al_tanteo

Nada nuevo en el horizonte... Ni en el vídeo.

al_tanteo

Como en todos los países hay de todo.
La pena que los rumanos trabajadores se van de España por falta de trabajo y se quedan los que roban y dan mala fama al colectivo porque en este país hay menos trabas legales y es más fácil delinquir que trabajar.-

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

D

#217 >argumentos te he dado de sobra.

No. Has dado opiniones, ni fuentes, ni argumentos que respalden lo que dices ni nada. Cuando no afirmas absolutas insensateces para nuestro sistema judicial español -aclaradas por que lo son en mis enlaces específicos- demostrado tu desconocimiento del tema del que intentas hablar, y que si no tratas de ignorar porque no tienes respuesta.
Tu eres el que tiene que demostrar aun lo que dices.
Por mucho que continúes en tu circular justificacion sigues sin explicar -porque no puedes- el motivo de la carencia de la peticion formal y legal de esos datos, porque de existir estos se habrian aportado, y no habrían tenido que irse sin ellos.
Este intento de interpretar algo como legal cuando no lo es, sobra a partir de ese momento...

Puedes definir 20 veces -incluso recurriendo a la pareja habitual de funcionarios en un atestado con investigacion abierta QUE RESPONDEN APROCEDIMIENTO ABIERTO ANTE UNA INFRACCION ABIERTA EN EL JUZGADO, COSA QUE AQUI NO SE HA HECHO que recaba información- y que en este caso, sin orden, sin la adecuada identificación y sin juez que les respaldara en sus actuaciones por detrás.

Aporta esa informacion, caso, juez, quienes , porque no se identifican como tales, copia a los familiares - tiene que estar informados,etc...;)
NO TIENES NI TENDRAS EXPLICACION ya que, como has podido ver, la informacion medica es informacion personal de especial protección.

Asi que,a partir de ahí, sigue enlodandote

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

#214 ya ni te leo... Pati la perra gorda... Que no tienes ni puta idea habogado paso de discutir contigo. No me has rebatido ni desmontado nada... Repasa un pelin la lecri. Venga con dios. Estas preparado/a para ir a sede judicial y encima te dedicas a vitarme negativo...

D

#215 Que si, que si, hala, cuando tengas argumentos, nos cuentas... y a llorar a la via...
ciaooo;)

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

D

#217 >argumentos te he dado de sobra.

No. Has dado opiniones, ni fuentes, ni argumentos que respalden lo que dices ni nada. Cuando no afirmas absolutas insensateces para nuestro sistema judicial español -aclaradas por que lo son en mis enlaces específicos- demostrado tu desconocimiento del tema del que intentas hablar, y que si no tratas de ignorar porque no tienes respuesta.
Tu eres el que tiene que demostrar aun lo que dices.
Por mucho que continúes en tu circular justificacion sigues sin explicar -porque no puedes- el motivo de la carencia de la peticion formal y legal de esos datos, porque de existir estos se habrian aportado, y no habrían tenido que irse sin ellos.
Este intento de interpretar algo como legal cuando no lo es, sobra a partir de ese momento...

Puedes definir 20 veces -incluso recurriendo a la pareja habitual de funcionarios en un atestado con investigacion abierta QUE RESPONDEN APROCEDIMIENTO ABIERTO ANTE UNA INFRACCION ABIERTA EN EL JUZGADO, COSA QUE AQUI NO SE HA HECHO que recaba información- y que en este caso, sin orden, sin la adecuada identificación y sin juez que les respaldara en sus actuaciones por detrás.

Aporta esa informacion, caso, juez, quienes , porque no se identifican como tales, copia a los familiares - tiene que estar informados,etc...;)
NO TIENES NI TENDRAS EXPLICACION ya que, como has podido ver, la informacion medica es informacion personal de especial protección.

