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¿Puede una empresa utilizar la cara de una trabajadora en una camiseta sin su consentimiento?

El tribunal de Madrid rebaja de 30.000 a 7.000 € la indemnización que Pepe Jeans debe pagar a una trabajadora de la que plasmó su imagen en una camiseta sin su consentimiento ni conocimiento. ¿Pueden las empresas utilizar las imágenes de sus trabajadores con fines comerciales o publicitarios?

| etiquetas: derecho de imagen , derechos laborales , indemnización , vulneración

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