Vamos a analizar la “perspectiva de género” que se aplica en:
1. La violencia sexual en niños
2. El maltrato entre adolescentes
3. La igualdad salarial
4. El maltrato en la pareja
5. El sinhogarismo
6. La asociación juezas y jueces por la democracia
7. Las materias escolares
8. El lenguaje
9. El revisionismo histórico
10. La justicia
11. Las pensiones de orfandad en casos de violencia intrafamiliar
“Perspectiva de género” es un concepto que en los últimos años ha ido creciendo en popularidad debido a su asociación con otros como igualdad, equidad o justicia.
Desde Unicef se nos dice:
La perspectiva o visión de género es una categoría analítica que toma los estudios que surgen desde las diferentes vertientes académicas de los feminismos para, desde esa plataforma teórica, cuestionar los estereotipos y elaborar nuevos contenidos que permitan incidir en el imaginario colectivo de una sociedad al servicio de la igualdad y la equidad.
Pero, ¿realmente es un concepto que se utiliza en pro de la igualdad y la equidad? Vamos a comprobarlo.
*Gran parte del contenido de este artículo es gracias a la información de @ReliginFeminis1
1. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA VIOLENCIA SEXUAL EN NIÑOS
En el 2020 Madrid abrió un centro 24 horas para víctimas de violencia sexual que atiende a niñas y mujeres, pero no a niños.
La concejal Carolina Pulido se quejaba de que no puede ser que las personas víctimas de violencia sexual tengan que esperar hasta 6 meses para ser atendidos:
Lo que tendría que hacer este ayuntamiento es precisamente crear estos centros especializados. Y lo que podrían hacer ustedes es presionar a sus socios de gobierno de la Comunidad de Madrid para que de una vez por todas en esta legislatura, se pongan medidas para revisar el modelo de atención que se está dando en el SIASIC porque hay hasta 6 meses de lista de espera y evidentemente es insuficiente para atender las necesidades de nuestros niños y nuestras niñas.
Sin embargo, Pulido no está a favor de que en este centro se atiendan a niños violados; es decir, que los niños deberán esperar 6 meses, pero las mujeres y las niñas no:
El centro de crisis 24 horas para mujeres víctimas de violencia sexual es un servicio social de atención especializada para mujeres mayores de edad o menores acompañadas de su representante legal, que han enfrentado violencia sexual en cualquiera de sus manifestaciones; es decir, que atienden a quien tienen que atender. Lo que no implica que, evidentemente, se atiende a cualquiera que vaya al recurso. Y lo que se hace ahí, como se hace en todos los recursos, es derivar al recurso más adecuado.
En otras palabras, si eres mujer o niña, atención inmediata; si eres niño, te derivan al recurso que tarda hasta 6 meses.
2. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL MALTRATO ENTRE ADOLESCENTES
Nos dice Bou:
El Gobierno ha publicado un estudio masivo sobre el maltrato en adolescentes (http://archive.is/KPkKm) en el que:
- A las chicas solo les pregunta cuánto maltrato han sufrido.
- A los chicos solo les pregunta cuánto han ejercido.
Veamos cómo os miente@newtral al respecto:
Los estudios que preguntan simétricamente a ambos sexos (como este del Centro Reina Sofía: http://archive.is/SYB55) siempre dan los siguientes resultados:
1. Que ambos sexos maltratan en proporción similar.
2. Que ambos sufren maltrato en proporción similar.
3. Que ambos sexos reconocen ejercer menos maltrato del que el otro sexo dice sufrirlo.
Es decir: que los maltratados siempre perciben más cantidad de maltrato, y los maltratadores siempre perciben menos. SEA CUAL SEA SU SEXO.
Por tanto no hay brecha "entre chicas y chicos" en la forma de percibir el maltrato. Hay brecha entre maltratados y maltratadores. Pero el estudio no ve la diferencia porque solo contempla a las chicas como maltratadas, y a los chicos como maltratadores. http://archive.is/wp5kt
Algunos me estáis mandando MPs porque no os creéis que el Gobierno entreviste a miles de chicos adolescentes y no les pregunte por el maltrato sufrido, solo por el ejercido. Pues aquí lo tenéis, a partir de la p. 121: http://archive.is/KPkKm Los chicos les importan una mierda.
3. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA IGUALDAD SALARIAL
En este hilo de Bou, se nos habla del acuerdo firmado por las Ministras de Trabajo e Igualdad para la igualdad salarial. La misma Ministra de Trabajo nos lo relata así:
Curioso es que se mencione que “es el primer acuerdo social firmado únicamente por mujeres” y después se diga que “la igualdad en el trabajo debe ser asunto de todas y todos”. Menciones aparte de esta incongruencia, Bou, a lo largo de su hilo, nos va desgranando el informe:
El acuerdo dice que un hombre y una mujer deben cobrar lo mismo aunque tengan trabajos distintos, si estos trabajos son "de igual valor". Para decidir si son de igual valor se mira en qué consiste el trabajo, qué estudios hacen falta, cuáles son las condiciones laborales, etc.
El truco está aquí: la valoración debe incluir factores tan etéreos como "las habilidades sociales", "las habilidades de atención a las personas" y "la capacidad de resolución de conflictos".
La empresa deberá tener en cuenta TODOS estos factores, sin infravalorar ninguno y sin aplicar valoraciones "que reflejen estereotipos de género".
¿Y quién decidirá si la valoración es correcta o si "refleja estereotipos de género? Pues el Instituto de la Mujer, por supuesto. Y si te mira mal, prepárate para una multa de hasta 180.000€.
De este modo, la regulación que prepara el Gobierno y que viene a desarrollar la normativa que elaboró la anterior ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, junto con la ex responsable de Igualdad del Gobierno, la vicepresidenta primera Carmen Calvo, eleva los planes de igualdad al nivel de rango crítico en la gestión empresarial, al someterlos al control de una auditoría externa. Esta obligación pretende lograr un mayor compromiso de los empresarios en este aspecto, que además deberán asumir el coste adicional de la auditoría, y que se exponen a multas de hasta 187.515 euros si incumplen en esta materia, así como a la pérdida de las ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo y a la exclusión del acceso a tales beneficios durante un periodo de seis meses.
Continúa Bou:
Por cierto, las empresas deberán controlar que las mujeres no están infrarrepresentadas en los puestos intermedios o superiores. Pero los hombres sí, ellos pueden estar infrarrepresentados sin que pase nada.
Y una última cosa: los riesgos laborales se deben valorar con perspectiva de género. ¿Esto significa tener en cuenta que el 95% de los muertos son hombres, y priorizar su seguridad?
No, por Dios. Significa "acabar con la idea de que las mujeres desarrollan sus trabajos en entornos más seguros". https://ugt.es/sites/default/files/folletogenero_web.pdf Parecéis nuevos, de verdad.
Así que si tu empresa de limpieza tiene a las mujeres limpiando oficinas, y a los hombres limpiando ventanas colgados de un cable porque ninguna de sus compañeras quiere salir ahí, toca pagarles lo mismo. Y punto. Al fin y al cabo ellas requieren más habilidades sociales porque están todo el día cruzándose con gente... y ellos tampoco es que corran más riesgo, eso es un estereotipo que debemos desterrar. Y si no estás de acuerdo, multazo. Eso es lo que se ha aprobado hoy.
Algunos me decís que el ejemplo de los limpiadores es una exageración mía. No lo es. La propia ministra usa ese ejemplo; y dice que pagarles un complemento de peligrosidad es una discriminación basada en estereotipos, y que con la nueva ley eso se va a acabar.
Vamos a desarrollar una normativa antidiscriminatoria, esto es central. Estas normas permitirán luchar contra la discriminación que se esconde en los estereotipos que hacen que no se valoren el trabajo desempeñado por las mujeres. Conocen bien el ejemplo clásico: una limpiadora y un cristalero. Los dos desempeñan un trabajo de idéntico valor, pero el cristalero tiene un complemento que le retribuye más.
Continúa Bou:
El ejemplo no se lo ha inventado la ministra, lleva años saliendo en documentos oficiales: (http://archive.is/wip/A25hJ) Pagar un plus de penosidad por cargar maquinaria pesada, pero no por usar un ratón, es "infravalorar el trabajo de la mujer" y quedará prohibido con la nueva ley.
