Menudotostón

Parece que alguien ha decidido hacer una llamada a Ayuso, la cuestión es quién, si Feijoo o alguno de sus amos (Florentino Pérez, Garanendi...). Que las elecciones están muy cerca... En todo caso, me alegro que la movilización ciudadana siga teniendo efectos en los ejecutivos. La lástima es que luego no tenga efectos electorales...

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

HyperBlad

#61 No es lo mismo donde no lo sean, jajaja. Yo donde he estado eran lo mismo, porque era lo que te daban, tal cual. Para compensar el exceso de horas te daban días de asuntos propios. A finales de año te mandaban un cálculo del año siguiente, con las horas y los días que correspondían por el exceso de jornada y los días de asuntos propios que correspondían.

Supongo que estaba así en el convenio, hace ya bastantes años y no lo recuerdo.

Menudotostón

#46 creo que estás confundiendo días de libre disposición o de asuntos propios, con días de exceso de jornada. Los primeros se regulan por convenio, mientras que los segundos es una cuestión de ajustar las horas que se echan al año para no sobrepasar las horas estipuladas en el convenio.

HyperBlad

#51 No los estoy confundiendo. En las empresas en las que he estado, los excesos de jornada se cuadraban dando días de asuntos propios.

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

HyperBlad

#61 No es lo mismo donde no lo sean, jajaja. Yo donde he estado eran lo mismo, porque era lo que te daban, tal cual. Para compensar el exceso de horas te daban días de asuntos propios. A finales de año te mandaban un cálculo del año siguiente, con las horas y los días que correspondían por el exceso de jornada y los días de asuntos propios que correspondían.

Supongo que estaba así en el convenio, hace ya bastantes años y no lo recuerdo.

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

Menudotostón

#42 no, pero es una cuestión que levanta asperezas desde hace muchos años, no es una cuestión que surgiera ayer y hoy estemos planteando cambiarla...

Menudotostón

#38 pero en lo que me estás diciendo ya hay una diferencia substancial con respecto a dejarlo morir por inercia.

frg

#40 Ahora se deja por cultura. No esperarás cambiarlo en un día.

Menudotostón

#42 no, pero es una cuestión que levanta asperezas desde hace muchos años, no es una cuestión que surgiera ayer y hoy estemos planteando cambiarla...

Menudotostón

#1 por lo general, en estos casos, a los que tienen contratos de 40h, se les compensan con días de exceso de jornada. Días que no siempre tienen los que trabajan a jornada parcial. Ya sólo con eso sube el porcentaje de la jornada de los que están a jornada parcial.

HyperBlad

#29 Pero es que los tienen que tener, exactamente los mismos que los de 40 h. Si a jornada completa hay exceso de horas, a media jornada hay, proporcionalmente, el mismo exceso de horas. Y a mí me extraña mucho que los de jornada completa tengan, por decir algo, 5 días de libre disposición al año y a los de media jornada les digan que nanay, y nadie se entere de nada.

Menudotostón

#46 creo que estás confundiendo días de libre disposición o de asuntos propios, con días de exceso de jornada. Los primeros se regulan por convenio, mientras que los segundos es una cuestión de ajustar las horas que se echan al año para no sobrepasar las horas estipuladas en el convenio.

HyperBlad

#51 No los estoy confundiendo. En las empresas en las que he estado, los excesos de jornada se cuadraban dando días de asuntos propios.

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

HyperBlad

#61 No es lo mismo donde no lo sean, jajaja. Yo donde he estado eran lo mismo, porque era lo que te daban, tal cual. Para compensar el exceso de horas te daban días de asuntos propios. A finales de año te mandaban un cálculo del año siguiente, con las horas y los días que correspondían por el exceso de jornada y los días de asuntos propios que correspondían.

Supongo que estaba así en el convenio, hace ya bastantes años y no lo recuerdo.

Menudotostón

#53 no es lo mismo, los días de asuntos propios puedes disponer de ellos casi a voluntad (te pueden poner limitaciones por convenio), sin embargo los días de exceso de jornada es la empresa la que los distribuye a voluntad, aunque puede llegar a acuerdos de calendario con el comité, si lo hay, o los trabajadores.

Menudotostón

#4 ya, esto es como la exhumación de Franco, que había que tragar con el discurso de que no era el momento para exhumarlo, porque no había tiempo ni dinero, mientras los curillas del lugar se llenaban los bolsillos con subvenciones estatales año tras año. Las cosas se hacen o no se hacen, pero esperar a que la tauromaquia muera por hastío es como esperar que el mercado realce la economía del pobre.

frg

#37 Pedir la abolición de los toros es complicado, pedir que no se subvencione es mucho más sencillo, y el resultado acaba siendo el mismo.

Menudotostón

#38 pero en lo que me estás diciendo ya hay una diferencia substancial con respecto a dejarlo morir por inercia.

frg

#40 Ahora se deja por cultura. No esperarás cambiarlo en un día.

Menudotostón

#42 no, pero es una cuestión que levanta asperezas desde hace muchos años, no es una cuestión que surgiera ayer y hoy estemos planteando cambiarla...

Menudotostón

#14 "cuando quieres creer en algo a toda costa, las simplificaciones son mas fáciles de digerir", y sin embargo aquí estás asegurando que "la mitad de los soldados en esas trincheras son ucranianos rusofonos". Te has contradicho con sólo tres líneas.