Segun la Ley del IVA en las operaciones de tracto sucesivo ( la facturas de luz, agua, gas telefono, asesoramiento permanente..etc), el momento de devengo se produce cuando sea exigible el precio en este tipo de operaciones, por ejemplo la factura de movil. Aunque yo haya consumido en junio si el momento de pagarlo es Julio, se me aplicará el 18 %. Pero creo que son operaciones que se realizan todos los meses o en periodos sucesivos...no estoy segura, asi que en realidad no nos estan engañando.
Pues el padre cara de judio no tiene..