Concluye Bou:
Si os parece mal lo que habéis leído en este hilo, solo hay una posible explicación. Queréis negarles a las mujeres sus derechos ciudadanos y encerrarlas en el hogar. Lo dijo la portavoz de CCOO en la presentación de la nueva ley:
Palabras de la portavoz de CCOO:
Ha emergido una reacción antigénero que puede llegar a tener un impacto negativo en el medio plazo si no se aceleran y se consolidan medidas concretas y eficaces para avanzar en la igualdad efectiva. Porque tras esa impugnación del concepto de género se pretenden negar ciertos derechos de ciudadanía a las mujeres en nuestro país, relegarnos al ámbito de lo privado y subrayar el papel subsidiario de estas en la sociedad.
4. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL MALTRATO EN LA PAREJA
Como demostré en mi artículo “El tabú de la violencia en la pareja” la literatura científica es bastante esclarecedora al respecto: la única diferencia que hay en la violencia ejercida por ambos sexos es la capacidad del hombre de generar mayor lesiones de gravedad. Como volví a demostrar en el artículo “El tabú de la violencia en la pareja (2º parte: el caso de gais, lesbianas y bisexuales)” la violencia en la pareja se da en todas direcciones (hombre-hombre, mujer-mujer, hombre-mujer, mujer-hombre).
Por tanto, siendo la violencia en la pareja simétrica, la discriminación hacia el varón maltratado sería clamorosa:
1. Si eres mujer te juzgan por el artículo 147 del código penal:
Si eres hombre, por el 148:
2. No es atendido en el 016. Ha de llamar a una línea 900.
3. No gozará de las ayudas a las que pueden acogerse las mujeres acreditadas como víctimas (los puntos del 15 al 73 inclusive).
4. Menor probabilidad de que su maltratadora pase una noche en el calabozo.
5. No tiene derecho a asistencia jurídica gratuita (siempre y cuando tus recursos no lleguen a un determinado umbral).
6. Su caso no va a juzgados especializados.
7. No verá ningún anuncio, propaganda…, animándole a que denuncie o concienciando a la población de que el maltrato masculino está mucho más presente de lo que nos pensamos. Es más, si eso ocurriese, una parte de la población te censuraría, como le ocurrió a la Policía de Bilbao que se vio obligada a retirar el siguiente tweet:
En caso de sufrir malos tratos por parte de tu pareja, seas hombre o mujer, no lo dudes, llámanos, podremos ayudarte, 092.
5. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL SINHOGARISMO
Como bien sabéis los varones representan la mayoría de personas sin hogar. Según la Encuesta a las personas sin hogar del Instituto Nacional de Estadística del año 2012, de las 22.938 personas sin techo encuestadas, 18.426 serían hombres frente a las 4.513 que serían mujeres. Es decir, el 80,3% de las personas sin hogar serían hombres y el 19,7% mujeres. Si lo desglosamos por nacionalidad (español/extranjero) nos encontraremos cifras similares: de los 12.425 españoles sin techo, el 79,32% serían hombres y el 20,68% serían mujeres; y de los 10.513 extranjeros el 81,51% serían hombres y el 18,49 serían mujeres.
A pesar de esta diferencia, en el año 2020, según el diario Metrópoli, el Ayuntamiento de Barcelona:
Ha abierto un nuevo equipamiento para acoger exclusivamente a mujeres sin hogar, en el distrito de Horta-Guinardó, con el objetivo de favorecer la recuperación personal y la inclusión social y laboral de estas personas desde la perspectiva de género.
El objetivo del centro es ofrecer un espacio residencial hasta que las mujeres atendidas encuentren una alternativa más estable y adecuada a su situación, y ofrecer un acompañamiento social y emocional desde una perspectiva de género.
Por otro lado, el diario ofrece una explicación a estas medidas:
Por su parte, Pérez ha explicado que las mujeres representan el 13% de las personas sin hogar que viven en la calle, pero ha advertido de que tienen una tasa de pobreza y riesgo de exclusión social superior a la de los hombres.
Una explicación que, según se refleja en varios estudios, se atribuye a que las mujeres soportan más situaciones de infravivienda o de abusos y violencia antes de quedarse en la calle y que, cuando llegan, lo hacen en situación de deterioro físico y emocional más grave.
