioPaco

#34 porque hablan constantemente de equiparar sueldos por categoría profesional.

Eso significa que dos categorías similares tienen un sueldo base diferente. Y no paran de repetir que el sueldo de una es más alto que el de otra por la disposición y su trabajo nocturno.

Elsacodelcoco

#39 al contrario; en toda la sentencia no habla ni una sola vez de equiparar sueldos, sino de equiparar retribuciones. La única vez que se menciona la palabra "sueldo" es aquí:

"Cada Estado miembro garantizará la aplicación del principio de igualdad de retribuciónentre trabajadores y
trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igualvalor. Se entiende por retribución, a tenor del
presente artículo, el salario o sueldo normal de base o mínimo, y cualesquiera otras gratificaciones satisfechas,
directa o indirectamente, en dinero o en especie, por el empresario al trabajador en razón de la relación de
trabajo. La igualdad de retribución, sin discriminación por razón de sexo, significa: (...) b) que la retribución
establecida para un trabajo remunerado por unidad de tiempo es igual para un mismo puesto de trabajo.


Ya ves que lo que se debe equiparar no es el sueldo base, sino las retribuciones; las cuales incluyen no solo el sueldo base, sino también los pluses.

Y de hecho, al revisar el convenio más reciente que hay disponible para esa empresa, resulta que el 95% de la diferencia salarial no está en el sueldo base sino en el plus de asistencia; el cual era mayor para los basureros que para las barrenderas porque ellos tenían que acudir al trabajo a cualquier hora del día o la noche que decidiera su jefe, y ellas no.

ElTioPaco

#42 sigo sin ver el concepto del plus de nocturnidad, y tengo mis dudas de que ese plus de asistencia tenga algo que ver con el de disponibilidad (que no se cobra por trabajar más horas sino porque te cambien el horario arbitrariamente con poco preaviso) ese plus de asistencia suena al típico Plus abstracto, que lógicamente gracias a su abstracción se puede pelear con facilidad.

Ya te digo que si ellos tuvieran disponibilidad y nocturnidad, ellas con horario fijo y diurno, podrían haber rascado entre 0 y nada.

Pero el juez tiene razón, no cobran nocturnidad y su trabajo no requiere que se haga por la noche, así que es como si lo hicieran por el día.

Ahora bien, ellos también podrían denunciar a la empresa por eso.

Elsacodelcoco

#43 ¿entonces tu argumento ya no es que la culpa es de la empresa por pagarles extra en el sueldo base, sino que la culpa es de la empresa por ponerle al plus el nombre que no tocaba?

ElTioPaco

#46 el problema es de la empresa por no desglosar los salarios correctamente.

Desde un principio he dejado claro que todo esto se solucionaba aplicando el plus de nocturnidad, solo tienes que mirar mi primer post.

No es culpa de los empleados que el empleador sea subnormal, no lo ha sido nunca.

Elsacodelcoco

#15 lo que está animando (que no obligando) a los jueces a volverse feministas (que no feminazis) son los cursos de perspectiva de género.

Lo que hace la ley es obligarles a que apliquen esa perspectiva, previamente aprendida en los cursos.

B

#18 Lo que yo te he dicho, le das un curso a un tío que ha sacado una carrera y unas oposiciones a juez, un curso que ya sabemos que son y cómo se imparten estas cosas, más verbena y se vuelven feminazis.

Yo es que me imagino a estos jueces de derechas que te meten en la cárcel por hacer unos títeres dar un curso y desfilar junto a Irene montero el 8 de marzo

Idomeneo

#18 Hola. Creo que sería interesante si pudieras comentar en la otra noticia, donde además te mencionan:

Vamos a comprobar si la empresa Telde paga menos a mujeres que a hombres por el mismo trabajo/c23#c-23

Elsacodelcoco

#24 hecho, gracias.

Elsacodelcoco

#13 Echarle la creatividad que haga falta para beneficiar a las mujeres en el aspecto salarial.

B

#14 Vale, creía que estábamos hablando en serio, pues si la ley ordena a los jueces volverse feminazis desde que entro en vigor, literalmente el primer párrafo de la ley dice esto:

"Si eres juez/a y estás leyendo esto ahora eres une feminazi, EL PODER DE IRENE TE OBLIGA!!!"

Elsacodelcoco

#15 lo que está animando (que no obligando) a los jueces a volverse feministas (que no feminazis) son los cursos de perspectiva de género.

Lo que hace la ley es obligarles a que apliquen esa perspectiva, previamente aprendida en los cursos.

B

#18 Lo que yo te he dicho, le das un curso a un tío que ha sacado una carrera y unas oposiciones a juez, un curso que ya sabemos que son y cómo se imparten estas cosas, más verbena y se vuelven feminazis.

Yo es que me imagino a estos jueces de derechas que te meten en la cárcel por hacer unos títeres dar un curso y desfilar junto a Irene montero el 8 de marzo

Idomeneo

#18 Hola. Creo que sería interesante si pudieras comentar en la otra noticia, donde además te mencionan:

Vamos a comprobar si la empresa Telde paga menos a mujeres que a hombres por el mismo trabajo/c23#c-23

Elsacodelcoco

#24 hecho, gracias.