Asi que,a partir de ahí, sigue enlodandote

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

#212 Primero aprende a construir frases y expresiones y luego te pasas por aquí. Habogado/a.
"¿sabes que puedes encontrar esa misma información en cualquier medio y quedar AUN MAS en ridículo?" eso es lo que haces tu, encontrar info en cualquier medio y darla por válida.
"¿sabes que medios o publicaciones acreditadas son para facilitar su aceso a un evento especifico?" el BOE suele publicar legislación, CP, LECri, etc... Una web no es una publicación acreditada.
"Sabes lo que haces el ridiculo?" esto no tiene sentido.
Lo dicho... Para mi no hay presiones de ningún tipo y menos apropiaciones indebidas.... Ni por asomo amenazas, coacciones, pero bueno si tu como fiscal de pandereta lo ves así te vuelvo a recomendar acudir a un juzgado.

D

#213 Ya ;), sige tirando para adelante o despistando del tema, o intentando llamar a la anécdota, pero del tema a parte de repetir lo que decías al principio - y que ya ha sido desmontado con argumentos- nada de nada.
Y si, uso periódicos-y no solo-: se llama citar fuentes, entre ellas un articulo de la costitucion y varias sentencias firmes. sOLO QUIENES MIENTEN NI QUIEREN NI PUEDEN.
TU NI UNA, NO PUEDES

Yo, por ejemplo, toma, otra en la jeta, un uso cualquiera - primera busqueda en google en el mismisimo B.O.E. del termino quue en yu mundo de piruleta no existe :
http://www.boe.es/buscar/pdf/1912/BOE-A-1912-1123-consolidado.pdf

En caso de flagrante delito que lleve consigo pena aflictiva, podrá el Juez instructor acordar desde luego la detención del delincuente, dando inmediata cuenta ...

lolXDXDXDX ZAS, EN TODA LA BOCA¡¡

Solo te has dedicado a repetir lo mismo, pero sin una fuente ni un argumento, ni siquiera rebatir racionalmente con argumentos lo que dices, que ya ha sido desmentido.

>Lo dicho... Para mi

Ya lo sabemos, para ti te dan igual las fuentes, lo que diga la ley, su falta de legalidad absoluta para pedir esos datos - arriba pone lo que dice la ley muy claro- , y que acudieron alli a presionar SABIENDO POR SU FORMACION OBLIGATORIAMENTE que no eran legal ni podian pedirla ¿a que iban? Nos queda muy claros, excepto a ti que tenias claro lo que querias creer desde el principio..al resto, dejanos usar nuestra inteligencia

Solo quedas en evidencia...hala , lo dicho, regresa a la escuela...Y GRACIAS POR DEJAR TU OPINION y a ti mismo a la altura drl betun...

Un saludito

al_tanteo

#214 ya ni te leo... Pati la perra gorda... Que no tienes ni puta idea habogado paso de discutir contigo. No me has rebatido ni desmontado nada... Repasa un pelin la lecri. Venga con dios. Estas preparado/a para ir a sede judicial y encima te dedicas a vitarme negativo...

D

#215 Que si, que si, hala, cuando tengas argumentos, nos cuentas... y a llorar a la via...
ciaooo;)

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

D

#217 >argumentos te he dado de sobra.

No. Has dado opiniones, ni fuentes, ni argumentos que respalden lo que dices ni nada. Cuando no afirmas absolutas insensateces para nuestro sistema judicial español -aclaradas por que lo son en mis enlaces específicos- demostrado tu desconocimiento del tema del que intentas hablar, y que si no tratas de ignorar porque no tienes respuesta.
Tu eres el que tiene que demostrar aun lo que dices.
Por mucho que continúes en tu circular justificacion sigues sin explicar -porque no puedes- el motivo de la carencia de la peticion formal y legal de esos datos, porque de existir estos se habrian aportado, y no habrían tenido que irse sin ellos.
Este intento de interpretar algo como legal cuando no lo es, sobra a partir de ese momento...

