#92 ¿A qué sufrimiento te refieres? ¿Quieres decir que un familiar cercano mío debería ser asesinado?
#92 ¿A qué sufrimiento te refieres? ¿Quieres decir que un familiar cercano mío debería ser asesinado?
#94 Tranquilo, ya está llegando la División Azul a auxiliarla.
#96 Y es la misma que en otra discusión declara: primero pongo negativos y luego debato?? Umm , democratas de los buenos ehh ?a partir de ahí lo que me podáis contestar ni lo leo.
Se ve que Dios nuestro Señor no la dotó con el don de la coherencia. Bueno, ni con ese ni con muchos otros, al parecer.
Por cierto, queridos meneantes con ganas de pasar a la antología del trolismo: parece que el truco para decir salvajadas como las de #92 y no ser baneado reside en no referenciar al destinatario. Así que ya sabéis, amenazas de muerte, deseos de sodomización maternal y demás cosicas en plan dulce y amoroso, siempre sin almohadillita!
#103 http://meneame.wikispaces.com/Meneatiqueta
¿Quien tiene paranoia con quien?
#104 Deja de perseguirme, empiezo a sentirme acosado.
#102 es un mero fantoche,tiene derecho a la vida como cualquier otra alimaña como criaturilla de Dios el cual le dotó de una tolemia sin límites y un complejo de inferioridad acorde con su inmunda mentalidad,por si fuera poco adornado con victimismo patético ( ver como se quejaba de que tienen que banear a quien osa describir su actuación de mofa continua del sufrimiento de personas víctimas del terrorismo etarra.
#109 A ver desgraciada, deja de insultar y mentir de una vez. ¿Cuándo me he mofado de ninguna víctima de ETA? Y no pedí tu baneo por eso, sino por desearme una desgracia similar a la de la señora Blanco, pero fuiste tan cobarde de ni siquiera decirlo claramente, es decir, referenciando. No me extraña que te arrastres por los suelos, como la babosa cobarde e inmunda que eres.
#113 Bueno, en #109 confirmas que te dirigías a mí. Te comunico que he pedido tu baneo; creo que desearle a otro usuario la muerte o la de un ser querido traspasa todos los límites, y espero que la administración así lo entienda también. Aprovecho para pedir disculpas (a la comunidad, no a esta usuaria) por los términos de #109, pero convendremos todos en que la paciencia tiene un límite. Un saludo.
#114 y #115 No confundais libertad de expresión con insultos, y no confundais apologia del terrorismo con pedir la autodeterminacion del pais vasco, la demagogia y esas chorradas dejadselas a los politicos, que llevan años vendiendo la moto de que si eres un independentista vasco apoyas el terrorismo, y eso, es mentira.
Aunque no nos gusten las opiniones contrarias a las nuestras, hay que respetar los puntos de vista de todo el mundo, no por insultar y gritar mas se lleva mas razón.
Pasad un buen dia.
#10 no es lo que tú estes de acuerdo es la legislación y lo que se enseña en las Facultades de Derecho,sin más acabó aquí a no ser que alguien con más conocimientos y que sepa de lo que habla rebata,chaoff.
En efecto se me olvidó vía oral pero si has leído #3 el motivo del debate no era ese sino que ponía en duda que tanto la legislación como jurisprudencia no tienen en cuenta "quién introduce que a quién", así que a veces hay que leer y entender para hablar y recriminar con propiedad.
#9 Vale, veo que el debate se va encauzando a tonos más asumibles.
El comentario #3 va dirigido a tu aserción: "que una mujer viole a un hombre no es posible" del comentario #2. Exactamente con esta frase: "El acto de la violación no tiene nada que ver con quién introduce qué a quién".
Frase con la que tengo que estar de acuerdo. Es perfectamente posible la violación de una mujer a otra mujer (introducción de objetos por vía vaginal o anal) y también es posible la violación de una mujer a un hombre (introducción de objetos por vía anal).
#10 no es lo que tú estes de acuerdo es la legislación y lo que se enseña en las Facultades de Derecho,sin más acabó aquí a no ser que alguien con más conocimientos y que sepa de lo que habla rebata,chaoff.
