s

#23 Yo en tu comentario tampoco veo explícitamente el coeficiente intelectual que tienes... pero se deduce

categoriacerdosya

#29 ¿puedes explicar al tonto qué tiene de malo mi comentario? ¿que me atrevo a usar -sin calificar- la palabra que los demás no se atreven? ¿que explicito que los comentarios de aquí estén suponiendo que el agresor es gitano sin saberlo? A ver si va a resultar que el que prejuzga no soy yo...

tusitala

#38 Es que hay gente que piensa que gitano es un insulto y si lo dices estás insultando a alguien. No se dan cuenta de que la ofensa la están cometiendo ellos.

Puño_mentón

#29 pues nada, joder, de buena mañana y reportando insultos...... cómo está el patio.....

KoLoRo

#47 Lleva unos días así... muy majo, espero le manden pa su casa pronto.

Puño_mentón

#54 No sé que tendrán algunos en la cabeza para ir faltando al respeto de esa manera ante comentarios normales....

KoLoRo

#59 Bilis, se le llama bilis y el problema esta en que no se les mete un ban y pista. Por que entiendo que una vez por un calentón tengas un desliz, pero estar todos los días con ese tipo de comentarios... poooos.... en fin, es lo que nos queda por aquí

s

#22 ¿Podrías decirnos cuál es tu provincia? Es por hacer estadísticas y tú también sumas

#46 No entiendo lo que ocurre en el video, pero por la cantidad de visualizaciones parece ser impresionante. ¿Podrías explicarlo?

s

#33 Sí claro, las compañía metiéndose en un lío legal por proteger a sus clientes...

¿No será al revés?

Talleres concertados haciendo buen precio a la aseguradora a cambio de que el perito haga la vista gorda en reparaciones de dudosa calidad

En cambio talleres en los que la aseguradora no tiene esas ventajas (como es el caso) aparecen "fuera de servicio" en sus bases de datos...

DrV

#47 Tengo un conocido que tiene un taller de chapa y pintura y trabaja mucho con seguros(casi todos sus clientes vienen por el seguro)

Te pongo un ejemplo: el perito da una valoración económica. Si el cliente quiere piezas originales(normalmente cuando no tiene la culpa del golpe o seguro a todo riesgo) el perito suele pasar a comprobar las etiquetas y nº de series de las piezas que se van a instalar porque suelen ser caras.(cuando es un foco que cuesta 50€ ni aparece)

Si el otro tiene la culpa y el seguro es con franquicia, nomalmente se le ofrece al cliente la opción de pieza original, de recambista o desguace(aletas, puertas....), el perito le valora la inciencia en por ejemplo 1500€ con pieza original, 1200 con la del recambista y 900€ con el desguace y el cliente tiene una franquicia de 300€, y le suelen proponer con pieza original fraquicia 300€, con la del recambista un 30% de descuento y con el desguce pues un 90%...La gente tira a la del desguce, porque total después de pintarla queda igual y gasta 30€.

Si el seguro es a terceros.... imagina lo que pregunta la gente...¿y de desguace no tenéis nada?

Nota: me refiero a chapa y pintura, no otras cosas.

s

#4 #8 La expresión "fin del principio" significa que hay un gran futuro por delante... Todo lo contrario a la expresión más conocida "principio del fin" con la que seguramente os habréis confundido

D

#9 Anda cojones, error mío

s

#59 #16 ¿No os dais cuenta de vuestros clichés? El gitano que puede "camuflarse" puede ser el que te sirva el pan en tu panadería habitual (por poner un ejemplo).
Soy gitano ingeniero, trabajando como profesor de secundaria y nadie me cuenta como "gitano integrado". #28 El gitano que no puede "camuflarse" (tengo varios familiares con este problema) lo tiene muy difícil para ser contratado. Si dudas de esta afirmación, imagínate a ti con tu panadería nuevecita contratando a un gitano para despachar el pan... "Venga chaval acuéstate"

D

#81 Excepciones a la norma general...

Javier_Martinez_5

#116 Yo trabajo con gitanos "camuflados". Hay más de los que crees.

s

Hola Jose Carlos:
¿Crees que hay razones para pensar que Bitcoin subirá el los próximos meses?
¿O crees que hay mejores activos en los que invertir actualmente?

s

¿Nadie aquí se da cuenta de que todo es un montaje para ganar audiencia en el lanzamiento?

