El Tribunal Supremo ha hecho pública hoy una sentencia en la que considera que las medidas cautelares adoptadas para la entrada de la Dirección General de Patrimonio de Galicia en el Pazo de Meirás fueron demasiado lejos, no respetándose los derechos fundamentales, en este caso, el de inviobilidad del domicilio.El Supremo estima parcialmente el recurso planteado por Carmen Franco contra el auto contra el auto de 8 de octubre de 2007, dictado en la Pieza Separada de Medidas Cautelares por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ Galicia.
|
etiquetas: tribunal , supremo , entrada , pazo de meirás