#2 Con el IVA (IGIC en nuestro caso) en nuestra empresa lo que hacemos primero con las empresas que piden factura para hacer el pago inicial es pasarles proforma.
Lo otro, si la proforma no les vale, de puta madre, te paso factura. Si al final del trimestre
no se ha pagado la factura, un abono (factura idéntica) con importe en negativo y un email al cliente de que no se presente la factura a hacienda porque no vamos a abonar un IVA que no hemos cobrado, y la pelota en su tejado, o no presentan la factura, o nos la abona a la fuerza.
Su propia gestoría se encargará "llamarle y explicarle".
Nunca nos ha fallado, por si alguien quiere probarlo.
Lo que no es lógico es que declaren gastos que no han tenido.
#52 Claro que sí. Factura de abono.