Puedes definir 20 veces -incluso recurriendo a la pareja habitual de funcionarios en un atestado con investigacion abierta QUE RESPONDEN APROCEDIMIENTO ABIERTO ANTE UNA INFRACCION ABIERTA EN EL JUZGADO, COSA QUE AQUI NO SE HA HECHO que recaba información- y que en este caso, sin orden, sin la adecuada identificación y sin juez que les respaldara en sus actuaciones por detrás.

Aporta esa informacion, caso, juez, quienes , porque no se identifican como tales, copia a los familiares - tiene que estar informados,etc...;)
NO TIENES NI TENDRAS EXPLICACION ya que, como has podido ver, la informacion medica es informacion personal de especial protección.

Asi que,a partir de ahí, sigue enlodandote

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

Un lugar precioso en el que mas de uno se ha partido la crisma por sacarse una foto encima del bufón y eso que hay cartelicos que advierten del peligro. Guardo muy buenos recuerdos del oriente de Asturias.

al_tanteo

#130 Los han secuestrado en España y liberedo en Marruecos... Ironias de la vida...

al_tanteo

#210 más libros y menos prensa... Sabes lo que son publicaciones acreditadas... Pues eso.

D

#211 Mas argumentos y menos chorradas, ¿sabes que puedes encontrar esa misma información en cualquier medio y quedar AUN MAS en ridículo? lolXDXD¿sabes que medios o publicaciones acreditadas son para facilitar su aceso a un evento especifico? (mirate la R.A.E. anda, sueltachorradas)
Sabes lo que haces el ridiculo?... Pues eso.;)

al_tanteo

#212 Primero aprende a construir frases y expresiones y luego te pasas por aquí. Habogado/a.
"¿sabes que puedes encontrar esa misma información en cualquier medio y quedar AUN MAS en ridículo?" eso es lo que haces tu, encontrar info en cualquier medio y darla por válida.
"¿sabes que medios o publicaciones acreditadas son para facilitar su aceso a un evento especifico?" el BOE suele publicar legislación, CP, LECri, etc... Una web no es una publicación acreditada.
"Sabes lo que haces el ridiculo?" esto no tiene sentido.
Lo dicho... Para mi no hay presiones de ningún tipo y menos apropiaciones indebidas.... Ni por asomo amenazas, coacciones, pero bueno si tu como fiscal de pandereta lo ves así te vuelvo a recomendar acudir a un juzgado.

D

#213 Ya ;), sige tirando para adelante o despistando del tema, o intentando llamar a la anécdota, pero del tema a parte de repetir lo que decías al principio - y que ya ha sido desmontado con argumentos- nada de nada.
Y si, uso periódicos-y no solo-: se llama citar fuentes, entre ellas un articulo de la costitucion y varias sentencias firmes. sOLO QUIENES MIENTEN NI QUIEREN NI PUEDEN.
TU NI UNA, NO PUEDES

Yo, por ejemplo, toma, otra en la jeta, un uso cualquiera - primera busqueda en google en el mismisimo B.O.E. del termino quue en yu mundo de piruleta no existe :
http://www.boe.es/buscar/pdf/1912/BOE-A-1912-1123-consolidado.pdf

En caso de flagrante delito que lleve consigo pena aflictiva, podrá el Juez instructor acordar desde luego la detención del delincuente, dando inmediata cuenta ...

lolXDXDXDX ZAS, EN TODA LA BOCA¡¡

Solo te has dedicado a repetir lo mismo, pero sin una fuente ni un argumento, ni siquiera rebatir racionalmente con argumentos lo que dices, que ya ha sido desmentido.

>Lo dicho... Para mi

Ya lo sabemos, para ti te dan igual las fuentes, lo que diga la ley, su falta de legalidad absoluta para pedir esos datos - arriba pone lo que dice la ley muy claro- , y que acudieron alli a presionar SABIENDO POR SU FORMACION OBLIGATORIAMENTE que no eran legal ni podian pedirla ¿a que iban? Nos queda muy claros, excepto a ti que tenias claro lo que querias creer desde el principio..al resto, dejanos usar nuestra inteligencia

Solo quedas en evidencia...hala , lo dicho, regresa a la escuela...Y GRACIAS POR DEJAR TU OPINION y a ti mismo a la altura drl betun...

