m

#6 Es que no te lo han explicado bien.
Mira:

Podemos-> verdadera izquierda
Sumar -> izquierda de boquilla
PSOE -> derecha
PP -> extrema derecha neolibreal
VOX -> Ultraderecha

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#7 pensaba que sumar ya era la verdadera verdadera izquierda, y que habíamos renegado (casi todos) de podemos ya.
(Algunos ya reniegan de sumar, en busca de la verdadera verdadera verdadera verdadera izquierda)

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Jaja, lo que le faltaba a VAG, subir costes laborales.

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Pero acusa... En los tribunales, o solo es circo político?

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#1 añado, tiene cojones que solo condenen a la administración a pagar los gastos en los que incurrió el paciente.
Los que lo condenaron a morir en el hospital público, se van de rositas, la carga psicológica de la sentencia de muerte sale gratis. El tener que llegar a juicio... Gratis

Con la administración y sus Minions, siempre el lado estrecho del embudo.

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A) La sanidad privada es mala
B) la sanidad en las.comubidades del po va peor (esto fue en el 2020, gobierno socialista en Aragón)
C)

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#1 añado, tiene cojones que solo condenen a la administración a pagar los gastos en los que incurrió el paciente.
Los que lo condenaron a morir en el hospital público, se van de rositas, la carga psicológica de la sentencia de muerte sale gratis. El tener que llegar a juicio... Gratis

Con la administración y sus Minions, siempre el lado estrecho del embudo.

sotillo

#1 Lamban hace política socialista

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#5 no sé qué política hace, pero pertenece al PSOE.

m

#6 Es que no te lo han explicado bien.
Mira:

Podemos-> verdadera izquierda
Sumar -> izquierda de boquilla
PSOE -> derecha
PP -> extrema derecha neolibreal
VOX -> Ultraderecha

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#7 pensaba que sumar ya era la verdadera verdadera izquierda, y que habíamos renegado (casi todos) de podemos ya.
(Algunos ya reniegan de sumar, en busca de la verdadera verdadera verdadera verdadera izquierda)

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#8 has perdido la ocasión para hacer algún juego de palabras con diVISA ;D

Supercinexin

#2 El honor es su divisa, pero en El Corte Inglés y en el concesionario de BMW sólo aceptan euros jajaj

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#8 has perdido la ocasión para hacer algún juego de palabras con diVISA ;D

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en alguna ocasión oí que ingerir semen era bueno para el cutis... sospecho que por la misma razón.. porque le interesa al que lo dice

Esku

#2 Estas equivocado, lo que es bueno es echarselo en la cara y extenderlo como si fuera una mascarilla. Ingerirlo es bueno para la fauna intestinal. Me lo dijo una amiga, claro esta.

Supercinexin

#2 El honor es su divisa, pero en El Corte Inglés y en el concesionario de BMW sólo aceptan euros jajaj

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#8 has perdido la ocasión para hacer algún juego de palabras con diVISA ;D

J

#2 El honor ni se divisa

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#7 si quitamos el ganado y los campos agrícolas... Solo nos queda el soylent lol

aunque te ofrezco esto:
Increased tree productivity positively impacts total carbon sequestration at early stages of afforestation, with short rotation coppice willows showing the highest production due to higher stand density. http://dx.doi.org/10.1016/j.foreco.2020.118129

Adopting restorative land use and recommended management practices on agricultural soils can reduce atmospheric CO2 enrichment while improving food security, water quality, and the environment. http://dx.doi.org/10.1016/J.GEODERMA.2004.01.032

s

#8 gracias

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por dar otra visión:

https://academic.oup.com/jas/article-abstract/73/8/2483/4632901?redirectedFrom=fulltext

Abstract

Increasing atmospheric concentrations of methane have led scientists to examine its sources of origin. Ruminant livestock can produce 250 to 500 L of methane per day. This level of production results in estimates of the contribution by cattle to global warming that may occur in the next 50 to 100 yr to be a little less than 2%.

s

#4 no tendrás también el dato de como afectaría convertir los campos agrícolas en bosques?

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#7 si quitamos el ganado y los campos agrícolas... Solo nos queda el soylent lol

aunque te ofrezco esto:
Increased tree productivity positively impacts total carbon sequestration at early stages of afforestation, with short rotation coppice willows showing the highest production due to higher stand density. http://dx.doi.org/10.1016/j.foreco.2020.118129

Adopting restorative land use and recommended management practices on agricultural soils can reduce atmospheric CO2 enrichment while improving food security, water quality, and the environment. http://dx.doi.org/10.1016/J.GEODERMA.2004.01.032

s

#8 gracias

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El puto infierno, ya es una autopista española y me desespero... Eso tiene que ser para volverse loco

sleep_timer

#1 Y encima para ir de una ciudad de mierda a otra ciudad de mierda.

