#98 No tiene por qué. Según el art. 13, 2b de esa misma ley " El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos b) Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita."
Luego se puede pedir un estado de alarma reforzado SIMPLEMENTE CON CONFINAMIENTO DOMICILIARIO pero con las garantías de las del de excepción.
#306 No, si el Gobierno no se "propasó" teniendo en sus manos instrumentos para ello. De hecho, ni siquiera considero que sea una cagada de nadie. Simplemente, sus servicios jurídicos (y aquí es donde hay que pegarle un capón a la Abogacía del Estado) evaluaron mal el procedimiento por el que declarar el confinamiento domiciliario. En la duda siempre hay que pasarse de garantista.
Pero es más un tema técnico-jurídico que político.