#204 Solo recomendamos actuar cuando el denunciado es conocido o se puede determinar, y empezar por el acto de conciliación, que es mucho más económico que la querella. Contra injurias anónimas el esfuerzo no suele compensar.
Tomo prestado para este artículo el título de la última novela de Juan Soto Ivars, que a su vez está inspirado en una frase del premio Nobel Knut Hamsun, incluida en su novela Hambre. El juego de palabras distópico se puede completar con ‘El informe de la minoría’, de Philip K. Dick, donde aparece por primera vez el concepto de precrimen. Sirva todo ello para reflexionar sobre los delitos informáticos y prohibiciones que nos traerá el futuro. Internet llegó al gran público en España en 1995, prácticamente al mismo tiempo que el nuevo Código Penal, donde se incluyeron por primera vez delitos como el descubrimiento y revelación de secretos por vía telemática y los daños informáticos. Desde aquel tiempo idílico de la internet primigenia, donde todo era posible, no ha dejado de crecer el número de conductas prohibidas: cada nuevo gobierno ha añadido nuevos delitos informáticos a nuestro sistema legal. Por eso cualquier previsión de futuro pasa por intentar adivinar cuál será la próxima prohibición.El Código Penal ha sufrido diversas reformas desde 1995, y en buena parte de ellas se han diseñado delitos en beneficio de grupos de presión económicos. Por ejemplo, en la reforma de 2003, el gobierno Aznar puso fin a la guerra del fútbol con un regalo a su antiguo adversario, y criminalizó en el artículo 286 la descodificación no autorizada de la televisión de pago. En la reforma de 2015, Rajoy incrementó las penas por delitos contra la propiedad intelectual en favor del lobby de los derechos de autor, hasta el punto de tener mayores penas que la tenencia de pornografía infantil.En los últimos años, la obsesión de nuestros legisladores ha sido impedir el ejercicio del derecho a la protesta mediante la interacción de agitación callejera y redes sociales. En 2010, bajo el gobierno Zapatero, se criminalizaron los ataques de denegación de servicio (verdaderas sentadas virtuales) que habían sufrido instituciones como la SGAE y el Ministerio de Cultura. La última reforma, de 2015, con mayoría absoluta del Partido Popular, criminalizó la convocatoria de manifestaciones por internet, al tiempo que se incrementaba hasta el delirio la persecución de la libertad de expresión en la red.La nueva regulación de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, que en determinadas ocasiones pueden ser considerados terrorismo, pone en una difícil situación al periodismo de investigación basado en filtraciones de hackers o whistleblowers. Se ha llegado a criminalizar como un delito de peligro abstracto la simple entrega a terceros de una contraseña de ordenador, un código de acceso o datos similares que permitan acceder a la totalidad o a una parte de un sistema de información, aunque la intrusión informática efectiva no se llegue a consumar. Para evitar que el director de un periódico pueda acabar entre rejas por publicar determinadas exclusivas que afecten al poder económico, será necesario en los próximos años legislar para garantizar un estatuto de protección a los denunciantes de corrupción.Con los antecedentes expuestos, hemos de ser necesariamente pesimistas en lo que se refiere a las próximas reformas. No quiero dar demasiadas pistas a los censores del futuro, así que me centraré en los delitos que pueden cometer los guardianes para incriminarnos. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de medidas de investigación tecnológica ha puesto en manos de las fuerzas policiales herramientas altamente intrusivas de la privacidad, como la posibilidad de instalar software espía en los ordenadores de personas investigadas, o que agentes encubiertos compartan archivos ilícitos para introducirse en organizaciones criminales. Ambas medidas se prestan al abuso policial.Un crimen del futuro que debería regularse y perseguirse es la práctica, cada vez más extendida, de interrogar a los investigados sin leerles los derechos y sin presencia de abogado. En multitud de ocasiones, cuando se dicta un auto judicial de entrada y registro, para investigar un delito informático, los agentes se personan en el domicilio del investigado y proceden a incautar todos sus dispositivos informáticos. Si en el curso de dicha diligencia la policía pregunta al investigado acerca de sus contraseñas, esa pregunta es un interrogatorio policial sin derechos y sin abogados. Se está vulnerando el derecho a no declarar contra sí mismo, y esa vulneración debe determinar la nulidad de las pruebas obtenidas, y en su caso ser perseguida como delito. La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, es otro ejemplo de cómo el poder político legisla para dificultar el derecho a la protesta: buen número de las actividades que prohíbe eran lícitas en los días del 15M, y de hecho la Ley Mordaza se aprobó para hacer imposible otro ejercicio colectivo de desobediencia