El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España en la demanda presentada por un ciudadano de Bocairent (Valencia) cuyo recurso de casación fue admitido en 1999 por el Supremo y, casi 4 años después, rechazado por falta de datos. La sentencia supone una advertencia al Estado español por la dilación indebida en la resolución de una causa judicial.
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