M

#131 Tienes razón, pero el tema se presta para preguntas más generales que me parecen más importantes, como por ejemplo: ¿es un delito negarse a darle el dni a un policía si éste no te explica los motivos? ¿Es un derecho del ciudadano el negarse cuando no recibe dicha explicación? Porque muchos piensan que es así. Mi posición es que en condiciones normales no debería haber problema de colaborar sin enrrollarse la vida pero dadas las circunstancias pareciera haber cada vez más una degradación en la relación y el concepto que tiene la ciudadanía de la policía, lo que me parece grave.

auroraboreal

#141 A mí también me parece grave, muy grave todo lo que he leído hoy. Y, la verdad es que me da miedo. Pero bueno, al grano, no sé de leyes y también me interesa el tema, por eso he buscaod en elabogado.com y he encontrado este hilo, copio la última respuesta (es una respuesta de un foro de derecho, pero es eso, un foro):


En cuanto a la obligación que tienen los ciudadanos de entregar su D.N.I. a la hora de ser identificados, puedo decir que existe. La negativa a facilitar el documento se puede considerar como una desobediencia leve a un Agente de la Autoridad recogida en la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana Art.26H
En ese momento el modo de actuar del Agente será de pedir al ciudadano que VOLUNTARIAMENTE le acompañe a las dependencias policiales más cercanas para ser identificado. En caso de que el ciudadano acepte se le traslada a las mismas, devolviéndolo posteriormente al lugar de donde se le condujo. En caso de que el ciudadano se niegue a ser trasladado a dependencias policiales puede estar incurriendo en un delito de desobediencia a Agente de la Autoridad en directa aplicación del ejercicio de sus funciones, por lo que puede ser detenido y trasladado a las dependencias oficiales correspondientes.
En estos casos en los que un Agente solicita la identificación a un ciudadano, lo mejor que puede hacer este es facilitar el mismo y simplemente preguntar el motivo por el que se le ha solicitado sin mas. Como han apuntado algunas personas en este foro, el D.N.I. es un documento intransferible y el depositario es el titular del mismo, pero eso no implica que no pueda entregarlo al Agente para que este simplemente le tome los datos a los efectos que sea, ya sea por una denuncia administrativa o simplemente para ser identificado en aplicación a la anteriormente citada Ley de Seguridad Ciudadana. En algunos casos puedo comprender que si ha mediado algún tipo de discusión por parte de Agente y ciudadano por cualquier motivo suela fastidiar entregar el D.N.I por que pueda sonar a represalia por parte del Agente, pero este hecho se ajusta a la legalidad y es la manera más rápida de acabar con el problema.
En todo caso si no se esta conforme con el motivo de la identificación siempre podemos solicitar el número de identificación del Agente en cuestión y poner una queja en la Unidad a la que pertenezca el mismo o una denuncia contra el mismo por el motivo que creamos conveniente como extralimitación en el ejercicio de sus funciones por ejemplo.
Espero haber aclarado algo al respecto en este tema. Un saludo




http://foros.derecho.com/showthread.php/42956-NEGATIVA-A-ENTREGAR-EL-DNI

M

#133 El tratar de degradar mi capacidad de comprensión y la forma cómo te vas de la discusión da mucho qué pensar, pero eso me importa un rábano. El fragmento que copié es muy claro, y dice que si la persona no puede ser identificada como mucho se le puede "instar" (que además busqué la palabra en drae para estar más seguro todavía) a acudir a la comisaría. E instar no es obligar. Sólo si es sospechosa de delito se le puede detener si no quiere mostrar su identificación.

No pretendo llevar la razón, es más, planteo el tema como una forma de aclarar una situación de la que yo mismo no estoy seguro pero trato de aclararme y por eso busco ir a las fuentes y busco una discusión sana. En ese asunto de las identificaciones no hay claridad porque todo el tiempo se ve en muchos ciudadanos esa actitud de pedir explicaciones a la autoridad de por qué actúan como actúan. Entonces si hay confusión no queda otra que irse a las leyes. Ahora, se me pueden haber escapado cosas, pero ni modo que me voy a leer la ley completa ni el código penal.

M

#123 Lo descontextualizas si omites ésto:

"No se altera, pues, el régimen vigente del instituto de la detención, que SOLO PODRÁ SEGUIR PRODUCIÉNDOSE CUANDO SE TRATE DE UN SOSPECHOSO de haber cometido un delito y no por la imposibilidad de identificación."

Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público? Porque según el policía sus motivos solo estaban dentro de su cabeza porque no los explicó. Me parece interesante aclarar estas cosas y sería bueno que alguien argumente cual delito cometió ella, y si es alteración del orden público, en qué consistió, porque como comprenderás la ley es estricta, tampoco lo puedes dejar, tal como escribiste a la consideración del policía (el policía "cree"), sino que se tiene que basar en algo y por toda la información que tenemos aparentemente ella no hizo nada. Eso es casi lo mismo que con Gorka Ramos, ¿cual fue su delito?.

auroraboreal

#130
Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público?

Solo sabemos lo que ella nos ha querido enseñar, a partir justo del punto en el que nos lo ha querido enseñar. Nos pone 10 segundos de silencio al inicio del video pero no nos pone los minutos anteriores, en el que se supone que, como mínimo le dijo que se identificara.
Yo no me fío de ella más que de él.

M

#131 Tienes razón, pero el tema se presta para preguntas más generales que me parecen más importantes, como por ejemplo: ¿es un delito negarse a darle el dni a un policía si éste no te explica los motivos? ¿Es un derecho del ciudadano el negarse cuando no recibe dicha explicación? Porque muchos piensan que es así. Mi posición es que en condiciones normales no debería haber problema de colaborar sin enrrollarse la vida pero dadas las circunstancias pareciera haber cada vez más una degradación en la relación y el concepto que tiene la ciudadanía de la policía, lo que me parece grave.

auroraboreal

#141 A mí también me parece grave, muy grave todo lo que he leído hoy. Y, la verdad es que me da miedo. Pero bueno, al grano, no sé de leyes y también me interesa el tema, por eso he buscaod en elabogado.com y he encontrado este hilo, copio la última respuesta (es una respuesta de un foro de derecho, pero es eso, un foro):


En cuanto a la obligación que tienen los ciudadanos de entregar su D.N.I. a la hora de ser identificados, puedo decir que existe. La negativa a facilitar el documento se puede considerar como una desobediencia leve a un Agente de la Autoridad recogida en la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana Art.26H
En ese momento el modo de actuar del Agente será de pedir al ciudadano que VOLUNTARIAMENTE le acompañe a las dependencias policiales más cercanas para ser identificado. En caso de que el ciudadano acepte se le traslada a las mismas, devolviéndolo posteriormente al lugar de donde se le condujo. En caso de que el ciudadano se niegue a ser trasladado a dependencias policiales puede estar incurriendo en un delito de desobediencia a Agente de la Autoridad en directa aplicación del ejercicio de sus funciones, por lo que puede ser detenido y trasladado a las dependencias oficiales correspondientes.
En estos casos en los que un Agente solicita la identificación a un ciudadano, lo mejor que puede hacer este es facilitar el mismo y simplemente preguntar el motivo por el que se le ha solicitado sin mas. Como han apuntado algunas personas en este foro, el D.N.I. es un documento intransferible y el depositario es el titular del mismo, pero eso no implica que no pueda entregarlo al Agente para que este simplemente le tome los datos a los efectos que sea, ya sea por una denuncia administrativa o simplemente para ser identificado en aplicación a la anteriormente citada Ley de Seguridad Ciudadana. En algunos casos puedo comprender que si ha mediado algún tipo de discusión por parte de Agente y ciudadano por cualquier motivo suela fastidiar entregar el D.N.I por que pueda sonar a represalia por parte del Agente, pero este hecho se ajusta a la legalidad y es la manera más rápida de acabar con el problema.
En todo caso si no se esta conforme con el motivo de la identificación siempre podemos solicitar el número de identificación del Agente en cuestión y poner una queja en la Unidad a la que pertenezca el mismo o una denuncia contra el mismo por el motivo que creamos conveniente como extralimitación en el ejercicio de sus funciones por ejemplo.
Espero haber aclarado algo al respecto en este tema. Un saludo




http://foros.derecho.com/showthread.php/42956-NEGATIVA-A-ENTREGAR-EL-DNI

D

#130 Tenemos que saber leer o al menos interpretar lo que leemos. Tú no te has identificado y la policia te detiene y te identifica en comisaria. Pues bien, según la ley esa detención solo podrá seguir produciéndose cuando se trate de un sospechoso., sino es así una vez identificado tienen que dejarte marchar.

Primero te identificas. Si al identificarte no eres sospechoso no pueden seguir reteniendote. Pero has de cumplir con el primer paso: identificarte...