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A ver si nos aclaramos, Madrid es un agujero negro de gente porque es donde hay trabajo despoblando muchas otras zonas de españa, y también tenemos lque a inversión en Madrid no genera trabajo...

perrico

#1 Parece en el titular que cobrar el desempleo fuese más relevante que formar parte de una banda del crimen organizado.

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#2 hombre, es que es mucho peor para la economía del país....

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#5 Una herencia en vida en muchas comunidades tiene impuestos muy reducidos o incluso exenta.

estemenda

#6 Joder, estoy flipando con esto de las donaciones, debe de haber algo que se me escapa porque no me lo explico si no:
Con la reforma de la Ley de Mecenazgo que entró en vigor el 1 de enero de 2024, se incrementan de forma significativa los incentivos fiscales de las donaciones (...) De tus primeros 250€ donados durante el año tendrás una desgravación del 100%. Hacienda te devolverá íntegramente los 250€ en tu siguiente declaración de la renta. Y a partir de ahí el 70%.

Imagínate que ganas 30.000 y pagas el 14% de IRPF, tu base imponible si no hay factores de reducción será de 4200 €, le restas 250, calculas el 130% de eso, que son 5460 €, se los donas a tu hijo y hacienda te devuelve el 70% de esa cantidad más 250 €, o sea toda tu base imponible, no pagas ni un duro a Hacienda.
https://www.irbbarcelona.org/es/dona/desgravar-donaciones-hacienda
Bueno, me salen 4072 € de devolución, tendría que calcular mejor esas proporciones pero vamos, la idea se entiende.

estemenda

#9 Podría llamarse "clausula del abuelo cebolleta"
Pero ya en serio ¿qué grietas le encuentras a mi plan en #7? Estoy buscando en Google por "donación encubierta" y nada se ajusta a este caso, que de ser factible (que no lo creo) sería un KO loquísimo a la recaudación de impuestos.

estemenda

#10 Chat GPT es un aguafiestas lol
Hacienda puede deducir que una donación se ha hecho para reducir injustificadamente la base imponible o para eludir impuestos mediante varios indicios (...) Por ejemplo, si el hijo no realiza ningún gasto importante con la donación o si transfiere el dinero de vuelta al donante en poco tiempo.
La "ingeniería fiscal" está reservada para el que flota en pasta, será difícil de demostrar pero no le echaría yo un pulso a Hacienda.

estemenda

#12 Pero bueno, le compras una bici al niño haciéndole una "donación" de 250 € y ya la tienes gratis, se lo ha gastado todo y él no te transfiere nunca nada de vuelta, una licitud cuestionable pero sin quebrantar ninguna ley, son las reglas que hay.
Verás qué Reyes cuando se entere la peña

Pancar

#7 Aunque se llamen igual, no es lo mismo las donaciones de la ley del mecenazgo que las donaciones de las que habla la noticia.

El mecenazgo es para las donaciones que realices a entidades sin ánimo de lucro que hayan sido declaradas de utilidad pública por dedicarse a fines de interés general como los educativos, sociales, investigación, cultura, deporte, etc. y también las donaciones realizadas a organismos públicos. Las donaciones a familiares no entran en este tipo de incentivos fiscales y no son deducibles.

Artículo 16. Entidades beneficiarias del mecenazgo.
Los incentivos fiscales previstos en este Título serán aplicables a los donativos, donaciones y aportaciones que, cumpliendo los requisitos establecidos en este Título, se hagan en favor de las siguientes entidades:

a) Las entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en el Título II de esta Ley.

b) El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como los Organismos autónomos del Estado y las entidades autónomas de carácter análogo de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

c) Las universidades públicas y los colegios mayores adscritos a las mismas.

d) El Instituto Cervantes, el Institut Ramon Llull y las demás instituciones con fines análogos de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.

e) Los Organismos Públicos de Investigación dependientes de la Administración General del Estado.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-25039&p=20231220&tn=1#a16

Según esta ley las deducciones son del 80% para los primeros 250€ y del 40% para el resto pero con un límite del 15% de la base liquidable.

Las donaciones entre familiares no solamente no se pueden deducir sino que están sujetas al impuesto de donaciones aunque este está muy bonificado por las Comunidades Autónomas tanto en su cuota como en su mínimo exento.

Artículo 3. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible:

a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

b) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, «intervivos».

c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2, a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-28141&p=20221228&tn=1#a3

estemenda

#15 Muchas gracias de verdad por aclararlo.
Por estas cosas pago Meneame lol

blockchain

#3 donas en vida para ahorrarte impuestos (y aliviar las discusiones de una herencia), pero conservas el usufructo hasta que cascas

estemenda

#4 Lo de aliviar discusiones es verdad pero y los impuestos, deja de pagarlos el padre para pagarlos los hijos ¿cual es la ventaja en eso?

