El Tribunal Supremo considera que la política de subvenciones a los agentes sociales que la Junta de Andalucía ha desarrollado, como mínimo desde 2005, no estaba tanto orientada a formar a los parados de la región como a "inducir a la afiliación" en beneficio de dos sindicatos muy determinados (UGT y CCOO) en perjuicio de otras centrales más minoritarias.
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