¿Sería este un ejemplo de perspectiva de género bien aplicada? Yo no sé la respuesta ante esto. Si es verdad que todas las mujeres enfrentan una situación todavía más complicada cuando se quedan en la calle que los hombres, entonces, tendría sentido que se les diese prioridad (pero esto habría que demostrarlo); sin embargo, si esto no es cierto (y mi sospecha es a pensar que no lo es, por lo menos de una manera tan categórica), o fuese cierto en unas mujeres pero no en otras, y también fuese cierto en un subgrupo de hombres (lo más débiles, enfermos, desamparados…) entonces esta medida sería, de nuevo, una perspectiva de género selectiva. No obstante, os dejo a vosotros el debate en los comentarios, pues yo no tengo una respuesta cien por cien clara. Mi opinión es que habrá mujeres que sí que puedan sufrir más que muchos hombres, pero también habrá hombres que puedan llevarlo peor que muchas mujeres. No sé cuánto de posible es establecer a través de la categoría “sexo”, única y exclusivamente, dejando de lado categorías como “salud”, “enfermedades mentales”, “hijos a su cargo” “familia”, “personalidad”, etc., la evidencia de que para una mujer, por el hecho de ser mujer, le va a resultar siempre más difícil el sinhogarismo.
6. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA ASOCIACIÓN JUEZAS Y JUECES POR LA DEMOCRACIA:
Como nos cuenta Bou, La “perspectiva de género” de esta asociación de jueces consistiría en:
que policías y jueces renuncien a los principios de verdad, neutralidad, objetividad e imparcialidad.
El documento llega a recomendar que los agentes partan de "la certeza" de la culpabilidad del hombre, y que "orienten sus actuaciones" a partir de ahí:
Como nos recuerda Bou, esto no es nuevo, se viene haciendo desde hace tiempo. Podéis ver una muestra en este vídeo de detenciones policiales por violencia de género:
Continúa Bou:
Le he echado un ojo al artículo que citan en la primera captura del hilo:
https://emakunde.euskadi.eus/contenidos/informacion/publicaciones_bekak/es_def/adjuntos/beca.2016.experiencia_detencion_policial_mujeres_cae.pdf
Emakunde es el Instituto Vasco de la Mujer
Resulta que es de la misma persona que ha escrito el texto de@JpDemocracia y que se centra, de principio a fin, en pedir que no se detenga a las mujeres que agreden a su pareja. Por ejemplo, aquí la tenéis argumentando que con ellas no se debe aplicar el concepto tradicional de legítima defensa, sino otro distinto que queda sin definir.
Aquí la tenéis lamentando que, cuando la agresión es mutua, ambos miembros de la pareja resulten imputados.
Aquí la tenéis lamentando que la ley persiga las agresiones leves, porque son ellas las que suelen incurrir en ese tipo de agresiones.
Y aquí la tenéis pidiendo una "reflexión" sobre el "problema" que supone imputar penalmente a las mujeres que agreden a su pareja. Todo esto lo he encontrado en un minuto, simplemente buscando en el texto la palabra "imparcialidad". Ni idea de qué más barbaridades puede haber.
7. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LAS MATERIAS ESCOLARES
Todos sabréis que en el nuevo currículum de Educación Primaria se incorpora la perspectiva de género en las matemáticas. A este respecto, la Ministra de Educación, Pilar Alegría, que ostenta el cargo de un ministerio que debiera ser el ejemplo de la igualdad, pues la educación es la base de esta, en un fragmento de una reciente entrevista con Carlos Alsina, a la pregunta de “en qué consiste el enfoque socioemocial que habría que aplicar a la enseñanza de las matemáticas para que tenga perspectiva de género”, nos contesta lo siguiente:
Se determina muy claramente que los primeros años, estoy hablando de 9-10 años, se observa en los distintos estudios que hay un manifiesto rechazo de las niñas hacia las matemáticas, y les diré que pasa lo mismo de los niños hacia la lengua. Muchos docentes, muchos especialistas, especialmente como le digo de matemáticas, trabajando con ellos estos decretos, nos planteaban cómo planificamos la metodología de enseñar este tipo de materias para reducir esos porcentajes de rechazo que se pueden producir en el caso, como digo, que se ven de una manera más clara de las niñas frente a las matemáticas o de los niños frente a la lengua.