Un saludito

al_tanteo

#214 ya ni te leo... Pati la perra gorda... Que no tienes ni puta idea habogado paso de discutir contigo. No me has rebatido ni desmontado nada... Repasa un pelin la lecri. Venga con dios. Estas preparado/a para ir a sede judicial y encima te dedicas a vitarme negativo...

D

#215 Que si, que si, hala, cuando tengas argumentos, nos cuentas... y a llorar a la via...
ciaooo;)

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

al_tanteo

#207

"""Unas lineas mas arriba se puede leer en un comentario tuyo a relación de exactamente esto mismo:

>En todo caso seria un delito contra la intimidad. Desde mi punto de vista tampoco >lo es""""
Que la policía solicita una información a la que legalmente puede y debe acceder lo es apropiarse de nada... en serio no se que tipo de problemas de comprensión tienes.. pero háztelo mirar

"""Y en cuanto a 1:

>A ver alma de cántaro... Cualquier policía no, SÍ el instructor de las >actuaciones/diligencias/atestado o persona designada por el mismo.

Te estamos viendo ¿lo único que puedes hacer es intentar ignorar la parte en la que digo que deben identificarse como y tal y aportar la orden del juez?...cosa que en este caso no han hecho, POR QUE NO LA TENIAN."""

El instructor de las actuaciones... no el JUEZ INSTRUCTOR... el instructor de las actuaciones será un policía normalmente de una graduación superior que coordina y presenta la investigación al juez y a fiscalía....
Normalmente tanto la fiscalía como el juez van a pedir al instructor que realice lo necesario para el esclarecimiento de los hechos... Te repito para pedir eso no le hace falta una orden judicial... lo pide y punto... si los médicos no quieren facilitar los datos que lo expongan por escrito motivado y al juez...

Luego tienes los santos cojones de decir que has estudiado derecho... tu has estudiado torcido
Peor que los niños chicos... tiene toda la razón expertomilitar

D

#209
>Que la policía solicita una información a la que legalmente puede y debe acceder lo es apropiarse de nada...

Repitamos lo que intentas ignorar quedando en evidencia: Un policia no puede solicitar ninguna informacion personal -excepto el dni- ni debe hacerlo, es delito. ES UN JUEZ QUIEN PUEDE SOLICITARLA y enviar a un policia ha RECABARLA (EN SI MISMO RECOGERLA) con su pertinente PETICION JUDICIAL que estos NO TENIAN

Queda demostrado que tratas de ignorar esto por que no te interesa: tu mismo te pones en tu sitio, a la vista esta...


>El instructor de las actuaciones... no el JUEZ INSTRUCTOR... el instructor de las >actuaciones será un policía normalmente de una graduación superior >

Tu eres del grupo de los muy muy listos seguuuro lolXDXD
Esto tengo que publicarlo...
Ya me imagino la escena en tu mundo :"¡¡venga chavales, irme a buscar la informacion medica de tal o cual politico, a ver que sacais¡¡XDXDXD SAl de tu mundo de torrente, anda...

El policia no instruye NADA, cumple ordenes y la legalidad vigente, y si en el ejercicio de sus funciones, CUMPLIENDO ORDENES EXPLICITAS DE INVESTIGAR UN CASO -lo que no se da aqui- , REQUIERE EXAMINAR INFORMACIÓN PERSONAL - debe solicitar a juez que instruye el caso -en este caso el posible exceso o abuso contra esta señora- que se lo autorize con una orden ESPECIFICA PARA LA INFORMACIÓN O MEDIO, ya que esta afectando a derechos fundamentales recogidos en nuestra constitucion.


¿referencias de esto? Abajo las tienes.