Corto y cambio que algunos tenéis demasiado tiempo libre y no es mi caso.

M

#133 El tratar de degradar mi capacidad de comprensión y la forma cómo te vas de la discusión da mucho qué pensar, pero eso me importa un rábano. El fragmento que copié es muy claro, y dice que si la persona no puede ser identificada como mucho se le puede "instar" (que además busqué la palabra en drae para estar más seguro todavía) a acudir a la comisaría. E instar no es obligar. Sólo si es sospechosa de delito se le puede detener si no quiere mostrar su identificación.

No pretendo llevar la razón, es más, planteo el tema como una forma de aclarar una situación de la que yo mismo no estoy seguro pero trato de aclararme y por eso busco ir a las fuentes y busco una discusión sana. En ese asunto de las identificaciones no hay claridad porque todo el tiempo se ve en muchos ciudadanos esa actitud de pedir explicaciones a la autoridad de por qué actúan como actúan. Entonces si hay confusión no queda otra que irse a las leyes. Ahora, se me pueden haber escapado cosas, pero ni modo que me voy a leer la ley completa ni el código penal.

M

#120 Se me olvidó colocar la fuente de esa disposición: es del capítulo 3 de la Ley Orgánica 1/1992, del 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a9

M

#112 Fíjate en ésto:

Se regulan las condiciones en que los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que ello fuese necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que les corresponden, podrán requerir la identificación de las personas. Si no pudieran identificarse por cualquier medio, podrán ser instadas a acudir a una dependencia policial próxima a los solos efectos de la identificación. No se altera, pues, el régimen vigente del instituto de la detención, que solo podrá seguir produciéndose cuando se trate de un sospechoso de haber cometido un delito y no por la imposibilidad de identificación. Lo que se prevén son supuestos de resistencia o negativa infundada a la identificación, que tendrían las consecuencias que para tales infracciones derivan del Código Penal vigente.

Aquí pareciera entreverse que sólo obliga mostrar la identificación cuando la persona es sospechosa de haber cometido un delito, porque incluso si no es sospechosa y no puede ser identificada, la policía puede "Instar", que no es obligar, a acudir a una dependencia. Pero dado que la estaban obligando y casi se la llevan presa ¿cual delito cometió ella?. Supongo entonces que eso era a lo que ella se refería cuando decía "conozco mis derechos", es decir "tu tienes que decirme de qué me acusas para obligarme a que te muestre mi identificación".

M

#120 Se me olvidó colocar la fuente de esa disposición: es del capítulo 3 de la Ley Orgánica 1/1992, del 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a9

D

#120 La policia cree que alguien puede estar alterando el orden público y decide pedirle la identificación. Y punto pelota. Podemos acudir a un juez a posteriori si creemos que se ha violado alguno de nuestros derechos, pero el dni hay que sacarlo o ir a comisaría a identificarse. Y en caso de no hacerlo se aplica lo siguiente:

4. En los casos de resistencia o negativa a identificarse o a realizar voluntariamente las comprobaciones o practicas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En todo caso solo un juez a posteriori podría decidir si el Policia tenía razón o no para pedir la identificación, pero no podemos decidir eso nosotros, porque sino sería un cachondeo y nadie la enseñaría.

M

#123 Lo descontextualizas si omites ésto:

"No se altera, pues, el régimen vigente del instituto de la detención, que SOLO PODRÁ SEGUIR PRODUCIÉNDOSE CUANDO SE TRATE DE UN SOSPECHOSO de haber cometido un delito y no por la imposibilidad de identificación."

Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público? Porque según el policía sus motivos solo estaban dentro de su cabeza porque no los explicó. Me parece interesante aclarar estas cosas y sería bueno que alguien argumente cual delito cometió ella, y si es alteración del orden público, en qué consistió, porque como comprenderás la ley es estricta, tampoco lo puedes dejar, tal como escribiste a la consideración del policía (el policía "cree"), sino que se tiene que basar en algo y por toda la información que tenemos aparentemente ella no hizo nada. Eso es casi lo mismo que con Gorka Ramos, ¿cual fue su delito?.

auroraboreal

#130
Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público?

Solo sabemos lo que ella nos ha querido enseñar, a partir justo del punto en el que nos lo ha querido enseñar. Nos pone 10 segundos de silencio al inicio del video pero no nos pone los minutos anteriores, en el que se supone que, como mínimo le dijo que se identificara.
Yo no me fío de ella más que de él.