La información está clara: las niñas, en promedio, suelen sentir más rechazo que los niños hacia las matemáticas; y los niños, en promedio, suelen sentir más rechazo que las niñas hacia la lengua. Lógicamente, Alsina le pregunta a la ministra lo siguiente:
Tal como hay una perspectiva de género en la enseñanza de las matemáticas porque las niñas, más que los niños, tienen esa resistencia o ese rechazo, ¿hay una perspectiva de género en la asignatura de lengua?
Aquí la ministra, de repente, cambia de idioma y empieza a hablar politiqués nivel avanzado para salir del paso:
Hay una perspectiva de género en general, porque al final nuestro país ha dado muchísimos pasos en materia de igualdad. Pero si hay un aspecto que hay que cuidar y fortalecer para evitar esas diferencias y esos estereotipos que vemos en el día a día es a través de la educación... Yo el otro día, por ejemplo, frente a este debate, me explicaban…, hablábamos de igualdad, de valores… Yo desgraciadamente cuando escuchamos noticias de ataques homófobos, o cuando escuchamos, demasiados días, en la radio y cuando leemos los periódicos y conocemos esa información de que hay 30 mujeres que han sido asesinadas este año, lo primero que pensamos, una reflexión que nos hacemos toda la ciudadanía, es cuál importante es esa educación en valores.
Traducción politiqués-español: no hay una intención de incorporar al currículum escolar una perspectiva de género hacia la lengua porque no nos interesa.
8. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL LENGUAJE
Tweet de Ione Belarra:
Trabajadores/as: 15% de tipo medio efectivo en IRPF. (…) Es hora de que los ricos paguen lo que les toca.
¿Y las ricas?
Tweet de Podemos en los Goya 2019:
Enhorabuena a todos y a todas los premiados y premiadas en los #Goya2019. Frente a los reaccionarios, siempre tendremos una cultura que impulse valores como el feminismo, la diversidad o la defensa de los derechos humanos.
¿Y frente a las reaccionarias?
La trampa del lenguaje inclusivo es que SOLO se aplica para las cosas buenas. Nunca veréis a alguien diciendo: “los corruptos y las corruptas”, “los asesinos y las asesinas”, “los mentirosos y las mentirosas”, etc.
9. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL REVISIONISMO HISTÓRICO
El relato oficial diría que las mujeres han estado oprimidas a lo largo de la historia. Que no se las permitía estudiar, ni votar, ni poseer propiedades, y que se las podía maltratar impunemente mientras los hombres detentaban todo tipo de privilegios. Curiosamente al feminismo siempre se le olvida contar lo que viene a continuación:
Como nos cuenta Xeno:
Una de las ideas erróneas más extendidas es que antes del sufragismo las mujeres no tenían permitido votar y eran los hombres quienes ejercían ese derecho. Pero eso no es cierto, quienes votaban eran los terratenientes que, antes del inicio de las reformas del siglo XIX, eran menos del 3% de la población en el mejor de los casos. Y ni si quiera ese 3% era exclusivamente masculino, ya que se conservan censos electorales de la época en la que se incluyen nombres de mujeres.
El inicio del sufragio femenino, no fue el inicio del sufragio femenino, sino prácticamente el final del sufragio censitario. De hecho no fueron las sufragistas quienes consiguieron el sufragio universal, sino los liberales en coalición con los laboristas.
A pesar de que ellas se llevan el mérito en la cultura popular, las sufragistas jamás reivindicaron el sufragio universal, sino el sufragio censitario femenino (*el de las mujeres de clase alta). Este fue el motivo de sus grandes enfrentamientos con los liberales. (…)
Sobre el derecho de propiedad
Nos dice Xeno:
Cuando descubrimos que las leyes antiguas tomaban al hombre por administrador por defecto de la propiedad familiar, nuestra primera impresión es que esto es una injusticia con las mujeres, pero esto ignora la verdadera motivación por la que se escribieron estas leyes. Para empezar, por lo menos en España, estas leyes fueron concebidas e implantadas por dos mujeres: Isabel la Catolica y su hija. Y se redactaron con el propósito explícito de proteger legalmente a las mujeres de las consecuencias legales de los derechos de propiedad. Y esto no es ningún tipo de especulación, se menciona explícitamente en las leyes españolas y también los comentaristas de las leyes anglosajonas indican que las leyes de cobertura eran una forma de impedir que las mujeres fueran a la cárcel.