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#5 Una herencia en vida en muchas comunidades tiene impuestos muy reducidos o incluso exenta.

estemenda

#6 Joder, estoy flipando con esto de las donaciones, debe de haber algo que se me escapa porque no me lo explico si no:
Con la reforma de la Ley de Mecenazgo que entró en vigor el 1 de enero de 2024, se incrementan de forma significativa los incentivos fiscales de las donaciones (...) De tus primeros 250€ donados durante el año tendrás una desgravación del 100%. Hacienda te devolverá íntegramente los 250€ en tu siguiente declaración de la renta. Y a partir de ahí el 70%.

Imagínate que ganas 30.000 y pagas el 14% de IRPF, tu base imponible si no hay factores de reducción será de 4200 €, le restas 250, calculas el 130% de eso, que son 5460 €, se los donas a tu hijo y hacienda te devuelve el 70% de esa cantidad más 250 €, o sea toda tu base imponible, no pagas ni un duro a Hacienda.
https://www.irbbarcelona.org/es/dona/desgravar-donaciones-hacienda
Bueno, me salen 4072 € de devolución, tendría que calcular mejor esas proporciones pero vamos, la idea se entiende.

estemenda

#9 Podría llamarse "clausula del abuelo cebolleta"
Pero ya en serio ¿qué grietas le encuentras a mi plan en #7? Estoy buscando en Google por "donación encubierta" y nada se ajusta a este caso, que de ser factible (que no lo creo) sería un KO loquísimo a la recaudación de impuestos.

estemenda

#10 Chat GPT es un aguafiestas lol
Hacienda puede deducir que una donación se ha hecho para reducir injustificadamente la base imponible o para eludir impuestos mediante varios indicios (...) Por ejemplo, si el hijo no realiza ningún gasto importante con la donación o si transfiere el dinero de vuelta al donante en poco tiempo.
La "ingeniería fiscal" está reservada para el que flota en pasta, será difícil de demostrar pero no le echaría yo un pulso a Hacienda.

estemenda

#12 Pero bueno, le compras una bici al niño haciéndole una "donación" de 250 € y ya la tienes gratis, se lo ha gastado todo y él no te transfiere nunca nada de vuelta, una licitud cuestionable pero sin quebrantar ninguna ley, son las reglas que hay.
Verás qué Reyes cuando se entere la peña

Pancar

#7 Aunque se llamen igual, no es lo mismo las donaciones de la ley del mecenazgo que las donaciones de las que habla la noticia.

El mecenazgo es para las donaciones que realices a entidades sin ánimo de lucro que hayan sido declaradas de utilidad pública por dedicarse a fines de interés general como los educativos, sociales, investigación, cultura, deporte, etc. y también las donaciones realizadas a organismos públicos. Las donaciones a familiares no entran en este tipo de incentivos fiscales y no son deducibles.

Artículo 16. Entidades beneficiarias del mecenazgo.
Los incentivos fiscales previstos en este Título serán aplicables a los donativos, donaciones y aportaciones que, cumpliendo los requisitos establecidos en este Título, se hagan en favor de las siguientes entidades:

a) Las entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en el Título II de esta Ley.

b) El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como los Organismos autónomos del Estado y las entidades autónomas de carácter análogo de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

c) Las universidades públicas y los colegios mayores adscritos a las mismas.

d) El Instituto Cervantes, el Institut Ramon Llull y las demás instituciones con fines análogos de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.

e) Los Organismos Públicos de Investigación dependientes de la Administración General del Estado.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-25039&p=20231220&tn=1#a16

Según esta ley las deducciones son del 80% para los primeros 250€ y del 40% para el resto pero con un límite del 15% de la base liquidable.

Las donaciones entre familiares no solamente no se pueden deducir sino que están sujetas al impuesto de donaciones aunque este está muy bonificado por las Comunidades Autónomas tanto en su cuota como en su mínimo exento.

Artículo 3. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible:

a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

b) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, «intervivos».

c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2, a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-28141&p=20221228&tn=1#a3

estemenda

#15 Muchas gracias de verdad por aclararlo.
Por estas cosas pago Meneame lol

Penetrator

#4 No parece que sea por ahorrarse impuestos:

los inconvenientes se derivan de su tratamiento fiscal, ya que en algunos casos exigen mayor carga tributaria que las herencias

blockchain

#11 "en algunos casos"
Pues en esos caso no se hace

blockchain

#0 la noticia la envías por la tercera foto del artículo ¿no?

ikipol

#1 lol