Hace 2 meses | Por ElSev a economistjurist.es
Publicado hace 2 meses por ElSev a economistjurist.es

(...) aunque se han intentado mejorar las condiciones de los trabajadores, eliminando las contrataciones temporales y abriendo los contrato al fijo discontinuo, “no se les ha hecho ningún favor: “Ahora, a nivel empresarial, es un chollo porque no tienen que pagar ni doce días y al final tiene al empleado el mismo periodo. Es como la gallina de los huevos de oro, ahora es más fácil que antes y además no va a venir Inspección a sancionarte”. (...)

Comentarios

jdmf

".... en el sector laboral", que me explique el que redactó el titular en qué otro sector creen los despidos!!

E

#5 hay abogados laboralistas, a eso se refiere. También hay expertos en mercantil que tratan de algunos despidos como echar al socio de una empresa (contrato mercantil vs contrato laboral)

jdmf

#8 buena explicación!!!

armadilloamarillo

#5 Por ahí dicen que hay despidos que creen en el sector del Monstruo de Espagueti Volador. Herejes!

cenutrios_unidos

#5 En los andenes. Yo me he despedido varias veces.

Menuda pollez, que tiene q ver los fijos discontinuos con los temporales???

Lo de los meses de prueba, siempre hubo 2 y no se yo cuan rentable es despedir después de 3 meses que hay de periodo de pruebay volver a formar al que contrates, sea para el puesto que sea. Fijate tu que antes eran dos meses ahora depende del convenio. Un cambio muy significativo.

Solo leí la entradilla, pero mas basura falaz en menos texto no se yo como encajarla.

E

#2 siempre hubo dos, no, lo marcaba el convenio y para puestos técnicos podían ser hasta 6 meses.

De hecho se va a reformar ahora para reducir los periodos de prueba.

Si te lees el texto entero son varios expertos cada uno dando su versión, si me explicas cómo resumirlo mejor sin caer en microblogging avísame y modifico la entradilla.

#3 paso. Co. Ese titular y lo que muestras de la entradilla me llega para saber qué es paja.
Serán expertos del nivel del primo de Rajoy.

E

#6 una es magistrada suplente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid adscrito a la Sala de lo Social.

Dice: La magistrada Concepción Morales ha sido la última en intervenir y exponer su opinión sobre esta cuestión. Por su parte cree que el problema del aumento de los despidos en periodo de prueba desde la reforma laboral del 2022 “viene motivada porque se está utilizando masiva y fraudulentamente por los empresarios para extinguir a los trabajadores con una necesidad temporal de contratación”, ya que las empresas no tienen que justificar dicho despido, salvo en aquellos supuestos que exista una demanda y el empresario lo tenga que justificar.

“Creo que el aumento de los despidos viene motivado por el mal uso que están dando los empleadores de ese recurso que ya no tienen de la contratación temporal”


Lo traduzco a lenguaje Laboro, que es el único comprendido en Menéame

«Los empresaurios como ya no pueden contratar temporal en fraude de ley recurren a despido no justificado en periodo de prueba abusando de los padefos.» algo así sería

Los otros son de despachos de abogados pero como no te sonarán, pues son primos de Rajoy

#12 a ver, lee lo que pusiste: "... por su parte, cree..."

Si, exactamente igual que el primo de Rajoy, físico reputado, que tb creía o pensaba, pero ni demostraba ni afirmaba con datos empíricos. Usa la falacia de autoridad lo que tú quieras, pero creiques y penseques, son cosicas de burreques.
La info está ahí, no creo que sea tan difícil buscar los datos y afirmar o sentenciar con datos... Si dices cree.. pues es eso, mierda para inducir opinión. Es más, no debe haber ningún dato que lo secunde, pq de haberlo, lo habrían puesto en titulares.

E

#14 en meneame no verás noticias que contradigan a la oficialidad de que la reducción de contratos temporales por obra ha hecho que los nuevos empleados con contrato indefinido disfruten de mayor protección frente al despido que antes, al nivel de los que ya tenían un contrato indefinido. No llegan a portada.

Y sin embargo el ministerio ha anunciado la semana pasada un cambio normativo en la duración de los periodos de prueba. Sin ningún motivo, ¿no?

#15 su motivo tendrán.
De todas formas no te creas que despedir en la prueba o un mes después tiene grandes diferencias en el pago al trabajador.