#6 Los consejos aplicatelos tú que buena falta te hace y antes de ir de listillo copiando y pegando artículos del CP dime en que mi comentario estaba equivocado.
trauma tenerla pequeña pero más tenerla tamaño media y no usarla....En Lugo y en Bilbao superan con creces esa m. de media.:-)
#4 Más te vale leer a #5 sin pretender dar lecciones a los demás:
CÓDIGO PENAL (español)
Artículo 178.
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Artículo 179.
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
#6 Los consejos aplicatelos tú que buena falta te hace y antes de ir de listillo copiando y pegando artículos del CP dime en que mi comentario estaba equivocado.
Sólo se puede violar a un hombre por introducción de objetos o pene via anal, el resto como que una mujer viole a un hombre no es posible porque se necesita que el sujeto tenga su miembro en condiciones con lo cual influye la psique y si esta en condiciones está motivado, por tanto quiere y no hay violación.
#2 El acto de la violación no tiene nada que ver con quién introduce qué a quién.
Wikipedia:
La violación es un tipo de acceso carnal no consentido, mediante el cual se produce la profanación del cuerpo de una persona que no ha podido o no tenido el ánimo de prestar el consentimiento para ejecutar dicho acto, producto de lo cual su integridad mental y física ha sufrido o pudo haber sufrido un ultraje.
Según la ONU dice lo siguiente:
Una penetración física por coacción de la vulva o el ano, con un pene, otras partes del cuerpo o un objeto
Siempre me ha parecido una aberración la definición de la ONU.
#4 Más te vale leer a #5 sin pretender dar lecciones a los demás:
CÓDIGO PENAL (español)
Artículo 178.
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Artículo 179.
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
#6 Los consejos aplicatelos tú que buena falta te hace y antes de ir de listillo copiando y pegando artículos del CP dime en que mi comentario estaba equivocado.
En efecto se me olvidó vía oral pero si has leído #3 el motivo del debate no era ese sino que ponía en duda que tanto la legislación como jurisprudencia no tienen en cuenta "quién introduce que a quién", así que a veces hay que leer y entender para hablar y recriminar con propiedad.
#9 Vale, veo que el debate se va encauzando a tonos más asumibles.
El comentario #3 va dirigido a tu aserción: "que una mujer viole a un hombre no es posible" del comentario #2. Exactamente con esta frase: "El acto de la violación no tiene nada que ver con quién introduce qué a quién".
Frase con la que tengo que estar de acuerdo. Es perfectamente posible la violación de una mujer a otra mujer (introducción de objetos por vía vaginal o anal) y también es posible la violación de una mujer a un hombre (introducción de objetos por vía anal).
#10 no es lo que tú estes de acuerdo es la legislación y lo que se enseña en las Facultades de Derecho,sin más acabó aquí a no ser que alguien con más conocimientos y que sepa de lo que habla rebata,chaoff.
#2 Sólo se puede violar a un hombre por introducción de objetos o pene via anal,
Pues no, como bien indica el artículo, "La penetración, por leve que sea, de la vagina o el ano con cualquier parte del cuerpo u objeto o penetración oral por un órgano sexual de otra persona, sin el consentimiento de la víctima."
Vamos, que a un hombre puedes violarle metiéndole un pene en la boca.
Además entra el "También contempla los abusos en los que la víctima ha sido violada bajo los efectos del alcohol o las drogas" Que por otra parte tiene sentido en cuanto a igualar la legislación. Si una chica va hasta arriba de extasis y aunque consienta la relación (es una droga que aumenta el apetito sexual) se puede considerar que es una violación porque la persona no estaba en "plenas condiciones mentales" es normal que ahora se "iguale" obviando el sexo. Otra cosa es lo justo/injusto que pueda parecer que una relación consentida a priori pueda ser denunciada como violación a posteriori "por aprovecharse de esa situación"
En ocasiones de admitar la paciencia y educación del personal sanitario hasta con los pacientes más quejicas,maleducados ,ombliguistas,desconsiderados...ah y las familias de tales pacientes mucho peor todavía.
Bueno,hay otros que juegan en tablero real en las calles de Gaza o Cisjordania.
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Penoso y amargado tipejo que calma su vida penosa echando esputos en estos temas,tienes que ser feo no ya exteriormente que seguro sino un interior de bilis,esperemos que el sufriiento del que te mofas te toque cerca y entonces nos cuentas...