Un ejemplo especialmente ilustrativo de este fue Elizabeth Wilks, una sufragista inglesa fundadora de la liga femenina de resistencia fiscal. Esta organización se basaba en la idea de que, puesto que las mujeres no tenían aún derecho al voto, tampoco deberían tener la obligación de pagar impuestos para mantener un sistema político que no habían escogido. El problema es que Wilks era cirujana, pero al ser mujer el responsable legal de pagar los impuestos que correspondían a sus ingresos era su marido, un mero maestro. Peor aún, como parte de su protesta Wilks se negó a decirle a su esposo cuál era la cantidad a pagar, y por ello era imposible para él cumplir con este requisito legal. Como resultado el marido de Wilks y no ella, fue arrestado y encarcelado. Este caso supuso un escándalo en la época y, finalmente, el hombre fue liberado y su situación discutida en el parlamento. No obstante, la ley estaba clara: la mujer no tenía ninguna obligación de decirle a nadie cuánto ganaba y si el matrimonio no solicitaba una separación de bienes, toda responsabilidad penal recaía sobre la parte masculina. Los parlamentarios reconocían que la ley era injusta hacia los hombres, pero la alternativa era exigirles esas mismas responsabilidades a las mujeres, así que acordaron no derogarla. Y así permaneció el asunto hasta el 1972.
Sobre el acceso a la educación
Nos dice Xeno:
En los países donde sí que se conservan registros exhaustivos, como EE.UU., podemos encontrar paridad educativa desde el comienzo de los registros, en el año 1900, y es probable que mucho antes también hubiese.
Se suele asumir erróneamente que las sufragistas reclamaron el derecho a acceder a la universidad, pero esto no es así. Muchas de ellas ya eran graduadas universitarias e incluso doctoras. No reclamaban el derecho a acceder a la universidad, sino el derecho a acceder a las universidades masculinas. Así pues, la verdadera diferencia no estaba entre los hombres y las mujeres, sino entre las clase acomodada y la clase trabajadora.
Sobre el maltrato
Todos tenemos en mente que antiguamente cualquier hombre podía maltratar impunemente a una mujer sin ser castigado, porque tenía derecho a ello. Daniel Jiménez, autor de “Deshumanizando al varón” nos recuerda que esto no siempre tuvo por qué ser así:
10. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA JUSTICIA
Creo que todos conocemos el caso de Juana Rivas, pero por si alguien no lo conoce, aquí puede consultarlo.
La Ministra de Igualdad Irene Montero publicó este tweet acerca del caso:
La condena a Juana Rivas sigue siendo una alerta de lo necesaria que es la perspectiva de género en la justicia. También le debemos reparación a las madres que son perseguidas por proteger a sus hijos e hijas de la violencia de género. No descansaremos hasta hacerlo realidad.
En otras palabras, que si la justicia no falla a tu favor, entonces hace falta perspectiva de género. ¿Se hubiese aplicado la misma perspectiva de género se hubiesen invertido los sexos de los protagonistas?
11. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN PENSIONES DE ORFANDAD EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Como nos cuenta Observatorio Galileo:
La discriminación hacia los hombres radicaría en que si el hombre fallecido a manos de su esposa no había cotizado a la Seguridad Social, el huérfano se queda sin prestación de orfandad, ya que ésta sólo aplica si la fallecida es una mujer.
CONCLUSIÓN FINAL
Creo que ha quedado bastante claro que, a día de hoy, en España, la “perspectiva de género” es sinónimo de centrarse únicamente en los problemas de las mujeres (o interpretar la realidad de la forma más victimizante para ellas) bajo el pretexto de que han estado oprimidas de forma histórica. Bajo la premisa de la opresión histórica se articula el lema de la igualdad y se actúa de forma desigual, se articula el lema de la equidad y se actúa de forma inequitativa, y se articula el lema de la justicia y se actúa de forma injusta. Por tanto, podemos concluir que esto que se denomina “perspectiva de género” debería llamarse “perspectiva de género selectiva”. Así que, cuando os hablen de “igualdad”, recordad la siguiente escena de Los Simpson del abogado Lionel Hutch en la que intenta convencer a Marge de que hay “dos tipos de verdades” (cuando diga la palabra “verdad” en el vídeo sustituirla por “igualdad” y obtendréis el resultado de todo lo dicho hasta ahora).
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