Por cierto, lo de que no sabes que el juez de un caso ES EL JUEZ INSTRUCTOR, Y SE LLAMA ASI, ES DE PARVULOS, eres el unico en tu mundo infantil que no lo sabe, pero si lees un poquito, lo desbridaras..ejemplos, no es difícil:

El juez instructor de la causa, José Castro, resolverá esta petición en los próximos días, aunque fuentes jurídicas han señalado que tiene muchas posibilidades de prosperar.
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/entidad-impulsada-julio-anguita-solicita-personarse-acusacion-popular-caso-noos-3039849

al_tanteo

#210 más libros y menos prensa... Sabes lo que son publicaciones acreditadas... Pues eso.

D

#211 Mas argumentos y menos chorradas, ¿sabes que puedes encontrar esa misma información en cualquier medio y quedar AUN MAS en ridículo? lolXDXD¿sabes que medios o publicaciones acreditadas son para facilitar su aceso a un evento especifico? (mirate la R.A.E. anda, sueltachorradas)
Sabes lo que haces el ridiculo?... Pues eso.;)

al_tanteo

#212 Primero aprende a construir frases y expresiones y luego te pasas por aquí. Habogado/a.
"¿sabes que puedes encontrar esa misma información en cualquier medio y quedar AUN MAS en ridículo?" eso es lo que haces tu, encontrar info en cualquier medio y darla por válida.
"¿sabes que medios o publicaciones acreditadas son para facilitar su aceso a un evento especifico?" el BOE suele publicar legislación, CP, LECri, etc... Una web no es una publicación acreditada.
"Sabes lo que haces el ridiculo?" esto no tiene sentido.
Lo dicho... Para mi no hay presiones de ningún tipo y menos apropiaciones indebidas.... Ni por asomo amenazas, coacciones, pero bueno si tu como fiscal de pandereta lo ves así te vuelvo a recomendar acudir a un juzgado.

D

#213 Ya ;), sige tirando para adelante o despistando del tema, o intentando llamar a la anécdota, pero del tema a parte de repetir lo que decías al principio - y que ya ha sido desmontado con argumentos- nada de nada.
Y si, uso periódicos-y no solo-: se llama citar fuentes, entre ellas un articulo de la costitucion y varias sentencias firmes. sOLO QUIENES MIENTEN NI QUIEREN NI PUEDEN.
TU NI UNA, NO PUEDES

Yo, por ejemplo, toma, otra en la jeta, un uso cualquiera - primera busqueda en google en el mismisimo B.O.E. del termino quue en yu mundo de piruleta no existe :
http://www.boe.es/buscar/pdf/1912/BOE-A-1912-1123-consolidado.pdf

En caso de flagrante delito que lleve consigo pena aflictiva, podrá el Juez instructor acordar desde luego la detención del delincuente, dando inmediata cuenta ...

lolXDXDXDX ZAS, EN TODA LA BOCA¡¡

Solo te has dedicado a repetir lo mismo, pero sin una fuente ni un argumento, ni siquiera rebatir racionalmente con argumentos lo que dices, que ya ha sido desmentido.

>Lo dicho... Para mi

Ya lo sabemos, para ti te dan igual las fuentes, lo que diga la ley, su falta de legalidad absoluta para pedir esos datos - arriba pone lo que dice la ley muy claro- , y que acudieron alli a presionar SABIENDO POR SU FORMACION OBLIGATORIAMENTE que no eran legal ni podian pedirla ¿a que iban? Nos queda muy claros, excepto a ti que tenias claro lo que querias creer desde el principio..al resto, dejanos usar nuestra inteligencia

Solo quedas en evidencia...hala , lo dicho, regresa a la escuela...Y GRACIAS POR DEJAR TU OPINION y a ti mismo a la altura drl betun...

Un saludito

al_tanteo

#214 ya ni te leo... Pati la perra gorda... Que no tienes ni puta idea habogado paso de discutir contigo. No me has rebatido ni desmontado nada... Repasa un pelin la lecri. Venga con dios. Estas preparado/a para ir a sede judicial y encima te dedicas a vitarme negativo...