En los contratos de préstamo hipotecario, frecuentemente se obliga al prestatario a suscribir determinados contratos de seguros referidos, sea a su persona -seguro de vida, seguro de accidentes con cobertura del riesgo de invalidez, seguro de enfermedad-, sea a su patrimonio -seguro de lucro cesante, para cubrir el riesgo de desempleo-, sea al inmueble cuya adquisición financia -seguro de daños en distintas modalidades, como el incendio-. Exigencias que muchas veces no necesita el consumidor.
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