Desde que los políticos acusados de organizar la consulta del 1 de Octubre se lleva hablando sobre si el gobierno podría o no liberar a los presos. En principio parece claro que no. En España existe separación de poderes a nivel legal, por lo que el poder ejecutivo no puede influir en decisiones del judicial.
Pero llevo días pensando en que si, en que si se puede afectar a dicha decisión de forma legal. Y como parece que esta posibilidad se ha puesto recientemente sobre la mesa, pues paso a explicarla.
La retroactividad de las leyes
Todos sabemos que las leyes no se aplican con efecto retroactivo. Si mañana se ilegaliza el ir con la música a todo volumen en el metro no se podrá multar a los que hasta ahora lo hubieran hecho.
Pero el artículo 2.2 del Código Penal habla claramente de la retroactividad de las leyes para los casos en los que se favorezca al acusado o reo. En concreto, esto es lo que dice:
No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo. Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
Es decir, si se modificar el delito de rebelión de forma beneficiosa para los actuales acusados, se podría aplicar dicha modificación. Hay que especificar y es posible que la construcción legal sea compleja, pero es posible.
De esta forma el poder legíslativo podría influir en el caso. Se cambia la ley a una más favorable para los procesados y los jueces tendrían que juzgar en base a dicha ley.
El cambio a realizar en el delito de rebelión
Como he dicho, esta posibilidad ya ha sido puesta sobre la mesa durante esta semana. El presidente Pedro Sánchez ha recordado que Federico Trillo comentó en 1994 que el delito de rebelión solo podía ser ejercido por militares o civiles armados siguiendo órdenes de militares.
Parece que Trillo ha contextualizado sus palabras, indicando que él las usó para justificar la retirada de la referencia a las armas en el código penal. Pero la idea sigue ahí. El poder legislativo podría modificar el código penal para aclarar que los delitos de rebelión y sedición solo se tienen en consideración si se usa violencia armada, o si se provocan muertes durante el hecho o cualquier otra aclaración parecida. (Nota: teniendo en cuenta que las penas por rebelión igualan y hasta superan a las de homicidio me parece lógico que el delito de rebelión exija el uso de armas con intenciones letales)
Con esto los independentistas acusados podrían pasar a estar acusados únicamente de delitos como malversación o desobediencia de pena mucho menor.
Pero, ¿esto podría llegar a ocurrir?
Para responder a esta pregunta tendría que meterme en la cabeza de Pedro Sánchez. Pero como me gusta especular, especularé. Tenemos elecciones en poco más o menos que un año. Y a buen seguro que la prioridad de Pedro Sánchez es asegurar la victoria en esas futuras elecciones y tener una legislatura normal en el gobierno.
Una medida así creo que perjudicaría a las aspiraciones electorales de los socialistas. Que además tendrían que pactar el cambio legalo con Podemos y los nacioanalistas. En el contexto en clave identitario actual seguramente implique una sangría de votos hacía el PP o Ciudadanos.
Pero, ¿y tras las elecciones? Suponiendo que ganen las elecciones no debería ser complicado sacar este cambio legal en el primer año de legislatura, cuando apenas les supondría desgaste. Así que esta es mi predicción, si el PSOE gana las próximas elecciones, reformará los delito de rebelión y sedición.
Aviso de antemano que suelo fallar casi todas mis predicciones políticas.
Comentarios
No hace falta cambiar el delito de rebelión, pues este no se aplica al caso, aunque lo quieran meter con calzador.
Me siento a esperar a que venga algún experto en leyes y me diga que lo que he dicho es una sarta de gilipolleces
#1 No tengo respuestas, no soy jurista.
Pero tengo preguntas.
Si no se cambia una ley, sino que se elabora un reglamento que aclare la ley ¿Cómo se aplicaría?
Al no cambiar la ley, no se aplicaría la irretroactividad de las leyes, sería una aclaración con obligación de mantener la letra de la ley, pero de obligada aplicación en su interpretación por parte del poder judicial.
Además, el cambio de reglamento no sería tan sangrante (en votos) como lo sería un cambio de ley.
Es fácil justificar que no es lo mismo una desobediencia institucional que un levantamiento militar armado y no debe aplicarse la misma pena.
