Visto y leído el meneo del baneo de Arch Enemy, algunas líneas al respecto de la fotografía de espectáculos y los derechos de los implicados. [Disclaimer: esta redactado a lo rápido así que disculpad si no es el mejor texto que habéis visto]. Si algo esta mal explicado o quedan dudas, a los comentarios.
Para empezar, distingamos entre las clases de fotógrafos que hay en función del destino de su trabajo. Aunque son más, lo que nos ocupa aquí reduce el campo a tres. Por un lado, están los fotógrafos aficionados, entendiendo como tales aquellos que toman las fotografías sin recibir remuneración alguna y sin explotar el material de ninguna forma. En sentido estricto estas personas si quisieran publicar sus fotos deberían hacerlo en sitios libres 100% de publicidad que repercuta económicamente en ellos.
Luego están los fotógrafos de medios de comunicación, que toman fotografías y las destinan, generalmente dinero mediante, a ilustrar noticias en medios de comunicación y por último están los fotógrafos oficiales; estos son contratados por los organizadores/actuantes/agentes/etc. y acuerdan la cesión de las fotos según consideren. Hay veces que es tan simple como toma este X dinero y dame las fotos que hagas que yo hago con ellas lo que quiera, hasta acuerdos mas enrevesados como ‘te doy 1/2X, me das las fotos para que yo haga con ellas lo que quiera y tú, además, puedes también hacer con las fotos lo que quieras’. Miles de combinaciones.
En los tres casos, los derechos de autor son del fotógrafo por la propia naturaleza del derecho: si ellos han tomado la foto, ellos son los acreedores de los derechos que da haberla tomado. Luego tenemos el uso de la imagen: editorial o comercial. Grosso modo, el uso editorial es el que se da en los medios de comunicación y comercial es el que se hace para vender un producto o servicio.
En el caso de los fotógrafos no oficiales, el fotografiado o sus representantes legales no tienen ningún derecho legal sobre la foto: no la pueden usar para nada sin autorización del fotógrafo o el medio de comunicación en el que el fotógrafo haya depositado la gestión de los derechos.
Ejemplo que me ocurre a diario: hago fotos, un famoso las ve, las sube a su Instagram. Si yo denuncio la foto, Instagram sentencia que es una infracción de mis derechos y la retira. Sin embargo, si compra la foto a una agencia con la que yo colaboro, ya puede subirla a Instagram. Lo que se compra, en realidad, no es la foto, sin el derecho a usarla. Por eso el precio cambia en función de si la vas a usar para un periódico local, una web internacional o hacer camisetas.
¿Y es siempre así? Pues no. La mayoría de los conciertos (y por extensión en eventos públicos de corte cultural) es tan fácil como acreditarse y tirar para adentro, pero hay casos en que las restricciones son mas complejas.
Partimos de que a la inmensa mayoría de organizadores les gusta que se haga publicidad gratuita de sus espectáculos, pero hay casos y casos. Ciertos cantantes piden al redactor que si quiere ver el concierto pague una entrada, otros solo permiten un tiempo limitado a los fotógrafos y cámaras de televisión (generalmente una o dos canciones) y otros piden que firmes un contrato especifico.
Este contrato es el que mas problemas da ya que te piden a ti como fotógrafo una serie de compromisos que no puedes sostener. Por ejemplo, Lady Gaga solo autorizaba a tener las fotos a disposición de los medios de comunicación 30 días y en un concierto de Montserrat Caballo se nos obligaba a certificar vía firma que las fotos solo se utilizarían en textos referentes a ese concierto. En un salón del comic te exigían entregar las fotografías a los organizadores para que ellos hicieran con ellas lo que quisieran y en otro concierto recuerdo que pedían que enviases las fotos a un correo y que ellos te decían si se aprobaban para su publicación o no.
En el caso de Arch Enemy ¿Quién lo hizo mal? A mi humildemente entender en este caso hubo más malentendidos que otra cosa. Igual es por mi mal inglés, pero a mi juicio la acusación de uso comercial por parte del fotógrafo es cuestionable. La marca no está, en sentido estricto, vendiendo un producto, sino referenciando en una foto que la persona que sale en ella lleva su producto. No pongo la mano en el fuego, pero tengo dudas.
No obstante, casi siempre las marcas/grupos/famosos solventan mal estos temas. El grupo está en su derecho de banear al fotógrafo (yo estuve, y nadie me ha dicho que haya dejado de estarlo, baneado de un conocidísimo programa de televisión) aunque en estos tiempos por mucha razón que tengas, has de lidiar con una opinión publica capaz de echar por tierra tu imagen de marca, aunque tengas razón.
Comentarios
#5 Me temo que tu opinión no es relevante para hacienda, la guía de medios, inspección de trabajo, ministerio, SS, etc.
Siempre me hizo gracia ese concepto de llamar profesionalidad solo si recibes dinero a cambio. Si no fuese porque hay fotos muy buenas realizadas por "aficionados" pero que usan licencias libres, te diría que tienes razón. Pero bueno es la demostración de lo que son las legislaciones de copyright, dinero, dinero, dinero. Y no sería tan gracioso si por ejemplo a esos fotógrafos no profesionales se les cobrase un canon por hacer fotos de sus familiares y almacenarlas en soportes o grabarlas en ciertos equipos. Que es lo que pasa en la actualidad.