M

#131 Tienes razón, pero el tema se presta para preguntas más generales que me parecen más importantes, como por ejemplo: ¿es un delito negarse a darle el dni a un policía si éste no te explica los motivos? ¿Es un derecho del ciudadano el negarse cuando no recibe dicha explicación? Porque muchos piensan que es así. Mi posición es que en condiciones normales no debería haber problema de colaborar sin enrrollarse la vida pero dadas las circunstancias pareciera haber cada vez más una degradación en la relación y el concepto que tiene la ciudadanía de la policía, lo que me parece grave.

auroraboreal

#141 A mí también me parece grave, muy grave todo lo que he leído hoy. Y, la verdad es que me da miedo. Pero bueno, al grano, no sé de leyes y también me interesa el tema, por eso he buscaod en elabogado.com y he encontrado este hilo, copio la última respuesta (es una respuesta de un foro de derecho, pero es eso, un foro):


En cuanto a la obligación que tienen los ciudadanos de entregar su D.N.I. a la hora de ser identificados, puedo decir que existe. La negativa a facilitar el documento se puede considerar como una desobediencia leve a un Agente de la Autoridad recogida en la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana Art.26H
En ese momento el modo de actuar del Agente será de pedir al ciudadano que VOLUNTARIAMENTE le acompañe a las dependencias policiales más cercanas para ser identificado. En caso de que el ciudadano acepte se le traslada a las mismas, devolviéndolo posteriormente al lugar de donde se le condujo. En caso de que el ciudadano se niegue a ser trasladado a dependencias policiales puede estar incurriendo en un delito de desobediencia a Agente de la Autoridad en directa aplicación del ejercicio de sus funciones, por lo que puede ser detenido y trasladado a las dependencias oficiales correspondientes.
En estos casos en los que un Agente solicita la identificación a un ciudadano, lo mejor que puede hacer este es facilitar el mismo y simplemente preguntar el motivo por el que se le ha solicitado sin mas. Como han apuntado algunas personas en este foro, el D.N.I. es un documento intransferible y el depositario es el titular del mismo, pero eso no implica que no pueda entregarlo al Agente para que este simplemente le tome los datos a los efectos que sea, ya sea por una denuncia administrativa o simplemente para ser identificado en aplicación a la anteriormente citada Ley de Seguridad Ciudadana. En algunos casos puedo comprender que si ha mediado algún tipo de discusión por parte de Agente y ciudadano por cualquier motivo suela fastidiar entregar el D.N.I por que pueda sonar a represalia por parte del Agente, pero este hecho se ajusta a la legalidad y es la manera más rápida de acabar con el problema.
En todo caso si no se esta conforme con el motivo de la identificación siempre podemos solicitar el número de identificación del Agente en cuestión y poner una queja en la Unidad a la que pertenezca el mismo o una denuncia contra el mismo por el motivo que creamos conveniente como extralimitación en el ejercicio de sus funciones por ejemplo.
Espero haber aclarado algo al respecto en este tema. Un saludo




http://foros.derecho.com/showthread.php/42956-NEGATIVA-A-ENTREGAR-EL-DNI

D

#130 Tenemos que saber leer o al menos interpretar lo que leemos. Tú no te has identificado y la policia te detiene y te identifica en comisaria. Pues bien, según la ley esa detención solo podrá seguir produciéndose cuando se trate de un sospechoso., sino es así una vez identificado tienen que dejarte marchar.

Primero te identificas. Si al identificarte no eres sospechoso no pueden seguir reteniendote. Pero has de cumplir con el primer paso: identificarte...

Corto y cambio que algunos tenéis demasiado tiempo libre y no es mi caso.

M

#133 El tratar de degradar mi capacidad de comprensión y la forma cómo te vas de la discusión da mucho qué pensar, pero eso me importa un rábano. El fragmento que copié es muy claro, y dice que si la persona no puede ser identificada como mucho se le puede "instar" (que además busqué la palabra en drae para estar más seguro todavía) a acudir a la comisaría. E instar no es obligar. Sólo si es sospechosa de delito se le puede detener si no quiere mostrar su identificación.

No pretendo llevar la razón, es más, planteo el tema como una forma de aclarar una situación de la que yo mismo no estoy seguro pero trato de aclararme y por eso busco ir a las fuentes y busco una discusión sana. En ese asunto de las identificaciones no hay claridad porque todo el tiempo se ve en muchos ciudadanos esa actitud de pedir explicaciones a la autoridad de por qué actúan como actúan. Entonces si hay confusión no queda otra que irse a las leyes. Ahora, se me pueden haber escapado cosas, pero ni modo que me voy a leer la ley completa ni el código penal.