civil como el de mayo de 2011. Olvida el legislador convertido en censor que el desarrollo de las redes sociales en los próximos años puede hacer innecesarias las medidas de protesta callejera, donde podemos ser videovigilados con cámaras o infiltrados mediante agentes provocadores. Quizás para evitar el crimen de estado del futuro tengamos que organizar un 15M donde no sean necesarias las calles: al fin y al cabo, la batalla definitiva contra el poder y por el control de la opinión pública se está trasladando a las redes. Querría acabar este humilde ejercicio de derecho-ficción con una reflexión sobre la reciente sentencia estadounidense por la que se considera ilícito que el presidente Trump bloquee en Twitter las críticas de los ciudadanos. El político tiene muchas formas de dirigirse a los ciudadanos, pero muchos ciudadanos solo tienen las redes sociales para exigir responsabilidades a los políticos. Quizás en el futuro Código Penal español esa particular forma de censura previa tenga que ser considerada delito. De momento, el artículo 542 del Código Penal vigente establece una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años para la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes. Texto publicado en el monográfico 'Internet, el futuro y la libertad' de eldiario.es
Las aplicaciones que instalamos en nuestros teléfonos móviles muchas veces cuentan con permisos que van más allá de lo que pensaríamos que es lógico o necesario para que se nos preste el servicio. El último ejemplo del que ha habido una cierta repercusión es la aplicación de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, tema respecto del cual hemos hablado en reportajes como este en ABC denominado “Polémica en la app de La Liga: puede acceder al micrófono para evitar fraudes en las emisiones de los bares“.
Se acuerda por el Juzgado, a petición del Ministerio Fiscal y las defensas, el archivo del caso seguido contra el presunto grupo de hackers Anonymous España, operación Exposure, después de más de seis años de instrucción. Como anécdota a reseñar, se consideró indicio de criminalidad una careta de V de Vendetta en el vehículo de uno de los investigados.
El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica una proposición de ley de ERC. De aprobarse, no sería delito la rebelión con la finalidad de proclamar la independencia, y se exigiría violencia para que hubiese sedición. Tampoco sería delito convocar referéndum sin competencia para ello.
A continuación publicamos un modelo de contestación a la Sindicatura Electoral de Catalunya, para aquellas personas que no quieran formar parte de las mesas electorales del referéndum.A LA SINDICATURA ELECTORAL DE CATALUNYANOMBRE y APELLIDOS, mayor de edad, con DNI X, residente en Catalunya, ante esa Sindicatura Electoral comparece y como mejor en derecho proceda,MANIFIESTA:Que ha recibido notificación de la administración electoral, notificándole su designación como presidente/vocal de la mesa electoral X para el referéndum de autodeterminación vinculante sobre la independencia de Catalunya, previsto para el próximo 1 de octubre.Que el artículo 32 de la Ley del Referéndum de Autodeterminación establece que los cargos de pesidente y vocal de las mesas electorales son obligatorios.Que de conformidad con la disposición adicional de la Ley del Referéndum de Autodeterminación, en todo lo no previsto en la misma se aplica supletoriamente la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del régimen electoral general, en cuyo artículo 143 se dispone lo siguiente:El Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales, así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir a desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de arresto mayor y multa de 30.000 a 300.000 pesetas.Que el artículo 20, apartado 7º del Código Penal establece que está exento de responsabilidad criminal el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.Que considerando que la convocatoria de referéndum no respeta las garantías legales ni estatutarias previstas en la normativa de carácter internacional, estatal y autonómico, es mi intención ejercer el derecho de objeción de conciencia frente al referéndum de autodeterminación, negándome mediante la presente comunicación a participar en la constitución de la mesa electoral.Que del mismo modo, considerando que mis datos de carácter personal han sido obtenidos de forma ilícita, solicito la cancelación de los mismos de todo archivo informático obrante en su poder, reservándome el derecho de denunciar la vulneración de mi intimidad personal ante la Agencia Española de Protección de Datos y los Tribunales de Justicia.Por lo anteriormente expuesto,SOLICITA:Que teniendo por presentado este escrito, se admita y en su virtud se acuerde de conformidad con lo interesado, eximiéndome de toda obligación de formar parte de una mesa electoral para el próximo referéndum de autodeterminación, y cancelando mis datos personales de sus archivos.En Catalunya, fecha y firma.