Están consiguiendo publicidad gratis, están consiguiendo que salgan noticias, que se hable en los descansos del trabajo... estaba claro que estaba hecho feo a propósito...

Han conseguido que gente que no era fan de Sega ni de Sonic de asome a ver el trailer para juzgarlo... y una vez visto el trailer, y una vez han hecho caso a la comunidad y sacan el Sonic guapo, ya sí que esta peli toca un poco el alma cuando vaya a elegir en la cartelera

F

#53 Una foto de un cubo lleno de cosas ensangrentadas. No sé, Rick...

s

Existe la remota posibilidad de que un senegalés, con antecedentes de delitos sexuales sea contratado por un colegio... y teniendo un contrato de trabajo en su particular paraíso en el país al que llegó como inmigrante buscando una vida mejor, esté tan zumbado como para tirarlo todo por la borda y quemar el autobús que conducía repleto de niños para vengar a los compatriotas que mueren en el Mar...

Aunque no debemos menospreciar la "remota" posibilidad de que todo sea un montaje para generar odio a los extracomunitarios (inmigrantes de fuera de la UE llamados así en Italia)...

FAQ:

Por parte de quién?
Un partido político...

Y qué ofrecieron al senegalés?
Vuelta a casa con el frigorífico lleno el lugar de quitarle el trabajo que había conseguido

Y la parte del niño marroquí que salvó a todos?
Algo tenía que salir mal

Y por qué le conceden la ciudadanía?
Ni siquiera es la nacionalidad, la ciudadanía es lo fácil de conseguir.

s

#2 No es cierto. En España y en Inglaterra la hora de entrada al colegio es la misma. Sin embargo en España el sol se pone más tarde, por lo que al final un niño español ha tenido menos horas desde que se pone el sol hasta que entra al colegio al día siguiente.

j

#12 No es del todo cierto. En verano cuanto más al norte más largos los días y en invierno al contrario.

s

#21 Y el colegio es invierno.

Conde_Lito

#12 En Reino Unido/Escocia/Irlanda para las 3 y media 4 de la madrugada en Junio está casi de día. Aquí en españa no empieza a amanecer hasta las 5, 5 y media de la madrugada.

j

#28 #2 si y no, entre el equinocio de otoño y el de primavera amanece mas tarde en Inglaterra que en España y oscurece antes, que comprende la mayoría del calendario escolar, "sólo" a partir de marzo y hasta Julio (del 21 del solsticio al ventitantos de Julio que finalizan las clases) sucede al reves, con el agravante, por cierto, de que no tienen persianas wall .

B

#47 Pero tienen unos cortinones que parecen mantas zamoranas

j

#86 a ver, como dice #76 tienen unas cortinas finas y luego unas gruesas como algunos hoteles que no pasa un haz. El problema es ventanas en el pasillo o al final de las escaleras o el baño que no suelen tener esas cortinas,

Conde_Lito

#47 Lo de las persianas y que te amanezca a las 4 de la madrugada es un sinvivir. Y mejor no quiero ni saber si trabajas de noche y duermes por el día.

#12 Sasto. Yo sigo sin entender los horarios escolares en este país.

s

Esto es demasiado... para poder librarte de la obligación de instalar filtros automáticos en tu sitio web tienes que cumplir estos 3 requisitos:

1. Disponible al público menos de tres años
2. Volumen de negocio inferior a 10 millones de € anual
3. Menos de 5 millones de usuarios únicos al mes

El 2 y 3 ok... pero el 1?? Hay muchísimas plataformas con más de 3 años que no pueden permitirse instalar filtros automáticos, y con esta ley serían reponsables de cualquier contenido que publiquen sus usuarios. Obligarán al cierre de muchos sitios de difusión de opiniones públicas (foros, pequeños/medianos sitios...).

Está claro que los mass-media han metido varios maletines de por medio porque es que si no, no me lo explico.

D

#22 No es solo los mass media. Es control político. Si acaban con los foros, canales y medios independientes, internet se limitará a dar la versión oficial.

Es Censura, y con mayúsculas. En pocas palabras, están prohibiendo los medios independientes.

SalsaDeTomate

#22 Te falta otro requisito: solo se ha de cumplir si tienen ánimo de lucro

Gry

#32 ¿Entonces si convierten Youtube en una ONG y todos los beneficios que obtengan después de cubrir gastos lo dedican a ayudar a jóvenes artistas o algo así ya se libran?

Se iban a quedar las editoriales con cara de tontos...

