Hace 1 año | Por gershwin a elconfidencial.com
Publicado hace 1 año por gershwin a elconfidencial.com

El tribunal es el primero en celebrar una reunión para unificar criterios y considera que también deben rebajarse las penas cuando la misma se basara en el mínimo imponible

Comentarios

Uge1966

#2 Igual si esperamos un poco todos, dentro de unos días alguien que debe saber más sobre estas cosas nos aclare qué sentido e interpretación hay que hacer de esta ley. Nos estamos precipitando a opinar y más de uno nos vamos a tener que comer muchos de nuestros comentarios...

D

#9 Si se condena es porque hay pruebas. Ahora bien, se han hecho estudios científicos que muestran que cuando los jueces tienen hambre, las condenas son más duras. Se podría plantear también que sucederá con otros fenómenos fisiológicos, pero no lo haré por motivos obvios.

D

Ante la duda la más censored

D

#20 Creo que eran de EEUU, veré si encuentro la fuente. Es verdad que aquí no será tan exagerado, pero alguna influencia seguro que hay.

b

#12 Pues si condenas con pruebas no tiene sentido hablar de pena mínima y pretender rebajarla después. Si en justicia merecía 6 años de cárcel los seguirá mereciendo después y si no los merecía que no lo hubieran condenado.

b

#14 Eso no es así. Esa es la película que se montan algunos jueces. Y otros muchos únicamente por interés político.
Los mismos que ven "jolgorios" en las violaciones, por ejemplo.

D

#3 le dijo el sartén a la cazo

powernergia

La carcunda se pone nerviosa.

DarthAcan

#1 Primer comentario de la noticia que enlazas:

Se acabó el debate y la mierda que salpica gracias a los medios.

lol lol lol

D

 
Pedro Sánchez, Partido Socialista Obrero Español, presidente de España

WarDog77

La pregunta es bastante sencilla ¿Cometió el condenado a 6 años un hecho por el que ahora en la reforma se imponen 4 años o era más grave?
Si el hecho cometido en su momento es el mismo por el que ahora en la reforma se imponen 4 años adelante con la rebaja, si el hecho cometido es más grave que por el que ahora se imponen 4 años no hay lugar a ala rebaja.

Y ademas hay otro punto, si en el apartado de hechos probados la condena aparecen aspectos que ahora son valorados como agravante y antes no lo eran se deberán de tener en cuenta, es decir, al reo se le deja escoger con que ley versión de la ley quiere ser condenado pero si te acoges a la nueva ley es a toda la nueva ley, no solo a un párrafo o línea ovbiando el resto.

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#13 Los merecía con la ley anterior. Ahora el legislador ha cambiado de opinión, solo que le molesta que se note.

D

#15 Ok.

O

Independencia judicial

D

https://es.m.wikipedia.org/wiki/Audiencia_Provincial_(Espa%C3%B1a)

Acaso las audiencias provinciales dependen de la fiscalia general del estado?

D

#12 Fuente de esos estudios? Porque en EEUU me lo creo, tienen un sistema de jueces pistoleros, elegidos en elecciones y con poca base en la ley y mucha en la jurisprudencia. Pero me extrañaría ver eso en España.

D

#18 Si se rebaja la pena es porque para el hecho cometido se puede imponer la nueva pena. El hecho de refundir dos tipos en uno no quiere decir que uno conlleve más pena que otro si no lo especifica así la ley.

El tema de los agravantes es más complicado, porque depende de que dichos agravantes no existieran en su día para poder tenerlos en cuenta ahora, en virtud de la aplicación de la ley completa. Pero si dichos agravantes existían y no se condenaron, no se pueden rejuzgar ahora.

Sinceramente, no me parece para nada sencillo.

b

Leyendo la explicación da la sensación de que se está condenando a gente a la pena mínima porque no se puede poner menos, como diciendo que no hay pruebas suficientes y que se condena porque no queda más remedio.