#2 Sería igual de negativo para Pedro S. Ya se le acusa de vendepatrias y golpista y no ha hecho nada.
#2 Entre las funciones del gobierno no está el aclararles las leyes a los jueces. Ni siquiera la jurisprudencia del Tribunal Supremo es vinculante para los demás órganos judiciales (salvo excepciones).
Además, el gobierno no puede aprobar reglamentos sobre lo que le dé la gana, solamente para organizar el funcionamiento de la Administración y para desarrollar aquellas leyes que expresamente autoricen al gobierno a desarrollarlas.
Por ejemplo, el reglamento de armas desarrolla algunos aspectos de la ley de seguridad ciudadana, con obligación de mantener la letra de la ley (esto se llama el principio de jerarquía normativa), y de obligada aplicación para los órganos judiciales (salvo que consideren que el reglamento es ilegal), pero lo que no hace es "aclarar" retroactivamente cómo ha de interpretarse la ley.
#12 Bueno, los jueces son personas y tienen ideología, y aunque no quieran o no deban mezclarla con sus decisiones, yo diría que es inevitable.
Yo, de ser la justicia española, tomaría como pista el hecho de que dos juzgados diferentes de dos países europeos diferentes hayan dicho que el delito de rebelión no se corresponde con los hechos. Yo tomaría como pista el hecho que propio redactor de la ley, Diego López Garrido, haya dicho que esa ley no se puede aplicar a los políticos presos.
Pero, de no tomarse todo esto en consideración y seguir adelante, y los tribunales españoles dar por bueno el delito, cuando es EVIDENTE que no cumple los requisitos que pide, el asunto acabará en tribunales europeos, que tumbarán la sentencia.
Respecto a lo que dice #0 de cambiar la ley, alguno del PP dice que hay que cambiarla para que se pueda aplicar la rebelión a cosas más light, que "ya nadie da golpes de estado con armas y por la fuerza". Jope, qué pronto se les ha ido Tejero de la cabeza, y no hace ni 40 años. Y, dice bien #0, aunque se cambiara, el reo tendría derecho a acogerse a aquella que más le beneficiara: la que estaba vigente cuando se cometió el hecho o la nueva y reformada, así que no cambiaría nada para el caso que nos ocupa.
Por cierto, la ley en sí no nombra las armas más que como agravante si se esgrimen, lo que dice es "Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente…", y hay que ser muy, muy puntilloso para ver violencia por parte de gente que recibe, sin oponerse, palos de la policía por querer meter un voto en una urna.
#13 El término violencia puede tener muchos matices.
¿Es violencia que una masa de gente impida, con su mera presencia, que la policía pueda entrar o salir de una Conselleria?
¿Es violencia que una masa de gente, sin autorización, con su mera presencia, te impida seguir tu camino por la autopista?
¿Es violencia que una masa de gente, sin autorización, rodee una estación de tren y no permita, con su mera presencia, entrar ni salir a nadie?
¿Es violencia que una masa de gente, con su mera presencia, impida salir a diputados de un parlamento?
Me asusta que intentemos quitar gravedad a estos hechos que impiden en unos casos el ejercicio de funciones públicas (a la policía) y en otros se impide el ejercicio de derechos civiles básicos a los ciudadanos.
#14 Yo no creo que eso sea violencia. Si fuera así, cualquier manifestación espontánea y pacífica, en la que no se hace uso de la fuerza, podría considerarse violenta. Puede ser, según el caso, desobediencia a la autoridad, pero no rebelión.
Y a mí me asusta que haya quien quiera criminalizar acciones no son sino protesta pública.
#15 Espero que nunca te encuentres con una masa de gente que, pacíficamente, decide que tú no puedes salir o entrar a una estación de tren o que no puedes continuar tu camino por la carretera, y todo ello porque tienen un objetivo político.
#16 Me las he encontrado, más de una vez: reivindicando mejoras salariales, reivindicando el fin de los recortes en sanidad, reivindicando atención para los dependientes… Muchas veces me he planteado si no debería estar yo con ellos…
El gobierno controla los fiscales y podría hacer que el fiscal pidiera que no sea juzgado por Rebelión e incluso aplicar la "doctrina infanta" si quisiera. Lo de l a separación de poderes es un mito, de hecho están en la cárcel por influencia política.
