Saturniano

#41 #9 #2 No tiene consentimiento toda vez que el supuesto consentimiento ha sido dado por error y ha sido obtenido mediante dolo.

Artículo 1265 del Código Civil:
Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo.

oso_69

#132 ¿Se podría aplicar el Código Civil a un delito penal, o sólo serviría para una demanda civil, es decir, para solicitar una indemnización?

iletrado

#160 No se puede aplicar el Código Civil a un delito penal.

D

#132 Entonces, ¿ qué opinas de #202 ?

iletrado

#132 creo que confundes dolo con engaño, lo que me hace ver que de derecho vas justo, eso y que te traigas normas de derecho civil para enjuiciar delitos

Dunnotheman

#20 #24 https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/13205-el-juzgado-de-lo-penal-nordm;1-de-granada-condena-a-juana-rivas-a-5-anos-de-prision-por-sustraccion-de-menores/

Luego se la rebajaron no? Ahora esto. Poco a poco, para que no se enfurezcan los papis que han sido privados de ver a sus hijos por el mero hecho del enfado de su expareja.

powernergia

#112 Yo hablo de la condena final, que es lo que cuenta.

En tus suposiciones jurídicas personales no entro.

Dunnotheman

#119 Que rebajaron la condena es un hecho o no? La suposiciones son mías efectivamente.