v

CC.OO. Y UGT en el ajo... Y esos son los que defienden los derechos de los trabajadores... Todos los que estan en el poder corruptos sin excepción

v

Seguimos el modelo americano del miedo a todo menos al status quo consumista, vamos por el buen camino

v

Rajoy está esperando a las plebiscitarias para iniciar su campaña

D

#2 Tienes información o es una opinión?
Yo opino que la única campaña de Rajoy es no y no.

D

#72

Lo dicho : os comparais con Escocia pero no os habeis ganado el respeto .
Solo os comparais a lo fácil.
En lo vulgar eso sacais ventaja

RocK

#73

D

#74

Separatistas agreden a un padre y a sus hijos por llevar una bandera española

RocK

#75 quieres empezar un y tú mas?

Porque hay material para rato.

D

#77

A mi no me ha costado encontrarlo.

D

#79

¿ Conoces Terra Llure , o eres muy joven ? ¿ Los consideras tolerancia ?

RocK

#83 conoces La Falange Española de las Jons ¿O eres muy joven?

¿Sabes que Terra Lliure solo mató a gente de Terra Lliure? (Eran intolerancia si y también un rato gilipollas)

D

#74

Insultos, abucheos y gritos de "independencia" en el especial de 'Al Rojo Vivo' por la Diada

v

#51 si, hay que endeudarse para sacar a España de la crisis (Montoro dixit)

O

#49 No, el PSOE no; el PSC, que no es lo mismo. Muchos piensan que el PSC es la federación del PSOE en Cataluña, pero nada más lejos de la realidad, ya que es un partido independiente. Es como UPN y el PP en Navarra: concurren juntos a las elecciones, pero son dos partidos independientes

v

Es una competencia exclusiva del estatuto y una herramienta para la participación ciudadana, ya sea para la "consulta" o para cualquier otra consulta. Anularla y aplaudir su anulación es ir en contra de la democracia.

Cehona

#18 Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Artículo 1. Cataluña.

Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

sorrillo

#98 #113 Citanos el artículo de la ley que dices invade competencias constitucionales.

CensuradoPorMeneame

#115 http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=149&tipo=2
-32.ª Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

sorrillo

#124 No.

Te estoy pidiendo el artículo de la Ley de Consultas que dices es inconstitucional. El artículo de esa ley que invade las competencias que nos citas.

El Tribunal Constitucional ya sentenció que la competencia para desarrollar la Ley de Consultas era constitucional, por lo tanto no puedes afirmar que la mera existencia de la Ley es en sí misma inconstitucional sin referirte a su articulado.

CensuradoPorMeneame

#125 Yo no he leido esa ley, no se abre la pagina.
Pero lo importante no es lo que pensemos nosotros, podemos o no estar de acuerdo y yo lo estoy, sino repito lo que interprete el Constitucional

http://www.rtve.es/noticias/20140919/parlament-aprueba-hoy-ley-consultas-mas-convocara-9n/1014500.shtml
"El Gobierno tiene previsto presentar recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley catalana de consultas en cuanto se publique oficialmente y entre en vigor esta norma. Para ello se solicitará dictamen al Consejo de Estado, que se reunirá inmediatamente para aprobar el dictamen y enviarlo al Gobierno.

Así, si la publicación en el Diario Oficial de Cataluña tiene lugar este mismo sábado por la mañana, el Consejo de Ministros se reunirá a continuación para aprobar el recurso, lo que podría suceder por tanto por la tarde. Según la vicepresidenta, es el presidente del Gobierno quien ordena la interposición de los recursos.
La admisión supondrá la suspensión de la ley catalana con efecto retroactivo, es decir, que no entrará en vigor y no serán por tanto válidos los actos derivados de su aplicación.

sorrillo

#137 Yo no he leido esa ley, no se abre la pagina.

Como puedes entonces afirmar en tu otro comentario: Es evidente que el constitucional va a anular esa ley no hay que ser jurista.

¿Evidente en base a qué? Por qué en base al texto del articulado de la ley no puedes afirmarlo.

¿Entiendes entonces que el Tribunal Constitucional es un tribunal no de tipo legislativo (requiere articulado para juzgar) sino de tipo político?

¿Que tipo de legitimidad otorgas a un tribunal de ese tipo? ¿Crees que debemos estar obligados a cumplir sus resoluciones si son de tipo político?

La admisión supondrá la suspensión de la ley catalana con efecto retroactivo, es decir, que no entrará en vigor y no serán por tanto válidos los actos derivados de su aplicación.

¿Como puede el Tribunal Constitucional, supuestamente un tribunal del ámbito jurídico, haber llegado a la conclusión que la ley requiere de una suspensión cautelar si ni siquiera ha tenido acceso a ella?

D

#115 => #159

El TC excluyó explícitamente el referéndum consultivo como fórmula de consulta popular; no sólo el referéndum en sí, sino también su regulación.

sorrillo

#164 ¿Y?

Sin tener acceso a la ley que se ha aprobado hoy, y el texto no lo he visto publicado aún y estoy convencido que nadie de aquí se ha leído la ley, es imposible afirmar que es inconstitucional.