SalsaDeTomate

#49 Puede, pero ese tipo de funcionamiento es para dar pelotazos a nivel individual. Cuando hay juntas de accionistas, cotización en bolsa, etc por medio entonces ya no funciona.
De todos modos hoy ponen eso y mañana ponen otra cosa, las leyes no son como los mandamientos de Dios, inmutables.

Gry

#60 YT no cotiza en bolsa y la última noticia que he tenido es que da pérdidas a Google. Si lo organizan como una ONG además de librarse de la aplicación de la directiva podrían declarar las pérdidas como donaciones.

parrita710

#32 La industria considera ánimo de lucro el mero hecho de ahorrarte comprar una peli/canción. Adivina que criterio van a usar.

SalsaDeTomate

#62 Claro, por eso ha habido tanta gente condenada por esos motivos en todos estos años, ¿a que sí?

parrita710

#63 ¿Qué tiene que ver eso con como se dicte la norma ahora?

s

Entre el Brexit y esto... la que se le viene encima a la economía europea

s

#50 #49 Me corrijo leyendo el artículo 13 de la ley que enlazas. Creo que no es necesario que sea un sistema automático.

Sin embargo sigo sin verle el sentido a este artículo de la ley... ¿Qué se pretende? Ya se está haciendo de esta forma sin necesidad de legislar nada.

angelitoMagno

#53 Se pretende regular algo que ya se está haciendo. Por ejemplo, la ley establece la obligación de que si se usan esos sistemas de borrado automático, se avise a los usuarios de que se está haciendo y se incluyan vías de reclamación.

Artículo 13.2
Los Estados miembros velarán por que los proveedores de servicios contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso a los que puedan acceder los usuarios en caso de litigio sobre la aplicación de las medidas a que se refiere el apartado 1.

Si metes un sistema de borrado automático, ahora estás obligado a introducir un mecanismo para que el usuario reclame. Antes no tenías obligación legal de hacerlo.

s

#49 No debería ser un juez el que diga si una plataforma tiene el suficiente tráfico como para poner un sistema de reconocimiento... ya lo hace por sí sola la naturaleza de cada web.

¿En qué se va a basar un juez? ¿en visitas? ¿en usuarios únicos? ¿en ingresos? ¿en el objetivo para el que se diseñó la web? ¿o en el uso que terminan dándole sus usuarios? No se si sabes que Twitter se diseñó para sustituir a los sms...

¿No te parece más lógico que conforme te vayan aumentando las peticiones de borrado de contenido a lo largo del tiempo seas tú mismo el que decida implantar un sistema de reconocimiento? Esto no da lugar a interpretaciones de si una web es grande o pequeña por parte de un juez

Por qué obligar en determinadas circunstancias (decididas por el juez de turno) a instalar un sistema automático de reconocimiento... ¿y si decido contratar a miles de personas que supervisen mi contenido? ¿Por qué me obligas a que sea automático?

Vuelve a leer el ejemplo que te he puesto de Spotify en #45. Intenta imaginarte ambos escenarios (con la ley actual y con la nueva) a ver qué posibilidades tendría la competencia de Spotify en cada uno.

s

#50 #49 Me corrijo leyendo el artículo 13 de la ley que enlazas. Creo que no es necesario que sea un sistema automático.

Sin embargo sigo sin verle el sentido a este artículo de la ley... ¿Qué se pretende? Ya se está haciendo de esta forma sin necesidad de legislar nada.

angelitoMagno

#53 Se pretende regular algo que ya se está haciendo. Por ejemplo, la ley establece la obligación de que si se usan esos sistemas de borrado automático, se avise a los usuarios de que se está haciendo y se incluyan vías de reclamación.

Artículo 13.2
Los Estados miembros velarán por que los proveedores de servicios contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso a los que puedan acceder los usuarios en caso de litigio sobre la aplicación de las medidas a que se refiere el apartado 1.

Si metes un sistema de borrado automático, ahora estás obligado a introducir un mecanismo para que el usuario reclame. Antes no tenías obligación legal de hacerlo.

s

#43 Lo que intento decirte es que no hay ninguna necesidad de regular algo que de por sí cae por su propio peso.

No me obligues a gastarme el dineral que cuesta un sistema de reconocimiento actualizado de derechos de autor... ya lo tendré que hacer yo de forma obligada cuando tenga millones de denuncias al mes ingestionables manualmente.

