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#115 Esa es la interpretación del articulista que es de uno de los sindicatos firmantes del acuerdazo por el que estamos en esta situación. La sentencia no dice eso.
http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=224584&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=2961388
Lee el apartado 97 "En estas circunstancias, una normativa nacional que prevé la organización de procesos selectivos que tienen por objeto cubrir de manera definitiva las plazas ocupadas provisionalmente por empleados públicos con una relación de servicio de duración determinada, así como los plazos concretos a tal fin, pero que no garantiza que esos procesos se organicen efectivamente, no resulta adecuada para prevenir la utilización abusiva, por parte del empleador de que se trate, de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada. La antedicha normativa tampoco resulta adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de tales relaciones de servicio ni para eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión, ya que, como han indicado los juzgados remitentes, su aplicación no tendría ningún efecto negativo para ese empleador" y 100 "A mayor abundamiento, por lo que respecta al hecho de que la organización de procesos selectivos ofrece a los empleados públicos que hayan sido nombrados de manera abusiva en el marco de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada la oportunidad de intentar acceder a la estabilidad en el empleo, ya que, en principio, pueden participar en dichos procesos, este hecho no exime a los Estados miembros del cumplimiento de la obligación de establecer una medida adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivos contratos y relaciones laborales de duración determinada. En efecto, como señaló, en esencia, la Abogada General en el punto 68 de sus conclusiones, tales procesos, cuyo resultado es además incierto, también están abiertos a los candidatos que no han sido víctimas de tal abuso."

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#116 Me refiero a Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada

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#87 Es justo al contrario. Si echan a los interinos va a costar un pastizal de tus impuestos en reclamaciones judiciales, prestanciones por desempleo y ayudas a parados de larga duración. Si los dejan no cuestan un euro porque ocupan plazas presupuestadas. Por no hablar de la pérdida de experiencia y formación, que ya han costado dinero al erario público. Y por supuesto pérdida de experiencia en los servicios que se presta a la ciudadanía. ¿que prefieres que te opere de urgencia un médico interino que lleva 20 años en ello o un titular que acaba de aprobar la oposición?

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#59 Quieren que se respete la ley y exigen estabilidad laboral. El culpable es la Administración no el trabajador

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#35 Todos los interinos de la Administración son nombrados funcionarios. Se les llama funcionarios interinos por algo. Hay muchísimos temporales con 20-30 años de antigüedad, así que nada de crisis. Están ahí porque le resulta cómodo a la Administración para llevarlos a los puestos que no quieren los funcionarios titulares y porque son fáciles de presionar. De eso se trata, la Administración ha abusado durante muchos años de estos trabajadores y ahora, al amparo de la normativa europea, intentan hacer valer sus derechos.

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#50 Estoy de acuerdo. El acceso a la función pública es arcaico y prima a personas con capacidad memorística, no a los mejores profesionales. Precisamente el problema es que en Europa la figura del funcionario no es como en España y hay que adaptarse a la norma europea

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#25 No se de donde te sacas que con sacar un 5 tienes plaza. No es así. Y si no se convocan oposiciones desde luego no es por culpa de los temporales sino de la Administración que abusa de esa situación

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#11 Entiendes que tu experiencia personal no es extrapolable a los mas de 800.000 temporales que tiene la Administración. No cero que todos sean esos vagos y aprovechados que describes. Y los planes de estabilidad laboral lo que estabilizan son las plazas no las personas que las ocupan, es decir que las someten a pruebas selectivas de oposición y el TJUE ya ha dispuesto en sentencia de 19/03/2020 que esa no es una solución aaceptable para resolver el abuso de temporalidad.

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#60 Desgraciadamente el temario a estudiar en las oposiciones que se convocan poco tiene que ver con el trabajo que se realiza a diario. En cualquier caso el tema es que la Administración ha usado personal temporal para cubrir plazas estructurales de manera reiterada en el tiempo. Hay interinos concatenando contratos de 3 meses durante 10 años. Y algunos con contratos diarios. En la empresa privada hay un límite para esa práctica pasado el cual te tienen que hacer fijo. En la Administración no ocurre así. El problema es que Europa exige que todos los trabajadores tengan los mismos derechos independientemente de que el empleador sea un empresario o la Administración. Además de que la Administración practica el despido libre y gratuito pues si después de 20 años te largan no te dan ni un euro de indemnización. Ese abuso Europa lo castiga con la fijeza del trabajador o con unas indemnización lo suficientemente disuasoria para que el empleador no siga usando esa fórmula

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#62 Lo es si concatenas contratos o usas esos contratos de manera indefinida. De hecho la ley deja claro que la figura del temporal es para cubrir vacantes de manera temporal. 5, 10, 15 y hasta 30 años no es algo temporal

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#44 Es que no piden que les regalen la plaza, piden estabilidad laboral y que la Administración pague por el abuso cometido según normativa europea vigente.