Y es imposible afirmar que el Tribunal Constitucional dictaminará en ese sentido.

Me da mucha vergüenza escuchar a la gente hablar de la supuesta inconstitucionalidad de una ley que no se han leído, que probablemente nadie se haya leído aún aparte de los diputados que la han aprobado (y conociendo como funciona lo de los diputados incluso puede que muchos hayan votado a favor y en contra sin leerla siquiera).

D

#165 Es sencillo: si la ley de consultas recoge el referéndum como instrumento de consulta popular, es inconstitucional.

¿Van a convocar el 9N un referéndum basado en esa ley? ¿sí? Entonces todo está claro.

Y te pregunto: ¿realmente te importa que sea inconstitucional?

sorrillo

#173 Es sencillo: si la ley de consultas recoge el referéndum como instrumento de consulta popular, es inconstitucional.

Es más sencillo aún, ¿sabes tú si esa ley de consultas recoge el referéndum como instrumento de consulta popular?

Yo no lo sé. Tú tampoco.

Así de sencillo.

¿Van a convocar el 9N un referéndum basado en esa ley? ¿sí? Entonces todo está claro.

En absoluto está todo claro.

Puede que la Ley de consultas sea inconstitucional o puede que no lo sea.

Puede que la Ley de consultas sea constitucional pero la convocatoria del 9N no pueda ampararse en esa ley, o es posible que sí pueda.

Y te pregunto: ¿realmente te importa que sea inconstitucional?

Sí, me importa.

#171 no tiene sentido denunciar una ley constitucional como esta y es más probable que esperen a la convocatoria del referéndum para que el tribunal pueda pronunciarse sobre la cuestión de fondo de la consulta.

¿Sin antes leer el articulado de esa ley?

No, no tiene ningún sentido.

Ya que al TC hay que proporcionarle alegaciones, qué se considera exactamente inconstitucional y por qué. Sin tener acceso al texto legislativo eso es literalmente imposible.

D

#196 "no es erróneo decir esto sobre la inconstitucionalidad de la ley recién aprobada" => #198 "no era este el tipo de comentarios a los que yo he contestado inicialmente, si así hubiera sido probablemente no hubieras recibido réplica mía" => #190 "si montan las urnas: - o la ley recién aprobada no lo contempla, y el referéndum sería ilegal en base a dicha ley - o la ley recién aprobada lo contempla, y el referéndum (y la ley en la que se basaría) sería inconstitucional" #173 "si la ley de consultas recoge el referéndum como instrumento de consulta popular, es inconstitucional"

O no estás siendo sincero al respecto, o no te lees los comentarios a los que respondes puesto que, como ves, sí es ese el tipo de comentarios (míos) a los que has contestado inicialmente. ¿Va a ser esa la tónica general de tus respuestas, querer hacer ver lo blanco negro?

D

#173 "si la ley de consultas recoge el referéndum como instrumento de consulta popular, es inconstitucional"

Eso no tiene sentido alguno. Cita el artículo constitucional que prohíbe consultar a los ciudadanos, yo puedo citarte el artículo que lo permite expresamente. En otro caso cita la doctrina constitucionalista o sobre las democracias occidentales moderas y los estados de derecho que considere antidemocrático consultar al pueblo soberano, yo puedo citarte la definición del concepto de democracia constitucional existente el España y en el mundo occidental.
Francamente, no veo a qué te refieres al calificar las herramientas de la propia democracia como inconstitucionales

#179 No te mojas mucho, acaso la ley es secreta?, no la van a publicar en el boletín oficial?

sorrillo

#207 La discusión ha empezado aquí en #98 y #113, después tú te has sumado sin dar más explicación que una flechita: #164

En ese contexto debes interpretar mi respuesta en #198.

D

#214 Hace referencia a cualquier ley autonómica (incluidas las catalanas) que regule consultas populares por la vía de referéndum en cualquiera de sus modalidades, por ser una competencia de la Administración Central y no de las CCAA.

Si la ley de consultas regula ese tipo de consultas, será inconstitucional. ¿Lo entiendes? Bueno, claro que lo entiendes, más bien diré: ¿lo asumes?

#215 ¿una flechita? Si quieres repito lo mismo en dos comentarios, te he remitido a otro comentario mío.

Ok, ya me da igual lo que asumas, no me parece una conversación seria; ya te expliqué lo que tenía que explicar. Adiós.

sorrillo

#217 Sí claro que entiendo que si se diesen los supuestos para que fuera inconstitucional sería inconstitucional. Eso es una perogrullada.

La cuestión es que aún no tenemos siquiera acceso al texto y por lo tanto las conjeturas que podamos hacer son infinitas.

#219 No te mojas mucho, acaso la ley es secreta?, no la van a publicar en el boletín oficial?

No es que sea secreta sino que aún no la he visto publicada para leerla. Por eso me sorprende que haya gente que afirme que es inconstitucional. Estoy flipando.

D

Ese estatuto recortado y desplumado gracias al pp. Gracias, no nos interesa. #113

D

#132 ¿Gracias al PP? ¿anularon y restringieron artículos por quién lo recurrió, o porque eran inconstitucionales?

O más bien, ¿realmente te importa que fuesen inconstitucionales?