M

#99 Ya que quieres saber en qué medio trabaja, ella no trabaja en un medio fijo pero ha publicado en varios como El País y Público. Aquí puedes corroborar todos sus artículos directamente de las fuentes:

http://www.patriciahorrillo.com/02_trabajos_periodismo.htm

Ahora, sobre tu comentario de que la ley marca el deber de identificarse con DNI a la policía, no entiendo por qué ella se niega y dice "conozco mis derechos" y exige explicaciones. ¿Quien tiene la razón y exactamente cual ley dice una cosa u otra? Porque se dicen tantas cosas que vamos a tener que terminar yendo a ver las leyes y leer los artículos por nosotros mismos para poder decirle a la policía "según el artículo tal" o por el contrario, callarnos la boca y darte la razón.

D

#104 goto #102
El último trabajo que hizo para El Pais data de verano de 2009. En realidad son todos de ese verano. Por cierto, echa un vistazo a esto:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a20

M

#112 Fíjate en ésto:

Se regulan las condiciones en que los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que ello fuese necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que les corresponden, podrán requerir la identificación de las personas. Si no pudieran identificarse por cualquier medio, podrán ser instadas a acudir a una dependencia policial próxima a los solos efectos de la identificación. No se altera, pues, el régimen vigente del instituto de la detención, que solo podrá seguir produciéndose cuando se trate de un sospechoso de haber cometido un delito y no por la imposibilidad de identificación. Lo que se prevén son supuestos de resistencia o negativa infundada a la identificación, que tendrían las consecuencias que para tales infracciones derivan del Código Penal vigente.

Aquí pareciera entreverse que sólo obliga mostrar la identificación cuando la persona es sospechosa de haber cometido un delito, porque incluso si no es sospechosa y no puede ser identificada, la policía puede "Instar", que no es obligar, a acudir a una dependencia. Pero dado que la estaban obligando y casi se la llevan presa ¿cual delito cometió ella?. Supongo entonces que eso era a lo que ella se refería cuando decía "conozco mis derechos", es decir "tu tienes que decirme de qué me acusas para obligarme a que te muestre mi identificación".

M

#120 Se me olvidó colocar la fuente de esa disposición: es del capítulo 3 de la Ley Orgánica 1/1992, del 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a9

D

#120 La policia cree que alguien puede estar alterando el orden público y decide pedirle la identificación. Y punto pelota. Podemos acudir a un juez a posteriori si creemos que se ha violado alguno de nuestros derechos, pero el dni hay que sacarlo o ir a comisaría a identificarse. Y en caso de no hacerlo se aplica lo siguiente:

4. En los casos de resistencia o negativa a identificarse o a realizar voluntariamente las comprobaciones o practicas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En todo caso solo un juez a posteriori podría decidir si el Policia tenía razón o no para pedir la identificación, pero no podemos decidir eso nosotros, porque sino sería un cachondeo y nadie la enseñaría.

M

#123 Lo descontextualizas si omites ésto:

"No se altera, pues, el régimen vigente del instituto de la detención, que SOLO PODRÁ SEGUIR PRODUCIÉNDOSE CUANDO SE TRATE DE UN SOSPECHOSO de haber cometido un delito y no por la imposibilidad de identificación."

Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público? Porque según el policía sus motivos solo estaban dentro de su cabeza porque no los explicó. Me parece interesante aclarar estas cosas y sería bueno que alguien argumente cual delito cometió ella, y si es alteración del orden público, en qué consistió, porque como comprenderás la ley es estricta, tampoco lo puedes dejar, tal como escribiste a la consideración del policía (el policía "cree"), sino que se tiene que basar en algo y por toda la información que tenemos aparentemente ella no hizo nada. Eso es casi lo mismo que con Gorka Ramos, ¿cual fue su delito?.

auroraboreal

#130
Entonces vuelvo a preguntar: ¿qué delito cometió ella? Según tu ¿alteración del orden público?

Solo sabemos lo que ella nos ha querido enseñar, a partir justo del punto en el que nos lo ha querido enseñar. Nos pone 10 segundos de silencio al inicio del video pero no nos pone los minutos anteriores, en el que se supone que, como mínimo le dijo que se identificara.
Yo no me fío de ella más que de él.