Y no te quito, en general, la razón.
Salu2
#1 Es que ese es el concepto de profesional: dedicarse profesionalmente a ello. Y eso implica ganar dinero. No tiene por qué estar relacionado con la calidad. Eso sí, un profesional se suele caracterizar por dar una calidad mínima en todos sus servicios (fotos en este caso). Y si no, poco tiempo dura siendo profesional.
#2 El concepto de profesionalmente debería ser por la calidad si no es un aficionado, por mucho que gane. Yo conozco supuestos fotógrafos profesionales pero que sus obras dejan mucho que desear, por lo tanto para mí son aficionados.
Salu2
#3 También puedes si tienes esa relación tan buena poner por escrito que los fotógrafos acreditados tengan que ceder los derechos a la empresa XXX porque tú lo vales. Y luego hay dos opciones, lo mismo aceptan, o lo mismo no, o lo mismo te piden dinero por hacer fotos con esas condiciones. Que los fotógrafos también quieren comer a final de mes.
Y por supuesto, como dice #4, si está acreditado o estás en un sitio público, no tienes nada que hacer.
#5 "Debería" no deja de ser una opinión. Lo que es objetivo es que esos malos fotógrafos se están ganando la vida con ello. Y es lo que define a un profesional en cualquier profesión. Podrás decir que es un mal profesional. Pero objetivamente, es profesional.
#0 Respecto a este párrafo:
En el caso de los fotógrafos no oficiales, el fotografiado o sus representantes legales no tienen ningún derecho legal sobre la foto: no la pueden usar para nada sin autorización del fotógrafo o el medio de comunicación en el que el fotógrafo haya depositado la gestión de los derechos.
Creo que te dejas la parte de los derechos de imagen del fotografiado. Eso habría estado bien explicarlo en el artículo: ¿qué pasa cuando choca el derecho de imagen del fotografiado y el derecho sobre su foto del fotógrafo? Puede que el fotógrafo tenga derechos sobre la foto, pero hasta donde yo sé, el fotografiado tiene también sus derechos de imagen, y está en su derecho a prohibir al fotógrafo que le haga más fotos.
Es lo que ha pasado en el caso de Arch Enemy, y a mí me parece normal. Yo tengo una buena relación con una persona que me hace la ropa que uso para mis conciertos (ropa que llama mucho la atención y es bastante conocida en el mundillo por cierto), y quiero que esa persona pueda poner en sus redes sociales o página web las fotos que se hagan en las que llevo esa ropa, porque quiero que le vaya bien y que tenga más clientes. Si un fotógrafo se pone chulo* pidiendo 500€ a esa persona por usar esa foto y lo hace basándose en sus derechos sobre su foto, yo también puedo ejercer mis derechos de imagen y decirle a esta persona que no quiero que vuelva a fotografiarme.
Y obviamente lo haré, porque está impidiendo a una amiga que pueda subir una foto en la que salgo yo con ropa que ha hecho ella. Es que manda narices, la foto la habrá hecho él, pero a fin de cuentas se está apoyando en el trabajo previo de ambos, ya que si yo no salgo al escenario ni mi amiga hace la ropa, él no puede hacer la foto... No sé cómo tiene la cara tan dura de pedirle 500€ por utilizar su trabajo cuando él está utilizando el trabajo de ambos.
*Ponerse chulo es efectivamente lo que ha hecho, ya que no ha habido una comunicación de buenas maneras con la chica que hace la ropa (que por cierto es una empresa unipersonal si no me equivoco): ha contactado directamente amenazando con acciones legales y pidiendo dinero.
#3 No es como dices, al menos no exactamente. Tu puedes tomar medidas para dificultar que un tipo que -si no he entendido mal- es periodista tome fotos, pero no puedes prohibirle que las tome en tanto en cuanto este trabajando. Es decir, tu puedes negarle el acceso al recinto y/o no acreditarle, pero no puedes simplemente decirle que no puede hacerte mas fotos, siempre y cuando este legalmente habilitado para ello: personaje publico, evento publico, informacion, etc.). Por mucho que te empeñes en prohibirle que te haga fotos, si te ve en una fiesta publica, en un evento publico o en la calle te podrá hacer fotos y por mucho que te fastidie no podras usarlas sin pasar por caja.
Todo esto, no obstante, no implica nada mas. Es decir, que tu puedes imposibilitar que te tome mas fotos pero no puedes usar sus fotos. Ademas si el tipo le da por denunciar no te digo que gane seguro, pero puede que si por cohartar el derecho a la informacion.
Hablando pronto y mal, tu, como personaje publico, tienes una serie de ventajas y una de inconvenientes, como que tu vida publica sea, valga la redundancia, publica y, por tanto, los informadores tengan ciertos privilegios sobre ella.
Siento discrepar contigo pero no, no tiene cara dura, solo ha hecho lo que cualquier profesional puede hacer porque es su derecho.