Este sábado se cumplen dos años de la entrada en vigor de las leyes mordaza, es decir, la Ley de Seguridad Ciudadana y las reformas del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Expertos denuncian el retroceso en libertades que ha sufrido España en los dos últimos años.
La ley busca un equilibrio entre el derecho a la privacidad de los ciudadanos y el derecho de la sociedad a conocer su propia historia. Es por eso, explica Carlos Sánchez Almeida, abogado especialista en derecho digital, Internet y nuevas tecnologías, que "la infanta Cristina no podrá ejercer su derecho al olvido hasta que los miembros de la familia real se conviertan en algo sin relevancia publica". En otras palabras, los personajes públicos no tienen derecho al olvido porque son parte de nuestra memoria común.
El chiste final es que Menéame ni siquiera enlaza medios englobados en AEDE (la patronal de los editores de prensa). Los usuarios decidieron hacerles el vacío cuando el canon entró en vigor, imitando en cierto modo la política de Google: si nos castigas por darte visibilidad, te apagamos la luz... Pero en Menéame manda el usuario, y el usuario quiere castigar a AEDE. "Qué extraña paradoja, tener que pagar un canon para no enlazar a quien quiere que le paguemos para ser enlazado".
La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera un ataque indiscutible y muy grave a la libertad de expresión la petición de la Fiscalía de dos años y seis meses de prisión a una joven por varios tuits publicados entre noviembre de 2013 y enero de 2016. En opinión de Virginia Pérez Alonso, presidenta de la PDLI, “es disparatado que en una sociedad democrática europea del siglo XXI se pretenda encarcelar a alguien por bromear sobre quien estaba llamado a ser el pilar del franquismo sin Franco".
#204 Solo recomendamos actuar cuando el denunciado es conocido o se puede determinar, y empezar por el acto de conciliación, que es mucho más económico que la querella. Contra injurias anónimas el esfuerzo no suele compensar.
#201 La sociedad gana cultura gracias a internet, y poner en riesgo el desarrollo de una internet libre mutila la cultura. La persecución de la piratería, siendo legítima, no debe poner en peligro la libertad en la red. Hasta ahora ningún legislador en España se ha preocupado de conseguir un equilibrio entre el derecho de los autores a ser retribuidos por sus obras y el derecho ciudadano de acceso a la cultura.
#8 Los autores españoles no pierden tanto por la piratería como lo que pierden por culpa de malas leyes, gobiernos sin cultura y grupos mediáticos mezquinos.
#200 ¿Y la sociedad? ¿Gana cultura gratuita y posibilidades de desarrollo tecnológico? ¿Compensan esas ganancias las pérdidas de los autores españoles?
#179 Oye, si quieres nos asociamos. Creo que es un modelo de negocio muy interesante, aunque tendremos que pelearnos en los juzgados con gente muy folklórica
#177 Es una apelación muy técnica, donde pide que se anule la sentencia porque la juez anuló la prueba informática obtenida ilícitamente. Creo que la juez tiene razón, y su sentencia está muy bien razonada.
#198 Gracias.