M

#131 Tienes razón, pero el tema se presta para preguntas más generales que me parecen más importantes, como por ejemplo: ¿es un delito negarse a darle el dni a un policía si éste no te explica los motivos? ¿Es un derecho del ciudadano el negarse cuando no recibe dicha explicación? Porque muchos piensan que es así. Mi posición es que en condiciones normales no debería haber problema de colaborar sin enrrollarse la vida pero dadas las circunstancias pareciera haber cada vez más una degradación en la relación y el concepto que tiene la ciudadanía de la policía, lo que me parece grave.

D

#130 Tenemos que saber leer o al menos interpretar lo que leemos. Tú no te has identificado y la policia te detiene y te identifica en comisaria. Pues bien, según la ley esa detención solo podrá seguir produciéndose cuando se trate de un sospechoso., sino es así una vez identificado tienen que dejarte marchar.

Primero te identificas. Si al identificarte no eres sospechoso no pueden seguir reteniendote. Pero has de cumplir con el primer paso: identificarte...

Corto y cambio que algunos tenéis demasiado tiempo libre y no es mi caso.

M

#133 El tratar de degradar mi capacidad de comprensión y la forma cómo te vas de la discusión da mucho qué pensar, pero eso me importa un rábano. El fragmento que copié es muy claro, y dice que si la persona no puede ser identificada como mucho se le puede "instar" (que además busqué la palabra en drae para estar más seguro todavía) a acudir a la comisaría. E instar no es obligar. Sólo si es sospechosa de delito se le puede detener si no quiere mostrar su identificación.

No pretendo llevar la razón, es más, planteo el tema como una forma de aclarar una situación de la que yo mismo no estoy seguro pero trato de aclararme y por eso busco ir a las fuentes y busco una discusión sana. En ese asunto de las identificaciones no hay claridad porque todo el tiempo se ve en muchos ciudadanos esa actitud de pedir explicaciones a la autoridad de por qué actúan como actúan. Entonces si hay confusión no queda otra que irse a las leyes. Ahora, se me pueden haber escapado cosas, pero ni modo que me voy a leer la ley completa ni el código penal.

M

#83 Yo no creo que sea falso. Si te fijas en su twitter está la dirección de su blog, que lo tiene desde el 2007 y donde se identifica como periodista y la verdad no creo que alguien que aparece tan públicamente se atreva a hacer un fake con la policía si su argumento es que la policía reprime y viola tus derechos. Sin embargo, me parece que estuvo mal hecho del policía haberle quitado la acreditación (que ella misma dice que era falsa porque no trabaja para un medio de comunicación pero eso no quita que sea periodista), pero para aquellos que hablan de violencia policial, bueno, el tío es bien patán pero para mi violento, lo que se dice violento, no. Al final ni siquiera se la llevaron presa y eso que ella estuvo también bien alzada. Cuando gane el PP las elecciones ahí sí vamos a ver que va a pasar porque posiblemente la represión y la violencia sí sean de verdad verdad y comentarios como los de esta periodista nos parecerán burdos melodramas.

M

¿A alguien más le sale el contador de youtube en 0 reproducciones para ese video? Si ya hay como 7 páginas de comentarios allí, no lo entiendo...

M

Bueno, ahora muchos dicen que el sistema no aguanta más. Sin embargo eso puede crear la ilusión que todo va a converger hacia una nueva solución consensuada una vez que se de el estallido. Creo que el verdadero problema va a venir luego que este sistema haya estallado y nadie se pueda poner de acuerdo con la solución.

M

Yo he notado en las últimas semanas cómo ha decaido la presencia del 15M en los medios, casi como si no existiera y hoy me encuentro con dos artículos de por si contradictorios, este de Público, y este de la BBC que habla de desgaste:

http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2011/08/110811_anti_indignados_espana_aa.shtml

Para mi el verdadero 15M está en las calles y no en los medios, cada quien lo está interpretando como quiere, pero las intensas vivencias transformadoras que miles de personas han tenido, bien sea en los días iniciales, o en las comisiones de barrios, en los deshaucios o en las caminatas son imborrables. El 15M se entiende y se vive mejor desde dentro, cambiando las conciencias de quienes participan en el, no de los que lo observan. Lo que si es seguro es que si le PP gana, el 15M no sólo será completamente borrado y descalificado de todos los medios, sino que la represión será inmisericorde. Los que dicen que el PSOE y el PP son lo mismo (el PPSOE) pues eso depende de en qué, porque de seguro si gana el PP se verán gestos y reacciones que hasta ahora no se han visto ni se ha pensado que podrían verse.