Lo ha dicho bien alto y claro el ex presidente del constitucional y del supremo, Pascual Sala: es imposible encausarles por rebelión.
Esos que están presos por el presunto delito de rebelión no han hecho nada que se parezca a una rebelión ni estirando el concepto de rebelión hasta el más allá.
No creo que éste sea el camino.
#8 Yo prefiero creer que los fiscales y jueces que han llevado todo este asunto hasta aquí saben lo que hacen y qué es rebelión y qué es violencia.
De todas formas, al final de todo, el Tribunal Supremo interpretará con la actual redacción del Código Penal, si se ha producido rebelión y si ha habido violencia.
Como mínimo tengo mis dudas si sacar a la gente a la calle para que desobedezca el ordenamiento jurídico y además, con ello, intentar impedir que las autoridades del Estado puedan cumplir sus funciones es o no violencia.
#12 Yo prefiero creer que los fiscales y jueces que han llevado todo este asunto hasta aquí saben lo que hacen y qué es rebelión y qué es violencia.
Hay casos en los que tenemos mucha menos información que los jueces y delegamos en su buen criterio la evaluación de esa información que solo ellos tienen.
Este caso no es así.
Por lo que solamente cabe interpretar lo que dices de dos maneras:
- Careces de criterio propio y tu fe es una fe ciega. Eres más cortito que las mangas de un chaleco.
- Sabes perfectamente bien que este es un juicio político y deseas un castigo político; supones que esos jueces harán exactamente esto y como que ya te está bien, pues escurres el bulto cobardemente.
Quizás me he dejado alguna otra posibilidad, siempre puede ser.
Como mínimo tengo mis dudas si sacar a la gente a la calle para que desobedezca el ordenamiento jurídico y además, con ello, intentar impedir que las autoridades del Estado puedan cumplir sus funciones es o no violencia.
Eso depende totalmente de lo que las autoridades del estado hagan con sus funciones. Si lo que hacen es impedir la democracia de forma que se le niege a un pueblo elegir su futuro, entonces la violencia podría estar justificada.
Ahora mismo estamos oyendo excusas realmente patéticas, como eso de que la democrácia consiste en cumplir la ley, dicho por las personas que escriben la ley. Hace falta tener la cara de cemento armado. Para saber qué es la democracia basta con consultar wikipedia.
De momento nuestros jerifaltes están por la vía pacífica y me parece muy bien, pero a base de probar todas las posibilidades se acaban por agotar, fracaso tras fracaso. Si la via pacífica se agota, lo de ETA va a pasar a la historia como una broma simpática. El "no" a todo sistemático lleva a agotar posibilidades muy rápidamente. Si alguien se cree que resignarnos a la autonomía limitadita mientras vemos como nos explotan y nos reprimen es una opción, es que no comprende como se ha llegado a donde estamos.
En Cataluña la gente está realmente harta de España. Desde fuera no os lo podeis imaginar.
#19 Estoy anonadado de tu capacidad de argumentación. No puedes evitar descalificar a quien no piensa como tú.
Amb tu no vaig a perdre el temps.
#20 Me encanta el catalán traducido. Me recuerda tanto a las pintadas de los auto ataques de C's.
#21 On visc li digam valencià. I no me cal traductor.
Deixem-ho estar.
#22 ¡hostia! Qué manera de forzar el idioma.
No entiendo el razonamiento. Los artículos de rebelión y sedición del CP español son claros en que debe haber violencia, o al menos amenaza de ella.
El problema es que los funcionarios han prevaricado.
Efectivamente, si se modifica el Código Penal se aplicará la norma más favorable para el reo. Como es una ley orgánica, tiene que se aprobada con los mismos requisitos de la leyes orgánicas: mayoría absoluta del Congreso.
No hace falta retroactividad. El codigo penal actual es suficiente para no calificar de rebelión lo que sucedió.
En demasiadas ocasiones hemos visto que los poderes públicos son permeables y manipulables por igual porque hay un fin por sí mismo que los iguala: el poder, no la Justicia, la Ley o la Gobernanza. La ley es interpretada de manera imperfecta para tener el resultado perfecto. Creo que en esa frase se podría resumir el concepto real del poder judicial. Es una mierda de opinión pero es la que tengo.