#173 Ya me lo estoy cobrando por adelantado sembrando de enlaces esta entrevista. Estar meses en la portada de Menéame no tiene precio, como bien saben los imbéciles que consiguieron del gobierno una ley para cobrar por enlaces, y se han quedado a dos velas.
#197 Lo decía no por el tema monetario, sino por lo feo que queda promocionar una sección de la web y que no haya cambios en meses, es parecido a un blog que no se actualiza. Lo de cobrar era irónico, pero estos días me preguntaba que si quieren promocionar una sección de esta web, por qué lleva meses sin moverse con los mismos enlaces y sin nignuna otra persona a la que preguntar. Supongo que serían las vacaciones.
#132 Ni los métodos matemáticos, ni los programas de ordenador ni los algoritmos deben ser patentados jamás. Personalmente considero un crimen contra la humanidad que se puedan explotar años y años las patentes de medicamentos para enfermedades letales, así como los genes. Patentar el conocimiento científico, más allá de la propiedad intelectual de las obras en concreto, será un error que la humanidad pagará muy caro.
#130 Antes o después lo harán. Es un modelo de negocio muy boyante, como bien saben los importadores de hardware, que día sí, día no se ven sometidos a este tipo de prácticas por empresas tapadera de trolls de patentes.
#129 Era una impresora imitando los tipos de las máquinas de escribir. En aquellos años había que disimular
#44 Después de pelearme varias veces con mis hijos, he conseguido convencerles de que compren siempre los móviles al pakistaní de la esquina, que además vive en el rellano de abajo. No hay mejor atención postventa que aquella que te da alguien a quien puedes despertar a timbrazos, incluso de madrugada.
#28 Actualmente te pueden pedir hasta 6 años, pero si no demuestran beneficios, no sería delito. También habría que ver cuándo cesó su actividad: si cerró las puertas antes de la entrada en vigor del Código Penal Rajoy -1 de julio de 2015- tampoco sería una actividad delictiva, si solo había enlaces.
#24 Yo no tengo estudios de postgrado. Eso sí, desde que tuve mi primer módem, allá por 1990, me dejé los ojos en chats de BBS, con aquellos horribles códigos ANSI de colorines. También he malgastado mi vida en juegos de rol. En 1993 redacté las normas para un campeonato de vuelo vía módem. Después vino Doom y decidí que no podía haber reglas. Para cuando llegó Internet ya había echado mi vida a perder del todo.
No te gastes ni un duro en un máster. Si quieres aprender a ser abogado, pisa juzgado.
#102 Se han perdido casos de enlaces, pero si se leen bien las sentencias, se puede comprobar que no eran realmente casos de enlaces, sino que había algo más: unos señores a los que se detiene con una grabadora en la puerta de un cine, un grupo de uploaders perfectamente organizado subiendo los contenidos, una actividad que va mucho más allá del mero enlace, etcétera. Pero aunque los fundamentos de las sentencias no estén claros, siempre habrá unos medios muy interesados económicamente en difundir tales sentencias excepcionales. La inmensa mayoría de las sentencias sobre webs de enlaces en España han sido absolutorias, porque hasta el 1 de julio de 2015 tal actividad no estaba criminalizada.
En ningún caso de webs de enlaces las defensas han cobrado complemento de responsabilidad civil: se han llegado a presentar peritajes valorando el perjuicio en 1000 millones de euros. Si cobramos lo que correspondería con arreglo a las peticiones desorbitadas de los denunciantes, arruinamos al cliente y a su familia por varias generaciones.
#99 Un proceso penal es un viaje por el tiempo a un lugar desconocido. Hace años dábamos presupuestos cerrados, pero eso era cuando los juicios contra páginas P2P no duraban 10 años. Lo mejor es cobrar una provisión de fondos razonable que cubra los gastos de la instrucción, y luego cuando haya juicio cobrar de acuerdo con lo que se pida por las acusaciones en ese momento. Si llevamos la acusación, lo mismo. Y evita siempre a los abogados que quieren evitar juicio con múltiples recursos dilatorios: es la mejor forma de asegurarse el fracaso.
#5 Ya está corregido, y efectivamente son 100 millones.