Es una ley que hace que una gran discográfica (Sony por poner un ejemplo) accionista en Spotify, pueda imputar la responsabilidad de infringir el copyright a la competencia de Spotify (aún sin ingresos pero con importantes cantidades de tráfico) por no tener implantado el sistema de reconocimiento.

Con el sistema actual: Sony denuncia. Acto seguido la competencia de Spotify borra el contenido. Aquí no hay responsabilidades por copyright y la competencia puede seguir su camino.

Interpola este ejemplo webs de noticias, libros, fotografías, vídeos... lo que te de la gana.

angelitoMagno

#45 No me obligues a gastarme el dineral que cuesta un sistema de reconocimiento actualizado de derechos de autor... ya lo tendré que hacer yo de forma obligada cuando tenga millones de denuncias al mes ingestionables manualmente.

En efecto, esos es lo que dice la ley. La ley NO obliga a poner un sistema de reconocimiento. La ley dice que el sistema para evitar que se infringan los derechos debe adecuarse a cada web, teniendo en cuenta su capacidad tecnológica y el objetivo del mismo:

Artículo 13.3
Los Estados miembros facilitarán, cuando proceda, la cooperación entre los proveedores de servicios de la sociedad de la información y los titulares de derechos a través de diálogos entre las partes interesadas para determinar las mejores prácticas como, por ejemplo, las técnicas de reconocimiento de contenidos adecuadas y proporcionadas, teniendo en cuenta, en particular, la naturaleza de los servicios, la disponibilidad de las tecnologías y su eficacia a la luz de la evolución tecnológica.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52016PC0593&from=EN

Si tu montas un servicio como Blablacar, Meetic o similar pues no hace falta que desarrolles o adquieras una herramienta de filtrado de contenidos de autor en los comentarios porque según la naturaleza de tu servicio no tiene sentido hacerlo.

Si tu tienes una pequeña startup que solo vas a tener un problema de copyright al mes, pues la naturaleza de tu servicio y tu disponibilidad tecnológico hará que no sea exigible el desarrollar un sistema de filtrado previo.

De hecho, se infiere del artículo que si los titulares de derechos quieres que pongas filtrado previo, deberían ser ellos los que te proporcionen las herramientas (diálogo entre las partes interesadas, no obligación de los prestadores de servicio)

Se está hablando mucho de que todas las webs tendrán que poner mecanismos automáticos de filtrado previo de forma obligatoria pero es algo que no dice en ningún sitio.

s

#49 No debería ser un juez el que diga si una plataforma tiene el suficiente tráfico como para poner un sistema de reconocimiento... ya lo hace por sí sola la naturaleza de cada web.

¿En qué se va a basar un juez? ¿en visitas? ¿en usuarios únicos? ¿en ingresos? ¿en el objetivo para el que se diseñó la web? ¿o en el uso que terminan dándole sus usuarios? No se si sabes que Twitter se diseñó para sustituir a los sms...

¿No te parece más lógico que conforme te vayan aumentando las peticiones de borrado de contenido a lo largo del tiempo seas tú mismo el que decida implantar un sistema de reconocimiento? Esto no da lugar a interpretaciones de si una web es grande o pequeña por parte de un juez

Por qué obligar en determinadas circunstancias (decididas por el juez de turno) a instalar un sistema automático de reconocimiento... ¿y si decido contratar a miles de personas que supervisen mi contenido? ¿Por qué me obligas a que sea automático?

Vuelve a leer el ejemplo que te he puesto de Spotify en #45. Intenta imaginarte ambos escenarios (con la ley actual y con la nueva) a ver qué posibilidades tendría la competencia de Spotify en cada uno.

s

#50 #49 Me corrijo leyendo el artículo 13 de la ley que enlazas. Creo que no es necesario que sea un sistema automático.

Sin embargo sigo sin verle el sentido a este artículo de la ley... ¿Qué se pretende? Ya se está haciendo de esta forma sin necesidad de legislar nada.

angelitoMagno

#53 Se pretende regular algo que ya se está haciendo. Por ejemplo, la ley establece la obligación de que si se usan esos sistemas de borrado automático, se avise a los usuarios de que se está haciendo y se incluyan vías de reclamación.

Artículo 13.2
Los Estados miembros velarán por que los proveedores de servicios contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso a los que puedan acceder los usuarios en caso de litigio sobre la aplicación de las medidas a que se refiere el apartado 1.