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#45 Creo que tienes lo conceptos mezclados. Como bien dices son funcionarios interinos. Funcionarios. Y efectivamente sólo les afecta el EBEP. Que no tengan derecho a indemnización por despido y que te parezca bien sólo me indica que los derechos laborales son algo que le perdonas a la Administración pero que te parece bien exigir al empresario. Y no es que quieran lo mejor de ambos Estatutos, es que el Derecho de la Unión Europea tiene supremacía sobre el derecho español y el primero exige trasponer las normativas de conformidad con el Acuerdo marco firmado en 1999. En España esas normas se han transpuesto a las relaciones laborales pero todavía se resisten a aplicarlas en el empleo público. Básicamente lo que piden es lo que marca la ley de rango superior desde 1999 y no piden que les regalen una plaza por la cara, piden estabilidad laboral. Es decir mejorar sus condiciones laborales al amparo de lo que marca Europa y España se salta a la torera desde hace dos décadas.

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#34 Respecto a os interinos de la Junta, según dices, ya se corrigió ese error si les hicieron pasar por oposiciones por tanto ese asunto ya no es relevante aquí. En cuanto a los interinos COVID, si la Administración se comporta así y deja entrar a gente sin ningún tipo de filtro, es la responsable y a la que hay que pedir responsabilidades y no al trabajador que busca empleo.

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#35 No. Te equivocas. Eres funcionario en virtud de una toma de posesión y la condición es precisamente esa. Por eso la relación laboral se basa en el EBEP y no en el Estatuto de los Trabajadores. Y las condiciones cuando accedes son las de cubrir necesidades urgentes y temporales, no estar allí 20 años y que ahora, cuando les viene bien porque hay que reducir la temporalidad por imposición de le UE te echan a patadas sin indemnización siquiera. Y por otro lado que aceptes unas condiciones no implica que estas sean abusivas. Ahí tienes las clausulas suelo. Estás en tu derecho en reclamar. Respecto a lo de la puntuación tampoco es cierto y como ejemplo puedes ver las oposiciones de Gestión procesal en Justicia en que la fase de concurso no tiene mas trascendencia que la asignación del destino pues los cortes en los exámenes hacen que no tenga ninguna relevancia para superar la fase de oposición. Es un caramelo bien envuelto por la Administración y sindicatos diciendo que es una oportunidad cuando en la práctica no lo es.

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#25 El que no hayas podido optar a un empleo público no es problema de los temporales que simplemente realizan un trabajo. El culpable es la Administración. Y no es cuestión de ir de víctimas es cuestión que después de 20 años desempeñado una labor te vengan a decir que tienes que pasar un examen (que valora sólo tu capacidad memorística y que normalmente tiene muy poco que ver con la labor que desempeñas en el día a día) para poder seguir trabajando compitiendo, en su mayoría, con gente mucho más joven, sin cargas familiares y cumpliendo con tu horario laboral. Es un absurdo. Es como si a un panadero de 50 años, que lleva 20 años haciendo pan, le pides que haga un examen con un temario que se basa en la composición de la levadura, de la harina y las formas de horneado y que compita con gente de 25 años y si no saca la plaza lo mandas a la calle. Por no hablar de la experiencia que se pierde, del gasto en formación realizado por la Administración y de la pasta que va a costar despedirlo porque seguramente ya estará denunciando la situación en los Tribunales. Además del coste que va a suponer su prestación por desempleo y seguramente las ayudas a los parados de mas de 52 a la que se tendrá que acoger porque con la que está cayendo no va a encontrar trabajo. Multiplícalo por 800.000 temporales. La otra solución es darles fijeza. Coste 0 para la sociedad pues sus plazas ya están presupuestadas.

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#4 Con más razón no. Aquí el abusado es el trabajador y el abusador la Administración. Si sacas sus plazas estas castigando nuevamente al abusado y premiando al que abusa. Además el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado en sentencia de 19/03/2020 que las oposiciones no son una forma de resolver este tema pues como he dicho antes su convocatoria sólo favorece al Estado que es el que abusa de la situación.

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#2 Hay interinos con 25-30 años de antigüedad. Es un abuso de temporalidad de manual y España ha firmado un Acuerdo marco en materia laboral con la UE (¡ En 1999!) en la que estos abusos se resuelven o con la fijeza en el puesto o con una indemnización suficientemente disuasoria al empleador. Se ha traspuesto esta directiva al sector privado, pero en el sector público se resisten. Hay que recordar que en Europa no se hacen distinciones entre los trabajadores públicos y los privados, son ante todo trabajadores y la idea es que tengan los mismos derechos en cualquier país de la UE

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#29 Hay en España mas de 800.000 temporales en la Administración de Justicia. No creo que todos estén por tener carnet del PSOE. Lo cierto es que la mayoría entran después de aprobar un ejercicio de una oposición mediante una bolsa de trabajo. Casos como los que indicas son minoritarios. También sabemos que hay opositores que entran por enchufe o porque les han pasado las preguntas.

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#4 Ese es el problema, que la Administración hace lo que le sale de los cojones. La gente entra a trabajar con unas condiciones que no se cumplen. Las plazas han de ofertarse a oposición en un periodo de tres años, pero para la Administración es más fácil tenerlas cubiertas con temporales que los maneja como quiere. Por ejemplo la mayoría del personal de urgencias es temporal porque los titulares huyen de los destinos conflictivos.