E

#19 y sin embargo ha crecido el porcentaje de despidos. Se ve que el que es rata, es rata y aunque en un empleado que gane el SMI solamente se ahorra el empresaurio 800€ pues sí, se meten a ratear por una miseria.

#20 ya. Tb la situación del mercado no es la misma, no nos engañemos. Se que hay paro teóricamente, pero es difícil encontrar trabajadores. Sobre todo si eres ,como tú dices un rata y no compites con salario y contratas al que te acepta peores condiciones. Ahora la gente tiene donde elegir. Así que eso tb podría tener algo que ver. Pero es una opinión, como la de la magistrada esa.

Yo te digo que hacer un proceso de selección, contratar a alguien y echarlo a los dos meses después de un mínimo de dos semanas formándolos, no es rentable para el que contrata. No le veo beneficio en este caso.

E

#22 porque tú lo ves desde la perspectiva de valorar la formación y al trabajador en base al valor que aporta.

Si gestionas un call center metes a una persona a coger llamadas con horario de mierda, que viene de encadenar contratos de mierda en cualquier cárnica del sector, le enchufas un par de días de formación y a tirar la campaña de dos meses que tienes pendiente.

Y repito, dos meses de periodo de prueba es para personal no técnico, tipo ordenanza, limpiador, etc los técnicos precisamente porque pueden necesitar más formación tienen máximo seis meses de periodo de prueba con la nueva norma.

Tu no le ves beneficio, yo tampoco, pero ni tú ni yo somos los que despedimos en fraude de ley

#23 puede ser. Hablo por mi y desde mi punto de vista que desconozco.
Es cierto que en los call center hay gente que dura muy poco. Pero joder. Formar a gente para despedirlo... Supongo q en ese caso es por estafa piramidal de comerciales FFFy al siguiente pardillo (que venden a Friends, family y fools) pero para esos da igual como este la ley. Contratan y echan cada mes y te dan formación que no te remuneran a penas o nada.

The_Ignorator

Recorordad:
Romper la relacion laboral durante el periodo de prueva preaviso y sin compensación de ningún tipo es bidireccional.
Lo mismo puede hacerlo el empresario que el trabajador. Y que coja uno de esos "100 que están haciendo cola", como si no le viene nada bien a la empresa en ese momento por lo que sea

E

#11 ya, pero si pides tú la cuenta no tienes derecho a prestación por desempleo, lo que es una putada.

The_Ignorator

#13 Eso sí. También es verdad que si por lo único que te va a contar la prestación es por ese mismo periodo de prueba (es tu primer trabajo, vienes del paro, etc...) estás un poco en las mismas.
Y, ¡qué leches! por una parte a veces te tratan tan mal que solo quieres ver el mundo arder, y por otra un poco lo que digo: que en ese momento le puede venir fatal a la empresa que tu "abandones el barco" por lo que se puede convertir en una buena herramienta de negociación.

PS: Acabo de leerme y no se de dónde ha salido ese "prueva". Que dolor de hogos

E

#16 a ver, si vienes del paro y no agotaste la prestación puedes elegir entre retomarla o usar la nueva que hayas ido acumulando desde entonces

Yo por ejemplo si mañana me quedase en paro podría elegir entre un año y pico que me quedó pendiente o 360 días en base a lo que he cotizado desde que volví a trabajar.

The_Ignorator

#17 Si no agotaste la prestación, tú lo has dicho. Al final hay circunstancias varias y cada uno verá.
Pero lo dicho, lo mismo que te pueden dar la patada la puedes dar tú. Como si lo encadenas con otro trabajo de mierda solo por irte de dónde te estén vacilando o amenazando con no emplearte.

E

#21 claro, yo es que prefiero que me echen directamente aunque sea un disciplinario y cobrar el paro. Si no lo tuviese...

m

Tenemos un empresariado modélico.

C

#1 y patriarcal. La culpa es de los jueces. La ley está bien.

E

#4 ahora hay normativa nueva:

La norma limita el periodo de prueba a un máximo de seis meses para técnicos titulados y de dos meses para el resto de trabajadores. En el caso de los contratos temporales y de duración determinada, si es concertado por un periodo igual o superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá superar el mes. En los contratos de duración menor, el periodo de prueba se reducirá en la misma proporción. Los convenios colectivos no podrán ampliar la duración de estos periodos de prueba, según ha resaltado Díaz.

Yo ya tenía seis meses por convenio, en mi caso no cambia mucho la cosa.