Si metes un sistema de borrado automático, ahora estás obligado a introducir un mecanismo para que el usuario reclame. Antes no tenías obligación legal de hacerlo.

daphoene

#49 Sí, sí lo dice, aunque sea de forma implícita. Y además, esto es sólo una punta de lanza, después viene el resto, que ya los conocemos.

Aparte, me sirve de poco que la herramienta me la proporcionen ellos, si cada vez que alguien sube una foto yo tengo que llamar a su servicio, y éste tarda mil años en contestar, me matas el servicio. Igual si me dan un instalable y necesito cien servidores para que funcione con fluidez.

Esta ley es un disparate completo, moral y técnicamente hablando. Lo único que me consuela es que al final, conseguirán forzar que nazca un nuevo Internet que no puedan controlar de ninguna de las maneras, y entonces sí que va a montarse una gorda. Como decía el gallego de Airbag, no voy a decir que nos lo merecemos, aunque lo piense.

s

#18 Foros y webs personales? Pero entonces si tú quieres montarte tu pequeño Facebook (no a nivel personal, sino a nivel empresarial) necesitarás sí o sí los recursos de las grandes que mencionas... algo imposible para la startup de turno.

Es una frenada en seco a los pequeños y una enorme ventaja para los que sí se pueden permitir tecnologías de reconocimiento de obras con derechos de autor (Facebook, Youtube, Instagram...)

Como estaba antes (responsabilidad de la plataforma únicamente a partir del momento en el que alguien denuncia) era más asequible. Es fácil gestionar una denuncia al mes de forma manual. Sin embargo, gestionar millones de denuncias de contenido al mes de forma manual era insostenible y requería de métodos de reconocimiento automático sin necesidad de una ley que obligue formalmente a ello.

Ahora, como la responsabilidad es de la plataforma desde el momento en que se permite subir el contenido, resulta inviable para los pequeños.

angelitoMagno

#42 La normativa habla de grandes cantidades de información Una startup estaría excluida. Aquí también te lo especifican:

El Artículo 11 prohíbe, entre otras cosas, compartir enlaces de noticias en redes sociales, con lo cual plataformas como Twitter o Facebook no podrán nutrirse de este tipo de contenidos. Es decir, no podrás compartir una noticia como ésta en redes sociales cuando se apruebe la regulación. Tampoco memes que se realicen con motivo de series o películas. La norma, en principio, se aplicará a personas y corporaciones. Sólo quedarán fuera de aplicación las startups.
https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/Bruselas-aprueba-muchas-proxima-Copyright_0_1171983314.html

(Bueno, yo disiento también en lo de "personas", pero bueno)


Es fácil gestionar una denuncia al mes de forma manual. Sin embargo, gestionar millones de denuncias de contenido al mes de forma manual es insostenible
¿Eh? ¿Y porqué deberían aumentar las demandas de una al mes a millones? No entiendo

s

#43 Lo que intento decirte es que no hay ninguna necesidad de regular algo que de por sí cae por su propio peso.

No me obligues a gastarme el dineral que cuesta un sistema de reconocimiento actualizado de derechos de autor... ya lo tendré que hacer yo de forma obligada cuando tenga millones de denuncias al mes ingestionables manualmente.

Es una ley que hace que una gran discográfica (Sony por poner un ejemplo) accionista en Spotify, pueda imputar la responsabilidad de infringir el copyright a la competencia de Spotify (aún sin ingresos pero con importantes cantidades de tráfico) por no tener implantado el sistema de reconocimiento.

Con el sistema actual: Sony denuncia. Acto seguido la competencia de Spotify borra el contenido. Aquí no hay responsabilidades por copyright y la competencia puede seguir su camino.

Interpola este ejemplo webs de noticias, libros, fotografías, vídeos... lo que te de la gana.

angelitoMagno

#45 No me obligues a gastarme el dineral que cuesta un sistema de reconocimiento actualizado de derechos de autor... ya lo tendré que hacer yo de forma obligada cuando tenga millones de denuncias al mes ingestionables manualmente.

En efecto, esos es lo que dice la ley. La ley NO obliga a poner un sistema de reconocimiento. La ley dice que el sistema para evitar que se infringan los derechos debe adecuarse a cada web, teniendo en cuenta su capacidad tecnológica y el objetivo del mismo:

Artículo 13.3
Los Estados miembros facilitarán, cuando proceda, la cooperación entre los proveedores de servicios de la sociedad de la información y los titulares de derechos a través de diálogos entre las partes interesadas para determinar las mejores prácticas como, por ejemplo, las técnicas de reconocimiento de contenidos adecuadas y proporcionadas, teniendo en cuenta, en particular, la naturaleza de los servicios, la disponibilidad de las tecnologías y su eficacia a la luz de la evolución tecnológica.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52016PC0593&from=EN

Si tu montas un servicio como Blablacar, Meetic o similar pues no hace falta que desarrolles o adquieras una herramienta de filtrado de contenidos de autor en los comentarios porque según la naturaleza de tu servicio no tiene sentido hacerlo.

