L

#26 Cuando no se tienen argumentos se utiliza la tangente...

ipanies

#28 No, si tenerlos los tengo, te doy una pista, en la Constitución tienes la clave, articulo 22.
El problema es que si inicias una conversación de esa forma, es difícil que tu interlocutor se anime al debate.

L

#30 Supongo que, además de soltar un artículo de la Constitución podrás extender algo más tu argumento... Por ejemplo, tirando de todos aquellos que tienen un contenido procesal. Y ya si eres un tipo amañado, con los de la LECrim.

ipanies

#31
LO 6/2002 en su artículo 10.2. “La disolución judicial de un partido será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes: a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal”.

Código Penal artículo 515
“Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: 1. Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión”.

Creo que a estas alturas ya hay evidencias mas que suficientes para que la fiscalía comenzase un proceso de disolución del PP. La razón por la que no se hace la desconozco, pero en mi opinión lo mejor para España, incluso para la derecha española seria ilegalizar el PP

Por cierto, soy mas apañado que amañado

L

#33 Apañado, cierto.
A ver si encuentras la diferencia: Asociación que tenga por objeto "X" - Asociación en la que algunos asociados aprovechan su membresía para cometer "X".
Y volvemos a las mismas... Pruébalo. Porque una cosa es lo que tu sentido común te dicte y otra lo que las pruebas materiales evidencian. Son cosas distintas.

ipanies

#38 Cierto, pero hay sentencias que afirman que la corrupción en el PP es sistemática desde su fundación y hay pruebas de financiación irregular de campañas electorales. Eso es para el bien del partido y de rebote de individuos particulares, pero principalmente son las siglas las que se han beneficiado de esa corrupción.

L

#39 ¿Puedes enlazar las sentencias? Hasta donde recuerdo, era considerado responsable civil o algo así. No está condenado penalmente... Pese a que el mantra se haya repetido hasta la saciedad.
Para aclarar: Dentro de un proceso penal se ventilan dos cosas: Las responsabilidades penales y las civiles, que son independientes. Un ejemplo puede ser un accidente de tráfico con resultado de muerte donde el responsable penal (en caso de haberlo) será el conductor y el civil (subsidiario) será la compañía aseguradora.

L

#41 goto #39

Vuelve a ser la misma respuesta. Si la concena es civil y no penal (porque no ha sido juzgado como responsable penal), no entiendo porqué buscas tu argumento entre las penas que contempla el código penal.

L

#4 Supongo que te falta lectura...
Para que tengas por donde empezar, te dejo un enlace a parte de sus obras:

https://dialnet.unirioja.es/servlet/autor?codigo=189833

L

#1 Supongo que un tipo inteligente y preparado como tú sabe que la ilegalización sólo puede aplicarse por las causas contempladas en la ley. Siendo así, dime, ¿por qué causa los ilegalizamos?

ipanies

#22 No, gracias, la condescendencia me repele.
Buenos días!

L

#26 Cuando no se tienen argumentos se utiliza la tangente...

ipanies

#28 No, si tenerlos los tengo, te doy una pista, en la Constitución tienes la clave, articulo 22.
El problema es que si inicias una conversación de esa forma, es difícil que tu interlocutor se anime al debate.

L

#30 Supongo que, además de soltar un artículo de la Constitución podrás extender algo más tu argumento... Por ejemplo, tirando de todos aquellos que tienen un contenido procesal. Y ya si eres un tipo amañado, con los de la LECrim.

ipanies

#31
LO 6/2002 en su artículo 10.2. “La disolución judicial de un partido será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes: a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal”.

Código Penal artículo 515
“Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: 1. Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión”.

Creo que a estas alturas ya hay evidencias mas que suficientes para que la fiscalía comenzase un proceso de disolución del PP. La razón por la que no se hace la desconozco, pero en mi opinión lo mejor para España, incluso para la derecha española seria ilegalizar el PP

Por cierto, soy mas apañado que amañado

L

#33 Apañado, cierto.
A ver si encuentras la diferencia: Asociación que tenga por objeto "X" - Asociación en la que algunos asociados aprovechan su membresía para cometer "X".
Y volvemos a las mismas... Pruébalo. Porque una cosa es lo que tu sentido común te dicte y otra lo que las pruebas materiales evidencian. Son cosas distintas.

L

#1 Supongo que estarás preparando las maletas para labrarte un futuro en un país que no sea una mierda, ¿no?

D

#8 La historia es que muchos de estos emigran a Alemania, donde las PYMES despiden gratis, donde tienen minijobs y su SMI cubre el 40% del sueldo medio (frente a nuestro "insuficiente" 55%), o a UK o Países Bajos con sus contratos de 0 horas, pero en las generales de España siguen votando a Podemos-ERC-CUP-BNG-Bildu.

D

#15 Esa relación no implica causalidad.