Si tu tienes una pequeña startup que solo vas a tener un problema de copyright al mes, pues la naturaleza de tu servicio y tu disponibilidad tecnológico hará que no sea exigible el desarrollar un sistema de filtrado previo.

De hecho, se infiere del artículo que si los titulares de derechos quieres que pongas filtrado previo, deberían ser ellos los que te proporcionen las herramientas (diálogo entre las partes interesadas, no obligación de los prestadores de servicio)

Se está hablando mucho de que todas las webs tendrán que poner mecanismos automáticos de filtrado previo de forma obligatoria pero es algo que no dice en ningún sitio.

s

#49 No debería ser un juez el que diga si una plataforma tiene el suficiente tráfico como para poner un sistema de reconocimiento... ya lo hace por sí sola la naturaleza de cada web.

¿En qué se va a basar un juez? ¿en visitas? ¿en usuarios únicos? ¿en ingresos? ¿en el objetivo para el que se diseñó la web? ¿o en el uso que terminan dándole sus usuarios? No se si sabes que Twitter se diseñó para sustituir a los sms...

¿No te parece más lógico que conforme te vayan aumentando las peticiones de borrado de contenido a lo largo del tiempo seas tú mismo el que decida implantar un sistema de reconocimiento? Esto no da lugar a interpretaciones de si una web es grande o pequeña por parte de un juez

Por qué obligar en determinadas circunstancias (decididas por el juez de turno) a instalar un sistema automático de reconocimiento... ¿y si decido contratar a miles de personas que supervisen mi contenido? ¿Por qué me obligas a que sea automático?

Vuelve a leer el ejemplo que te he puesto de Spotify en #45. Intenta imaginarte ambos escenarios (con la ley actual y con la nueva) a ver qué posibilidades tendría la competencia de Spotify en cada uno.

s

#50 #49 Me corrijo leyendo el artículo 13 de la ley que enlazas. Creo que no es necesario que sea un sistema automático.

Sin embargo sigo sin verle el sentido a este artículo de la ley... ¿Qué se pretende? Ya se está haciendo de esta forma sin necesidad de legislar nada.

angelitoMagno

#53 Se pretende regular algo que ya se está haciendo. Por ejemplo, la ley establece la obligación de que si se usan esos sistemas de borrado automático, se avise a los usuarios de que se está haciendo y se incluyan vías de reclamación.

Artículo 13.2
Los Estados miembros velarán por que los proveedores de servicios contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso a los que puedan acceder los usuarios en caso de litigio sobre la aplicación de las medidas a que se refiere el apartado 1.

Si metes un sistema de borrado automático, ahora estás obligado a introducir un mecanismo para que el usuario reclame. Antes no tenías obligación legal de hacerlo.

daphoene

#49 Sí, sí lo dice, aunque sea de forma implícita. Y además, esto es sólo una punta de lanza, después viene el resto, que ya los conocemos.

Aparte, me sirve de poco que la herramienta me la proporcionen ellos, si cada vez que alguien sube una foto yo tengo que llamar a su servicio, y éste tarda mil años en contestar, me matas el servicio. Igual si me dan un instalable y necesito cien servidores para que funcione con fluidez.

Esta ley es un disparate completo, moral y técnicamente hablando. Lo único que me consuela es que al final, conseguirán forzar que nazca un nuevo Internet que no puedan controlar de ninguna de las maneras, y entonces sí que va a montarse una gorda. Como decía el gallego de Airbag, no voy a decir que nos lo merecemos, aunque lo piense.

WEST_VIRGINIA

#26 de los mejores!

s

#5 Una cosa no quita la otra.
Es cierto que si sigue el PP en el gobierno, esta noticia probablemente no existiría.

Pero tampoco hubiera existido sin el pueblo pidiendo cada noche el soterramiento.

Aun así, yo hasta que no lo vea no me lo creo. Seguid con fuerza murcianos!!

s

De las mejores protestas que he visto nunca lol
Los murcianos deben seguir así